Acuerdo GOV/12/2025, de 21 de enero, por el que se ratifica el acuerdo de aprobación de la disolución del Consorcio Urbanístico para el Desarrollo del Área Residencial Estratégica Pineda Centre, del término municipal de Pineda de Mar
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
El Gobierno de la Generalitat de Catalunya, mediante el Acuerdo GOV/212/2009, de 16 de diciembre, autorizó la constitución del Consorcio Urbanístico para el Desarrollo del Área Residencial Estratégica Pineda Centre, del término municipal de Pineda de Mar, y aprobó sus Estatutos. Este Acuerdo del Gobierno se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) número 5545, de 14 de enero del 2010.
Este Consorcio, integrado por el Instituto Catalán del Suelo (en adelante, INCASÒL) y el Ayuntamiento de Pineda de Mar, tenía como objeto, en su condición de administración actuante, llevar a cabo el desarrollo y ejecución urbanísticos del área residencial estratégica Pineda Centre, del término municipal de Pineda de Mar, consistente en la promoción de suelo para usos predominantemente residenciales, así como promover la construcción de los equipamientos previstos en el marco del Plan director urbanístico que lo ordenaba, el Plan director urbanístico de las áreas residenciales estratégicas del ámbito de El Maresme, aprobado definitivamente el 13 de marzo de 2009 por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas.
En fecha 27 de enero de 2015, el consejero de Territorio y Sostenibilidad resolvió, entre otros, modificar el Plan director urbanístico citado y dejar sin efecto el área residencial estratégica Pineda Centre, del término municipal de Pineda de Mar. De esta resolución se dio publicidad mediante un edicto publicado en el DOGC número 6842, de fecha 31 de marzo de 2015.
En fecha 20 de abril de 2015, el máximo órgano de gobierno del Consorcio, el Consejo General, acordó aprobar la disolución, por acuerdo de los entes consorciados, teniendo en cuenta su inactividad, consecuencia de la Resolución del consejero de Territorio y Sostenibilidad de 27 de enero de 2015, que había resuelto dejar sin efecto el área residencial estratégica Pineda Centre, del término municipal de Pineda de Mar, cuyos desarrollo y ejecución eran objeto del Consorcio, así como también porque no había previsión de que esta área se desarrollara en un futuro inmediato, dado que, como se ha indicado, en fecha 27 de enero de 2015, el consejero de Territorio y Sostenibilidad resolvió dejarla sin efecto y, en segundo lugar, como consecuencia de la falta de actividad y de no haber operado en el tráfico jurídico ni económico, no ser titular ni disponer de patrimonio, no haber asumido ningún derecho ni obligación, no haber efectuado ninguna contratación ni dispuesto de plantilla de personal a su servicio, ni haber recibido aportaciones de los entes consorciados.
El Gobierno de la Generalitat de Catalunya ha impulsado una estrategia de renovación y mejora de los servicios públicos, con el objetivo de reformar la gestión pública y situar la ciudadanía en el centro de la toma de decisiones. Esta iniciativa tiene como finalidad avanzar hacia una administración pública más eficaz, eficiente y adaptada a los retos actuales y a las demandas sociales y económicas del país.
En este sentido, el Acuerdo GOV/217/2024, de 8 de octubre, promueve la elaboración de una estrategia de transformación y mejora de los servicios públicos en el ámbito de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Este acuerdo prevé la creación de la Comisión de Expertos para la Definición de la Estrategia de Transformación de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Mejora de los Servicios Públicos (CETRA), concebida como órgano de estudio y asesoramiento en doce ámbitos prioritarios de actuación, así como la aprobación de un plan de choque con medidas de aplicación urgente para alcanzar los objetivos establecidos.
La presente iniciativa se enmarca en esta estrategia institucional y se vincula específicamente a la medida 4.3.2 contenida en el plan de choque.
De conformidad con el artículo 324 del Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales, aprobado por el Decreto 179/1995, de 13 de junio, el acuerdo del Consejo General sobre la disolución del Consorcio fue ratificado en fecha 30 de abril de 2015 por el Pleno del Ayuntamiento de Pineda de Mar y, en fecha 14 de noviembre de 2024, por el Consejo de Administración del INCASÒL.
De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo del Gobierno de 9 de enero de 2024, de medidas de simplificación y reordenación del sector público institucional de la Administración de la Generalitat de Catalunya;
Visto lo que determina el Acuerdo del Gobierno de 10 de julio de 2012, por el que se aprueban los criterios para la creación, la modificación y la supresión de entidades participadas por la Generalitat, para la toma de participación y la desvinculación de entidades existentes, y para la tramitación de determinadas propuestas de acuerdo del Gobierno relativas a fundaciones;
De acuerdo con lo previsto en el artículo 55 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat, y en el artículo 26 o) de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalitat y del Gobierno,
A propuesta de la consejera de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, el Gobierno
Acuerda:
—1 Ratificar el acuerdo de aprobación de la disolución del Consorcio Urbanístico para el Desarrollo del Área Residencial Estratégica Pineda Centre, del término municipal de Pineda de Mar, adoptado por el Consejo General de este Consorcio en la sesión de 20 de abril de 2015, ratificado por el Pleno del Ayuntamiento de Pineda de Mar en la sesión de fecha 30 de abril de 2015 y por el Consejo de Administración del Instituto Catalán del Suelo en fecha 14 de noviembre de 2024, y darlo por liquidado.
—2 Publicar este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 21 de enero de 2025