Resolución JUS/1064/2025, de 19 de marzo, de nombramiento de notarios para proveer varias notarías vacantes en el territorio de Cataluña
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El nombramiento de notarios que tengan que ejercer en el territorio de Cataluña es competencia de la Generalitat, de acuerdo con lo que dispone el artículo 147.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña.
Por la Resolución JUS/570/2025, de 20 de febrero (DOGC núm. 9360, de 27.2.2025), se resolvió el concurso para la provisión de notarías vacantes convocado por la Resolución JUS/106/2025, de 15 de enero (DOGC núm. 9334, de 22.1.2025).
Visto lo que prevén los artículos 88 a 96 del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado, modificado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, y el Real decreto 140/2015, de 6 de marzo, sobre demarcación notarial;
De acuerdo con las competencias asignadas al Departamento de Justicia mediante el Decreto 409/2006, de 30 de octubre, en materia de notarías y registros públicos de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles,
Resuelvo:
Nombrar a los notarios que se detallan a continuación para proveer las notarías vacantes siguientes, radicadas en el territorio de Cataluña:
Girona: por traslado de la señora Mariona Martínez Mateu, la señora María José Solís de la Fuente, notaria de L'Escala, 3.ª categoría.
Rubí: desierta en concurso precedente del señor Martín Martín López, el señor Fernando Pascual González-Barranca, notario de Vilanova del Camí, 3.ª categoría.
Figueres: por traslado del señor Pedro Fernández Yáñez, la señora Lucía Martínez Clement, notaria de Roda de Berà, 3.ª categoría.
Martorell: por excedencia voluntaria de la señora Matilde Farriol Bonet, la señora Elena Luaces López, notaria de Sant Joan Despí, 2.ª categoría.
Pineda de Mar: por traslado del señor Carlos Deltoro Gil, el señor Pedro Pablo Albiol Ballesteros, notario de Sant Joan de Vilatorrada, 3.ª categoría.
Lliçà d'Amunt: por traslado del señor Antón de la Peña Parga, la señora Rebeca Sánchez Aguilar, notaria de Alcántara, 3.ª categoría.
Sant Just Desvern: por traslado del señor Antonio Ángel Longo, la señora María del Pilar Navarro Fraile, notaria de La Pobla de Segur, 3.ª categoría.
Almenar: por traslado del señor Pedro Rincón de Gregorio, la señora Clara Castillón Porqueras, notaria de Benasque, 3.ª categoría.
Mollerussa: por traslado del señor Albert Capell Martínez, la señora María Teresa Pérez Dapena, notaria de Tolosa, 3.ª categoría.
Puigcerdà: por traslado del señor Rafael Luque Doncel, el señor Manuel Fidalgo Paz, notario de Tarazona de la Mancha, 3.ª categoría.
Notarios de nueva incorporación:
L'Arboç: desierta en concurso precedente de la señora Lucía Martínez Clement, la señora Laura Blázquez Blázquez.
Calaf: por traslado del señor Alberto Ares de Parga Adán, la señora Blanca Camacho López-Barajas.
Cardona: desierta en concurso precedente del señor José Luis Hernández Ferriz, la señora Adela Serrano Bodelón.
Blanes: por traslado del señor Miguel Roca Bermúdez de Castro, el señor Javier Salas Ramos.
Barcelona: desierta en concurso precedente del señor Juan Francisco Bages Ferrer, el señor Alberto Tomás López Blanco.
Barcelona-Besòs-Poblenou: por traslado del señor Ginés José Sánchez Amorós, el señor Miguel Yuste Sánchez.
El Pont de Suert: desierta en concurso precedente del señor Víctor Hernández Verde, el señor Alejandro Aragón París.
La Sénia: por traslado del señor Ignacio Navarro Martín, el señor Francisco José Tornel Sempere.
Reus: desierta en concurso precedente del señor Ignacio Moreno Pons, el señor Guillermo de las Heras Martín.
Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant: desierta en concurso precedente de la señora Teresa María Villazan Tovar, la señora Jennifer Molina Martínez.
Santa Coloma de Queralt: por traslado de la señora Marta Alcover Delgado, la señora Raquel Doval Ganuza.
El Prat de Llobregat: desierta en concurso precedente del señor Albert Capell Martínez, la señora Blanca Palacios Carrere.
Manresa: desierta en concurso precedente de la señora Sara Chirino Hafez, el señor Darío Pardo Herrero.
La Garriga: desierta en concurso precedente del señor Antonio Outeiriño Sánchez, la señora Nuria Brunso Torrent.
Santa Margarida de Montbui: desierta en concurso precedente de la señora Carola Irene Sevilla Pitarch, el señor Luis Felipe Álvarez de Sotomayor Rodríguez.
L'Espluga de Francolí: desierta en concurso precedente de la señora Ángela Portillo González, el señor Alexandre Lafarga Mas.
Artesa de Segre: desierta en concurso precedente del señor Eloy Jesús Rodríguez Arroyo, el señor Andrés García Molina.
Olot: por excedencia voluntaria del señor Arturo Sancho Rodríguez, la señora María Isabel Gutiérrez Brage.
Cadaqués: desierta en concurso precedente del señor Jesús Robles Gómez, el señor Pedro Luis García de los Huertos Sánchez.
La Bisbal d'Empordà: desierta en concurso precedente de la señora María José Díaz Durán, el señor Marco Ciani García.
Móra la Nova: por traslado de la señora María del Pilar Portellano Salamanca, la señora María Cotilla Funes.
Besalú: desierta en concurso precedente del señor Jorge Mota Papaseit, la señora Sofia Arregui Gómez.
Ponts: desierta en concurso precedente de la señora María Pizarro Caballero, el señor Jorge Fort Canals.
Roquetes: desierta en concurso precedente creada por el Real decreto 173/2007, el señor Borja Pajares Uriarte.
Manresa: desierta en concurso precedente de la señora Elena Dacal Rodríguez, la señora Marta Morales Aguilera.
Prats de Lluçanès: desierta en concurso precedente del señor José Luis Hernández Ferriz, el señor Lluís Colomé Serra.
Ripoll: desierta en concurso precedente de la señora Amparo Ibernón Obrero, el señor Alberto Henarejos Grimaldos.
Berga: desierta en concurso precedente del señor Ramón Abelló Diz, el señor Bernabé Morcillo Antoniano.
Información sobre los recursos a interponer
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, de acuerdo con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con los artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se cuentan a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC.
Barcelona, 19 de marzo de 2025
Ramon Espadaler Parcerisas
Consejero de Justicia y Calidad Democrática