Resolución ISP/1971/2025, de 27 de mayo, de convocatoria de concurso de cambio de destino para proveer puestos de trabajo de personal laboral fijo del Departamento de Interior y Seguridad Pública (convocatoria LISP/001/25)

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Vista la necesidad de proveer de forma definitiva los puestos de trabajo de personal laboral fijo de las categorías o especialidades que constan en los anexos 2 y 3, y de acuerdo con la información que consta en el Registro informático de personal en fecha 23 de abril de 2025 y con los datos de la relación de puestos de trabajo aprobados;

Visto lo que establecen el VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalitat de Cataluña (en adelante, VI Convenio), en particular, la disposición transitoria novena, que regula la primera convocatoria de provisión de puestos de trabajo mediante un concurso de cambio de destino que haga cada departamento de la Administración de la Generalitat inmediatamente posterior a la finalización de los procesos de estabilización, y el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional, y demás normativa aplicable;

Visto el Acuerdo GOV/105/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal de la Generalitat de Catalunya, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público;

Vistos los acuerdos GOV/276/2022, de 20 de diciembre; GOV/78/2023, de 4 de abril, y GOV/96/2024, de 30 de abril, por los que se aprueban las ofertas de empleo público de la Generalitat de Catalunya para los años 2022, 2023 y 2024, respectivamente;

Vista la relación de puestos de trabajo vigente del personal laboral del Departamento de Interior y Seguridad Pública, y visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el correspondiente trámite, que la Secretaría de Administración y Función Pública ha emitido el informe previo preceptivo y que se ha llevado a cabo lo que dispone la normativa en cuanto a los derechos que corresponden en esta materia a la representación de los trabajadores;

Visto lo que disponen los artículos 43 y concordantes de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, modificada por la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa, y también lo que establecen el Decreto 232/2013, de 15 de octubre, por el que se crea la Sede electrónica; el Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de administración digital, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas;

Vista la necesidad de cumplir los preceptos de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales;

Visto lo que dispone el artículo 9 del Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña;

Visto lo que dispone la Orden PDA/20/2019, de 14 de febrero, sobre las condiciones para la puesta en funcionamiento de la tramitación electrónica, derogada parcialmente por el Decreto 76/2020, y la Orden PDA/21/2019, de 14 de febrero, por la que se determina el sistema de notificaciones electrónicas de la Administración de la Generalitat de Catalunya y de su sector público;

En uso de las competencias que tengo delegadas por la Resolución INT/2993/2023, de 29 de agosto, modificada por la Resolución INT/2208/2024, de 17 de junio, sobre delegación de determinadas facultades de la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Interior en materia de gestión de personal, de formación, de gestión económica y de contratación administrativa,

Resuelvo:

Convocar el concurso de cambio de destino para proveer los puestos de trabajo de personal laboral fijo del Departamento de Interior y Seguridad Pública (convocatoria LISP/001/25) que se detallan en los anexos 2 y 3, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1.

Contra esta Resolución y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer una demanda ante la jurisdicción social en el plazo de dos meses, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otra reclamación o recurso que consideren conveniente para defender sus intereses.

Barcelona, 27 de mayo de 2025

P. d. (Resolución INT/2993/2023, de 29 de agosto, DOGC de 1.9.2023, modificada por la Resolución INT/2208/2024, de 17 de junio, DOGC de 19.6.2023)

Pilar Itoiz Torres
Directora de Servicios

Anexo 1
Bases

-1 Puestos de trabajo objeto de la convocatoria

1.1 Se convoca el concurso de cambio de destino para proveer los puestos de trabajo del Departamento de Interior y Seguridad Pública (convocatoria LISP/001/25) que figuran en los anexos 2 y 3.

1.2 Los puestos de trabajo que constan en el anexo 2 (Vacantes) son los ocupados provisionalmente que no están reservados de forma definitiva a ningún trabajador o trabajadora laboral fijo.

1.3 Los puestos de trabajo que constan en el anexo 3 (Resultas) son los ocupados o reservados de forma definitiva para un trabajador o trabajadora laboral fijo y solo se pueden adjudicar si el titular obtiene un destino definitivo en otra plaza en este mismo concurso.

1.4 Las características y el contenido funcional de los puestos de trabajo son los que se especifican en el anexo 2 de esta Resolución y en el anexo 8 del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalitat de Catalunya.

-2 Requisitos de participación

2.1 Puede tomar parte en este concurso de cambio de destino el personal laboral fijo de la Administración de la Generalitat incluido en el ámbito de aplicación del artículo 2 del VI Convenio que se encuentre en situación de activo, de excedencia voluntaria o en cualquier otra situación de suspensión del contrato de trabajo, siempre que haya transcurrido el plazo para reingresar que establece el VI Convenio para cada situación, y que reúna los requisitos que especifican estas bases y la Relación de puestos de trabajo.

2.2 El personal con vinculación laboral fija que ocupe puestos de trabajo con carácter provisional en la categoría o categorías y/o especialidades objeto de esta convocatoria en el Departamento de Interior y Seguridad Pública y que no disponga de un destino o reserva definitivos en estas categorías o especialidades está obligado a participar en esta convocatoria.

2.3 El personal laboral fijo con discapacidad puede participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que pueda ejercer las funciones del puesto o puestos de trabajo solicitados de manera suficiente y autónoma.

2.4 El personal laboral fijo respecto del cual se haya resuelto, de manera provisional o definitiva, una adaptación o cambio de puesto de trabajo por motivos de salud, de acuerdo con el artículo 15.5 del VI Convenio, puede participar en este concurso siempre que quede acreditado, con el informe previo del Servicio de Vigilancia de la Salud Laboral del Departamento de Interior y Seguridad Pública, que el puesto al que se opta es adecuado a su salud y que puede ejercer las funciones correspondientes con idoneidad.

2.5 Exclusión por participación en otras convocatorias

El personal laboral fijo que obtenga un destino definitivo en cualquiera de los concursos de cambio de destino convocados de acuerdo con la disposición transitoria novena del VI Convenio, del mismo departamento o de otro, quedará excluido de la participación en este concurso de cambio de destino, excepto el personal laboral que obtenga un destino definitivo como concursante de oficio en cualquiera de los concursos mencionados.

2.6 Clasificación de los concursantes

En función de su participación, los concursantes se clasifican en los tres tipos siguientes:

a) Concursante voluntario

Se clasifica como concursante voluntario el personal laboral fijo que, sin estar obligado a participar en el concurso, formaliza la solicitud de participación de forma voluntaria en el plazo que establece la convocatoria.

Personal laboral fijo que puede participar de forma voluntaria:

- El personal laboral fijo que dispone de un destino definitivo o reserva definitiva en puestos de trabajo de la categoría o las categorías y/o especialidades objeto del concurso.

- El personal laboral fijo que se encuentra en otras situaciones administrativas, que cumple los requisitos y las condiciones para participar en el concurso y que no está obligado a participar.

b) Concursante forzoso

Se clasifica como concursante forzoso el personal laboral fijo obligado a participar en la convocatoria en la modalidad de traslado que formaliza la solicitud de participación de forma voluntaria en el plazo que establece la convocatoria.

c) Concursante de oficio

Se clasifica como concursante de oficio el personal laboral fijo obligado a participar en la convocatoria por la modalidad de traslado que no formaliza la solicitud de participación de forma voluntaria en el plazo que establece la convocatoria y, por lo tanto, se le incluye de oficio.

Personal laboral fijo obligado a participar en la convocatoria por la modalidad de traslado:

- El que ocupa puestos de trabajo del departamento convocante con carácter provisional en la categoría o las categorías y/o especialidades objeto de concurso que no dispone de un destino o reserva definitivos como personal laboral de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

- El que se encuentra en situación de excedencia voluntaria o en cualquier otra situación de suspensión del contrato de trabajo que, en el momento de esta convocatoria, tiene pendiente la resolución de una solicitud de reingreso al departamento convocante, siempre que los puestos objeto de convocatoria sean de la misma categoría profesional y/o especialidad.

2.7 Datos de referencia de la participación

Cuando las bases de esta convocatoria hacen referencia al puesto de trabajo desde el que se concursa, se entiende lo siguiente:

a) El puesto de trabajo de la categoría que el personal laboral fijo ocupa de forma definitiva o tiene reservado de forma definitiva en la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC determina la categoría y, si existe, especialidad, el departamento y la localidad desde los cuales se concursa.

b) El puesto de trabajo de la categoría que el personal laboral fijo ocupa de forma provisional, siempre que no tenga ningún puesto de trabajo reservado de forma definitiva en la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC, determina la categoría y, si existe, especialidad, el departamento y la localidad desde los cuales se concursa.

Con respecto a la referencia que se hace en estas bases a la obligatoriedad de participar en el concurso, viene determinada por el puesto de trabajo que el personal laboral fijo ocupa en la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC.

-3 Requisitos de participación

3.1 El personal laboral fijo puede participar en este concurso de cambio de destino en cualquiera de las modalidades que se detallan a continuación, siempre que cumpla los requisitos que se indican:

a) Traslado: puede participar el personal laboral fijo que opte a ocupar puestos de trabajo de la misma categoría y, si existe, especialidad.

b) Cambio a categorías o especialidades englobadas dentro del área de funciones: para obtener destino en puestos de diferente categoría profesional o de otras especialidades de la misma categoría, de la misma área de funciones.

Puede participar el personal laboral fijo de categorías diferentes y, si existe, especialidades de la misma área de funciones de su categoría, siempre que tenga la titulación específica de la categoría convocada, si existe, o la titulación correspondiente al grupo profesional de la plaza convocada o, siempre que se participe desde el mismo grupo o del inmediatamente inferior, la capacidad probada en los términos que establecen los artículos 19.3 y 23 del VI Convenio.

Se entiende como capacidad probada la experiencia profesional en el ejercicio de funciones en el mismo puesto de trabajo a proveer (u otro de categoría profesional equivalente) demostrada durante el periodo de prueba en los supuestos en los que por ley no se exija la titulación.

c) Cambio a categorías o especialidades englobadas fuera del área de funciones: para obtener destino en puestos de categorías profesionales o especialidades, del mismo grupo profesional o del grupo inmediatamente superior de un área de funciones diferente de la propia.

Puede participar el personal laboral fijo de categorías diferentes y, si existe, especialidad de otra área de funciones de su categoría, siempre que las plazas a las cuales opte sean del mismo grupo profesional desde el que se concursa o del grupo profesional inmediatamente superior y tenga la titulación específica de la plaza convocada, si existe, o la titulación correspondiente al grupo profesional de la plaza convocada, en los términos que establecen los artículos 19.3 y 23 del VI Convenio.

Las áreas de funciones y las categorías profesionales englobadas en cada una de estas áreas son las que establece el anexo 7 del VI Convenio.

3.2 El personal laboral fijo que opte por participar en más de una de las modalidades de provisión de puestos establecidas en el apartado anterior tiene que determinar en la solicitud (documento 5) cuál es el orden de preferencia de cada una de las modalidades en las que participa.

En este caso, la adjudicación se lleva a cabo siguiendo, en primer lugar, el criterio de preferencia del orden de la modalidad de provisión, y en segundo lugar, el orden de preferencia de los puestos, dentro de cada modalidad.

En caso de que no se especifique el orden de preferencia, se aplicará el siguiente orden: primero, traslado; después, cambio de categoría o especialidad dentro del área de funciones, y finalmente, cambio de categoría o especialidad fuera del área de funciones.

Los participantes a los que se les adjudique un puesto en una modalidad de provisión no podrán optar a la adjudicación de ningún otro puesto en la misma modalidad o en otra.

3.3 El personal laboral fijo que haya obtenido un destino mediante la participación en una de las tres modalidades previstas en esta base (traslado, cambio dentro del área de funciones y cambio fuera del área de funciones) no puede solicitar un nuevo cambio para la misma modalidad hasta que no hayan transcurrido dos años de trabajo efectivo.

3.4 En las modalidades de cambio a categorías englobadas dentro y fuera del área de funciones, siempre que suponga un ascenso, no podrá concursar, mientras dure el cumplimiento de la sanción, el personal laboral fijo que haya sido sancionado con la suspensión del derecho a concurrir a pruebas selectivas o concurso de ascenso por un periodo de uno o dos años como autores o responsables de una falta de carácter grave, o con la sanción de inhabilitación para el ascenso por un periodo de dos a seis años como autores o responsables de una falta de carácter muy grave, de acuerdo con el artículo 53 del VI Convenio.

3.5 Las personas que participen en las modalidades de cambio a categorías englobadas dentro y fuera del área de funciones, siempre que suponga un cambio de grupo profesional o categoría y, si existe, especialidad en el cual se requiere un nivel de conocimientos de lengua catalana superior al que se exige para acceder a la categoría profesional desde la que se participa, tendrán que acreditar que poseen el nivel exigido para acceder a la nueva categoría mediante el correspondiente certificado y lo tendrán que adjuntar a la solicitud.

En el caso de las personas que no tengan el certificado acreditativo del nivel de conocimientos de lengua catalana exigido, el Órgano Técnico de Evaluación evaluará mediante una prueba sus conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer.

Quedan exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los participantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso de cambio de destino de personal laboral fijo o de selección de personal en la Administración de la Generalitat en las que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria. En estos supuestos, tendrán que adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

A efectos de los conocimientos de lengua catalana, hay que atenerse al Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña; al Decreto 37/2024, de 6 de febrero, sobre evaluación y certificación de conocimientos de lengua general de catalán, y a la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril.

3.6 El personal laboral fijo procedente de las situaciones administrativas de suspensión de empleo y de excedencia no tiene que estar separado del servicio de ninguna administración pública ni inhabilitado para ocupar cargos y ejercer funciones públicas.

3.7 En cualquier caso, siempre se tienen que cumplir los requisitos necesarios para ocupar los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que establecen el VI Convenio, estas bases y la relación de puestos de trabajo.

3.8 Los requisitos de participación se tienen que reunir en la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC y se tendrán que mantener hasta la fecha de formalización del anexo al contrato correspondiente, en su caso.

-4 Méritos y capacidades

La valoración de los diferentes méritos y capacidades se efectuará de acuerdo con la disposición transitoria novena del VI Convenio, hasta 100 puntos como máximo y de acuerdo con los siguientes conceptos:

4.1 Capacidades profesionales

La experiencia y la capacidad profesionales se valoran hasta 70 puntos, distribuidos de la siguiente manera:

4.1.1 Por la experiencia en el desarrollo de funciones iguales o similares del área correspondiente en puestos de trabajo de personal laboral de la Administración de la Generalitat, de sus organismos autónomos o, en caso de que se haya producido una subrogación, de otra entidad o administración pública, se otorgarán hasta 30 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) 0,097 puntos por cada mes de servicios prestados en puestos del mismo grupo, categoría y especialidad, si procede, que la del puesto de trabajo al que se opta.

b) 0,083 puntos por cada mes de servicios prestados en puestos del mismo grupo y área de funciones de diferente categoría o especialidad que la del puesto de trabajo al que se opta.

c) 0,070 puntos por cada mes de servicios prestados en diferente grupo de la misma área de funciones o en diferente área de funciones del mismo grupo.

d) 0,059 puntos por cada mes de servicios prestados en diferente grupo y diferente área de funciones.

En relación con el trabajo desarrollado en todos los puestos ocupados provisionalmente mediante un encargo de categoría superior durante toda la relación laboral, la valoración se hará de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Cómputo de los periodos de tiempo en puestos ocupados provisionalmente: la valoración del trabajo desarrollado como funciones iguales del área correspondiente en el supuestos de encargo de categoría superior no se puede valorar más allá de los plazos máximos de ocupación que establece el VI Convenio.

El trabajo desarrollado más allá del periodo máximo de ocupación previsto en el Convenio se tiene que valorar como trabajo desarrollado en puestos del mismo grupo y área de funciones de diferente categoría o especialidad que la del puesto de trabajo al que se opta, a razón de 0,083 puntos por mes de servicios prestados.

b) Cómputo inicial del periodo: los periodos de seis meses durante un año u ocho meses durante dos años se computan, respectivamente, desde la fecha de efectos de la resolución de encargo de categoría superior, con independencia de que el puesto ocupado provisionalmente esté reservado a otro trabajador o trabajadora.

En caso de ocupar o solicitar puestos con funciones polivalentes, la valoración se hará de acuerdo con la categoría profesional prevalente.

A efectos del cómputo de este mérito, no se valoran las fracciones inferiores a un mes y se considera un mes como 30 días.

4.1.2 Para garantizar la idoneidad de los candidatos que opten a plazas de categoría diferente y, si existe, especialidad, se harán pruebas profesionales, las cuales serán eliminatorias. La puntuación de estas pruebas será de 40 puntos y habrá que obtener 20 para superarlas.

Estos 40 puntos se otorgarán a aquellas personas que opten por la modalidad de traslado a plazas de su misma categoría profesional y, si existe, especialidad, sin necesidad de llevar a cabo las pruebas profesionales mencionadas.

4.2 Titulaciones académicas

Las titulaciones académicas oficiales relevantes para el puesto de trabajo a proveer se valoran hasta 5 puntos como máximo, en función de los conocimientos requeridos, la competencia y la especialización.

Se valoran las titulaciones oficiales que constan en el apartado Titulaciones del Registro informático de personal, incluyendo la titulación oficial de acceso a la categoría y/o especialidad objeto de concurso siempre que no sean un requisito específico de ocupación del puesto.

Se valoran los doctorados y másters universitarios oficiales.

Se otorgará la siguiente puntuación en función del grupo profesional del puesto al que se opte por cada titulación oficial, sin que se pueda superar la puntuación máxima de este apartado:

Puntuación por grupos profesionales

E

D

C

B

A

Doctorado y máster universitario oficial

0

0

0

1

2

Licenciatura y grado

1

1

2

2

3

Diplomatura o equivalente

1

1

2

3

2

Titulación académica o equivalente que habilita para acceder al grupo C

2

2

3

0

0

Titulación académica o equivalente que habilita para acceder al grupo D

2

3

0

0

0

Certificado de escolaridad o equivalente

3

0

0

0

0

4.3 Formación y perfeccionamiento

La puntuación de este apartado es de 10 puntos como máximo.

4.3.1 Se valoran exclusivamente las actividades formativas que constan en el apartado Formación/Cursos del Registro informático de personal que se hayan llevado a cabo en los diez años anteriores a la publicación de la convocatoria y que versen directamente sobre materias relacionadas con las tareas propias de los puestos de trabajo, a razón de:

a) 0,020 puntos por cada hora de asistencia (códigos ATRI: A, G, L y W).

b) 0,040 puntos por cada hora de asistencia y aprovechamiento (códigos ATRI: B, F, H y M).

Se valoran hasta 100 horas como máximo por curso o actividad formativa, en los dos casos.

Las fracciones horarias se redondean al alza.

Se establecen las siguientes equivalencias en caso de que la duración del curso no esté certificada en horas:

Días

Meses

1 día

5 horas

1 mes: 30 horas

2 a 8 días

10 horas

2 meses: 45 horas

9 a 15 días

15 horas

3 meses: 60 horas

16 a 22 días

20 horas

4 a 6 meses: 75 horas

23 a 29 días

25 horas

más de 6 meses: 100 horas

Las fracciones entre meses se redondean hasta 15 días al mes inferior, y a partir de 16 días al mes superior.

En caso de que no conste la duración del curso, se considerará de un día.

4.3.2 Se valoran con 2 puntos en total como máximo los certificados oficiales de idiomas reconocidos según el Marco europeo común de referencia (MECR), por el nivel más alto alcanzado de cada idioma, a razón de:

a) 0,75 puntos por el nivel B1.

b) 1,00 punto por el nivel B2.

c) 1,50 puntos por el nivel C1.

d) 2,00 puntos por el nivel C2.

4.3.3 Se valora con 3 puntos en total como máximo el nivel más alto del ACTIC de la Secretaría de Políticas Digitales o equivalentes, a razón de:

a) 1,00 punto por el ACTIC básico.

b) 2,00 puntos por el ACTIC medio.

c) 3,00 puntos por el ACTIC avanzado.

4.3.4 No se valoran ni las publicaciones ni la docencia.

4.4 Conocimiento oral y escrito de la lengua catalana

La puntuación de este apartado es de 5 puntos como máximo.

Se valora con 1,5 puntos el conocimiento de la lengua catalana del nivel correspondiente al que se exige para acceder al grupo de titulación al que pertenecen los puestos convocados, de acuerdo con los niveles que establece el artículo 12 del Decreto 161/2002, de 11 de junio, a menos que se acredite un nivel superior, caso en que se valora el conocimiento de la lengua catalana acreditado con el certificado de nivel más alto de conocimientos según los niveles de la Secretaría de Política Lingüística o equivalentes, a razón de:

a) 2,5 puntos por el certificado de nivel de suficiencia (C1).

b) 3,5 puntos por el certificado de nivel superior (C2).

Asimismo, se valoran con 1,5 puntos los siguientes conocimientos específicos de lengua catalana: lenguaje administrativo, jurídico, comercial y corrección de textos orales y escritos que consten en el apartado de conocimientos de lengua catalana de la solicitud de participación con las respectivas codificaciones según la información que conste en el Registro informático de personal.

4.5 Antigüedad

Se valora hasta 5 puntos como máximo el tiempo de servicios prestados en la Administración de la Generalitat de Catalunya con vinculación de personal laboral o funcionario, a razón de 0,05 puntos por mes completo.

Para el cómputo de este mérito no se valoran las fracciones inferiores a un mes y se considera un mes como 30 días, teniendo en cuenta que el tiempo de servicios prestados simultáneamente solo se computa una vez.

4.6 Otros méritos y capacidades

La puntuación de este apartado es de 5 puntos.

Se asignan 5 puntos en el caso de solicitar puestos de trabajo del mismo departamento de la Generalitat de Catalunya donde se prestan servicios en la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC.

-5 Puntuación mínima

No se exige una puntuación mínima para adjudicar vacantes a los participantes.

-6 Acreditación de los méritos y capacidades

6.1 Los méritos y capacidades se tienen que referir a la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC y solo se tendrán en cuenta los acreditados documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de la utilización de las técnicas de acreditación a las que hace referencia la base 4.1.2.

6.2 Con la finalidad de acreditar las capacidades y aptitudes que garanticen la idoneidad a la que se refiere la base 4.1.2, los participantes tendrán que superar pruebas técnicas profesionales relacionadas con las funciones y actividades asignadas al puesto de trabajo solicitado que constan en el correspondiente anexo. La duración máxima de las pruebas es de dos horas.

El calendario, el puesto y las condiciones de realización de las pruebas se harán públicos junto con la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a la que hace referencia la base 10.

-7 Presentación y formalización de solicitudes

7.1 Solicitud de participación formalizada por vía telemática a través del portal del empleado público (ATRI), atriportal.gencat.cat.

La solicitud para participar en el concurso se tiene que presentar exclusivamente por vía telemática, a través de la parte privada del portal ATRI, en el apartado Movilidad > Concursos de cambio de destino. Personal laboral > Participación, y dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al que se publique esta Resolución en el DOGC.

El personal excedente o que no disponga de las credenciales necesarias para acceder al portal ATRI tiene que solicitarlas a la unidad de recursos humanos del último departamento donde prestó servicios.

Si una incidencia técnica general, únicamente atribuible al funcionamiento ordinario de la aplicación de participación telemática en este concurso, imposibilita la participación o enmienda, se pueden ampliar los plazos correspondientes, de lo cual se tiene que hacer difusión en el portal ATRI.

7.2 Documentos telemáticos que forman parte de la solicitud de participación

Los documentos telemáticos que forman parte de la solicitud de participación son los siguientes:

a) Documento número 1: datos de la persona concursante.

b) Documento número 3: documento acreditativo de los requisitos y de los méritos y capacidades que constan en el Registro informático de personal de la Generalitat de Catalunya.

c) Documento número 3 bis: certificado acreditativo de los méritos de otra administración pública (trabajo desarrollado y antigüedad), siempre que esta información no conste en el apartado correspondiente del documento número 3.

d) Documento número 4: solicitud de los puestos de trabajo a los que se opta, de uno en uno, por orden de preferencia.

e) Documento número 5: orden de preferencia de las modalidades en las que se quiere participar.

f) Documento número 6: genera de forma ordenada las plazas, de acuerdo con el siguiente orden:

1.º Puestos de trabajo solicitados por orden de preferencia: son las plazas que se han pedido, de una en una, en el documento número 4.

2.º Descripción del orden de la modalidad escogido en el documento 5.

3.º Relación de puestos de trabajo generados de oficio.

Los departamentos y organismos autónomos son responsables de revisar y actualizar el contenido del Registro informático de personal y de incluir, como mínimo, los datos que establece el Decreto 71/1987, de 15 de enero, de aprobación del Reglamento del Registro general de personal de la Generalitat de Catalunya.

7.3 Procedimiento de participación

7.3.1 Una vez se accede a la aplicación telemática de participación a través del portal ATRI, los participantes tienen que rellenar los documentos que describe el apartado anterior y verificarlos siguiendo las instrucciones que proporciona la propia aplicación. Antes de hacer definitiva la participación, y mientras esté abierto el plazo de participación, los participantes pueden modificar cualquier aspecto de la solicitud.

a) Documento número 1: datos de la persona concursante.

Recopila los datos personales y administrativos de la persona participante. Si tiene una discapacidad, tiene que rellenar el apartado 4 de este documento, "Otros datos relacionados con el concurso", que informa sobre la participación con discapacidades.

b) Documento número 3: documento acreditativo de los requisitos, méritos y capacidades que constan en el Registro informático de personal de la Generalitat de Catalunya.

Este documento se genera de forma automática con los datos que constan en el Registro informático de personal. En caso de detectar incorrecciones o carencias, los participantes tienen que dirigirse a la unidad de recursos humanos del departamento donde prestan servicios para solicitar las enmiendas correspondientes.

Una vez que los departamentos hayan introducido, en su caso, las correcciones solicitadas en el Registro informático de personal, los participantes tienen que generar un nuevo documento número 3 y, si es correcto, lo tienen que confirmar. Este procedimiento se puede hacer tantas veces como sea necesario durante el plazo de participación, pero, en todo caso, tiene que figurar al menos un documento número 3 confirmado por la persona participante; en caso contrario, se tiene que considerar válido el último que se haya generado.

c) Documento número 3 bis: certificado de los méritos de otras administraciones.

Cuando los participantes que han prestado servicios en otras administraciones públicas observen que no consta en el documento número 3 la información sobre los méritos y las capacidades relativos a la antigüedad, que es competencia de otras administraciones, tienen que solicitar a la correspondiente administración pública que les expida un certificado.

Este documento tiene que contener todos los datos relativos al mérito que se quiera alegar.

Los participantes que tengan que presentar el documento número 3 bis lo tienen que enviar a través de la opción de comunicación existente en el apartado Movilidad > Concursos de cambio de destino. Personal laboral > Participación, de la parte privada del portal ATRI, antes de que finalice el plazo de enmiendas a la solicitud que establece la base 7.4.

d) Documento número 4: solicitud de los puestos de trabajo a los que se opta, de uno en uno, por orden de preferencia.

e) Documento número 5: orden de preferencia de las modalidades en las que se quiere participar.

f) Documento número 6: una vez rellenados los documentos número 4 y número 5, los participantes pueden obtener, a través de la misma aplicación, el documento número 6, que recopila de forma ordenada todas las plazas que hayan pedido en el documento número 4, de una en una, ordenadas según el orden de modalidad de participación establecido en el documento número 5, y, finalmente, las plazas generadas de oficio.

7.3.2 Una vez que los participantes hayan verificado toda la información incluida en los documentos, para completar y registrar la participación tienen que enviarla de forma definitiva mediante el botón Envía al órgano convocante.

Una vez finalizado este trámite, se genera un documento de la solicitud, que se identifica con un número de instancia y la fecha y la hora de la participación definitiva (documento número 1).

7.3.3 Todos los participantes de esta convocatoria son responsables de comprobar y verificar la exactitud de su solicitud y los datos que constan, en especial el documento número 3, que contiene la información que acredita los requisitos y los méritos. Al confirmarla, declaran que los datos que contiene el documento son ciertos y los únicos que quieren alegar a efectos de esta convocatoria, de acuerdo con el artículo 35 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

7.3.4 Una vez finalizado el plazo de participación, se incluyen de oficio en la participación del concurso las personas obligadas a participar (base 2.6.c) que no hayan formalizado la solicitud, de acuerdo con la disposición transitoria novena del VI Convenio.

Estos concursantes de oficio (base 2.6.c) participan con los méritos, incluidos en el documento número 3, que consten en el Registro informático de personal con la misma fecha de referencia que el resto de concursantes.

En su documento número 6, para la modalidad de traslado constan, primero, el puesto de trabajo que estén ocupando de forma provisional en la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC; a continuación, el resto de puestos de trabajo de la misma categoría y, si existe, especialidad del puesto de trabajo que estén ocupando del departamento y la localidad donde estén prestando servicios en la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC, ordenados con horario normal, continuado, especial o régimen de turnos, y, finalmente, por orden ascendente de código de puesto.

7.3.5 Respecto a los concursantes forzosos (base 2.6.b), en caso de que no hayan solicitado todas las plazas vacantes y de resultas de la localidad del puesto de trabajo que ocupen provisionalmente en la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC, se les añadirá de oficio, únicamente para la modalidad de traslado, a continuación de los puestos solicitados, el resto de puestos de trabajo con el mismo criterio que establece el apartado anterior para los concursantes de oficio.

7.3.6 A los concursantes de oficio (base 2.6.c) se les comunicará la participación a través de la parte privada del portal ATRI.

7.4 Enmiendas a la solicitud de participación (documentos números 1, 3, 4 y 5) formalizadas por vía telemática a través del portal ATRI.

Una vez agotado el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 7.1, todos los participantes pueden hacer modificaciones en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La aplicación de participación muestra la opción "Convocatoria en fase de enmienda", que se mantiene operativa durante el plazo que menciona el párrafo anterior. Antes de hacer definitivas las enmiendas, los participantes pueden modificar cualquiera de los documentos telemáticos presentados, tantas veces como sean necesarias, en el plazo establecido. Si las enmiendas afectan al documento número 3, una vez los departamentos hayan introducido, en su caso, las enmiendas solicitadas en el Registro informático de personal, los participantes tienen que volver a entrar a la aplicación de participación en el concurso a través del portal ATRI, generar un nuevo documento número 3 y, cuando comprueben que es correcto y que ya se han incluido las enmiendas, confirmar este nuevo documento.

Una vez hechas todas las enmiendas, se tienen que enviar de forma definitiva mediante el botón Envía al órgano convocante. Una vez hecho el envío, ya no se puede volver a modificar ni hacer nuevas enmiendas.

Los participantes que hayan accedido a la fase de enmiendas y hayan hecho modificaciones pero no las hayan confirmado definitivamente en la aplicación, se entenderá que desisten de estas enmiendas provisionales y que optan por participar de acuerdo con la información enviada en su participación definitiva inicial.

7.5 Participantes con discapacidades

7.5.1 Los participantes a los que hace referencia la base 2.3 que necesiten la adaptación de las pruebas o del puesto de trabajo tienen que enviar un dictamen favorable de los equipos de valoración multiprofesional del órgano correspondiente del Departamento de Derechos Sociales e Inclusión, emitido con ocasión de esta convocatoria, que declare que la persona concursante cumple las condiciones para ejercer las funciones de las plazas solicitadas, y que informe sobre las adaptaciones necesarias para realizar las pruebas y sobre la necesidad de adaptar el puesto de trabajo, sin perjuicio de lo que establece la base 8.4.

Los participantes tienen que hacer llegar el dictamen al órgano convocante a través del apartado Movilidad > Concursos de cambio de destino. Personal laboral > Participación, de la parte privada del portal ATRI antes de que finalice el plazo de enmiendas a la solicitud que establece la base 7.4.

7.5.2 Los participantes a los que se refiere la base 2.4 a que disponen de una adaptación o cambio de puesto de trabajo por motivos de salud tendrán que hacer constar esta circunstancia y aportar la documentación acreditativa con la solicitud, a efectos de trasladarlo al Servicio de Vigilancia de la Salud Laboral para que elabore el informe previo, de acuerdo con lo que dispone la misma base 2.4.

Los participantes tienen que hacer llegar esta comunicación al órgano convocante a través del apartado Movilidad > Concursos de cambio de destino. Personal laboral > Participación, de la parte privada del portal ATRI antes de que finalice el plazo de enmiendas a la solicitud que establece la base 7.4.

7.6 Acreditación del requisito de catalán

Los participantes que no tienen consignado en el expediente del portal ATRI el nivel de conocimientos de lengua catalana y hayan superado un proceso de selección o provisión con la correspondiente prueba de conocimientos, tienen que acreditar con el correspondiente certificado la justificación del requisito de los conocimientos de lengua catalana.

Los participantes que tengan que presentar este certificado lo tienen que enviar a través de la opción de comunicación existente en el apartado Movilidad > Concursos de cambio de destino. Personal laboral > Participación, de la parte privada del portal ATRI, antes de que finalice el plazo de enmiendas a la solicitud que establece la base 7.4.

7.7 Renuncia a la solicitud de participación

Las solicitudes de participación tienen carácter vinculante para los participantes y solo se admitirán solicitudes de renuncias a la participación cuando se presenten dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a menos que el Órgano Técnico de Evaluación decida aceptarlas, una vez transcurrido el plazo mencionado, por causas debidamente justificadas.

Las peticiones de renuncia a la participación se tramitan mediante la opción de renuncia existente en el apartado Movilidad > Concursos de cambio de destino. Personal laboral > Participación, de la parte privada del portal ATRI.

7.8 Comunicaciones

Los participantes se tienen que comunicar telemáticamente con el órgano convocante y el Órgano Técnico de Evaluación mediante las opciones de comunicaciones, alegaciones y renuncias existentes en el apartado Movilidad > Concursos de cambio de destino. Personal laboral > Participación, de la parte privada del portal ATRI.

7.9 Protección de datos de carácter personal

Con la presentación de la solicitud, los participantes dan el consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de tramitación del proceso de provisión, de acuerdo con la normativa vigente, y para que el Órgano Técnico de Evaluación haga las comprobaciones pertinentes y pida de oficio las acreditaciones que considere oportunas.

Los participantes pueden encontrar la información relativa a la protección de datos personales en los apartados Expediente > Información y Formación > Información del portal ATRI.

-8 Órgano Técnico de Evaluación

8.1 El Órgano Técnico de Evaluación del presente concurso está compuesto por los siguientes miembros:

Titulares:
Presidenta: Gemma Clarisó Sabanés
Vocal: Jayune Segura Montiu
Vocal: Montserrat Badia Mas

Vocal: Daniel Artigas Morera, como representante de los trabajadores.

Vocal: Marta Torres Batalla, como representante de la Secretaría de Administración y Función Pública.

Suplentes:
Presidente: Enric Fernandez Hernandez
Vocal: Guillem Gomez Masip
Vocal: Manuel Flores Romero

Vocal: Jordi Julià Pla, como representante de los trabajadores.

Vocal: Genoveva Alcaraz Quiroga, como representante de la Secretaría de Administración y Función Pública.

8.2 El Órgano Técnico de Evaluación puede acordar la incorporación de asesores y especialistas, que actuarán con voz y sin voto.

Respecto a los asesores lingüísticos de esta convocatoria, se designa a las siguientes personas:

Àngela Cotano Gascó
Núria Guasch Solé

8.3 Las publicaciones oficiales relativas a la convocatoria se hacen a través del tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya, tauler.gencat.cat.

8.4 El Órgano Técnico de Evaluación decidirá sobre las peticiones de adaptación que las personas con discapacidad hayan efectuado con la solicitud, tanto con respecto a la adaptación de las pruebas como a la adaptación del puesto adjudicado, y tendrá en consideración que estas no comporten un gasto excesivo y no impliquen una modificación exorbitante en el contexto de la organización o sean incompatibles con el contenido del puesto y el servicio público a prestar. A tal fin, podrá hacer las consultas necesarias a quien corresponda.

-9 Adjudicación de puestos de trabajo

9.1 Los puestos de trabajo se adjudican en el siguiente orden:

9.1.1 Primera fase: se adjudican las plazas al personal laboral fijo que disponía de esta condición antes de la fecha de resolución del concurso de méritos de estabilización o, según los casos, del concurso oposición de estabilización, de su categoría y/o especialidad.

La adjudicación se lleva a cabo siguiendo este orden:

Primero: concursantes voluntarios (base 2.6.a) y concursantes forzosos con participación voluntaria (base 2.6.b), únicamente con las plazas que voluntariamente hayan incluido en la solicitud.

La propuesta recaerá en la persona participante que obtenga la mejor puntuación en la suma de los méritos y las capacidades, según el orden de preferencia que haya manifestado, solo con las plazas que voluntariamente haya incluido en la solicitud. En caso de empate en el conjunto del concurso, se resolverá de conformidad con el artículo 23.3 del VI Convenio.

Segundo: concursantes forzosos con participación voluntaria (base 2.6.b) con las plazas que se hayan incluido de oficio, siempre que no hayan obtenido una plaza de las solicitadas voluntariamente, y concursantes forzosos de oficio (base 2.6.c).

La propuesta recaerá en la persona participante que obtenga la mejor puntuación en la suma de los méritos y las capacidades, con las plazas que se hayan generado de oficio. En caso de empate en el conjunto del concurso, se resolverá de conformidad con el artículo 23.3 del VI Convenio.

9.1.2 Segunda fase: una vez finalizada la primera fase, el resto de plazas se adjudicarán al personal laboral fijo que disponía de esta condición después de la fecha de resolución del concurso de méritos de estabilización o, según los casos, concurso oposición de estabilización, de su categoría y/o especialidad.

La adjudicación se lleva a cabo siguiendo este orden:

Primero: concursantes voluntarios (base 2.6.a) y concursantes forzosos con participación voluntaria (base 2.6.b), únicamente con las plazas que voluntariamente hayan incluido en la solicitud.

La propuesta recaerá en la persona participante que obtenga la mejor puntuación en la suma de los méritos y capacidades, según el orden de preferencia que haya manifestado, solo con las plazas que voluntariamente haya incluido en la solicitud. En el caso de empate en el conjunto del concurso, se resolverá de conformidad con el artículo 23.3 del VI Convenio.

Segundo: concursantes forzosos con participación voluntaria (base 2.6.b) con las plazas que se hayan generado de oficio, siempre que no hayan obtenido una plaza de las solicitadas voluntariamente, y concursantes forzosos de oficio (base 2.6.c).

La propuesta recaerá en la persona participante que obtenga la mejor puntuación en la suma de los méritos y capacidades, con las plazas que se hayan generado de oficio. En caso de empate en el conjunto del concurso, se resolverá de conformidad con el artículo 23.3 del VI Convenio.

El Órgano Técnico de Evaluación expondrá la propuesta provisional de adjudicación de plazas. Las personas interesadas disponen de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la exposición pública, para formular las observaciones o reclamaciones que consideren pertinentes ante el Órgano Técnico de Evaluación, a través de la opción de alegación existente en el apartado Movilidad > Concursos de cambio de destino. Personal laboral > Participación, de la parte privada del portal ATRI.

Dentro de este mismo plazo, el personal que concursa voluntariamente podrá renunciar al puesto de trabajo adjudicado y el puesto se adjudicará a la persona que lo siga en el orden de puntuación, si existe.

El personal obligado a participar solo puede renunciar al puesto de trabajo adjudicado por la modalidad de traslado durante este mismo plazo si ha obtenido una plaza mediante una convocatoria pública hecha en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida o por pasar a una situación diferente a la de servicio activo.

9.2 La adjudicación del puesto de trabajo recaerá en la persona candidata más idónea, considerando la mayor puntuación global obtenida en la valoración de los méritos y capacidades establecidos en la base 4.

9.3 En caso de empate entre dos o más candidatos, tendrá preferencia quien ocupe un puesto de la misma categoría y, en su caso, especialidad. Si el empate persiste, el puesto se tendrá que adjudicar a la persona candidata con más años de servicio en un puesto de trabajo de la misma categoría y, en su caso, especialidad.

9.4 En el supuesto de que una persona concursante voluntaria no obtenga ninguno de los destinos solicitados, quedará en el puesto que ocupa actualmente o en la situación que corresponda de acuerdo con la normativa vigente.

9.5 A los concursantes forzosos que no obtengan ninguno de los puestos de trabajo solicitados y a los participantes de oficio se les adjudicará con carácter definitivo un puesto de trabajo de su categoría y/o especialidad, de acuerdo con la base 7.3.4.

En caso que estos participantes con carácter obligatorio no obtengan un destino definitivo mediante este concurso, quedarán a disposición del órgano competente del departamento del puesto que ocupan en la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC, el cual deberá adscribirlos de forma provisional a otro puesto de trabajo, con preferencia en la localidad de referencia, hasta el próximo concurso.

9.6 Orden de preferencia en la adjudicación cuando se participa en más de una modalidad de provisión de puestos

Los concursantes que participan en más de una de las modalidades de provisión de puestos de trabajo establecidas en la base 3.1 (traslado, cambio dentro del área de funciones o cambio fuera del área de funciones) tendrán que determinar cuál es el orden de preferencia de cada una de las modalidades, de acuerdo con el documento 5 de la base 7.2.

En este caso, la adjudicación se llevará a cabo siguiendo, en primer lugar, el criterio de preferencia del orden de la modalidad de provisión y, en segundo lugar, el orden de preferencia de los puestos.

Así, una vez que se adjudique un puesto a una persona participante en la modalidad de provisión preferente, no se podrá optar a la adjudicación de ningún otro puesto de las modalidades de provisión siguientes en el orden de preferencia.

-10 Desarrollo del concurso

10.1 El Órgano Técnico de Evaluación hará pública la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya tauler.gencat.cat, y en la intranet del Departamento de Interior y Seguridad Pública, con indicación del motivo de exclusión. En el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la exposición, las personas interesadas podrán enmendar los defectos o formular las observaciones o reclamaciones que consideren pertinentes ante el Órgano Técnico de Evaluación.

Este trámite estará disponible en el apartado Movilidad > Concursos de cambio de destino. Personal laboral > Participación, de la parte privada del portal ATRI.

Junto con la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se harán públicas las fechas para realizar la prueba de catalán que se indica en la base 3.5.

Una vez revisadas las posibles reclamaciones y efectuada, en su caso, la prueba de catalán, se harán públicos, con el mismo procedimiento, la lista definitiva de las personas admitidas y excluidas y el calendario de realización de las pruebas profesionales que establece la base 4.1.2.

10.2 De la misma manera que determina la base 10.1, se hará pública la resolución provisional del concurso mediante una lista que incluirá a los participantes con la indicación de la puntuación que hayan conseguido para cada plaza solicitada en la que hayan resultado admitidos. En esta lista se indicarán expresamente los candidatos que hayan alcanzado una puntuación igual o superior a la que se establece como mínima en esta convocatoria.

En el plazo de diez días hábiles a partir de la exposición de la lista, las personas interesadas podrán formular las observaciones o reclamaciones que consideren pertinentes ante el Órgano Técnico de Evaluación. Dentro de este mismo plazo, la persona candidata seleccionada, cuando haya participado con carácter voluntario, podrá renunciar al puesto de trabajo adjudicado y en este caso perderá sus derechos sobre la plaza, la cual se adjudicará a la persona que la siga en el orden de puntuación, si existe.

Este trámite estará disponible en el apartado Movilidad > Concursos de cambio de destino. Personal laboral > Participación, de la parte privada del portal ATRI.

10.3 Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, se hará pública la propuesta definitiva del resultado del concurso, con el mismo procedimiento que señala el apartado anterior.

Una vez hecha pública la propuesta definitiva, el destino adjudicado es irrenunciable.

-11 Resolución del concurso

11.1 El presente concurso se resuelve mediante una resolución del órgano convocante, que se publicará en el DOGC, y se puede resolver parcialmente por categoría o especialidad.

11.2 Antes de incorporarse al puesto de trabajo, la persona interesada tiene que declarar fehacientemente que no está afectada por ninguno de los motivos de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalitat.

11.3 El personal que haya obtenido destino mediante este concurso tiene que realizar la jornada y el horario del puesto de trabajo asignado, de acuerdo con lo que establecen la relación de puestos de trabajo y el convenio colectivo único vigente.

11.4 El órgano competente del Departamento de Interior y Seguridad Pública formalizará un anexo con la cláusula correspondiente al contrato de trabajo vigente dentro de los plazos que señala la normativa, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 23.3 del VI Convenio.

-12 Régimen de impugnaciones y alegaciones

12.1 Contra los actos del Órgano Técnico de Evaluación que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar en el proceso o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, las personas interesadas pueden interponer una demanda ante la jurisdicción social en el plazo de dos meses, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

12.2 Contra los actos de trámite del Órgano Técnico de Evaluación no incluidos en el punto anterior los participantes, a lo largo del proceso, podrán formular alegaciones, las cuales se tendrán en consideración en el momento que se haga pública la puntuación final del concurso.

Anexo 2
Puestos de trabajo vacantes

Relación de categorías y especialidades con la correspondiente área de funciones

A1 Analista informático/a: administración e informática

A1 Médico/a-medicina del trabajo: sanitaria asistencial

A1 Periodista: administración e informática

B1 Diplomado/a en enfermería-enfermería del trabajo: sanitaria asistencial

B1 Diplomado/a en enfermería -enfermería servicios asistenciales: sanitaria asistencial

C1 Técnico/a especialista, informático/a: administración e informática

C1 Técnico/a especialista, mantenimiento: mantenimiento, oficios y servicios técnicos

C1 Técnico/a especialista, sonido e imagen: mantenimiento, oficios y servicios técnicos

C2 Conductor/a (carnet c): mantenimiento, oficios y servicios técnicos

C2 Responsable de almacén: servicios generales

D1 Conductor/a (carnet B): mantenimiento, oficios y servicios técnicos

D1 Almacenador/a: servicios generales

D1 Oficial de 1ª, mantenimiento: mantenimiento, oficios y servicios técnicos

D1 Telefonista: servicios generales

Abreviaturas

Unidad orgánica (Gab. Cons. = Gabinete del/de la Consejero/a; SG = Secretaría General; DS = Dirección de Servicios; DGPEIS = Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos; DGPC = Dirección General de Protección Civil; DGP = Dirección General de la Policía; DGAR = Dirección General de los Agentes Rurales; SCT = Servicio Catalán de Tráfico; ISPC = Instituto de Seguridad Pública de Cataluña).

J = jornada (N = normal).

H = horario (N = normal, E = especial, T = régimen de turnos).

Compl. = Complemento (C256 = complemento de puesto de trabajo; C245E = complemento de puesto de trabajo con singularidades funcionales y técnicas; C246A = complemento de puesto de trabajo de especial responsabilidad en el desarrollo funcional; C231 = complemento de mando).

Tit. = titulación específica (0900 = Informática; 1402 = Medicina del Trabajo; 1900 = Ciencias de la Información; 3300 = Enfermería; 3301 = Enfermería del Trabajo).

FE = formación específica (161 = experiencia en áreas de comunicación, prensa y protocolo; 259 = conocimientos y experiencia en trabajos de almacén; 260 = conocimientos y experiencia en trabajos audiovisuales; 358 = carnet de conducir B; 359 = conocimientos y/o experiencia en espacios naturales; 463 = conocimientos y/o experiencia en gestión de stocks; 518 = conocimientos y/o experiencia en lenguajes de programación y diseño de páginas web; 555 = experiencia en la gestión mediática de las emergencias; 556 = experiencia en el uso de carretilla elevadora frontal).

OB = observaciones (P = puesto polivalente previsto en el artículo 19.5 del VI Convenio; PT = puesto polivalente previsto en el artículo 19.5 del VI Convenio y con carácter discontinuo; C = cargo).

CAT = nivel de catalán requerido (A2 = certificado de nivel básico de catalán o equivalente; B1 = certificado de nivel elemental de catalán o equivalente; B2 = certificado de nivel intermedio de catalán o equivalente; C1 = certificado de nivel de suficiencia de catalán o equivalente).

Código concurso

Código puesto

Subgrupo/ Nombre del puesto

Unidad orgánica

Centro de trabajo

Localidad

J

H

Compl.

Tit.

FE

OB

CAT

V0226

L013444

A1 ANALISTA INFORMÁTICO/A

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

N

C1

V0229

0063053

A1 ANALISTA INFORMÁTICO/A

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

N

C1

V0230

0096088

A1 ANALISTA INFORMÁTICO/A

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

N

C1

V0235

0001312

A1 ANALISTA INFORMÁTICO/A

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

T

C1

V0027

0002841

A1 ANALISTA INFORMÁTICO/A

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

N

C1

V0028

0004152

A1 ANALISTA INFORMÁTICO/A

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

N

C1

V0029

0125018

A1 ANALISTA INFORMÁTICO/A

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

N

C1

V0007

0079284

A1 MÉDICO/A-MEDICINA DEL TRABAJO

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

C256

1402

C1

V0009

0099332

A1 MÉDICO/A-MEDICINA DEL TRABAJO

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

C256

C245E C246A

1402

C1

V0010

0123901

A1 MÉDICO/A-MEDICINA DEL TRABAJO

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

C256

C245E C246A

1402

C1

V0011

0123903

A1 MÉDICO/A-MEDICINA DEL TRABAJO

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

C256

C245E C246A

1402

C1

V0001

L013290

A1 PERIODISTA

Gab. Cons.

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

E

1900

161 358 555

C1

V0002

L013212

A1 PERIODISTA

Gab. Cons.

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

T

1900

161 358 555

C1

V0003

0002852

A1 PERIODISTA

Gab. Cons.

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

T

1900

161 358 555

C1

V0004

0054196

A1 PERIODISTA

Gab. Cons.

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

T

1900

161 358 555

C1

V0015

0125733

A1 PERIODISTA

SG

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

1900

161 518

C1

V0097

0062298

A1 PERIODISTA

DGPC

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

T

1900

161 358 555

C1

V0098

0069665

A1 PERIODISTA

DGPC

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

T

1900

161 358 555

C1

V0099

0125729

A1 PERIODISTA

DGPC

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

T

1900

161 358 555

C1

V0100

0125731

A1 PERIODISTA

DGPC

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

T

1900

161 358 555

C1

V0231

L013425

A1 PERIODISTA

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

T

1900

161 555

C1

V0232

L013426

A1 PERIODISTA

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

T

1900

161 555

C1

V0233

L013427

A1 PERIODISTA

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

T

1900

161 555

C1

V0234

L013428

A1 PERIODISTA

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

T

1900

161 555

C1

V0236

0001376

A1 PERIODISTA

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

T

1900

161 555

C1

V0237

0054948

A1 PERIODISTA

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

T

1900

161 555

C1

V0043

L013213

A1 PERIODISTA

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

T

1900

161 358 555

C1

V0044

L013214

A1 PERIODISTA

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

T

1900

161 358 555

C1

V0045

0003274

A1 PERIODISTA

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

T

1900

161 358 555

C1

V0046

0003275

A1 PERIODISTA

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

T

1900

161 358 555

C1

V0047

0006209

A1 PERIODISTA

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

T

1900

161 358 555

C1

V0048

0122398

A1 PERIODISTA

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

T

1900

161 358 555

C1

V0049

0122471

A1 PERIODISTA

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

T

1900

161 358 555

C1

V0218

0108967

A1 PERIODISTA

DGAR

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS AGENTES RURALES

SANTA PERPÈTUA DE MOGODA

N

T

1900

161 358 555

C1

V0219

0116436

A1 PERIODISTA

DGAR

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS AGENTES RURALES

SANTA PERPÈTUA DE MOGODA

N

T

1900

161 358 555

C1

V0220

0143252

A1 PERIODISTA

DGAR

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS AGENTES RURALES

SANTA PERPÈTUA DE MOGODA

N

T

161 358 555

C1

V0005

0076452

B1 DIPLOMADO/A EN ENFERMERÍA-ENFERMERÍA DEL TRABAJO

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

C256

3301

C1

V0006

0077453

B1 DIPLOMADO/A EN ENFERMERÍA-ENFERMERÍA DEL TRABAJO

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

C256

3301

C1

V0008

0079294

B1 DIPLOMADO/A EN ENFERMERÍA-ENFERMERÍA DEL TRABAJO

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

C256

3301

C1

V0012

0123904

B1 DIPLOMADO/A EN ENFERMERÍA-ENFERMERÍA DEL TRABAJO

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

C256

3301

C1

V0035

0062266

B1 DIPLOMADO/A EN ENFERMERÍA-ENFERMERÍA SERVICIOS ASISTENCIALES

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

3300

358 359

C1

V0019

0037068

C1 TÉCNICO/A ESPECIALISTA-INFORMÁTICO/A

DGPEIS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

C245E

B2

V0227

0001369

C1 TÉCNICO/A ESPECIALISTA-INFORMÁTICO/A

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

N

B2

V0228

0041433

C1 TÉCNICO/A ESPECIALISTA-INFORMÁTICO/A

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

N

B2

V0217

0115222

C1 TÉCNICO/A ESPECIALISTA-INFORMÁTICO/A

DGAR

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS AGENTES RURALES

SANTA PERPÈTUA DE MOGODA

N

N

B2

V0092

0079717

C1 TÉCNICO/A ESPECIALISTA-MANTENIMIENTO

DGPEIS

HELIPUERTO DE TIRVIA

TÍRVIA

N

E

B2

V0036

0106413

C1 TÉCNICO/A ESPECIALISTA-SONIDO E IMAGEN

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

260

B2

V0041

0143383

C1 TÉCNICO/A ESPECIALISTA-SONIDO E IMAGEN

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

260

B2

V0042

0143384

C1 TÉCNICO/A ESPECIALISTA-SONIDO E IMAGEN

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

260

B2

V0030

0062247

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA NORTE

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

P

B2

V0037

0122521

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

PT

B2

V0038

0122522

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

PT

B2

V0039

0122523

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

PT

B2

V0040

0122524

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

SC DG DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

PT

B2

V0050

0062256

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS GIRONA

GIRONA

N

E

P

B2

V0051

0062257

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS GIRONA

GIRONA

N

E

P

B2

V0058

0062252

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE LLEIDA

LLEIDA

N

E

P

B2

V0059

0062253

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE LLEIDA

LLEIDA

N

E

P

B2

V0066

0062258

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS CENTRO

MANRESA

N

E

P

B2

V0222

0062331

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

ISPC

INSTITUTO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE CATALUÑA

MOLLET DEL VALLÈS

N

N

B2

V0223

0062332

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

ISPC

INSTITUTO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE CATALUÑA

MOLLET DEL VALLÈS

N

N

B2

V0077

0062254

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE TARRAGONA

REUS

N

E

P

B2

V0078

0062255

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE TARRAGONA

REUS

N

E

P

B2

V0079

0062251

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA SUR

SANT BOI DE LLOBREGAT

N

E

P

B2

V0088

0061898

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

CENTRO DE LOGÍSTICA (CLB)

SUBIRATS

N

E

556

P

B2

V0089

0062246

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

CENTRO DE LOGÍSTICA (CLB)

SUBIRATS

N

E

556

P

B2

V0090

0098676

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

CENTRO DE LOGÍSTICA (CLB)

SUBIRATS

N

E

556

P

B2

V0091

0098677

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

CENTRO DE LOGÍSTICA (CLB)

SUBIRATS

N

E

556

P

B2

V0140

0048357

C2 RESPONSABLE DE ALMACÉN

DGP

CENTRO LOGÍSTICO DE LA POLICÍA

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

T

B2

V0141

0048542

C2 RESPONSABLE DE ALMACÉN

DGP

CENTRO LOGÍSTICO DE LA POLICÍA

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

T

B2

V0224

L005364

C2 RESPONSABLE DE ALMACÉN

ISPC

INSTITUTO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE CATALUÑA

MOLLET DEL VALLÈS

N

E

P

B2

V0087

0042778

C2 RESPONSABLE DE ALMACÉN

DGPEIS

CENTRO DE LOGÍSTICA (CLB)

SUBIRATS

N

E

C231

358 556

C

B2

V0017

0122513

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE AMPOSTA

AMPOSTA

N

E

PT

B1

V0018

0122514

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE AMPOSTA

AMPOSTA

N

E

PT

B1

V0016

0019621

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

SG

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

E

B1

V0101

0064612

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP CIUTAT VELLA/BARCELONA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0102

0064613

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP EIXAMPLE/BARCELONA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0103

0064621

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP EIXAMPLE/BARCELONA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0104

0064622

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP GRÀCIA/BARCELONA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0105

0064657

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP LES CORTS/BARCELONA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0106

0064656

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP NOU BARRIS/BARCELONA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0107

0064623

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP SANT MARTÍ/BARCELONA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0108

0064662

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP SANTS-MONTJUÏC/BARCELONA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0109

0064619

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP SARRIÀ-SANT GERVASI/BARCELONA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0114

0064624

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/LES CORTS

BARCELONA

N

E

P

B1

V0115

0064614

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/HORTA-GUINARDÓ

BARCELONA

N

E

P

B1

V0116

0064616

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/LES CORTS

BARCELONA

N

E

P

B1

V0117

0010054

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/PLAZA ESPAÑA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0118

0064615

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/PLAZA ESPAÑA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0119

0064659

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/PLAZA ESPAÑA

BARCELONA

N

E

P

B1

V0120

0064617

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/SANT ANDREU

BARCELONA

N

E

P

B1

V0121

0064658

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/SANT ANDREU

BARCELONA

N

E

P

B1

V0122

0064661

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/SANT ANDREU

BARCELONA

N

E

P

B1

V0131

0064593

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP SELVA LITORAL/BLANES

BLANES

N

E

P

B1

V0132

0064594

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP SELVA LITORAL/BLANES

BLANES

N

E

P

B1

V0020

0122507

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE CAMBRILS

CAMBRILS

N

E

PT

B1

V0021

0122508

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE CAMBRILS

CAMBRILS

N

E

PT

B1

V0022

0122509

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE CAMBRILS

CAMBRILS

N

E

PT

B1

V0023

0122510

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE CAMBRILS

CAMBRILS

N

E

PT

B1

V0024

0122511

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE CAMBRILS

CAMBRILS

N

E

PT

B1

V0025

0122512

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE CAMBRILS

CAMBRILS

N

E

PT

B1

V0133

0064636

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

USC CASTELLDEFELS

CASTELLDEFELS

N

E

P

B1

V0031

0122495

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA NORTE

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

PT

B1

V0032

0122496

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA NORTE

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

PT

B1

V0033

0122497

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA NORTE

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

PT

B1

V0034

0122498

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA NORTE

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

PT

B1

V0134

0064625

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP CORNELLÀ DE LLOBREGAT

CORNELLÀ DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0135

0064626

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP EL PRAT DE LLOBREGAT

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0136

0064627

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP EL PRAT DE LLOBREGAT

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0137

0064629

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

COMPLEJO AEROPORTUARIO

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0146

0064649

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP BAIX PENEDÈS/EL VENDRELL

EL VENDRELL

N

E

P

B1

V0147

0064628

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP ESPLUGUES DE LLOBREGAT

ESPLUGUES DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0148

0143405

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP ALT EMPORDÀ/FIGUERES

FIGUERES

N

E

P

B1

V0149

0064634

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP GAVÀ

GAVÀ

N

E

P

B1

V0052

0122483

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS GIRONA

GIRONA

N

E

PT

B1

V0053

0122484

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS GIRONA

GIRONA

N

E

PT

B1

V0054

0122485

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS GIRONA

GIRONA

N

E

PT

B1

V0055

0122486

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS GIRONA

GIRONA

N

E

PT

B1

V0056

0122487

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS GIRONA

GIRONA

N

E

PT

B1

V0057

0122488

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS GIRONA

GIRONA

N

E

PT

B1

V0150

0059663

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL GIRONA

GIRONA

N

E

P

B1

V0151

0064607

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL GIRONA

GIRONA

N

E

P

B1

V0152

0064608

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL GIRONA

GIRONA

N

E

P

B1

V0156

0064651

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/GRANOLLERS

GRANOLLERS

N

E

P

B1

V0157

0064652

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/GRANOLLERS

GRANOLLERS

N

E

P

B1

V0158

0064667

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/GRANOLLERS

GRANOLLERS

N

E

P

B1

V0161

0064605

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP BAIX EMPORDÀ/LA BISBAL

LA BISBAL D'EMPORDÀ

N

E

P

B1

V0159

0064609

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP L'HOSPITALET DE LLOBREGAT

L'HOSPITALET DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0160

0064611

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP L'HOSPITALET DE LLOBREGAT

L'HOSPITALET DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0060

0122489

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE LLEIDA

LLEIDA

N

E

PT

B1

V0061

0122490

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE LLEIDA

LLEIDA

N

E

PT

B1

V0062

0122491

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE LLEIDA

LLEIDA

N

E

PT

B1

V0063

0122492

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE LLEIDA

LLEIDA

N

E

PT

B1

V0064

0122493

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE LLEIDA

LLEIDA

N

E

PT

B1

V0065

0122494

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE LLEIDA

LLEIDA

N

E

PT

B1

V0067

0122477

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS CENTRO

MANRESA

N

E

PT

B1

V0068

0122478

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS CENTRO

MANRESA

N

E

PT

B1

V0069

0122479

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS CENTRO

MANRESA

N

E

PT

B1

V0070

0122480

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS CENTRO

MANRESA

N

E

PT

B1

V0071

0122481

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS CENTRO

MANRESA

N

E

PT

B1

V0072

0122482

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS CENTRO

MANRESA

N

E

PT

B1

V0166

0096319

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL CENTRAL/MANRESA

MANRESA

N

E

P

B1

V0168

0064638

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP MARTORELL

MARTORELL

N

E

P

B1

V0073

0122519

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

INSTITUTO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE CATALUÑA

MOLLET DEL VALLÈS

N

E

PT

B1

V0074

0122520

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

INSTITUTO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE CATALUÑA

MOLLET DEL VALLÈS

N

E

PT

B1

V0075

0122499

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE MOLLET DEL VALLÈS

MOLLET DEL VALLÈS

N

E

PT

B1

V0076

0122500

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE MOLLET DEL VALLÈS

MOLLET DEL VALLÈS

N

E

PT

B1

V0169

0064598

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP GARROTXA/OLOT

OLOT

N

E

P

B1

V0170

0097731

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP BAIX CAMP-PRIORAT/REUS

REUS

N

E

P

B1

V0171

0064597

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP RIPOLLÈS

RIPOLL

N

E

P

B1

V0172

0064599

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP ALT EMPORDÀ/ROSES

ROSES

N

E

P

B1

V0174

0064646

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/SABADELL

SABADELL

N

E

P

B1

V0175

0064654

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/SABADELL

SABADELL

N

E

P

B1

V0176

0064655

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/SABADELL

SABADELL

N

E

P

B1

V0178

0064632

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/SABADELL

SABADELL

N

E

P

B1

V0179

0064665

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/SABADELL

SABADELL

N

E

P

B1

V0180

0064666

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/SABADELL

SABADELL

N

E

P

B1

V0181

0064668

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/SABADELL

SABADELL

N

E

P

B1

V0080

0122501

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA SUR

SANT BOI DE LLOBREGAT

N

E

PT

B1

V0081

0122502

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA SUR

SANT BOI DE LLOBREGAT

N

E

PT

B1

V0082

0122503

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA SUR

SANT BOI DE LLOBREGAT

N

E

PT

B1

V0083

0122504

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA SUR

SANT BOI DE LLOBREGAT

N

E

PT

B1

V0084

0122505

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA SUR

SANT BOI DE LLOBREGAT

N

E

PT

B1

V0085

0122506

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA SUR

SANT BOI DE LLOBREGAT

N

E

PT

B1

V0188

0064642

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP SANT BOI DE LLOBREGAT

SANT BOI DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0189

0064606

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP BAIX EMPORDÀ/SANT FELIU DE GUIXOLS

SANT FELIU DE GUÍXOLS

N

E

P

B1

V0190

0064631

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA SUR/SANT FELIU DE LLOB.

SANT FELIU DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0191

0064633

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA SUR/SANT FELIU DE LLOB.

SANT FELIU DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0192

0064664

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA SUR/SANT FELIU DE LLOB.

SANT FELIU DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0193

0143404

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA SUR/SANT FELIU DE LLOB.

SANT FELIU DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

V0198

0064669

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

USC SANT SADURNÍ D'ANOIA

SANT SADURNÍ D'ANOIA

N

E

P

B1

V0199

0064643

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

USC SANT VICENÇ DELS HORTS

SANT VICENÇ DELS HORTS

N

E

P

B1

V0200

0064595

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP SELVA INTERIOR/SANTA COLOMA DE FARNERS

SANTA COLOMA DE FARNERS

N

E

P

B1

V0201

0064596

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP SELVA INTERIOR/SANTA COLOMA DE FARNERS

SANTA COLOMA DE FARNERS

N

E

P

B1

V0203

0064653

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL CAMP DE TARRAGONA

TARRAGONA

N

E

P

B1

V0204

0064671

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL CAMP DE TARRAGONA

TARRAGONA

N

E

P

B1

V0205

0143406

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL CAMP DE TARRAGONA

TARRAGONA

N

E

P

B1

V0093

0122515

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE TORTOSA

TORTOSA

N

E

PT

B1

V0094

0122516

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE TORTOSA

TORTOSA

N

E

PT

B1

V0095

0122517

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE TORTOSA

TORTOSA

N

E

PT

B1

V0096

0122518

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

PARQUE DE BOMBEROS DE TORTOSA

TORTOSA

N

E

PT

B1

V0210

0097729

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP ALT CAMP-CONCA DE BARBERÀ/VALLS

VALLS

N

E

P

B1

V0211

0064637

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

USC VILADECANS

VILADECANS

N

E

P

B1

V0212

0064647

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP ALT PENEDÈS/VILAFRANCA DEL PENEDÈS

VILAFRANCA DEL PENEDÈS

N

E

P

B1

V0213

0064648

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP ALT PENEDÈS/VILAFRANCA DEL PENEDÈS

VILAFRANCA DEL PENEDÈS

N

E

P

B1

V0214

0064644

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP GARRAF/VILANOVA I LA GELTRÚ

VILANOVA I LA GELTRÚ

N

E

P

B1

V0215

0064645

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP GARRAF/VILANOVA I LA GELTRÚ

VILANOVA I LA GELTRÚ

N

E

P

B1

V0026

0070283

D1 ALMACENADOR/A

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA NORTE

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

N

259 463

B1

V0138

L005325

D1 ALMACENADOR/A

DGP

CENTRO LOGÍSTICO DE LA POLICÍA

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

T

259 463

B1

V0139

L005326

D1 ALMACENADOR/A

DGP

CENTRO LOGÍSTICO DE LA POLICÍA

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

T

259 463

B1

V0142

0121695

D1 ALMACENADOR/A

DGP

CENTRO LOGÍSTICO DE LA POLICÍA

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

T

259 463

B1

V0143

0143397

D1 ALMACENADOR/A

DGP

CENTRO LOGÍSTICO DE LA POLICÍA

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

T

259 463

B1

V0144

0143398

D1 ALMACENADOR/A

DGP

CENTRO LOGÍSTICO DE LA POLICÍA

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

T

259 463

B1

V0145

0143399

D1 ALMACENADOR/A

DGP

CENTRO LOGÍSTICO DE LA POLICÍA

EL PRAT DE LLOBREGAT

N

T

259 463

B1

V0173

0059949

D1 ALMACENADOR/A

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/SABADELL

SABADELL

N

N

259 463

B1

V0177

0143401

D1 ALMACENADOR/A

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/SABADELL

SABADELL

N

E

259 463

B1

V0086

0009085

D1 ALMACENADOR/A

DGPEIS

CENTRO DE LOGÍSTICA (CLB)

SUBIRATS

N

E

259 358 463 556

B1

V0014

0049882

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

T

B1

V0123

L011535

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

ABP SANT ANDREU/BARCELONA

BARCELONA

N

T

P

B1

V0124

0006845

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/LES CORTS

BARCELONA

N

T

B1

V0125

L005331

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/PLAZA ESPAÑA

BARCELONA

N

T

B1

V0126

L005340

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/PLAZA ESPAÑA

BARCELONA

N

T

B1

V0127

L013417

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/PLAZA ESPAÑA

BARCELONA

N

T

B1

V0128

L013418

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/PLAZA ESPAÑA

BARCELONA

N

T

B1

V0129

0048127

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/PLAZA ESPAÑA

BARCELONA

N

T

B1

V0130

0143403

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROP. BARCELONA/PLAZA ESPAÑA

BARCELONA

N

T

B1

V0153

L005338

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL GIRONA

GIRONA

N

T

B1

V0154

L011536

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL GIRONA

GIRONA

N

T

B1

V0155

0006844

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL GIRONA

GIRONA

N

T

B1

V0162

0007498

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL PIRINEO OCCIDENTAL

LA SEU D'URGELL

N

T

B1

V0163

0059947

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL PIRINEO OCCIDENTAL

LA SEU D'URGELL

N

T

B1

V0165

L013422

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL PONIENTE/LLEIDA

LLEIDA

N

T

B1

V0167

L013419

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL CENTRAL/MANRESA

MANRESA

N

T

B1

V0221

L005366

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

ISPC

INSTITUTO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE CATALUÑA

MOLLET DEL VALLÈS

N

N

B1

V0225

L005368

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

ISPC

INSTITUTO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE CATALUÑA

MOLLET DEL VALLÈS

N

E

B1

V0182

0029682

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/SABADELL

SABADELL

N

T

B1

V0183

0039139

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/SABADELL

SABADELL

N

T

B1

V0184

0143402

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/SABADELL

SABADELL

N

T

B1

V0185

0039141

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/SABADELL

SABADELL

N

T

B1

V0186

0039142

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/SABADELL

SABADELL

N

T

B1

V0187

0039143

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/SABADELL

SABADELL

N

T

B1

V0194

0039138

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA SUR/SANT FELIU DE LLOB.

SANT FELIU DE LLOBREGAT

N

T

B1

V0195

0048358

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA SUR/SANT FELIU DE LLOB.

SANT FELIU DE LLOBREGAT

N

T

B1

V0196

0048359

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA SUR/SANT FELIU DE LLOB.

SANT FELIU DE LLOBREGAT

N

T

B1

V0197

0048361

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA SUR/SANT FELIU DE LLOB.

SANT FELIU DE LLOBREGAT

N

T

B1

V0216

L013080

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGAR

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS AGENTES RURALES

SANTA PERPÈTUA DE MOGODA

N

N

B1

V0202

0029677

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL CAMP DE TARRAGONA

TARRAGONA

N

E

B1

V0206

0029679

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL CAMP DE TARRAGONA

TARRAGONA

N

T

B1

V0207

0049491

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL CAMP DE TARRAGONA

TARRAGONA

N

T

B1

V0208

0059945

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL TERRES DE L'EBRE

TORTOSA

N

T

B1

V0209

0059946

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL TERRES DE L'EBRE

TORTOSA

N

T

B1

V0013

0054197

D1 TELEFONISTA

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

E

C1

V0110

L005343

D1 TELEFONISTA

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/LES CORTS

BARCELONA

N

E

C1

V0111

L005344

D1 TELEFONISTA

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/LES CORTS

BARCELONA

N

E

C1

V0112

0029636

D1 TELEFONISTA

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/LES CORTS

BARCELONA

N

E

C1

V0113

0029637

D1 TELEFONISTA

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/LES CORTS

BARCELONA

N

E

C1

V0164

0010057

D1 TELEFONISTA

DGP

REGIÓN POLICIAL PONIENTE/LLEIDA

LLEIDA

N

E

C1

Anexo 3

Puestos de trabajo de resultas

Código concurso

Código puesto

Subgrupo/ Nombre del puesto

Unidad orgánica

Centro de trabajo

Localidad

J

H

Tit.

FE

OB

CAT

R0238

0000134

A1 ANALISTA INFORMÁTICO/A

DS

OFICINA DE GESTIÓN DE LA RED RESCAT

BARCELONA

N

N

0900

C1

R0261

0049765

A1 ANALISTA INFORMÁTICO/A

SCT

SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO - SERVICIOS CENTRALES 1

BARCELONA

N

N

C1

R0244

0098672

C2 CONDUCTOR/A (CARNÉ C)

DGPEIS

CENTRO DE LOGÍSTICA (CLB)

SUBIRATS

N

E

556

P

B2

R0241

0098678

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA NORTE

CERDANYOLA DEL VALLÈS

N

E

P

B1

R0249

0064603

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP ALT EMPORDÀ/FIGUERES

FIGUERES

N

E

P

B1

R0242

0098683

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS CENTRO

MANRESA

N

E

P

B1

R0256

0064601

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

ABP ALT EMPORDÀ/ROSES

ROSES

N

E

P

B1

R0243

0098679

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS METROPOLITANA SUR

SANT BOI DE LLOBREGAT

N

E

P

B1

R0260

L009739

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGP

REGIÓN POLICIAL CAMP DE TARRAGONA

TARRAGONA

N

E

P

B1

R0245

0098681

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE LES TERRES DE L'EBRE

TORTOSA

N

E

P

B1

R0246

0098682

D1 CONDUCTOR/A (CARNÉ B)

DGPEIS

REGIÓN DE EMERGENCIAS DE LES TERRES DE L'EBRE

TORTOSA

N

E

P

B1

R0240

L005192

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

T

B1

R0250

0006847

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/GRANOLLERS

GRANOLLERS

N

T

B1

R0251

0016708

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/GRANOLLERS

GRANOLLERS

N

T

B1

R0252

0016709

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA NORTE/GRANOLLERS

GRANOLLERS

N

T

B1

R0253

L013421

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL PONIENTE/LLEIDA

LLEIDA

N

T

B1

R0254

0016705

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL PONIENTE/LLEIDA

LLEIDA

N

T

B1

R0255

L013420

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL CENTRAL/MANRESA

MANRESA

N

T

B1

R0258

L005339

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/SABADELL

SABADELL

N

T

B1

R0259

0048362

D1 OFICIAL/A DE 1A -MANTENIMIENTO

DGP

REGIÓN POLICIAL METROPOLITANA SUR/SANT FELIU DE LLOB.

SANT FELIU DE LLOBREGAT

N

T

B1

R0239

L005198

D1 TELEFONISTA

DS

SERVICIOS CENTRALES DEPARTAMENTO

BARCELONA

N

N

C1

R0247

L005341

D1 TELEFONISTA

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/LES CORTS

BARCELONA

N

E

C1

R0248

L005342

D1 TELEFONISTA

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/LES CORTS

BARCELONA

N

E

C1

R0262

L013431

D1 TELEFONISTA

SCT

SERVICIO TERRITORIAL DE TRÁFICO DE BARCELONA

BARCELONA

N

N

C1

R0257

0031592

D1 TELEFONISTA

DGP

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA/SABADELL

SABADELL

N

E

C1

1037279 {"title":"Resolución ISP\/1971\/2025, de 27 de mayo, de convocatoria de concurso de cambio de destino para proveer puestos de trabajo de personal laboral fijo del Departamento de Interior y Seguridad Pública (convocatoria LISP\/001\/25)","published_date":"2025-06-03","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya.png","id":"1037279"} catalunya Cargos y personal;Departamento de Interior y Seguridad Pública;DOGC;DOGC 2025 nº 9426 https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2025-06-03/1037279-resolucion-isp-1971-2025-27-mayo-convocatoria-concurso-cambio-destino-proveer-puestos-trabajo-personal-laboral-fijo-departamento-interior-seguridad-publica-convocatoria-lisp-001-25 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.