RESOLUCIÓN TER/4673/2024, de 23 de diciembre, de convocatoria para la concesión de subvenciones para proyectos de fomento de la economía circular (ref. BDNS 805044).

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Vista la Resolución TER/4617/2024, de 19 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para proyectos de fomento de la economía circular;

Vistos el capítulo IX del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de su Reglamento, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y el resto de la normativa aplicable; la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;

Considerando que la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece la obligación de las personas jurídicas de relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas;

Vistos la Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos; la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; el Acuerdo del Consejo de Dirección de la Agencia de Residuos de Cataluña adoptado el 16 de diciembre de 2024, y el certificado de disponibilidad presupuestaria emitido por el Área Económica de la Agencia de Residuos de Cataluña,

 

Resuelvo:

 

―1 Abrir la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinada al fomento de la economía circular.

 

—2 La tramitación, la resolución y el otorgamiento de las subvenciones que establece esta convocatoria y las condiciones, los criterios de valoración, los requisitos de participación y la documentación que se debe aportar se rigen por las bases que aprueba la Resolución TER/4617/2024, de 19 de diciembre.

 

—3 La dotación máxima que determina esta convocatoria es de un millón setecientos mil euros (1.700.000,00 €), que se aplicará a las partidas presupuestarias siguientes: 470.00.01, 481.00.01, 482.00.01 i 484.00.01, correspondientes al presupuesto de la Agencia de Residuos para el año 2024.

Este presupuesto se distribuye como se indica a continuación:

- Proyectos de clase A y B: el 90% de la dotación presupuestaria.

- Proyectos de clase C: el 10% de la dotación presupuestaria.

Los fondos no empleados en los proyectos de clase C pueden redistribuirse en los proyectos de clase A y B.

La asignación presupuestaria de esta convocatoria puede ser objeto de ampliación de acuerdo con la normativa aplicable y según la disponibilidad presupuestaria.

La concesión de las subvenciones que establece esta convocatoria está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

 

—4 El plazo para la presentación de solicitudes de esta convocatoria se inicia el día 4 de febrero de 2025 y finaliza el 4 de marzo de 2025 a las 14:00 h.

 

—5 El órgano instructor del procedimiento para la concesión de las subvenciones es el Área de Economía Circular de la Agencia de Residuos de Cataluña.

La resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones corresponde al director de la Agencia de Residuos de Cataluña, de acuerdo con el artículo 93 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre. La resolución, debidamente motivada, debe dictarse y notificarse en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. Sin perjuicio de la obligación de emitir resolución, transcurrido el plazo mencionado sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas y, en consecuencia, denegada la subvención, de acuerdo con el artículo 54.2.e) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

La resolución del procedimiento se notifica mediante su publicación en el Tablón electrónico de anuncios de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1). Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.

 

—6 La resolución del procedimiento de concesión agota la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 67.1 del texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por el Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio. Contra esta resolución se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona en un plazo de dos meses a contar desde la recepción de la notificación o, potestativamente, un recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde la recepción de la notificación, de acuerdo con los artículos 75 y 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

—7 Las subvenciones de esta convocatoria están sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

 

—8 Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada, de conformidad con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, ante la consejera de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

—9 Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Barcelona, 23 de diciembre de 2024

 

Albert Planell i Saurí

Director de la Agencia de Residuos de Cataluña

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