Resolución PLG/161/2025, de 22 de enero, de delegación de competencias de la presidencia del Consejo de Dirección del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT en la dirección
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El artículo 7.1 de los Estatutos del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT, aprobados por el Decreto 108/2006, de 25 de abril, atribuye la presidencia del Consejo de Dirección de dicho Consorcio a la persona titular de la Secretaría de Política Lingüística de la Generalitat de Catalunya o persona en quien delegue.
El artículo 1.1 del Decreto 133/2024, de 11 de agosto, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, crea el Departamento de Política Lingüística. Dada la estructura del departamento, establecida en el Decreto 444/2024, de 12 de noviembre, de estructuración del Departamento de Política Lingüística, es necesario interpretar que la presidencia del Consejo de Dirección corresponde a la persona titular de dicho departamento.
El artículo 9.a) de los Estatutos del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT determina que corresponde a la persona que ocupa la presidencia del Consejo de Dirección asumir la alta representación del Consorcio. Es necesario interpretar que se incluye dentro de esta atribución la representación del Consorcio en la realización de trámites de gestión administrativa ordinaria.
Por otro lado, el artículo 10.f) de los Estatutos atribuye a la persona titular de la dirección del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT, como responsable técnica y ejecutiva del Consorcio, en general, ejecutar los acuerdos del Consejo de Dirección, organizar y supervisar los servicios y velar de forma directa por el buen funcionamiento y la correcta gestión del Centro.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, han dado un impulso a la implantación progresiva de la administración electrónica, y obliga a las propias administraciones públicas y a los organismos públicos y entidades dependientes o vinculadas a ella a relacionarse entre sí a través de medios electrónicos. Este hecho hace necesario que el Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT disponga de certificados digitales para realizar los trámites regulados por la normativa.
En este contexto, y dadas la estructura departamental y las necesidades organizativas actuales, es necesario facultar a la persona titular de la dirección del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT para que obtenga y custodie los certificados digitales del Consorcio y para que lleve a cabo determinados trámites de gestión administrativa ordinaria en representación de la entidad.
El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y el artículo 8 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, establecen que los órganos administrativos pueden delegar el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas en otros órganos de la propia administración pública, aunque no dependan jerárquicamente, o en los organismos y entidades públicas vinculados o dependientes.
Resuelvo:
—1 Delegar en la dirección del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT las siguientes funciones, incluidas dentro de la competencia de alta representación del Consorcio:
a) Obtener y custodiar los certificados digitales del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT emitidos por cualquier autoridad de certificación.
b) Actuar ante la Agencia Tributaria y la Agencia Tributaria de Cataluña para presentar declaraciones, liquidaciones, declaraciones informativas y documentación complementaria exigida por la normativa, así como presentar y responder requerimientos en orden a subsanar los defectos detectados en la documentación presentada o atender otras cuestiones relacionadas.
c) Actuar ante la Tesorería General de la Seguridad Social para presentar liquidaciones y documentación complementaria exigida por la normativa, así como presentar y responder requerimientos para subsanar los defectos detectados en la documentación presentada o atender otras cuestiones relacionadas.
—2 Esta Resolución surtirá efecto a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 22 de enero de 2025
Francesc Xavier Vila Moreno
Presidente del Consejo de Dirección del Consorcio del Centro de Terminología TERMCAT