Resolución PRE/1441/2025, de 15 de abril, por la que se da publicidad al deslinde entre los términos municipales de Roda de Berà y de Bonastre
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Los días 28 y 25 de octubre de 2021, los plenos de los ayuntamientos de Roda de Berà y de Bonastre aprobaron, respectivamente, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, el deslinde efectuado el día 22 de septiembre de 2021 por las comisiones municipales de delimitación respectivas. Este deslinde forma parte del proceso de elaboración del Mapa municipal de Cataluña, que dispone el artículo 28.1 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril.
Visto que en fecha 15 de noviembre de 2024 se subsana un error en la descripción del mojón M9, contenido en el Acta de las operaciones de deslinde entre los términos municipales de Roda de Berà y de Bonastre, de 22 de septiembre de 2021;
Visto que en fechas 28 de noviembre y 23 de diciembre de 2024 los plenos de los ayuntamientos de Roda de Berà y de Bonastre, respectivamente, aprobaron, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, la enmienda de 15 de noviembre de 2024 que corrige la descripción del mojón M9, y se procedió de este modo a delimitar sus términos de acuerdo con esta descripción;
De acuerdo con el artículo 34.1 del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña,
Resuelvo:
Dar publicidad al deslinde aprobado por los ayuntamientos de Roda de Berà y de Bonastre que se describe a continuación e incorporarlo a los mapas municipales correspondientes.
Mojón 1: se sitúa en el lugar llamado Pedra dels Quatre Termes. Hay un mojón de piedra de forma prisma recto de base cuadrada de treinta centímetros de lados en la base y sesenta y cinco centímetros de altura. Presenta las inscripciones "A", en la cara norte; "SV", en la cara este; "R", en la cara sur, y "B", en la cara oeste. Este mojón es también común a los términos municipales de El Vendrell y de Albinyana. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 372296,7 e Y: 4563025,1.
Mojón 2: se sitúa al sur de la Plana del Xim, al norte de La Cova y al este de un sendero. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 371771,1 e Y: 4562846,6.
Mojón 3: se sitúa en un muro de piedra seca, al oeste de un camino situado entre la Plana del Xim y La Cova. Hay un mojón de piedra en forma de prisma recto de base rectangular de veinte por veinticinco centímetros de lados en la base y cincuenta y cinco centímetros de altura. Presenta las inscripciones "B", en la cara norte, y "R", en la cara sur. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X:370994,5 e Y: 4562614.
Mojón 4: se sitúa en una colina al noroeste de El Boscarró. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 370705,9 e Y: 4562492,6.
Mojón 5: se sitúa al sur de un sendero que desciende hacia el Torrent de Cal Setró. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 370280,1 e Y: 4562558,4.
Mojón 6: se sitúa al oeste del Torrent de Cal Setró y al noreste del Coll de Repàs. Hay un mojón de piedra en forma de prisma recto de base rectangular de dieciocho por veinticinco centímetros de lados en la base y setenta centímetros de altura. Presenta las inscripciones "B", en la cara norte, y "R", en la cara sur. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 369819,3 e Y: 4562626,1.
Mojón 7: se sitúa en el noreste del Coll de Repàs. Hay un mojón de piedra irregular de treinta y cinco por veinte centímetros de lados en la base y treinta y cinco centímetros de altura. Presenta las inscripciones "B", en la cara norte, y "R", en la cara sur. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 369580,2 e Y: 4562567,6.
Mojón 8: se sitúa al oeste del Coll de Repàs. Hay un mojón de piedra, tumbado, en forma de prisma recto de base rectangular de dieciséis por veinticinco centímetros de lados en la base y ochenta centímetros de altura. Presenta la inscripción "AM". La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 369452,0 e Y: 4562455,3.
Mojón 9: se sitúa al oeste del lugar llamado Els Tres Termes y al oeste de un sendero. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta que los une. Este mojón es también común al término municipal de Creixell. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 368840,0 e Y: 4562403,5.
Contra los acuerdos plenarios de aprobación de este deslinde, que ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las administraciones públicas interesadas pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, sin perjuicio de la posibilidad de formular el requerimiento previo que regula el artículo 44 de esta misma Ley.
Barcelona, 15 de abril de 2025
Francisco José Belver Vallès
Director general de Administración Local