Resolución EMT/4693/2024, de 18 de diciembre, de adjudicación de la 27.ª promoción de las becas de formación en marketing turístico de Cataluña en el exterior de la Agencia Catalana de Turismo

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Mediante la Resolución EMC/1889/2019, de 8 de julio, se aprobaron las bases reguladoras de las becas de formación en marketing turístico de Cataluña en el exterior de la Agencia Catalana de Turismo (DOGC núm. 7915, de 11.7.2019).

Mediante la Resolución EMT/2358/2021, de 20 de julio, y la Resolución EMT/2090/2023, de 12 de junio, se modificaron las bases reguladoras de las becas de formación en marketing turístico de Cataluña en el exterior de la Agencia Catalana de Turismo (DOGC núm. 8467, de 28.7.2021, y DOGC núm. 8938, de 16.6.2023, respectivamente).

Mediante la Resolución EMT/2244/2024, de 17 de junio, se abrió la convocatoria para la concesión de la 27a promoción de las becas de formación en marketing turístico de Cataluña en el exterior de la Agencia Catalana de Turismo (ref. BDNS 768784) (DOGC núm. 9189, de 21.6.2024).

El 29 de noviembre de 2024, el tribunal propuso la adjudicación de las becas atendiendo a las solicitudes presentadas y a los criterios de selección establecidos en la base 9 del anexo 1 de la Resolución EMC/1889/2019, de 8 de julio, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las becas de formación en marketing turístico de Cataluña en el exterior de la Agencia Catalana de Turismo (DOGC núm. 7915, de 11.7.2019).

Existe disponibilidad presupuestaria y la dotación máxima que se destina a las becas que se adjudican es de un máximo de 193.396,97 (ciento noventa y tres mil trescientos noventa y seis con noventa y siete) euros a cargo de la partida 28001010027000 (correspondiente a la aplicación presupuestaria 480.0030 del presupuesto por clasificación económica de la Generalitat de Cataluña).

De las actuaciones que figuran en el expediente, se desprende que las personas a quienes se otorgan las becas cumplen los requisitos que la normativa aplicable exige para obtenerlas.

 

Fundamentos jurídicos

 

Primero.- De acuerdo con la base 10 del anexo 1 de la Resolución EMC/1889/2019, de 8 de julio, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las becas de formación en marketing turístico de Cataluña en el exterior de la Agencia Catalana de Turismo (DOGC núm. 7915, de 11.7.2019), el tribunal tiene que proponer a la persona titular de la dirección de la Agencia Catalana de Turismo que nombre a las personas para cada destino, que determine las dotaciones de cada una y que declare desiertas las plazas para las cuales considere que no hay ninguna persona candidata que reúna los méritos suficientes.

 

Segundo.- De acuerdo con la base 15 del anexo 1 de la Resolución EMC/1889/2019, de 8 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las becas de formación en marketing turístico de Cataluña en el exterior de la Agencia Catalana de Turismo (DOGC núm. 7915, de 11.7.2019), corresponde a la persona titular de la dirección de la Agencia Catalana de Turismo dictar resoluciones en este procedimiento.

De conformidad con el punto décimo de la Resolución EMT/2244/2024, de 17 de junio, por la que se abre la convocatoria de las becas de formación en marketing turístico de Cataluña en el exterior de la Agencia Catalana de Turismo (DOGC núm. 9189, de 21.6.2024), el órgano competente para emitir la resolución sobre la concesión de las becas es la persona titular de la dirección de la Agencia Catalana de Turismo.

 

De acuerdo con todo lo expuesto,

 

Resuelvo:

 

-1 Adjudicar siete becas de la convocatoria de la 27a promoción de las becas de formación en marketing turístico de Cataluña en el exterior de la Agencia Catalana de Turismo a las personas siguientes, dado que corresponden a las mejores puntuaciones (según el idioma examinado y el destino solicitado):

 

Apellidos y nombre

DNI

Puntuación 1a + 2a fase

Destino

Dotación

Bofill Roca, Clàudia

***1647**

75,90

Nueva York

34.633,23€

Aparicio Muñoz, Ariadna

***5138**

73,20

Londres

27.225,47€

Ruiz Ricart, Gisela

***2147**

71,93

Londres

27.225,47€

Ramon Señís, Eulàlia

***2303**

71,95

Bruselas

24.616,00€

Moreno Morcillo, Valeria

***8591**

69,26

Madrid

17.155,51€

Martínez Casademont, Emma

***6754**

73,98

París

25.911,26€

Bernal Pont, Clara

***0360**

69,39

Frankfurt

21.825,30€

 

 

La incorporación de las personas beneficiarias de las becas será el próximo día 9 de enero de 2025.

 

-2 Desestimar la solicitud de las becas mencionadas a las personas aspirantes siguientes de acuerdo con la puntuación obtenida y el idioma examinado:

 

Idioma examinado: inglés.

Destinos a los que se optaba: Nueva York, Londres, Bruselas y Madrid.

 

DNI

Puntuación 1a fase

Puntuación 1a + 2a fase

23899035B

36,83

68,83

47994091Z

40,74

68,74

41652497A

42,63

68,63

21756749Z

39,95

67,95

48095998P

37,81

67,81

45722207R

41,65

67,65

48056208P

37,11

67,11

47926826R

38,30

66,30

24555175F

40,17

66,17

39503526Z

39,46

65,46

47667328N

38,46

62,46

39438111B

36,45

62,45

39438327C

38,79

NP

49769207J

37,57

NCR

41651316H

36,22

---

49326500X

35,99

---

47860245M

35,40

---

47123925F

34,98

---

47665602B

34,57

---

39401674Y

34,39

---

43571271W

34,24

---

26651855F

34,07

---

53316947A

33,85

---

48090184J

33,53

---

53298970N

33,08

---

39940049C

32,73

---

48181577G

32,69

---

49292493C

32,43

---

47672671L

32,13

---

53866092T

31,83

---

39389030N

31,62

---

39413762L

31,37

---

41034756L

31,24

---

39442706Y

30,84

---

39505613P

30,73

---

79277226K

30,09

---

43579780R

29,90

---

47114678Y

29,89

---

78100075X

29,57

---

53316960Q

29,07

---

39935101V

28,91

---

77794286Y

28,68

---

47982399Y

28,64

---

43561391N

28,47

---

49296652Q

28,03

---

41563059N

27,72

---

77634441B

27,61

---

53299318S

27,57

---

47263157C

27,55

---

39943857X

27,33

---

47880320R

27,30

---

46377065A

26,53

---

49642693E

25,76

---

45989660X

25,19

---

49459569R

25,09

---

47262477F

24,23

---

45182061X

17,03

---

47861282F

NP

NP

78100621G

NP

NP

54482516R

NP

NP

49633600Z

NP

NP

46152419K

NP

NP

46376721G

NP

NP

45987798B

NP

NP

41010411P

NP

NP

20560816N

NP

NP

26901642Z

NP

NP

45183402V

NP

NP

48063086D

NP

NP

53967973Z

NP

NP

24488080A

NP

NP

49284429Y

NP

NP

X9347490Z

NP

NP

26062872P

NP

NP

46422317Z

NP

NP

41562398H

NP

NP

53653438G

NP

NP

46379785D

NP

NP

07265148T

NP

NP

47952346Z

NP

NP

39409935X

NP

NP

48040071V

NP

NP

52602446C

NP

NP

47961694R

NP

NP

49256570T

NP

NP

46418922T

NP

NP

21160389K

NP

NP

43459727P

NP

NP

39966543H

NP

NP

47919082P

NP

NP

39535579M

NP

NP

53399812E

NP

NP

77632903Z

NP

NP

44940046R

NP

NP

 

 

Idioma examinado: francés.

Destino al que se optaba: París.

 

DNI

Puntuación 1a fase

Puntuación 1a + 2a fase

48056208P

37,11

67,11

41652497A

39,03

65,03

39503526Z

34,97

---

41651316H

33,67

---

39935101V

32,86

---

23899035B

32,33

---

24555175F

31,72

---

47672671L

26,98

---

43579780R

26,90

---

78100075X

25,52

---

77634441B

25,51

---

49642693E

23,66

---

47982399Y

NP

NP

53299318S

NP

NP

79277226K

NP

NP

53316947A

NP

NP

49284429Y

NP

NP

07265148T

NP

NP

49256570T

NP

NP

21160389K

NP

NP

39966543H

NP

NP

53399812E

NP

NP

44940046R

NP

NP

 

 

Idioma examinado: alemán.

Destino al que se optaba: Frankfurt.

 

 

DNI

Puntuación 1a fase

Puntuación 1a + 2a fase

78100075X

30,02

50,02

39389030N

28,02

---

39438327C

NP

NP

07265148T

NP

NP

48040071V

NP

NP

49256570T

NP

NP

 

 

-3 Publicar esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con la base 15 del anexo 1 de la Resolución EMC/1889/2019, de 8 de julio, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las becas de formación en marketing turístico de Cataluña en el exterior de la Agencia Catalana de Turismo (DOGC núm. 7915, de 11.7.2019).

 

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer un recurso de alzada ante la persona titular del departamento competente en materia de turismo, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación en el DOGC, de conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

 

Barcelona, 18 de diciembre de 2024

 

Arantxa Calvera Cosculluela
Directora
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