Resolución EMT/1375/2025, de 13 de abril, de cese del señor Pedro Checa Ruiz como jefe de la Inspección Territorial de Trabajo, adscrito a la Dirección General de la Inspección de Trabajo del Departamento de Empresa y Trabajo
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Dada la Resolución EMT/3658/2021, de 3 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de tres puestos de mando y un puesto singular del Departamento de Empresa y Trabajo (convocatoria de provisión núm. IU/23/21) (DOGC núm. 8562, de 14.12.2021), que nombra, en el puesto de trabajo con referencia núm. 1, al señor Pedro Checa Ruiz como jefe de la Inspección Territorial de Trabajo, adscrito a la Dirección General de la Inspección de Trabajo;
Vista la propuesta de cese del señor Pedro Checa Ruiz como jefe de la Inspección Territorial de Trabajo emitida por la Dirección General de la Inspección de Trabajo del Departamento de Empresa y Trabajo;
Dado lo dispuesto en el artículo 99 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya;
Dado el artículo 1.1 de la Resolución EMT/365/2022, de 18 de febrero, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Empresa y Trabajo en diferentes órganos del Departamento (DOGC núm. 8612, de 23.2.2022), que delega en la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Empresa y Trabajo, entre otros, el cese de puestos de mando;
Resuelvo:
El señor Pedro Checa Ruiz cesa como jefe de la Inspección Territorial de Trabajo, adscrito a la Dirección General de la Inspección de Trabajo del Departamento de Empresa y Trabajo.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Empresa y Trabajo en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente juzgado de lo contencioso-administrativo o ante el juzgado en cuya circunscripción tengan el domicilio, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 13 de abril de 2025
P. d. (Resolución EMT/365/2022, de 18 de febrero, DOGC núm. 8612, de 23.2.2022)