RESOLUCIÓN ESP/4522/2024, de 26 de agosto, por la que se encarga a la Agencia Catalana de la Juventud la gestión del alojamiento del alumnado y el personal técnico del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña en el albergue La Valira de La Seu d'Urgell para el año 2024.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Antecedentes y fundamentos de derecho
1. El Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC) EL INEFC es un organismo autónomo de carácter administrativo de la Generalitat de Catalunya adscrito al Departamento de la Presidencia mediante la Secretaría General del Deporte y de la Actividad Física. Conjuntamente con el Consejo Catalán del Deporte y el Centro de Alto Rendimiento de Cataluña, configuran los tres organismos de que dispone a la Generalitat para desarrollar su política deportiva.
Como centro de enseñanza superior, las funciones principales del INEFC son la formación, especialización y perfeccionamiento de las y los profesionales de la actividad física y el deporte, así como la investigación científica y su divulgación en este ámbito, y se erige en el principal centro de formación universitaria e investigación en el ámbito de las ciencias de la actividad física y el deporte a escala nacional, así como en un centro de referencia a escala internacional. Sus centros académicos están adscritos a la Universidad de Barcelona y de Lérida.
2. El INEFC imparte, en el Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, CAFE, la asignatura de Actividades en el Medio Natural. La asignatura consta de dos partes presenciales obligatorias entre las cuales se encuentra la estancia de una semana en formato de concentración en La Seu d'Urgell en la que se trabaja los contenidos generales de la asignatura, tanto teóricos como prácticos.
Visto el volumen de alumnos que realiza esta asignatura la semana de concentración en La Seu d'Urgell se realiza en tres estancias repartidas en dos semanas intensivas con el fin de asumir, aproximadamente, los 300 estudiantes. Las estancias se encuentran divididas en tres turnos diferenciados:
- Turno 1: del 31 de agosto al 5 de septiembre de 2024
- Turno 2: del 5 al 10 de septiembre de 2024
- Turno 3: del 10 al 15 de septiembre de 2024
Asimismo, durante las mencionadas estancias se requiere la participación de técnicos de soporte durante el transcurso de los tres turnos para el correcto desarrollo de la actividad:
- 1 técnico de la Federación de Carreras de Orientación de Cataluña
- 2 técnicos de Escalada
- 1 técnico de Marcha Nórdica
- 1 técnico de media montaña
- 2 técnicos que se quedan a comer desprendido de las sesiones prácticas un día por turno (marcha nórdica y piragüismo)
3. El INEFC té la necesidad de encargar a la Agencia Catalana de la Juventud la gestión del alojamiento en pensión completa del alumnado del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña y personal técnico de soporte, que imparte la asignatura de Actividades en el Medio Natural, en el Albergue La Valira de La Seu d'Urgell durante la estancia de concentración en La Seu d'Urgell del 2024.
4. La Agencia Catalana de la Juventud (en adelante ACJ) es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y llena capacidad de obrar, adscrita al Departamento competente en materia de Juventud, creada mediante la Ley 6/2006, de 26 de mayo (DOGC nº 4651, de 9.6.2006), y que tiene por objeto prestar servicios a la juventud y gestionar los servicios que la Administración de la Generalitat despliegue en esta materia. Entre sus funciones hay la gestión, la explotación y el mantenimiento de la Red Joven de Albergues de Cataluña (XANASCAT), integrada por 40 albergues, 20 de los cuales son gestionados directamente por la Agencia.
5. De acuerdo con el artículo 5, 1.h) de la Ley 6/2006, de creación de la Agencia Catalana de la Juventud, sueño funciones del ACJ gestionar, explotar y mantener la Red Joven de Albergues de Cataluña.
6. De acuerdo con el artículo 5, 3.c) de la Ley 6/2006, de creación de la Agencia Catalana de la Juventud, para cumplir sus funciones, puede establecer formas de colaboración con otros organismos y ente de la Administración de la Generalitat, con los entes locales y con otras administraciones públicas.
7. El artículo 10 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, establece que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos, los organismos o las entidades públicas puede ser encargada en otros órganos, organismos o entidades públicas de la misma administración o de otra de diferente, por razones de eficacia o cuando no se tengan los medios técnicos idóneos para llevarla a cabo.
8. El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, determina que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos se puede encargar en otros órganos o entidades de derecho público de la misma Administración, siempre que entre sus competencias haya estas actividades.
9. La Interventora general de la Generalitat de Catalunya ha emitido, en fecha 11 de diciembre de 2018, el documento "Criterios 4/2018 Relación de la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público con las entidades del sector público que no son medio propio", en el cual se establece que la relación entre el INEFC y el ACJ para la gestión del alojamiento en pensión completa del alumnado del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña y del personal técnico de soporte se tiene que establecer mediante encargos de gestión (artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público) y recomienda como instrumento jurídico una resolución.
10. Dado que en fecha 6 de agosto de 2024, el Gerente del INEFC emite una propuesta justificativa de la necesidad de formalizar un encargo de gestión en la Agencia Catalana de la Juventud por un gasto máximo de 55.426,92 euros, impuestos incluidos, de acuerdo con el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana de la Juventud de 30 enero de 2024 por el que se aprueban las tarifas de alojamiento de los alumnos y profesores del INEFC en los Albergues de la Red Joven de Albergues de la Generalitat (XANASCAT), y por el cual se exceptúa la necesidad de Carnet de alberguista para la aplicación de estas tarifas, y de acuerdo con la resolución emitida por Carles Campuzano i Canadés, Consejero de Derecho Sociales, de 12 de febrero de 2024 por el cual se autorizan las tarifas comerciales, sociales y otras tarifas especiales XANASCAT 2025 de la Agencia Catalana de la Juventud.
El gasto máximo se agotará o no en función de los alumnos que finalmente se hayan matriculado a la asignatura de Actividades en el Medio Natural curso 2024-2025, por lo tanto, el INEFC no se encuentra obligado a agotarla.
El desglose de precios es el siguiente:
Tipo de pensión | Precio alumnos y personal técnico de soporte | Iva 10% | Noches | Previsión personas | Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos (ley 5/2012, del 20 de marzo) | Total |
Pernoctación | 10,43 € | - |
| - | - | - |
Pernoctación con desayuno | 14,73 € | - |
| - | - | - |
Media pensión | 25,33 € | - | - | - | - | - |
Pensión cumplida | 33,43 € | 3,34 € | 5 | 300 | 0,66 € | 55.353,00 € |
Desayuno | 4,30 € | - | - | - | - | - |
1 comida | 10,60 € | 1,06 € | - | 6 | 0,66 € | 73,92 € |
2 comidas | 18,70 € | - | - | - | - | - |
| TOTAL |
| 55.426,92 € |
Se prevé un alojamiento gratuito en pensión completa para los técnicos de soporte por cada 20 alumnos. Atendido que el número de alumnos es de 300 distribuidos en tres turnos y que el número de técnicos de soporte es de 5 para la totalidad de los turnos, el alojamiento en pensión completa de los profesores se vuelve gratuito. Además se requiere dos comidas para 2 técnicos de soporte que se quedan a comer desprendido de las sesiones prácticas, un día por turno (marcha nórdica y piragüismo), convirtiéndose en un total de 6 comidas distribuidas entre los tres turnos.
A cada gasto de alojamiento se incluye los gastos correspondientes a los impuestos a aplicables:
- El impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos (Ley 5/2012, del 20 de marzo)
- El impuesto del valor añadido (Ley 37/1992, de 28 de diciembre)
11. En fecha 20 de agosto 2024 la Intervención Delegada emite un informe favorable y se formaliza la correspondiente reserva de crédito.
Por todo eso,
RESUELVO:
Primero.- Encargar a la Agencia Catalana de la Juventud, con NIF Q-0801485-D mediante la Red Joven de Albergues de Cataluña (XANASCAT), la gestión del alojamiento en pensión completa del alumnado del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña y del personal técnico de soporte al Albergue La Valira de La Seu d'Urgell Xanascat para la asignatura de Actividades en el Medio Natural del Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, impartida durante el año 2024, así como la gestión del alojamiento y/o comida de los técnicos de soporte requeridos para llevar a cabo las actividades. El encargo se tiene que ejecutar de acuerdo con las condiciones técnicas del anexo 1 y no comporta cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Este encargo de gestión tiene naturaleza administrativa y, por lo tanto, queda excluida la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Sin embargo, el encargo de gestión se rige por sus cláusulas; por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; por la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; por la normativa sectorial correspondiente, así como por las normas generales del derecho administrativo, los principios de buena administración y el ordenamiento jurídico en general.
Segundo- Para la ejecución del encargo, el INEFC tiene que abonar el importe correspondiente a las actuaciones realizadas por la Agencia Catalana de la Juventud de acuerdo con los precios vigentes aprobados por Acuerdo de su Consejo de Administración. El abono de estos importes totales se tiene que hacer efectivo de acuerdo con lo que establecen las condiciones técnicas que se anexan, en especial el punto 5 del anexo 1, que detalla las obligaciones de las partes en materia de facturación.
El INEFC abonará a la Agencia Catalana de la Juventud el importe máximo de 55.426,92 euros, impuestos incluidos, a cargo de la partida presupuestaria 609001 D/227001400/4710/0081, del presupuesto de 2024, una vez finalizado el tercer turno de estancias. El gasto correspondiente a la estancia de cada alumno se repercutirá en el importe total de la suya matricula en la asignatura de Actividades en el Medio Natural curso 2024-2025.
La aprobación de este acto implica la autorización a la unidad administrativa competente para la contabilización de la disposición de crédito a favor de los acreedores en el sistema corporativo de la contabilidad GECAT y la autorización para la contabilización del reconocimiento de las obligaciones económicas derivadas.
Tercero- Este encargo será vigente desde la fecha de firma hasta el 31 de diciembre de 2024.
Cuarto- Comunicar esta Resolución a la Agencia Catalana de la Juventud.
Quinto- Disponer su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el artículo 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Barcelona, 26 de agosto de 2024
Eduard Inglés Yuba
Director del INEFC
Anexo 1
Condiciones técnicas para el encargo de gestión para la gestión del alojamiento del alumnado del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (en adelante INEFC) que imparte la asignatura de Actividades en el Medio Natural y del personal técnico de soporte, al Albergue La Valira de La Seu d'Urgell durante la semana de concentración en La Seu d'Urgell.
1. Finalidad del encargo
A fin de que el alumnado de la asignatura de Actividades en el Medio Natural del Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (CAFE) del INEFC alcance las competencias establecidas en la ficha docente de la asignatura y teniendo en cuenta las condiciones especiales de esta debido a la necesidad de tener que desarrollar las actividades en espacios externos, la asignatura se realiza de manera concentrada durante una semana en la Seu d'Urgell.
La asignatura se desarrolla en 3 turnos distribuidos en 3 semanas diferentes. Durante el desarrollo de la asignatura, y durante cada uno de los turnos de duración semanal, el alumnado y el personal técnico de soporte se aloja en el Albergue la Valira de la Seu d'Urgell, este forma parte de la Red Nacional de Albergues Sociales de Cataluña gestionada por la Agencia Catalana de la Juventud de acuerdo con el artículo 5, 1.h) de la Ley 6/2006.
2. Objeto del encargo
La gestión del alojamiento del alumnado del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña y del personal técnico de soporte al Albergue La Valira de La Seu d'Urgell para la asignatura de Actividades en el Medio Natural del Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (CAFE) del INEFC.
| Fechas de prestación del servicio | Número de alumnos en pensión cumplida | Número de técnicos de soporte en pensión cumplida | Número de técnicos de apoyo que requieren el suministro de una comida |
Turno 1 | 31 de agosto al 5 de septiembre de 2024 | 100 | 5 | 2 |
Turno 2 | 5 al 10 de septiembre de 2024 | 100 | 5 | 2 |
Turno 3 | 10 al 15 de septiembre de 2024 | 100 | 5 | 2 |
Se aplican las tarifas acordadas por el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana de la Juventud de 30 enero de 2024 por el cual se aprueban las tarifas de alojamiento de los alumnos y profesores del INEFC en los Albergues de la Red Joven de Albergues de la Generalitat (XANASCAT), y por el cual se exceptúa la necesidad de Carné de alberguista para la aplicación de estas tarifas, de acuerdo con la resolución emitida por Carles Campuzano i Canadés, Consejero de Derecho Sociales, de 12 de febrero de 2024 por el cual se autorizan las tarifas comerciales, sociales y otras tarifas especiales XANASCAT 2025 de la Agencia Catalana de la Juventud.
Se prevé que por cada alojamiento en pensión cumplida de 20 alumnos se vuelva gratuito un alojamiento en pensión cumplida de técnico de soporte. Por lo tanto, los alojamientos de los técnicos de soporte se vuelven gratuitos en su totalidad.
El desglose de precios es el siguiente:
| Número de alumnos | Total noches por alumno | Total noches alumnas | Precio pensión cumplida por noche | Precio total por alojamiento en pensión cumplida por la totalidad de los alumnos |
Turno 1 | 100 | 5 | 500 | 33,43 € | 16.715 € |
Turno 2 | 100 | 5 | 500 | 33,43 € | 16.715 € |
Turno 3 | 100 | 5 | 500 | 33,43 € | 16.715 € |
|
| TOTAL | 50.145 € |
Tipo de pensión | Precio alumnos y personal técnico de soporte | IVA 10% | Noches | Previsión personas | Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos (Ley 5/2012, del 20 de marzo) | Total |
Pernoctación | 10,43 € | - |
| - | - | - |
Pernoctación con desayuno | 14,73 € | - |
| - | - | - |
Media pensión | 25,33 € | - | - | - | - | - |
Pensión cumplida | 33,43 € | 3,34 € | 5 | 300 | 0,66 € | 55.353,00 € |
Desayuno | 4,30 € | - | - | - | - | - |
1 comida | 10,60 € | 1,06 € | - | 6 | 0,66 € | 73,92 € |
2 comidas | 18,70 € | - | - | - | - | - |
| TOTAL |
| 55.426,92 € |
A cada gasto de alojamiento se incluye los gastos correspondientes a los impuestos a aplicables:
- El impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos (Ley 5/2012, del 20 de marzo)
- El impuesto del valor añadido (Ley 37/1992, de 28 de diciembre)
3. Obligaciones de los sujetos intervinientes
3.1 La Agencia Catalana de la Juventud se obliga a cumplir con el encargo mediante la prestación del alojamiento descrito.
3.2 La Agencia Catalana de la Juventud se obliga a considerar las alergias o intolerancias alimentarias. El ACJ dispone de un protocolo de alergias o intolerancias con el objetivo de garantizar el servicio de comidas correcto durante la estancia en el albergue y que se informa en el momento de efectuar la reserva.
3.3 Para la ejecución del encargo, el INEFC tiene que abonar el importe correspondiente al servicio objeto de esta resolución de acuerdo con los precios aprobados por Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana de la Juventud de 30 de enero de 2024 y autorizado por resolución de Carles Campuzano i Canadés, Consejero de Derecho Sociales, el 12 de febrero de 2024.
3.4 Las partes adecuarán sus actuaciones a los requisitos establecidos a la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, o normativa que lo modifique y/o lo sustituya, así como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
Los datos personales serán tratados de acuerdo con la actividad de tratamiento "Gestión de expedientes académicos del INEFC, siendo responsable del tratamiento el Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña.
Para la gestión del alojamiento del alumnado y personal técnico del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña al Albergue La Valira de La Seu d'Urgell se comunicarán los datos a la Agencia Catalana de Juventud.
4. Facturación
La factura se tiene que tramitar por medio de la plataforma de facturación electrónica de la Generalitat de Catalunya.
El pago de la factura se tiene que hacer por transferencia bancaria, según el mecanismo habitual de pago de la Tesorería de la Generalitat, mediante el organismo autónomo INEFC.
La partida presupuestaria a cargo de la cual se tiene que imputar el gasto es la 609001 D/227001400/4710/0081, del presupuesto de 2024.
5. Valoración económica
El coste previsto de este encargo de gestión es de 55.426,92 €.