Edicto de 22 de abril de 2025, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de la Cataluña Central referente a un plan especial del municipio de Manlleu
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La Comisión Territorial de Urbanismo de la Cataluña Central, en la sesión de 9 de abril de 2025, acordó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Exp.: 2024/082623/N
Plan especial urbanístico autónomo para la regulación de la planta de tratamiento y valorización de residuos, y depósito de tierras y escombros de la construcción, en el término municipal de Manlleu
Visto el informe propuesta de los Servicios Técnicos y de acuerdo con los fundamentos que en él se exponen, esta Comisión acuerda:
-1 Aprobar inicialmente el Plan especial urbanístico autónomo para la regulación de la planta de tratamiento y valorización de residuos, y depósito de tierras y escombros de la construcción, en el término municipal de Manlleu, promovido por la sociedad La Plana Residus Industrials, SLP, y remitido por el Ayuntamiento, condicionando su aprobación provisional a la incorporación de las siguientes prescripciones:
1.1 Es necesario subsanar el ámbito del Plan especial en la documentación gráfica, de forma que también incluya los terrenos que se incorporan en el Plan, únicamente al efecto de restauración, tal y como se indica en la normativa.
1.2 Es necesario subsanar la errata material del artículo 5 de la normativa, de tal forma que donde dice "suelo agrícola de potencial interés estratégico (clave N3f)", debe decir "zona forestal (clave N3c)".
-2 Suspender el otorgamiento de licencias, de acuerdo con el artículo 73 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, en todo el ámbito del Plan especial urbanístico autónomo para la regulación de la planta de tratamiento y valorización de residuos, y depósito de tierras y escombros de la construcción.
La duración de esta suspensión es hasta la aprobación definitiva del Plan especial urbanístico autónomo para la regulación de la planta de tratamiento y valorización de residuos, y depósito de tierras y escombros de la construcción y, como máximo, por el plazo de dos años a contar desde la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.
-3 Exponer el expediente a información pública por el plazo de 45 días hábiles, de acuerdo con lo que dispone el artículo 86 bis del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, mediante la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y la inserción de un anuncio en uno de los diarios de más divulgación en el ámbito municipal y supramunicipal, con el fin de que se puedan presentar las alegaciones oportunes.
-4 Simultáneamente al trámite de información pública, de conformidad con el artículo 85.5 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, solicitar informe a los organismos afectados por razón de sus competencias sectoriales, los cuales lo deben emitir en el plazo de un mes, salvo que una disposición autorice un plazo más largo.
-5 Simultáneamente al trámite de información pública, dar audiencia al Ayuntamiento de Manlleu por el plazo de un mes, de acuerdo con el artículo 85.8 del Texto refundido de la Ley de urbanismo.
-6 El documento que se presente para la aprobación provisional deberá incorporar las prescripciones de las alegaciones que se deriven del período de información pública, así como, si procede, las prescripciones contenidas en los informes de los organismos afectados por razón de sus competencias sectoriales.
-7 Comunicar este acuerdo al Ayuntamiento de Manlleu y al promotor.
El expediente estará a disposición de las personas interesadas en cualquiera de los servicios territoriales de Urbanismo, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes laborables, en la página web del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica (https://territori.gencat.cat/informaciopublica) y en el Tablón Electrónico de la Generalidad de Cataluña (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1).
Barcelona, 22 de abril de 2025
Ariadna Carmona Martínez
Secretaria suplente de la Comisión Territorial de Urbanismo de la Cataluña Central