Resolución TER/54/2025, de 7 de enero, por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a cofinanciar los gastos extraordinarios que deben hacer con carácter urgente los entes locales y las agrupaciones de entes locales para resolver de manera inmediata problemas de carencia o de potabilidad de agua derivados del agotamiento de los recursos locales disponibles en las cuencas de Siurana, Montsant y Riudecanyes (ref. BDNS. 808750)
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Considerando que los artículos 4.h) y j) del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, dispone que corresponde a la Generalitat establecer auxilios económicos a favor de las corporaciones locales, las entidades y los particulares para hacer actuaciones de interés público en relación con el ciclo del agua en Cataluña y la promoción y la ejecución de las actuaciones de política hidrológica necesarias para paliar los déficits, y que el artículo 8.1 atribuye a la Agencia Catalana del Agua, como Administración hidráulica de Cataluña, el ejercicio de las competencias de la Generalitat de Catalunya en materia de aguas;
Considerando que el artículo 92.2 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, establece que las bases reguladoras de subvenciones, sometidas a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, deben incluir el periodo en el que se tiene que llevar a cabo la actividad objeto de subvención y que la convocatoria tiene que fijar la aplicación presupuestaria en la que se tienen que imputar las subvenciones y la cantidad máxima destinada, así como el plazo de presentación de solicitudes;
Dado que los artículos 93.1 c) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y 8.1 a) de los Estatutos de la Agencia Catalana del Agua facultan al Consejo de Administración para delegar las facultades de aprobar las convocatorias y de resolver el otorgamiento de las subvenciones en la Dirección o en la Gerencia de la Agencia;
Considerando que el Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua, reunido en la sesión del 31 de octubre de 2024, ha acordado aprobar las bases de una línea de subvenciones dirigidas a los entes locales para resolver de manera inmediata problemas de carencia o de potabilidad de agua derivados del agotamiento de los recursos locales disponibles en las cuencas de Siurana, Montsant y Riudecanyes, destinar una dotación de 6.000.000 de euros a las convocatorias de las subvenciones correspondientes, y delegar en la Dirección de la Agencia las facultades para aprobar las convocatorias y para resolver el otorgamiento de las subvenciones, y que este Acuerdo se ha publicado mediante la Resolución TER/3961/2024, de 6 de noviembre (DOGC núm. 9287, de 11.11.2024),
Resuelvo:
—1 Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a cofinanciar los gastos extraordinarios que tienen que hacer con carácter urgente los entes locales y las agrupaciones de entes locales para resolver de manera inmediata problemas de carencia o de potabilidad de agua derivados del agotamiento de los recursos locales disponibles en las cuencas de Siurana, Montsant y Riudecanyes.
—2 Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por:
a) Las bases de las subvenciones dirigidas a los entes locales por falta de agua o problemas de potabilidad en las cuencas de Siurana, Montsant y Riudecanyes, hechas públicas por la Resolución TER/3961/2024, de 6 de noviembre, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se aprueban las bases reguladoras de una línea de subvenciones destinadas a cofinanciar los gastos extraordinarios que tienen que llevar a cabo con carácter urgente los entes locales y las agrupaciones de ente locales para resolver de manera inmediata problemas de carencia o de potabilidad de agua derivados del agotamiento de los recursos locales disponibles en las cuencas de Siurana, Montsant y Riudecanyes, y la delegación en la Dirección de las facultades para la aprobación de las correspondientes convocatorias y resolver el otorgamiento de las subvenciones.
b) La normativa general de subvenciones.
—3 La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 6.000.000 de euros para la anualidad de 2025 con cargo al capítulo 4 Transferencias corrientes, artículo 46 A, Ente y corporaciones locales, partida presupuestaria D/460.0001, de los presupuestos de la Agencia Catalana del Agua para el año 2025. La concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión y a las disponibilidades presupuestarias.
—4 Para la solicitud y el resto de trámites asociados a este procedimiento, se han habilitado formularios específicos de uso obligatorio. Estos formularios están a disposición de los entes interesados en la plataforma EACAT dentro del Catálogo de trámites de la Agencia Catalana del Agua, en el servicio OAC001 - Subvenciones por falta o problemas de potabilidad de agua en las cuencas de Siurana, Montsant y Riudecanyes. El envío de los formularios también se debe hacer telemáticamente por ventanilla de registro dentro del mismo servicio habilitado. Se tiene que adjuntar la documentación complementaria establecida a las bases de la convocatoria, tal como indica la información del servicio de la convocatoria en la plataforma EACAT. La solicitud o cualquier otra documentación presentada sin utilizar los formularios habilitados o que sea enviada por cualquier otro canal que no sea el indicado, se tendrá por no presentada, de acuerdo con la base 5.3 reguladora de la convocatoria. El formulario de solicitud lo tiene que firmar electrónicamente la persona representante legal del ente solicitante.
Para enviar documentación de tamaño superior a 10 Mb, hay que solicitar un espacio en la nube corporativa, de acuerdo con el procedimiento detallado en el apartado Trámites/Guía. Presentación de documentos pesados en el ACA, que se puede consultar en la web de la Agencia Catalana del Agua y que también indica la información del servicio de la convocatoria en la plataforma EACAT.
—5 El periodo para presentar solicitudes empieza al día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya y finaliza el 10 de marzo de 2025 a las 14.00.00 horas.
—6 En la base 7, hecha pública por la Resolución TER/3961/2024, de 6 de noviembre, antes mencionada, se especifican los órganos competentes para la tramitación y la resolución del procedimiento, el plazo para su conclusión, el medio de notificación de la Resolución y si esta agota o no la vía administrativa, con indicación de los recursos y los órganos delante de los cuales se pueden interponer.
—7 Contra esta Resolución, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo correspondiente en un plazo de dos meses a contar del día siguiente de la publicación, de conformidad con los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Barcelona, 7 de enero de 2025
P. d. (Resolución TER/3961/2024, de 6 de noviembre, DOGC núm. 9287, de 11.11.2024)