RESOLUCIÓN EMT/4254/2024, de 26 de noviembre, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Catalana del Consumo y el Consejo Comarcal de La Conca de Barberà para la coordinación de actuaciones en desarrollo de la delegación de competencias en materia de consumo.
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El Consejo Comarcal de la Conca de Barberà y la Agencia Catalana del Consumo han firmado el día 15 de noviembre de 2024 i el dia 21 de noviembre de 2024 respectivamente la Adenda de prórroga del convenio de coordinación de actuaciones en desarrollo de la delegación de competencias en materia de consumo de la Agencia Catalana del Consumo de la Generalitat de Catalunya en el Consejo Comarcal de la Conca de Barberà.
Vistos los artículos 110.3 y 112.2 de la Ley 26/20210, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña (DOGC número 5686, de 5.8.2010), y
En mi condición de director de la Agencia Catalana del Consumo según nombramiento adoptado mediante el Decreto 416/2024, de 29 de octubre (DOGC número 9279, de 30.10.2024),
Resuelvo:
-1 Dar publicidad a la Adenda de prórroga del convenio entre la Agencia Catalana del Consumo y el Consejo Comarcal de la Conca de Barberà para la coordinación de actuaciones en desarrollo de la delegación de competencias en materia de consumo formalizado el 21 de diciembre de 2021, que se transcribe en el anexo de esta Resolución.
-2 Remitir la adenda al Registro de convenios de colaboración y cooperación de la Generalitat de Catalunya para su accesibilidad mediante el Portal de Transparencia sin perjuicio que se puedan consultar en las webs de la Agencia Catalana del Consumo y del Departamento de Empresa y Trabajo.
Barcelona, 26 de noviembre de 2024
Isidor García Sánchez
Director
Anexo
Adenda de prórroga del convenio de coordinación de actuaciones en desarrollo de la delegación de competencias en materia de consumo de la Agencia Catalana del Consumo de la Generalitat en el Consejo Comarcal de la Conca de Barberà
Montblanc, 15 de noviembre de 2024 y Barcelona, 21 de noviembre de 2024
Entidades que intervienen
De una parte, el señor Isidor García Sánchez, director de la Agencia Catalana del Consumo de la Generalitat de Catalunya, quien interviene en representación de esta entidad pública de acuerdo con el nombramiento efectuado mediante el Decreto 416/2024, de 29 de octubre (DOGC 9279, de 30.10.2024), y en virtud de las funciones asignadas por el artículo 9 de la Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de creación del organismo autónomo administrativo.
Y de la otra, el señor Joan Canela Rios, presidente del Consejo Comarcal de la Conca de Barberà, al cual representa según nombramiento de fecha 19 de julio de 2023, en uso de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 13.1 del Decreto legislativo 4/2003, de 4 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de organización comarcal de Cataluña y por el Acuerdo del Pleno del Consejo de fecha 19 de julio de 2023.
En adelante, las entidades representadas, serán consideradas conjuntamente como las Partes.
Ambas Partes se reconocen mutuamente la capacidad legal suficiente para formalizar la siguiente prórroga de convenio
Manifiestan
I.- Las Partes formalizaron, con fecha de 20 y 21 de diciembre de 2021, un convenio para la coordinación de actuaciones en desarrollo de la delegación de competencias que, en materia de consumo, fue adoptada a favor de la comarca mediante Acuerdo de Gobierno GOV 173/2021, de 2 de noviembre. Mediante este convenio se concretó la realización de actuaciones en materia de consumo, el procedimiento, las tareas y los medios para el ejercicio de las funciones delegadas así como la financiación correspondiente.
II.- Que en la cláusula undécima del mencionado convenio, las Partes acordaron que sería vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. Asimismo, acordaron que el convenio podría ser objeto de prórroga por un periodo de cuatro años más mediante acuerdo o adenda a formalizar antes de los transcurso del plazo de vigencia.
III.- Que ambas instituciones, con el objeto de mantener el servicio público de información y defensa de las personas consumidoras de la comarca, están de acuerdo y consideran conveniente acordar la prórroga del mencionado convenio con las siguientes
Cláusulas
Primera.- Las Partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio de coordinación de actuaciones en desarrollo de la delegación de competencias en materia de consumo suscrito entre la Agencia Catalana del Consumo y el Consejo Comarcal de la Conca de Barberà.
Segunda.- Este convenio se prorroga por un periodo de cuatro años, desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2028.
Tercera.- El convenio permanecerá en vigor en los mismos términos y efectos que establecen sus cláusulas.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad las Partes firman la prórroga del mencionado Convenio mediante la firma electrónica de sus respectivos representantes a la fecha que consta en el sello electrónico.
Isidor García Sánchez
Director de la Agencia Catalana del Consumo
Joan Canela Rios
Presidente del Consejo Comarcal de La Conca de Barberà