Resolución EDF/1742/2025, de 9 de mayo, por la que se modifica la autorización de apertura del centro educativo privado de educación especial Jeroni de Moragas, de Santpedor
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Con el fin de resolver la solicitud presentada en estos Servicios Territoriales del Departamento de Educación y Formación Profesional por el representante de la titularidad del centro educativo privado Jeroni de Moragas, de Santpedor, en petición de modificación de la capacidad del centro, y de cambio de uso de los espacios, se instruye el expediente correspondiente.
Dado que se ha comprobado en el expediente mencionado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de aplicación, en concreto, por la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación; el Decreto 299/1997, de 25 de noviembre, sobre la atención educativa al alumnado con necesidades educativas especiales, y el Decreto 122/2012, de 9 de octubre, sobre el procedimiento de autorización y de comunicación previa para la apertura de centros educativos privados,
Resuelvo:
-1 Modificar la autorización de apertura del centro educativo privado de educación especial Jeroni de Moragas, código 08036305, de Santpedor, por modificación de la capacidad del centro y cambio de uso de los espacios, en los términos siguientes:
Capacidad que se reduce:
Enseñanzas de educación especial: de 43 unidades con capacidad para 344 puestos escolares a 38 unidades con capacidad para 304 puestos escolares.
Esta reducción afecta a los espacios del Edificio Modular, con un cambio de uso.
-2 La composición del centro es la que figura en el anexo de esta Resolución.
-3 Esta Resolución tiene efectos desde el inicio del curso escolar 2025-2026.
-4 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de Centros.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el director general de Centros Concertados y Centros Privados, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Manresa, 9 de mayo de 2025
Saray Gómez Ortiz
Directora de los Servicios Territoriales en la Cataluña Central
Anexo
Composición del centro desde el inicio del curso escolar 2025-2026:
Enseñanzas de educación especial: 38 unidades con capacidad para 304 puestos escolares.