Resolución REU/861/2025, de 10 de marzo, por la que se abre la convocatoria de ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en los ámbitos de las tecnologías STEP (FI-STEP) (ref. BDNS 819794)

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

La Ley 7/2001, de 31 de mayo (DOGC n.º 3407, de 12.6.2001), crea la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR por sus siglas en catalán), como entidad de derecho público que ajusta su actuación al derecho privado, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y patrimonio propio para el cumplimiento de sus funciones. 

Corresponde a la AGAUR la ejecución de programas de becas, préstamos, subvenciones y otras actividades de fomento del estudio universitario, la investigación científica y técnica y la innovación tecnológica en Cataluña. 

La AGAUR está adscrita al Departamento de Investigación y Universidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 115/2022, de 14 de junio, de reestructuración del Departamento de Investigación y Universidades, y el Decreto 133/2024, de 11 de agosto, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya.

Es de aplicación lo dispuesto en el capítulo IX del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y las transferencias de la Generalitat de Catalunya; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Es de aplicación la Ley 9/2022, de 21 de diciembre, de la Ciencia, cuyo artículo 73 dispone que la AGAUR es una agencia de financiación de los programas y las líneas de fomento de la investigación que le encargan la Administración de la Generalitat de Catalunya u otras entidades públicas y que gestiona la financiación de fondos públicos destinados a la investigación de acuerdo con los principios de evaluación, eficiencia, calidad, publicidad, transparencia y objetividad; garantiza la rendición de cuentas; facilita el seguimiento de las actuaciones, y racionaliza la gestión, reduciendo las cargas administrativas.

Son de aplicación la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno; el Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública; la Ley 17/2015, de 21 de julio, de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres; la Ley 19/2020, de 30 de diciembre, de Igualdad de Trato y no Discriminación; y la Ley 11/2014, de 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia.

Es de aplicación la Orden VEH/79/2020, de 9 de junio, por la que se modifica la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.

Es de aplicación el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalitat y su sector público.

Es de aplicación la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, de conformidad con la Decisión 2010/48/CE del Consejo de la Unión Europea.

Es de aplicación la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2016/C 202/02), de 7 de junio de 2016.

Es de aplicación el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo de la Unión Europea, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027.

Es de aplicación el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.

Es de aplicación el Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1296/2013 del Consejo de la Unión Europea.

Es de aplicación el Reglamento (UE) 2024/795 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de febrero de 2024, por el que se crea la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP por sus siglas en inglés) y se modifican la Directiva 2003/87/CE y los Reglamentos (UE) 2021/1058, (UE) 2021/1056, (UE) 2021/1057, (UE) 1303/2013, (UE) 223/2014, (UE) 2021/1060, (UE) 2021 /523, (UE) 2021/695, (UE) 2021/697 y (UE) 2021/241.

Es de aplicación la Orden TES/106/2024, de 8 de febrero, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo Plus durante el período de programación 2021-2027.

El artículo 11 de los Estatutos de la AGAUR, aprobados por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya mediante el Decreto 168/2002, de 11 de junio, dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como resolverlas. Estas facultades se han delegado, en fecha 28 de abril de 2022, en el presidente o la presidenta de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación (CEAR).  

En fecha 21 de febrero de 2025 se publica en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya la Resolución REU/506/2025, de 17 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en los ámbitos de las tecnologías STEP (FI-STEP). 

Por todo ello,

 

Resuelvo: 

 

Artículo 1

Abrir la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en los ámbitos de las tecnologías STEP (FI-STEP). 

 

Artículo 2

2.1 Esta convocatoria está financiada por la Dirección General de Investigación (DGR por sus siglas en catalán) del Departamento de Investigación y Universidades (REU por sus siglas en catalán). El importe global es de 22.467.999,60 euros y van a cargo de las partidas 409.0001, 440.0001, 442.0001, 443.0001, 448.0001, 449.0001 y 482.0001 del presupuesto de la AGAUR para el año 2025. 

2.2 La concesión de estas ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión. 

2.3 Esta dotación máxima se podrá ampliar hasta un 20 % antes de la resolución de adjudicación de las ayudas, sin necesidad de publicar una nueva convocatoria. 

2.4 La subvención podrá reducirse total o parcialmente antes de que se dicte la resolución definitiva como consecuencia de las restricciones que se derivan del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. 

2.5 Una vez resuelta esta convocatoria, en caso de que no se haya agotado el importe máximo fijado en este artículo 2, o en caso de que se generen remanentes derivados de las renuncias o revocaciones de las ayudas concedidas, se podrán asignar nuevas concesiones a las solicitudes finalmente aprobadas como consecuencia de la interposición de un recurso administrativo o contencioso-administrativo, o bien a las solicitudes que hayan quedado en la lista de reserva, siempre que la actividad subvencionable se pueda llevar a cabo en los plazos que establecen las bases reguladoras. 

2.6 El gasto contractual podrá cofinanciarse con el programa Fondo Social Europeo Plus (FSE+) de Cataluña 2021-2027, CCI2021ES05SFPR011, una vez aprobada su modificación, dentro de la prioridad STEP, el objetivo general 8 y el objetivo específico ESO 4.6, con una cofinanciación del 100 % excepto los gastos de indemnización por finalización del contrato por expiración del tiempo acordado.

 

Artículo 3

Las subvenciones establecidas en la presente convocatoria se rigen por: 

a) La Resolución REU/506/2025, de 17 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en los ámbitos de las tecnologías STEP (FI-STEP).

b) La normativa reguladora del Fondo Social Europeo Plus. 

c) Las disposiciones sobre subvenciones del capítulo IX del texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, así como la normativa básica en materia de subvenciones y demás normativa aplicable. 

 

Artículo 4

4.1 De acuerdo con la base 5 del apartado II del anexo de las bases reguladoras, los importes de los módulos de las ayudas para la contratación del personal investigador son los siguientes: 

El módulo anual para la primera y segunda anualidad de la ayuda ascenderá a 23.673,75 euros por persona investigadora contratada, con un módulo mensual de 1.972,81 euros y un módulo diario de 64,86 euros.  

El módulo anual para la tercera anualidad de la ayuda será de 25.090,76 euros por persona investigadora contratada, con un módulo mensual de 2.090,90 euros y un módulo diario de 68,74 euros.  

El módulo anual para la cuarta, quinta y sexta anualidad de la ayuda es de 30.916,85 euros por persona investigadora contratada, con un módulo mensual de 2.576,40 euros y un módulo diario de 84,70 euros. Este módulo únicamente se aplicará a las contrataciones de personas con discapacidad. 

4.2 De acuerdo con la base 5 del apartado II del anexo de las bases reguladoras, la ayuda para la financiación de los costes de indemnización por finalización del contrato por expiración del tiempo acordado será de 1.947,90 euros. En el caso de las ayudas otorgadas a personas con discapacidad, la ayuda para la financiación de los costes de indemnización por finalización del contrato por expiración del tiempo acordado será de 4.869,75 euros.  

4.3 Atendiendo a lo dispuesto en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, y atendiendo también a su incremento anual, los importes de los módulos de las ayudas establecidos anteriormente podrán incrementarse, antes o después de la resolución de concesión de las ayudas, de acuerdo con la actualización de la tabla salarial recogida en el Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita. 

Estos importes también podrán incrementarse, siempre que la disponibilidad presupuestaria de la convocatoria lo permita, en caso de que se produzca cualquier incremento de los gastos de la cuota patronal de la Seguridad Social, especialmente en los casos en que se incrementen las bases mínimas de cotización.  

 

Artículo 5

5.1 El plazo de presentación de solicitudes provisionales para las personas investigadoras candidatas es desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la presente resolución en el DOGC y hasta el día 9 de abril de 2025 a las 14.00 h, hora local de Barcelona.

5.2 El plazo de las instituciones para confirmar o rechazar la presentación de las solicitudes provisionales es desde el día 10 de abril hasta el día 6 de mayo de 2025 a las 14:00 h, hora local de Barcelona.

5.3 Las solicitudes se podrán presentar de acuerdo con lo que prevé la base 6 de la Resolución REU/506/2025, de 17 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en los ámbitos de las tecnologías STEP (FI-STEP).

 

Artículo 6

6.1 El órgano competente para la ordenación y la instrucción de la presente convocatoria es la persona titular de la AGAUR.

6.2 La resolución de la convocatoria corresponde al Consejo de Dirección de la AGAUR y, por delegación, a la CEAR o a la persona que ocupe su presidencia, según el Acuerdo del Consejo de Dirección de 28 de abril de 2022 (Resolución REU/1421/2022, de 10 de mayo, DOGC n.º 8668, de 16.5.2022).

6.3 El procedimiento de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva.

6.4 El plazo legal máximo para resolver la presente convocatoria es de seis meses a partir de su publicación en el DOGC. Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, la ayuda solicitada se entenderá desestimada por silencio administrativo.

6.5 La resolución de concesión de las ayudas se notificará mediante su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Para una mayor difusión, y a efectos informativos, se podrá consultar el resultado de la resolución en el sitio web de la AGAUR.

6.6 Contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el presidente o la presidenta de la CEAR, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya, o bien podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el presidente o la presidenta de la CEAR, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el DOGC, o bien podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. 

 

Barcelona, 10 de marzo de 2025

 

P. d. (Resolución REU/1421/2022, de 10 de mayo, DOGC núm. 8668, de 16.5.2022)

Joan Gómez Pallarès

Presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación

943083 {"title":"Resolución REU\/861\/2025, de 10 de marzo, por la que se abre la convocatoria de ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en los ámbitos de las tecnologías STEP (FI-STEP) (ref. BDNS 819794)","published_date":"2025-03-14","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya.png","id":"943083"} catalunya Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación;DOGC;DOGC 2025 nº 9371;Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2025-03-14/943083-resolucion-reu-861-2025-10-marzo-se-abre-convocatoria-ayudas-contratacion-personal-investigador-predoctoral-formacion-ambitos-tecnologias-step-fi-step-ref-bdns-819794 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.