Acuerdo GOV/100/2025, de 15 de abril, por el que se aprueba la Plataforma Transversal de Datos como solución tecnológica corporativa
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El Gobierno de la Generalitat de Catalunya ha impulsado una estrategia de renovación y mejora de los servicios públicos, con el objetivo de reformar la gestión pública y situar la ciudadanía en el centro de la toma de decisiones. Esta iniciativa tiene como finalidad avanzar hacia una administración pública más eficaz, eficiente y adaptada a los retos actuales y a las demandas sociales y económicas del país.
En este sentido, el Acuerdo GOV/217/2024, de 8 de octubre, promueve la elaboración de una estrategia de transformación y mejora de los servicios públicos en el ámbito de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Este Acuerdo establece la creación de la Comisión de Expertos para la Definición de la Estrategia de Transformación de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Mejora de los Servicios Públicos (CETRA), concebida como un órgano de estudio y asesoramiento en doce ámbitos prioritarios de actuación, y también la aprobación de un plan de choque con medidas de aplicación urgente para alcanzar los objetivos establecidos.
La presente iniciativa se enmarca dentro de esta estrategia institucional y se vincula de manera transversal a la implementación de algunas de las medidas propuestas por la CETRA, concretamente en los ámbitos (2.1.2) El diseño de los servicios públicos desde las necesidades y la mirada de la ciudadanía, (2.1.3) La digitalización integral de la Administración, (2.1.5) La transparencia de la trazabilidad de los trámites y servicios y (2.1.12) Los instrumentos de evaluación de políticas públicas.
El Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital, regula y ordena el despliegue del modelo de administración digital de la Generalitat de Catalunya. Este modelo se basa en la prestación de servicios públicos proactivos y personalizados mediante servicios digitales que sean omnicanales, accesibles y comprensibles para las personas y se fundamenten en su reaprovechamiento. Así pues, el modelo se basa en el uso de servicios digitales corporativos y promueve el desarrollo de herramientas corporativas que puedan dar respuesta a cualquier actuación administrativa.
Asimismo, el Decreto determina los pilares esenciales del modelo de administración digital de la Administración de la Generalitat de Catalunya, así como los instrumentos necesarios para implementarlo. Uno de estos pilares fundamentales es un modelo de gobierno basado en datos y fundamentado de acuerdo con los principios de proactividad y personalización en la prestación de los servicios públicos, la innovación y adaptación continua de estos servicios teniendo en cuenta el aprovechamiento del potencial de la tecnología actual, la transparencia para exponer, de manera clara e inteligible, los datos y las informaciones que sean relevantes para conocer, entender, controlar y evaluar su acción, entre otros.
Concretamente, el artículo 10 del Decreto 76/2020, de 4 de agosto, prevé el modelo de gobierno de datos como instrumento organizativo que determina los criterios y los elementos que definen el gobierno de datos en la Administración de la Generalitat. El gobierno de datos, más allá de mejorar y optimizar el uso de los datos en el marco de la gestión de los activos digitales, permite crear nuevos servicios digitales analíticos y predictivos utilizando las tecnologías más avanzadas, que son determinantes para la mejora continua de la prestación de los servicios públicos.
El Gobierno de la Generalitat aprobó por Acuerdo GOV/158/2023, de 25 de julio, el Modelo de gobierno de datos de la Administración de la Generalitat y su sector público. El Modelo es el instrumento organizativo que determina los criterios y elementos que definen el modelo de gobierno de datos en la Administración de la Generalitat.
Para dar apoyo a la implementación del modelo de gobierno de datos, la Generalitat de Catalunya ha desarrollado una herramienta tecnológica integral corporativa, la Plataforma Transversal de Datos (en adelante, PTD) que tiene como objetivo integrar, gestionar, compartir y explotar datos gobernados de diferentes departamentos de la Administración de la Generalitat y su sector público de manera eficiente y segura. Eso permitirá a la Administración de la Generalitat de Catalunya convertirse en una organización basada en datos, y maximizar, así las ventajas y los beneficios que los datos pueden ofrecer para la sociedad.
Este Acuerdo se enmarca en el despliegue del Acuerdo GOV/158/2023, de 25 de julio. En este contexto, la PTD se configura como la herramienta tecnológica corporativa esencial para su implementación, y su utilización se ha de ajustar a los principios rectores, la estructura organizativa, los roles y los ámbitos de actuación establecidos en el modelo mencionado.
La PTD se presenta como una solución tecnológica integral, adaptable y fiable, orientada a resolver los retos de la Administración y que permite dar apoyo a la implementación del gobierno, almacenaje y ejecución de procesos de datos, garantizando su seguridad, privacidad, integridad y accesibilidad con el fin de convertir los datos en un activo de valor para todas las unidades de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
El modelo federal centralizado del gobierno de datos y de gestión de la infraestructura permite, en los diferentes departamentos de la Administración de la Generalitat y en las entidades que conforman el sector público, evolucionar de forma libre sus dominios de información, pero dentro de un marco general que, garantizando la utilización de modelos y estándares comunes, permita maximizar la compartición y el intercambio de datos y, por lo tanto, sacar el máximo provecho de las mismas. El objetivo es poder construir productos de datos entre los diferentes dominios de información y superar los silos de datos y facilitar el intercambio y la compartición entre los diferentes entes de la Administración de la Generalitat y su sector público. En este sentido, el Decreto 76/2020, de 4 de agosto, establece en su artículo 14 que la Administración de la Generalitat debe disponer de un mapa de intercambio de datos que contenga la información del organismo público o entidad titular de los datos y las condiciones, protocolos y criterios funcionales o técnicos para acceder digitalmente a estos datos.
Asimismo, es especialmente relevante la capacidad de programación y cómputo de la PTD, que le permite elaborar estudios avanzados de análisis y prospectiva, así como proporcionar los datos de calidad necesarios para la elaboración, el seguimiento y la evaluación de las políticas públicas.
El Decreto 76/2020, de 4 de agosto, regula la ordenación y el desarrollo de los servicios digitales para definir cuáles son las soluciones corporativas que puede incorporar cualquier servicio digital. Concretamente, de acuerdo con el artículo 33 del Decreto, los entes de la Administración de la Generalitat y su sector público deben utilizar las soluciones tecnológicas corporativas y únicamente en caso de que, por imposibilidad técnica o funcional, sea necesario el uso de soluciones tecnológicas no corporativas, el Comité Estratégico de Administración Digital deberá establecer las garantías que deben cumplir estas soluciones.
La PTD cumple con los principios de innovación y adaptación continua de los servicios públicos de acuerdo con el potencial de la tecnología, de calidad en la prestación de los servicios digitales, de confianza en la Administración digital, de continuidad digital de los datos, de interoperabilidad y principio de accesibilidad del Decreto 76/2020, de 4 de agosto, y del Real decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
El Decreto 376/2024, de 8 de octubre, de reestructuración del Departamento de la Presidencia, atribuye a la Dirección General de Servicios Digitales y Experiencia Ciudadana (en adelante, DGSEC) las funciones de proponer, planificar y liderar el desarrollo de los sistemas de información corporativos, en colaboración, con respecto a la vertiente tecnológica, con el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CTTI). Concretamente, con respecto al modelo de gobierno de datos, la DGSEC tiene atribuidas las funciones de proponer, planificar y liderar el establecimiento de las políticas relativas al dato y su gobernanza en la Administración de la Generalitat, impulsar las medidas necesarias para habilitar la gestión de los datos, adicionalmente a la gestión de los documentos en el ámbito de la administración digital, y adoptar las medidas adecuadas para facilitar la gobernanza de los datos en todo su ciclo de vida en lo relativo a la prestación de servicios públicos digitales.
A propuesta del consejero de la Presidencia, el Gobierno
Acuerda:
—1 Aprobar la Plataforma Transversal de Datos como solución tecnológica corporativa para dar apoyo a la implementación del Modelo de gobierno de datos de la Administración de la Generalitat y de su sector público, aprobado por Acuerdo GOV/158/2023, de 25 de julio. Las funcionalidades y especificidades técnicas de la Plataforma Transversal de Datos son las establecidas en el anexo de este Acuerdo del Gobierno.
—2 Establecer que los departamentos de la Administración de la Generalitat de Catalunya y las entidades de su sector público deben integrar los datos que contienen sus servicios digitales y sistemas de información en la Plataforma Transversal de Datos, de acuerdo con el apartado 3 del anexo de este Acuerdo, así como con los criterios de integración y de gobernanza de los datos establecidos por el órgano competente en el despliegue de la Plataforma, y en cumplimiento de las directrices del Modelo de gobierno de datos.
—3 Establecer que, en caso de que un departamento de la Administración de la Generalitat o entidad del sector público disponga o despliegue una plataforma de datos no corporativa, se deberá interconectar a la Plataforma Transversal de Datos, siguiendo los estándares, roles y protocolos establecidos por el Modelo de gobierno de datos.
—4 Encomendar a la Dirección General de Servicios Digitales y Experiencia Ciudadana el impulso y el despliegue del uso de la Plataforma Transversal de Datos como solución digital corporativa, así como el apoyo a los departamentos de la Administración y del sector público para la integración de los servicios, en coordinación con los órganos de gobierno de datos previstos en el modelo mencionado.
—5 Encomendar a la Dirección General de Servicios Digitales y Experiencia Ciudadana, en coordinación con la Dirección General de Coordinación Interdepartamental y la Dirección General de Estrategia, Análisis y Prospectiva, la definición y ejecución de dos proyectos piloto para planificar, diseñar, coordinar y elaborar estudios de análisis y prospectiva de políticas públicas mediante la Plataforma Transversal de Datos, en el marco de las líneas de acción del Modelo de gobierno de datos.
—6 Publicar este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 15 de abril de 2025
Javier Villamayor Caamaño
Secretario del Gobierno
Anexo
1. Especificidades técnicas de la Plataforma Transversal de Datos
La Plataforma Transversal de Datos (de ahora en adelante, PTD) comporta el diseño, la construcción y la puesta en servicio de una solución tecnológica integral para el gobierno, la compartición, el almacenaje y la ejecución de procesos de datos, y también su integración en un ecosistema de infraestructuras de explotación de datos, como lagos y almacenes de datos propios de diferentes departamentos o entidades del sector público.
La PTD permite asegurar al gobierno de datos bajo un modelo federado de infraestructuras de datos tecnológicamente heterogéneas, permitiendo la gestión específica de cada infraestructura según sus necesidades, al mismo tiempo que se mantienen las políticas comunes de gobierno de datos (acceso, metadatos, publicación, seguridad, protección de datos, calidad, entre otros). Esta actuación se realiza en coordinación con todos los agentes y prescriptores de los diferentes ámbitos del gobierno del dato.
El objetivo es poder construir productos de datos entre los diferentes dominios de información y superar los silos de datos mediante un gobierno unificado.
La PTD constituye una infraestructura tecnológica habilitadora de la estrategia de datos de la Generalitat y del modelo federado centralizado de gobernanza establecido en el Acuerdo GOV/158/2023. Por tanto, su arquitectura, interoperabilidad y sistemas de acceso han de garantizar la participación corresponsable de los diferentes ámbitos funcionales y técnicos de la Administración y su sector público, conforme al modelo organizativo previsto.
2. Funcionalidades de la PTD
La PTD tiene las funcionalidades siguientes:
a) Integración, transformación, estandarización y calidad: permite realizar los procesos de integración, ingesta de múltiples fuentes de datos y formados con la frecuencia y periodicidad que se planifique, extracción, carga, transformación (ETL) y calidad de los datos gobernados, y permite establecer procesos para remediar la falta de calidad de los datos ingeridos.
b) Seguridad, protección de datos, cumplimiento y gestión de acceso.
c) Compartición de datos y acceso federado.
d) Gestión de datos maestros y de referencia: módulo donde reside toda la información clave que desencadena la gestión de datos maestros, así como la gestión de los datos de referencia, ambos elementos estratégicos para la homogeneización de datos.
e) Consolidación y explotación de datos: funciones de almacenaje, tratamiento y publicación de los datos estandarizados y validados.
f) Mapa de intercambio de datos: funciones para facilitar la localización y el acceso a los datos y productos de datos.
g) Gobierno técnico del dato: encargado de mantener la gobernanza técnica de los datos de la Generalitat y la gestión del catálogo de datos.
h) Analítica avanzada e inteligencia artificial.
Todas las funcionalidades descritas han de garantizar la trazabilidad, seguridad, protección de datos, calidad e interoperabilidad de los datos, de conformidad con los criterios establecidos por el Modelo de gobierno de datos aprobado por Acuerdo GOV/158/2023. La integración se ha de hacer de acuerdo con los roles, procesos i estándares previstos en este Modelo y en coordinación con todos los roles responsables de la estandarización y calidad de los datos que se proponga integrar.
3. Servicio de integración de Datos de la PTD:
La PTD prevé el almacenaje de la información siguiente:
A) Datos en bruto.
Los departamentos de la Administración de la Generalitat de Catalunya y las entidades de su sector público integran en la PTD una réplica de los datos que contienen sus servicios digitales y sistemas de información de origen, que sean necesarios para la creación de los casos de uso previstos, de acuerdo con las condiciones de uso de los servicios, así como las condiciones específicas establecidas por el ente o unidad emisora.
El uso de la PTD permite que el ente o unidad previamente autorizada utilicen los datos, de acuerdo con las finalidades de uso previstas.
La explotación de los datos en la PTD se hace de acuerdo con los criterios de interconexión y de gobernanza de los datos establecidos por el órgano competente en el despliegue de la plataforma.
B) Datos consolidados y enriquecidos.
La PTD genera nuevas versiones de los datos en bruto, una vez homogeneizadas y aplicada la mejora de calidad (datos consolidados), así como nuevos datos fruto del cruce o la agregación de otros datos consolidados (datos enriquecidos).
Las nuevas versiones de datos tienen la finalidad de ser compartidas, homogeneizar otros conjuntos de datos y generar nueva información necesaria para los casos de uso establecidos.
Los datos consolidados deben tener unos metadatos funcionales y técnicos mínimos.
Los datos consolidados y enriquecidos generados a través de la PTD han de incorporar los elementos mínimos de calidad, metadatos y gobernanza establecidos por el Modelo de gobernanza de datos, y deben estar sujetos a los mecanismos de evaluación y revisión funcional y técnica previstos en éste.