Anuncio sobre aprobación de la Ordenanza municipal que regula la venta no sedentaria en la vía pública de alimentación en camiones, gastronetas (food trucks) y modalidades similares
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Acuerdo del Pleno de fecha 29 de mayo de 2025 del Ayuntamiento de Móra d'Ebre por el cual se aprueba inicialmente la Ordenanza municipal que regula la venta no sedentaria a la vía pública de alimentación en camiones, food trucks y modalidades similares.
Aprobada inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de venta no sedentaria a la vía pública de alimentación en camiones, food trucks y modalidades similares, por acuerdo del pleno de fecha 29 de mayo de 2025, de conformidad con los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 178 del Texto Refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña aprobado por Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, y 63 del Reglamento de Obras, Actividades y Servicios de las Entidades Locales aprobado por Decreto 179/1995, de 13 de junio, se somete el expediente a información pública por el plazo de 30 DÍAS a contar desde el día siguiente a su publicación mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, en uno de los medios de comunicación escrita diaria y en el tablón de anuncios de la Corporación, para que los interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones y las sugerencias que estimen pertinentes.
Durante este plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales porque se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Así mismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://moradebre.eadministracio.cat].
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones o sugerencias contra la aprobación inicial de este Ordenanza en el plazo de información pública, se entenderá aprobado definitivamente este Acuerdo.
El que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del preceptuado en los artículos 178 del Texto Refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña aprobado por Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, y 63 del Reglamento de Obras, Actividades y Servicios de las Entidades Locales aprobado por Decreto 179/1995, de 13 de junio.
Móra d'Ebre, 3 de junio de 2025