Resolución ARP/1326/2025, de 4 de abril, por la que se modifica la distribución presupuestaria de la segunda convocatoria de las ayudas correspondientes a la Intervención Sectorial Vitivinícola para las inversiones para las instalaciones de transformación e infraestructuras vitivinícolas, y comercialización 2024-2027 para las operaciones con un presupuesto de inversión solicitada inferior a 100.000 euros, efectuada mediante la Resolución ACC/155/2024 (ref. BDNS 741144)

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Mediante la Resolución ACC/155/2024, de 25 de enero, se convocó la segunda convocatoria para 2024 de las ayudas de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan estratégico de la Política agraria comuna correspondiente a las inversiones para las instalaciones de transformación e infraestructuras vitivinícolas, y comercialización 2024-2027, correspondientes a operaciones con un presupuesto de inversión solicitada inferior a 100.000 euros (ref. BDNS 741144).

Estas ayudas se enmarcan en el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el cual se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que tienen que elaborar los estados miembros en el marco de la Política agraria común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y en el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el cual se derogan los Reglamentos (UE) 1305/2013 y (UE) 1307/2013; el Reglamento delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por el cual se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el periodo 2023-2027 en virtud de este Reglamento, así como para los requisitos en materia de información, publicidad y visibilidad relacionados con la ayuda de la Unión y los planes estratégicos de la PAC y el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la Política agraria común y por la cual se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.

Las medidas contenidas en la normativa básica de Intervención Sectorial del Vino (ISV) para el periodo 2023-2027, presentada por España ante la Comisión Europea y de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/2115, están desarrolladas por el Real decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el cual se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan estratégico de la Política agraria comuna. Entre las medidas contenidas en la Intervención mencionada, hay las que tienen por objeto auxiliar las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como estructuras e instrumentos de comercialización. Estas medidas tienen por objeto mejorar el rendimiento global de las empresas del sector vitivinícola y su adaptación a las demandas del mercado, así como aumentar su competitividad.

El apartado 1.3 de la Resolución ACC/155/2024, de 25 de enero, fija un presupuesto total de 350.000 euros a cargo de la partida presupuestaria D/770000400/6130 FFEAGA de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación y se establece la posibilidad de ampliación de los fondos en función de la distribución de fondo asignados en la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural para cada periodo.

Atendiendo a las necesidades financieras para resolver las solicitudes presentadas elegibles en Cataluña en esta 2ª convocatoria, en fecha de 19 de junio de 2024, la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de acuerdo con el artículo 26 del Real decreto 905/2022, de 25 de octubre, asignó los importes correspondientes de esta convocatoria a la anualidad 2025.

Consecuentemente se debe modificar la asignación presupuestaria de la resolución ACC/155/2024 para imputarla en 2025.

Por todo eso, de acuerdo con el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, a propuesta de la Dirección General de Empresas Agroalimentarias, Calidad y Gastronomía y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

 

Resuelvo:

 

Modificar la anualidad de la partida presupuestaria del apartado 1.3 de la Resolución ACC/155/2024, de 25 de enero, por la cual se efectúa la segunda convocatoria para 2024 de las ayudas de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan estratégico de la Política agraria común correspondiente a las inversiones para las instalaciones de transformación e infraestructuras vitivinícolas, y comercialización 2024-2027, correspondientes a operaciones con un presupuesto de inversión solicitada inferior a 100.000 euros (Ref. BDNS 741144), correspondiente a la dotación de 350.000 euros D/770000400/6130 FFEAGA, que pasa a ser a cargo de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del 2025.

 

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo delante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y, potestativamente, recurso de reposición ante el consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes.

 

Barcelona, 4 de abril de 2025

 

Òscar Ordeig i Molist

Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

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