Corrección de erratas en la Resolución EMT/1721/2025, de 12 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo Parcial de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de trabajo de Cataluña de acción social con niños, jóvenes, familias y otros en situación de riesgo para los años 2013-2018 (código núm. 79002575012007)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Habiendo observado errores en la versión catalana y castellana del Acuerdo mencionado, enviado al DOGC y publicado el 20 de mayo de 2025, es necesario hacer las correcciones oportunas.
Dado que la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral es competente para proceder a la rectificación de la referida resolución de inscripción, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el Decreto 392/2024, de 15 de octubre, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya;
Resuelvo:
1. Disponer la corrección de los errores de la versión catalana y castellana del texto del Acuerdo mencionado, de manera que:
En las páginas 2 y 3 en el punto 1, los importes del salario base de los complementos para el año 2025 serán los siguientes:
donde dice:
Tabla salarial 2025 | Ciclo general | Ciclo continuado | ||
mes | año | mes | año | |
Complementos | ||||
Servicios valoración y diagnostico | 286,77 | 4.014,78 | 92,92 | 1.300,88 |
Tiene que decir:
Tabla salarial 2025 | Ciclo general | Ciclo continuado | ||
mes | año | mes | año | |
Complementos | ||||
Servicios valoración y diagnostico | 289,06 | 4.046,84 | 92,92 | 1.300,88 |
2. Disponer que el texto mencionado se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimiento previo de los trámites pertinentes.
Notifíquese esta resolución a la Comisión Negociadora
Barcelona, 26 de mayo de 2025
Núria Gilgado Barbadilla
Directora general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral