RESOLUCIÓN sobre las incidencias relativas a las ayudas de comedor del curso escolar 2023-2024 (ref. BDNS 692673).

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Hechos:

 

1. En fecha 02/03/2022, el Consejo de Dirección acuerda aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de ayudas individuales de comedor dirigidas al alumnado escolarizado en cualquiera de los cursos de las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, en centros educativos de la ciudad de Barcelona sufragados con fondos públicos (DOGC Nº. 8635, de fecha 28/03/2022).

 

2. En fecha 25/04/2023, el Consejo de Dirección acuerda aprobar la convocatoria para el curso escolar 2023-2024, para el otorgamiento de ayudas individuales de comedor dirigidas al alumnado de enseñanzas obligatorias y de segundo ciclo de educación infantil de centros educativos sufragados con fondos públicos de la ciudad de Barcelona (ref. BDNS 692673) (DOGC 8911 - 9.05.2023).

 

3. En fecha 20/12/2023, se resolvió aprobar el otorgamiento de las ayudas individuales de comedor para el curso escolar 2023-2024 (ref. BDNS 692673 ) (DOGC 9068 -28/12/2023). El pago en concepto de anticipo, por un importe total de 3.321.765,65€ con cargo a la partida presupuestaria A142/480000101/4211/0000 del presupuesto del año 2023, se tramitó a la firma de la Resolución. El pago del importe restante de la ayuda de 35.678.234,35€ con cargo a la partida presupuestaria A142/480000101/4211/0000 del ejercicio 2024, o equivalente, condicionado a la existencia del crédito suficiente y adecuado , se realizaría de acuerdo con lo que prevén las bases de la convocatoria.

 

4. A lo largo del curso, se han sucedido distintas incidencias que se relacionan en el anexo I. Entre las principales causas destacan, las bajas informadas sin haber cobrado el importe consumido y la Resolución relativa a la actualización del reconocimiento de las necesidades educativas específicas derivadas de situaciones de vulnerabilidad socioeconómica del alumnado escolarizado en el curso 2023-2024 posterior a la resolución de ayudas. Por otra parte, en el anexo II, se relaciona al alumnado de aquellos centros que informaron de un precio de servicio de comedor inferior al que realmente tienen licitado.

 

5. La Dirección de Atención a la Comunidad Educativa emite informe en el que propone pagar este diferencial económico a los centros relacionados en el anexo III.

 

Fundamentos de derecho:

 

1. El Decreto 84/2002, de 5 de febrero, que aprueba los Estatutos del Consorcio de Educación de Barcelona en el artículo 3,2 i) establece que el Consorcio será competente en la reglamentación y la gestión, entre otros , del servicio de comedor escolar.

 

2. El acuerdo de Gobierno GOV/74/2007, de 15 de mayo de 2007, mediante el cual el Consorcio de Educación de Barcelona asume, de forma efectiva, las competencias que la normativa atribuía a la Administración educativa en materia de reglamentación y gestión del comedor escolar en la ciudad de Barcelona.

 

3. El artículo 4 de la Resolución por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Dirección, de 2 de marzo de 2022, por el que se aprueban las bases reguladoras para el otorgamiento de ayudas individuales de comedor dirigidas al alumnado escolarizado en cualquiera de los cursos de las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, en centros educativos de la ciudad de Barcelona sufragados con fondos públicos ( DOGC 8635 - 28.03.2022 ), establece el procedimiento, la propuesta de adjudicación y la notificación de las ayudas.

 

4. El artículo 13 de la Resolución por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Dirección del Consorcio de Educación de Barcelona, de 25 de abril de 2023, por el que se aprueba la convocatoria para su otorgamiento de ayudas individuales de comedor dirigidas al alumnado escolarizado en cualquiera de los cursos de las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, en centros educativos de la ciudad de Barcelona sufragados con fondos públicos, durante el curso 2023-2024 (ref. BDNS 692673) ( DOGC 8911 - 9.5.2023 ), especifica el procedimiento de adjudicación, resolución y recursos.

 

5. La Resolución por la que se modifican las anualidades de las ayudas individuales de comedor para el curso escolar 2023-2024 (ref. BDNS 692673) (DOGC 9014 - 5.10.2023).

 

6. La Resolución relativa a la actualización del reconocimiento de las necesidades educativas específicas derivadas de situaciones de vulnerabilidad socioeconómica del alumnado escolarizado en el curso 2023-2024, en enseñanzas obligatorias en centros educativos sostenidos con fondos públicos de Barcelona, de fecha 07/11/2023.

 

7. La Resolución por la que se modifican las anualidades de la partida presupuestaria de las ayudas individuales de comedor para el curso escolar 2023-2024 (ref. BDNS 692673) (DOGC 9064 - 20.12.2023).

 

Resuelvo:

 

1. Autorizar el pago de 76.002,04€ a los centros relacionados en el anexo III, para el alumnado y los centros que a lo largo del curso han tenido alguna incidencia con la ayuda de comedor.

 

2. Dar publicidad al contenido de los anexos a través del tablón de anuncios de cada uno de los centros, en los términos establecidos en la convocatoria.

 

Contra esta resolución de la Gerencia, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, ante el Consejo de Dirección del Consorcio de Educación de Barcelona, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, tal y como disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015), y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña (DOGC núm. 5686, de 5.8.2010).

 

 

Barcelona, 13 de diciembre de 2024

 

Mercè Massa Rincón
Gerenta
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