Edicto de 23 de abril de 2025, por el que se somete a información pública el Proyecto de decreto de modificación del Decreto 37/2024, de 6 de febrero, sobre evaluación y certificación de conocimientos de lengua general de catalán
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El Departamento de Política Lingüística está tramitando el Proyecto de decreto de modificación del Decreto 37/2024, de 6 de febrero, sobre avaluación y certificación de conocimientos de lengua general de catalán. Para permitir que la ciudadanía pueda participar en el proceso de elaboración de dicho Proyecto de decreto, el texto se somete a información pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña. El plazo para que se pueda examinar la propuesta normativa y formular las alegaciones y las observaciones que se consideren oportunas es de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este Edicto en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
El Proyecto de decreto y el resto de la documentación del expediente de tramitación de la norma, se pueden consultar en el siguiente enlace: https://governobert.gencat.cat/ca/transparencia/normativa-i-informacio-interes-juridic/normativa/normativa-en-tramit/plg/en-tramit/index.html#googtrans(ca|es).
También se pueden consultar en horas de oficina en la sede del Departamento de Política Lingüística (calle del Portal de Santa Madrona, 6-8, de Barcelona).
Las alegaciones deben dirigirse al Departamento de Política Lingüística. Pueden presentarse telemáticamente mediante la petición genérica que se encuentra en el enlace siguiente: https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Peticio-generica. En el campo «Asunto» del formulario, se debe indicar: «Proyecto de decreto de modificación del Decreto 37/2024, de 6 de febrero, sobre avaluación y certificación de catalán».
Las alegaciones también se pueden presentar presencialmente en los registros de la Administración de la Generalitat, de los organismos y de las entidades públicas vinculados o que dependen de ella, y en el resto de las oficinas que mencionan el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, y el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Barcelona, 23 de abril de 2025