Resolución de 30 de abril de 2025, por la que se crea el Programa temporal de apoyo a la creación, puesta en funcionamiento y generación inicial de contenidos de un portal de datos abiertos, y a la identificación y el desarrollo de posibles usos de inteligencia artificial en la institución del Síndic de Greuges

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El uso de portales de datos abiertos para poner a disposición de la ciudadanía los datos obtenidos o elaborados por los entes e instituciones del sector público está cada vez más extendido y constituye una buena práctica, desde la perspectiva de fomentar la participación ciudadana poniendo a disposición de las personas información en formato abierto y reutilizable. A través del acceso libre y ordenado a los datos generados por la actividad del sector público, se posibilita la reutilización de esta información para diversas finalidades de interés para la sociedad y, al mismo tiempo, se fomenta el control democrático de la ciudadanía sobre la actividad pública y la rendición de cuentas.

La institución del Síndic de Greuges también quiere facilitar el acceso a la información que genera, como forma de potenciar la difusión de su actividad y someterla al escrutinio público. Sin embargo, crear un portal de datos abiertos en la institución no solo requiere habilitar una plataforma que permita publicar los datos en formato abierto, sino también promover que la información se elabore en formato abierto en origen o adecuar su formato cuando no se haya hecho así, y, muy singularmente, habilitar herramientas que faciliten su comprensión al conjunto de la ciudadanía.

Este conjunto de tareas requiere, en su fase inicial de desarrollo y puesta en marcha del proyecto, una dedicación intensiva de un equipo de trabajo multifuncional, que impulse el proyecto. Aunque la institución dispone de profesionales con la preparación adecuada para asumir dichas tareas, tienen asignadas otras funciones en la organización que les impiden dedicarse a este proyecto durante un período prolongado sin que la organización y el funcionamiento de la institución se vean sustancialmente alterados.

Asimismo, en los últimos años, la evolución tecnológica acelerada ha permitido potenciar las capacidades de análisis y respuesta a realidades complejas con mecanismos automatizados en ámbitos cada vez más diversos y ofrecer un abanico de aplicaciones y herramientas que analizan y valoran grandes volúmenes de datos. Las herramientas de inteligencia artificial (IA) tienen un gran potencial innovador y de mejora de procesos, que ya se está utilizando ampliamente en la actividad económica privada, y de forma -por ahora- más limitada en el sector público.

Aunque los usos de la IA abren la perspectiva de apoyar y mejorar las actividades de la institución, hay que tener en cuenta que también pueden generar vulneraciones de derechos y sesgos que es necesario identificar y neutralizar.

En cualquier caso, los usos y aplicaciones de la IA han experimentado un gran impulso y ofrecen unas perspectivas de mejora en muchos y diversos ámbitos, también en el campo de la actividad de las instituciones de defensoría, para desempeñar sus tareas de una forma más eficaz y reducir la intervención humana con las cautelas necesarias, dotándola de un valor añadido generado de forma autónoma. En este sentido, explorar herramientas y aplicaciones que puedan hacer que el funcionamiento de la institución del Síndic de Greuges sea más eficiente debe percibirse como una obligación de mejora que hay que afrontar de forma inmediata.

El programa temporal que se crea apoyará la tarea inicial de identificar herramientas de IA potencialmente útiles para mejorar la eficiencia de la institución y ponerlas en funcionamiento, tanto para realizar tests o pruebas piloto cuando proceda, como para guiar su implantación inicial, en colaboración con las unidades funcionales implicadas.

En definitiva, con la creación de este programa temporal se pretende, por un lado, impulsar y guiar la puesta en funcionamiento inicial de una base de datos abiertos que, progresivamente, pueda incluir el conjunto de información que genera el Síndic de Greuges, con herramientas que faciliten la comprensión y usabilidad de esta información al conjunto de la ciudadanía; y por otro, iniciar la identificación, el análisis y la prueba inicial de funcionalidades de IA que puedan mejorar el funcionamiento de la institución.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 24 del Reglamento de organización y de régimen interno del Síndic de Greuges, corresponde a la persona titular de la Gerencia dirigir al personal al servicio de la institución, que depende orgánicamente de ella, sin perjuicio de su dependencia funcional del responsable de la unidad correspondiente.

Por todo ello, a propuesta de la persona titular de la Gerencia y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

 

RESUELVO:

 

1. Crear, con carácter temporal, el Programa de apoyo a la creación, puesta en funcionamiento y generación inicial de contenidos de un portal de datos abiertos y a la identificación y desarrollo de posibles usos de inteligencia artificial en la institución del Síndic de Greuges.

Los objetivos principales del Programa son:

a) Poner en marcha un portal de datos abiertos del Síndic de Greuges a partir de la funcionalidad proporcionada por el Consorcio Administración Abierta de Cataluña e introducir las modificaciones pertinentes en la web institucional.

b) Contribuir a generar bases de datos en formato abierto en origen para facilitar su publicación automatizada y adaptar la información que no lo esté y deba publicarse.

c) Automatizar el proceso de explotación de datos y configurar los conjuntos de datos de información que se acuerde publicar en el portal de datos abiertos.

d) Diseñar y ejecutar las herramientas que permitan reutilizar los datos publicados.

e) Diseñar y ejecutar las herramientas que permitan la representación gráfica de los datos y el uso de formatos que faciliten su comprensión.

f) Identificar los ámbitos y unidades en los que, potencialmente, las herramientas de inteligencia artificial puedan mejorar su funcionamiento.

g) Estudiar y probar, cuando proceda, herramientas de inteligencia artificial que puedan contribuir a mejorar la eficiencia de las diferentes unidades de la institución.

h) Identificar los posibles riesgos y el impacto de una herramienta de inteligencia artificial antes de su implantación.

i) Colaborar con las unidades correspondientes en la implantación de las soluciones de inteligencia artificial que se hayan decidido incorporar y formar a los trabajadores que deban usarlas en sus características y potencial.

 

2. Crear dos puestos de trabajo de técnico informático adscritos al Programa temporal, equiparados retributivamente a un puesto de la relación de puestos de trabajo del Síndic de Greuges del Grupo A, nivel de destino 20, con jornada ordinaria y complemento específico de 824,47 euros mensuales. Las personas que ocupen estos puestos de trabajo tendrán por misión, como desarrolladoras, diseñar y ejecutar las herramientas ofimáticas necesarias para realizar las tareas objeto del Programa y actuarán bajo la dirección del coordinador TIC.

El régimen jurídico de estas personas será el propio del personal interino para la ejecución de programa de carácter temporal, sometido al derecho administrativo.

La selección del personal que debe cubrir este programa se realizará mediante procedimientos que garanticen la libre concurrencia, la publicidad, la transparencia, la igualdad, el mérito y la capacidad. En el proceso de selección, y a efectos de acreditar los méritos o capacidades, se podrá tener en cuenta la experiencia profesional, los conocimientos relacionados con las tareas a desarrollar y la formación relacionada con las atribuciones específicas del Síndic de Greuges, además de la superación de pruebas y/o entrevistas, si procede.

 

3. Acordar que el Programa debe contar con un comité de seguimiento y evaluación, integrado por el adjunto o adjunta general de la institución y la persona titular de la Gerencia, o las personas en quien deleguen, que se reunirá trimestralmente.

 

4. Establecer que el Programa tendrá una duración máxima de tres años, sin perjuicio de que su objetivo se alcance antes de esa fecha. Se podrá acordar su prórroga por un período de doce meses, como máximo. Tanto la finalización anticipada del Programa como la prórroga hasta el límite indicado se acordarán por resolución de la síndica.

La vigencia del Programa se inicia a contar desde el día de la publicación de la resolución por la que se crea.

 

5. Acordar que la financiación del Programa corre a cargo de las disponibilidades presupuestarias de la institución del Síndic de Greuges.

 

6. Ordenar la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y su difusión en el apartado de transparencia de la web de la institución.

 

Barcelona, 30 de abril de 2025

 

Esther Giménez-Salinas i Colomer
Síndica de greuges
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