Resolución PLG/1056/2025, de 20 de marzo, de nombramiento del señor Xavier Mas Craviotto como personal eventual del Departamento de Política Lingüística
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Visto lo que disponen los artículos 12 y 123 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (DOGC núm. 2509, anexo, de 3.11.1997);
Visto el Decreto 2/2005, de 11 de enero, sobre el régimen jurídico del personal eventual de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 4300, de 13.1.2005);
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de la Generalitat de Catalunya,
Resuelvo:
Nombrar al señor Xavier Mas Craviotto jefe de la Oficina de Relaciones Institucionales, con las obligaciones y los derechos inherentes al cargo con efectos del dia 1 de abril de 2025.
Las funciones que corresponden a este puesto de trabajo son las siguientes:
a) Hacer el seguimiento y preparar la información necesaria para dar respuesta a las iniciativas del Parlamento de Catalunya y a los informes solicitados por el Síndico de Agravios.
b) Hacer el seguimiento de la actividad parlamentaria de las otras instituciones estatales en todos los asuntos que interesen al Departamento de Política Lingüística.
c) Elaborar informes y asesorar, en materia de relaciones institucionales, a la persona titular del Departamento.
d) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada expresamente.
Las retribuciones de este puesto de trabajo son las correspondientes a un lugar de funcionario del grupo A, nivel de complemento de destino 27.1 y complemento específico de 36.005,16 euros anuales (con jornada superior a la normal).
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo que corresponda, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación o, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes.
Barcelona, 20 de marzo de 2025