Acuerdo GOV/125/2025, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Programa de actividades del Plan de seguridad vial en Cataluña para el 2025
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De acuerdo con los artículos 2.4.j) de la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, y 3.l) del Decreto 102/1998, de 15 de abril, de desarrollo de las competencias de la Generalitat de Catalunya en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial, corresponde al Servicio Catalán de Tráfico impulsar la elaboración, cada tres años, del Plan de seguridad vial y los programas incluidos en dicho Plan, en el marco de la Comisión Interdepartamental, que deben ser sometidos a informe de la Comisión Catalana de Tráfico y Seguridad Vial, aprobados por el Gobierno y enviados al Parlamento de Cataluña.
De acuerdo con el artículo 20.2 de la Ley 14/1997, corresponde a la Comisión Catalana de Tráfico y Seguridad Vial emitir informe sobre el Plan de seguridad vial, hacer el seguimiento de su desarrollo, valorar el resultado final y elevar sus conclusiones al consejero o consejera del Departamento de Interior y Seguridad Pública.
Dado que, en fecha 2 de abril de 2025, la Comisión Catalana de Tráfico y Seguridad Vial ha emitido informe favorable sobre el Programa de actividades para la seguridad vial en Cataluña para 2025, cuyas actividades dependen del Plan de seguridad vial para los años 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Gobierno GOV/105/2024, de 30 de abril (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 9155, de 3 de mayo de 2024);
Dado que, de acuerdo con el artículo 2.4.j) de la Ley 14/1997, corresponde al Gobierno aprobar el Programa;
A propuesta de la consejera de Interior y Seguridad Pública, el Gobierno
Acuerda:
1. Aprobar el Programa de actividades del Plan de seguridad vial en Cataluña para 2025, que se adjunta como anexo.
2. Enviar el Programa al Parlamento de Cataluña, una vez aprobado por el Gobierno de la Generalitat.
3. Publicar este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, excepto su documento anexo, que puede consultarse a través de la web del Servicio Catalán de Tráfico del Departamento de Interior y Seguridad Pública.
Barcelona, 13 de mayo de 2025