RESOLUCIÓN TER/4282/2024, de 27 de noviembre, por la que se hace público el Acuerdo de informe de impacto ambiental del Proyecto de demolición de las estructuras de la actividad extractiva Sanson, en el municipio de Sant Feliu de Llobregat.

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Visto que la Ponencia Ambiental, en la sesión realizada el día 6 de julio de 2022, adoptó el Acuerdo de informe de impacto ambiental del Proyecto de demolición de las estructuras de la actividad extractiva Sanson, en el municipio de Sant Feliu de Llobregat, promovido y tramitado por la empresa Cemex España Operaciones, SLU,

 

Resuelvo:

 

Dar publicidad a dicho Acuerdo de informe de impacto ambiental del Proyecto de demolición de las estructuras de la actividad extractiva Sanson, en el municipio de Sant Feliu de Llobregat.

 

Barcelona, 27 de noviembre de 2024

 

Sonsoles Letang Jiménez de Anta

Directora general de Cambio Climático y Calidad Ambiental

 

 

ACUERDO

de 6 de julio de 2022, de Informe de impacto ambiental del Proyecto de demolición de las estructuras de la actividad extractiva Sanson, en el municipio de Sant Feliu de Llobregat, promovido y tramitado por la empresa Cemex España Operaciones, SLU.

 

-1 Marco normativo

El proyecto al que se refiere el presente informe de impacto ambiental está comprendido en los criterios del artículo 7.2.b) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (en los proyectos no incluidos ni en el anexo I ni en el anexo II que puedan afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a espacios protegidos de la red Natura 2000).

Dada la afectación potencial de los espacios del parque natural de la Sierra de Collserola, el proyecto se somete a evaluación ambiental simplificada.

 

-2 Antecedentes

El 15 de junio de 1988, la Dirección General de Política Territorial emite informe favorable sobre el programa de restauración de la actividad extractiva (AE) Sanson. La condición especial número 4 del citado informe determina que todas las obras de fábrica e instalaciones auxiliares de la cantera deben ser derribadas, evacuadas y deben restaurarse las superficies que ocupaban. El 22 de junio de 1988, la Dirección General de Política Territorial resuelve establecer el programa de restauración presentado como definitivo.

El 8 de noviembre de 2011 se realiza la visita de inspección del estado final de la restauración y se inicia el plazo de garantía de cinco años establecido sobre la fianza.

El 6 de abril de 2018, la empresa Cemex España Operaciones, SLU, presenta en la Dirección General de Cambio Climático y Calidad Ambiental (DGCCQA) el documento Proyecto de demolición de la cinta e instalaciones de transporte de materias fuera de uso en la antigua cementera Sanson. Febrero 2018, requerido para la finalización de la restauración de la actividad extractiva, y, de acuerdo con la condición especial número 4 del informe favorable del programa de restauración de 15 de junio de 1988.

El 28 de septiembre de 2018, el Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat solicita a la DGCCQA que se pronuncie sobre el expediente iniciado si es preceptivo el trámite de evaluación ambiental ordinario o simplificado, dado que se trata de un proyecto de demolición que afecta al parque natural de la Sierra de Collserola, incluido en la red Natura 2000.

El 17 de abril de 2019, la DGCCQA emite informe en el que se concluye que el proyecto debe someterse a evaluación ambiental simplificada. El 7 y el 30 de mayo de 2019 se notifica este informe al Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat y a la empresa Cemex España Operaciones, SLU, respectivamente.

El 9 de abril de 2020, el parque natural de la Sierra de Collserola tramita un informe previo al inicio de la evaluación ambiental, donde se detallan todas las construcciones e instalaciones que, a su juicio, deberían eliminarse.

 

-3 Documentación presentada

Demolición de la cinta e instalaciones de transporte de materias primas fuera de uso de la antigua cementera Sanson, en Sant Feliu de Llobregat. Febrero de 2018. Proyecto de demolición.

Demolición de la cinta e instalaciones de transporte de materias primas fuera de uso de la antigua cementera Sanson, en Sant Feliu de Llobregat. Febrero de 2018. Estudio básico de seguridad y salud.

Evaluación ambiental simplificada. Proyecto de demolición de las estructuras de la actividad extractiva Sanson, ubicada en el municipio de Sant Feliu de Llobregat y promovida por la empresa Cemex España Operaciones, SLU. Enero 2020.

Evaluación ambiental simplificada. Síntesis del estudio de impacto ambiental. Enero 2020

Documentación complementaria. Enero 2022.

Adenda de marzo de 2022, al proyecto de demolición de la cinta e instalaciones de transporte de materias primas.

 

-4 Descripción del proyecto

El objeto del proyecto es definir todas las actuaciones necesarias para ejecutar la demolición de la cinta y las instalaciones complementarias de transporte de materias primas que la empresa Cemex España Operaciones, SLU, dispuso en Sant Feliu de Llobregat, desde la antigua cantera hasta la fábrica de cemento Sanson.

Las instalaciones están formadas por dos cintas que alternan tramos soportados con tramos aéreos de celosía tubular metálica y una nave intermedia de almacenamiento. La cinta superior mide aproximadamente 185 m de longitud y conecta la cantera con la nave de almacenamiento. Está formada por un primer tramo, de unos 40 m, que descansa sobre una estructura de hormigón armado con aperturas circulares en la base, y un segundo tramo aéreo, de unos 145 m, de celosía tubular metálica, sustentado por columnas de hormigón de entre 10 y 34 m de altura, hasta llegar a la nave.

La nave de almacenamiento, de unos 5400 m2, tiene planta rectangular, estructura de pilares y vigas de hormigón con laterales abiertos y cubierta metálica, soportada sobre una estructura de cerchas con correas también metálicas.

La cinta inferior conecta la nave intermedia con la fábrica de cemento, i presenta una longitud aproximada de 415 m. El primer tramo, de 225 m, se apoya sobre una estructura de soporte de hormigón, a nivel de terreno. El segundo tramo, aéreo, mide 190 m, de los cuales 160 m corresponden a una estructura de celosía con las mismas características que la mencionada anteriormente.

En total, se trata de una superficie edificada a derribar de 7.920,00 m2 y un volumen de 79.765,49 m3.

Zonificación de las cintas transportadoras:

Zona 1: parte aérea de la cinta inferior, más cercana a la fábrica y que pasa entre el arbolado del bosque existente.

Zona 2: parte apoyada sobre el terreno de la cinta inferior, ubicada en una zona boscosa.

Zona 3: corresponde a la cinta superior, con un recorrido sobre terreno llano y sin árboles.

Dado que la zona de obras está en un espacio de vegetación abundante, se abrirá una pista forestal siguiendo la cinta inferior, con una anchura de entre 8 y 12 m, para facilitar el acceso a las máquinas de demolición, maquinaria pesada y camiones. Una vez finalizado el desmantelamiento, se recuperará este terreno como espacio natural.

Los trabajos a realizar serán:

Operaciones previas: instalación de medidas de protección colectiva, delimitación y señalización de la zona de obra, protección de los servicios afectados y ejecución de la pista forestal.

Ejecución material de la demolición: retirada de los residuos existentes tanto en la parcela como en el interior de la edificación a demoler, demolición de la edificación y de los tramos de cinta transportadora, así como la gestión de los residuos generados durante las demoliciones. Todos los residuos generados serán transportados a un gestor autorizado. Por lo que respecta a los residuos del derribo de la edificación y del desmontaje de la cinta, se efectuará una reducción de su volumen y una separación de la armadura de acero del hormigón. El residuo metálico se llevará a un gestor autorizado, mientras que el residuo pétreo se valorizará mediante trituración in situ, utilizándolo como relleno parcial de la superficie que ocupaba el edificio intermedio. Por último, se procederá a la limpieza de la obra y a la retirada de los equipos.

Durante los trabajos de demolición se evitará la contaminación de las aguas. No se abandonarán materiales sobrantes en la zona de obras y se evitará la contaminación por fugas y los derrames de líquidos.

La técnica de demolición utilizada será mecánica. La maquinaria especial consistirá en una retroexcavadora de orugas metálicas equipada con cizallas hidráulicas para el corte de estructuras metálicas.

La revegetación de las zonas denudadas se llevará a cabo siguiendo los criterios establecidos en las fichas de las zonas especiales de conservación de la región mediterránea de la Sierra de Collserola. Se revegetará con especies autóctonas de árboles, combinando la plantación de individuos jóvenes con la siembra de semillas de especies arbustivas y herbáceas de baja demanda hídrica, manteniendo una densidad mínima de 5 a 10 árboles por hectárea. Se plantará pino carrasco (Pinus halepensis) y especies arbustivas y herbáceas como el romero (Rosmarinus officinalis), lentisco (Pistacia lentiscus) y lastón (Brachypodium ramosum).

Las actuaciones en terrenos con pendientes inferiores al 15% buscarán asegurar una rápida repoblación. En terrenos con pendientes superiores al 15%, las actuaciones se centrarán en estabilizar los terrenos y proporcionarles una cobertura vegetal primigenia.

 

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Estas imágenes pertenecen a Generalitat de Catalunya

 

Figura 1: ortofotomapa de la zona de estudio. Fuente: Proyecto de demolición de las estructuras de la actividad extractiva Sanson, situada en el municipio de Sant Feliu de Llobregat, enero 2020.

 

El proyecto realiza una comparativa entre las posibles alternativas, y analiza tanto el estado actual como el estado posterior al desmantelamiento de las instalaciones:

Alternativa 0: mantener el estado actual.

Alternativa 1: desmantelamiento de las instalaciones.

El promotor opta por la alternativa 1, dado que supone una mejora y la recuperación del espacio ocupado, mientras que la alternativa 0 no aporta ningún beneficio, ni a la empresa ni al territorio.

El proyecto de demolición tiene una duración estimada de unos 10 meses y un presupuesto de 320.650,02 euros.

 

-5 Capacidad del medio

Una parte importante del área del proyecto de demolición está situada dentro del parque natural de la Sierra de Collserola, dentro del espacio protegido de la red Natura 2000. La ejecución del proyecto afectará al Hábitat de Interés Comunitario (HIC) 9540, que corresponde a los pinares mediterráneos. Este hábitat es considerado un elemento clave en la ficha de la Zona de especial conservación (ZEC) Serra de Collserola. Además, este hábitat es vital para la cría y alimentación de especies que incluye el Anexo I de la Directiva 2009/147/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la conservación de aves silvestres, concretamente del búho real (Bubo bubo), el halcón peregrino (Falco peregrinus) y el chotacabras (Caprimulgus europaeus). Otras especies protegidas presentes en el parque natural de la Sierra de Collserola incluyen el águila real (Aquila chrysaetos), la garza real (Ardea cinerea), el cernícalo común (Falco tinnunculus), el cuco (Cuculus canorus), la lechuza (Tyto alba) y el ánade real (Anas platyrhynchos), entre otras especies.

 

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Figura 2: mapa topográfico de la zona de estudio. En color naranja se indica el ámbito del área de explotación (AE) Sanson y en verde el límite del parque natural de la Sierra de Collserola. Fuente: elaboración propia del SIICAA (Servicio de Información y Control Ambiental de Actividades), a partir del mapa topográfico del IGCG (Instituto Geográfico de Cataluña).

 

El ámbito afectado por el proyecto es una zona de gran relevancia para la cría de especies de reptiles y anfibios protegidas por el Decreto legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de protección de los animales. Algunas de estas especies incluyen la tortuga mediterránea, el dragón común y el lución, entre otras.

Más del 70% de las especies de reptiles y ornitofauna del ámbito del parque natural de la Sierra de Collserola son consideradas de interés científico.

El anexo 7 del Plan especial de protección del medio natural y del paisaje del parque natural de la Sierra de Collserola (PEPNat), de inventario de los sistemas naturales, de los hábitats y especies de fauna y flora, incluye la cantera de Santa Creu d'Olorda (Sanson), situada dentro del ámbito del proyecto, como una localización de elevada singularidad faunística, debido a la alta diversidad de anfibios y reptiles presentes, así como por el interés que representa para las aves rupícolas.

Los elementos a los que hace referencia el proyecto están relacionados con el Geótopo 339 - Paleozoico, de la Sierra de Collserola y Santa Creu d'Olorda.

Geológicamente, la Sierra de Collserola se caracteriza por el predominio de rocas metamórficas (pizarras y esquistos) e ígneas (granitoides) paleozoicas, así como algunos afloramientos de calizas de antigüedad similar, presentes en lugares prominentes como Santa Creu d'Olorda.

En el ámbito hidrológico, la zona corresponde a la cuenca del Llobregat. La red hidrológica de la Sierra de Collserola se caracteriza por torrentes y rieras de poca entidad y corta longitud. El amplio recubrimiento forestal y las características de impermeabilidad de la roca favorecen la retención del agua en el suelo y la escorrentía lenta hacia las rieras. También existe una cierta circulación subterránea que aflora en numerosas fuentes.

Las estructuras a derribar están ubicadas en el municipio de Sant Feliu de Llobregat, incluido en el anexo del Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales en municipios con alto riesgo de incendio forestal.

El ámbito del proyecto discurre mayoritariamente en una zona de protección máxima (E1) frente a la contaminación lumínica, correspondiente al parque natural de la Sierra de Collserola.

La capacidad del medio receptor por tipo de contaminante atmosférico es la siguiente:

 

Capacidad del medio

Municipio

ZQA

NO2

PM10

PM2,5

Benzo(a)pireno

Benceno

Ni

Sant Feliu de Llobregat

1

Restringida

Restringida

Alta

Alta

Alta

Alta

Benzo(a)pireno

As

Pb

h2S

Cl2

HCl

SO2

CO

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

 

Dados los valores de inmisión obtenidos y la comparativa con los valores legislados por cada contaminante, la capacidad del medio del municipio de Sant Feliu de Llobregat es restringida para el NO2 y el PM10, y alta por el PM2,5 y el resto de contaminantes atmosféricos medidos por la XVPCA (Red de Vigilancia y Prevención de la Contaminación Atmosférica).

 

-6 Relación de trámites efectuados

El 1 de febrero de 2021, el Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat remite a la DGCCQA el proyecto y el estudio de impacto ambiental simplificado llamado Proyecto de demolición de la cinta e instalaciones de transporte de la antigua cementera Sanson, en el municipio de Sant Feliu de Llobregat, presentado por la empresa Cemex España Operaciones, SLU.

De esta documentación, se pidió informe a los siguientes entes y organismos:

Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña

Agencia de Residuos de Cataluña

Agencia Catalana del Agua

Servicio de Prevención de la Contaminación Acústica y Lumínica

Servicio de Vigilancia y Control del Aire

Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat

Consorcio del parque natural de la Sierra de Collserola

Sección de Biodiversidad y Medio Natural

Departamento de Cultura

Servicio de Prevención de Incendios Forestales

Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial

Cementos Molins Industrial, SAU
Adenc

Federación Entidades Ecologistas de Cataluña

Depana

Museo Nacional de Ciencia y Tecnología de Cataluña

El 18 de junio de 2021, la DGCCQA reitera las peticiones de informe en el Departamento de Cultura, en el Servicio de Prevención de Incendios Forestales y en la Sección de Biodiversidad y Medio Natural.

El 8 de agosto de 2021, se envía a la empresa Cemex España Operaciones, SLU, el informe emitido por el parque natural de la Sierra de Collserola, con fecha 19 de abril de 2021, para que aporte documentación complementaria y realice las consideraciones que crea oportunas.

El 13 de enero de 2022, la empresa Cemex España Operaciones, SLU, aporta la documentación complementaria solicitada y comunica que próximamente presentará una adenda al proyecto.

El 16 de febrero de 2022, se envía la documentación complementaria al parque natural de la Sierra de Collserola.

El 7 de abril de 2022, la empresa Cemex España Operaciones, SLU, aporta la adenda al proyecto de demolición.

El 29 de abril de 2022, se envía esta adenda al parque natural de la Sierra de Collserola.

Se han recibido informes de los siguientes organismos:

Agencia Catalana del Agua (ACA), el 6 de abril de 2021: concluye que no es necesario realizar una evaluación de impacto ambiental ordinaria, dado que el proyecto no genera efectos significativos respecto al ciclo del agua.

Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (ICGC), el 16 de abril de 2021: informa que el proyecto no comporta afectación sobre los elementos geológicos de interés del Geótopo 33901. Considera que, en lo que se refiere al posible valor patrimonial, para que las estructuras que se proponen derrocar puedan ser patrimonio minero es necesario solicitar informe al Departamento de Cultura. También se indica que el proyecto debe incluir el detalle de la pista forestal que se prevé ejecutar entre las zonas 1 y 2, con una anchura de entre 8 y 12 m, así como prever las medidas necesarias para garantizar la estabilidad de los taludes generados y las medidas ambientales para devolver el espacio afectado por la pista forestal y otros accesos al medio natural.

Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat, informe de 21 de abril de 2021: informe técnico de consideraciones y observaciones. Una parte de las consideraciones se han incorporado en el apartado 9, de prescripciones, de este informe. El resto no corresponde al expediente de evaluación ambiental simplificada y, en todo caso, el ayuntamiento podrá incorporarlas a su licencia de obras mayores. Informe de 7 de marzo de 2022: informe de consideraciones complementarias a las ya expresadas en el anterior informe, a fin de concretar con mayor precisión la postura del ayuntamiento. Estas consideraciones se incorporan también en el apartado 9, de prescripciones, de este informe.

Agencia de Residuos de Cataluña (ARC): El 22 de abril de 2021, la ARC comunica que no emitirá informe sobre este expediente. Posteriormente, el 21 de junio de 2022, en relación con la adenda presentada, la ARC informa que no considera necesario emitir informe y recuerda que deberá aplicarse la normativa general sobre residuos. Esto incluye la Ley estatal 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados por una economía circular, así como el Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de los residuos.

Parque natural de la Sierra de Collserola

Informe de 13 de abril de 2021, de consideraciones: se concluye que es necesario que el proyecto ejecutivo defina con mayor detalle las diferentes actuaciones de derribo previstas dentro del parque natural. Además, se recomienda plantear soluciones alternativas para analizar con mayor profundidad los posibles efectos sobre el medio ambiente que puede comportar este proyecto. También es esencial evaluar las medidas necesarias para prevenir, corregir y/o compensar los efectos negativos identificados.

Informe de 7 de marzo de 2022: emitido a petición del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat en el trámite de licencia de obras mayores. Tiene un pronunciamiento desfavorable mientras no se resuelva el expediente de evaluación ambiental simplificada.

Informe de 21 de marzo de 2022, consideraciones:

Se describe la calificación urbanística de los terrenos afectados y se reitera el contenido del informe de 13 de abril de 2021. Se insiste en que el proyecto ejecutivo debe definir con mucho más detalle las actuaciones de derribo previstas dentro del parque natural. En relación con la licencia municipal de obras mayores, esta debe contemplar medidas correctoras, preventivas y compensatorias.

Además, se pide la eliminación de todas las construcciones, estructuras e instalaciones abandonadas dentro de los terrenos propiedad de Cementos Molins, situada en el ámbito de El Puig d'Olorda.

Nota:

Respecto a esta petición, se hace constar que la presente evaluación ambiental simplificada trata exclusivamente del proyecto de desmantelamiento y retirada de la cinta transportadora y sus afectaciones ambientales. La retirada de otras estructuras y construcciones dentro del área de afectación autorizada de la antigua actividad extractiva Sanson ya está prevista en el programa de restauración vigente, y la empresa Cemex España Operaciones, SLU, debe llevarlo a cabo para poder recuperar la fianza. En relación con las instalaciones existentes fuera del área de afectación, la DGCCQA no tiene competencias para obligar a su retirada.

Informe de 20 de mayo de 2022: valora la adenda presentada e indica que no se han tenido en cuenta las distintas figuras de protección de este espacio natural. Valora positivamente la descripción del método de demolición escogido y la actuación de adaptar la entrada de la galería inferior de la nave intermedia como refugio de murciélagos. Sin embargo, se considera que no se evalúan con detalle los diferentes hábitats presentes en la zona, ni tampoco la afectación sobre la fauna del ámbito, que incluye especies sensibles que nidifican en él. Además, se destaca que no se proponen medidas suficientes en relación con los impactos que implicará el proyecto sobre el Hábitat de Interés Comunitario (HIC) Pinares Mediterráneos, ni medidas correctoras ni compensatorias.

Servicio de Prevención de la Contaminación Acústica y Lumínica, recibido el 18 de mayo de 2021:

indica consideraciones que se recogen en el apartado de Prescripciones técnicas adicionales de este informe.

Servicio de Vigilancia y Control del Aire, recibido el 9 de julio de 2021: se ha evaluado la capacidad del medio receptor según distintos contaminantes. Se considera que el proyecto será compatible con el medio ambiente atmosférico y se proponen una serie de medidas incluidas en el apartado de Prescripciones técnicas adicionales de este informe.

 

-7 Evaluación
7.1 Descripción del proyecto

El proyecto afecta al hábitat de interés comunitario Pinares Mediterráneos y, por tanto, tendrá efectos relevantes sobre los sistemas naturales del espacio protegido, en la fase de ejecución.

El documento ambiental propone dos alternativas: la no realización del proyecto (alternativa 0) y la realización del proyecto (alternativa 1). La no realización del proyecto puede acarrear efectos negativos, tanto desde el punto de vista de la seguridad del entorno como desde la perspectiva de la acumulación de residuos a medida que se desgastan las estructuras. En contraposición, la alternativa 1 implica un impacto moderado/grave durante la ejecución del proyecto, pero, con la aplicación de medidas preventivas, correctoras y compensatorias, se prevé la recuperación de un espacio natural protegido actualmente degradado.

La alternativa 1 contempla la apertura de una pista de una anchura de entre 8 y 12 m a lo largo de las zonas 1 y 2 descritas anteriormente. Esta actuación supone un impacto temporal negativo sobre el medio, dado que se destruye demasiada masa arbórea y arbustiva, así como el hábitat de especies, pero se espera que estas se recuperen con las actuaciones y medidas correctoras previstas.

Además, la alternativa 1 cumple con las prescripciones del programa de restauración vigente, que establece la Resolución de la Dirección General de Política Territorial del 22 de junio de 1988.

En cuanto al impacto potencial sobre la calidad del aire que puede generar el proyecto de demolición, se considera que, dado que la actividad actual no genera emisiones de contaminantes en la atmósfera por estar inactiva y que el objetivo es el desmantelamiento de las instalaciones sin introducir nuevos focos emisores, y que el proyecto será compatible con el medio ambiente atmosférico.

7.2 Identificación y evaluación de impactos ambientales más significativos

La evaluación de los impactos ambientales se presenta por vectores y elementos ambientales. La identificación y la evaluación de los impactos se ha realizado para los siguientes elementos ambientales:

Extensión del impacto

Los métodos utilizados son puntuales y con un tiempo limitado. Se considera que el impacto tiene un efecto directo, negativo, temporal y recuperable.

El impacto ambiental respecto a su extensión es grave a corto plazo durante los trabajos de demolición, mientras que a medio y largo plazo se califica de moderado, dado que las medidas correctoras previstas permitirán la recuperación de los sistemas naturales afectados por el proyecto.

Paisaje

El impacto sobre el paisaje es alto, ya que se afectan unidades paisajísticas de un espacio natural protegido. Se contempla un impacto visual en determinadas áreas durante las obras de desmantelamiento. Así, se considera un efecto negativo, indirecto, temporal y recuperable a medio plazo, una vez terminadas las obras de desmantelamiento. A largo plazo, el impacto será positivo, ya que se eliminará una estructura artificial muy visible desde el valle del Llobregat. El impacto ambiental sobre el paisaje se estima como severo a corto plazo, mientras duren los trabajos de desmantelamiento, y como compatible a largo plazo.

Atmósfera
Contaminación atmosférica:

El principal impacto derivado del proyecto es la emisión de polvo y gases emitidos por camiones, maquinaria y obras de demolición. El efecto se considera directo, negativo, temporal, discontinuo en el tiempo y reversible.

Impacto acústico:

El mayor impacto acústico provendrá de la utilización de maquinaria y del tráfico de camiones. El efecto se considera negativo, temporal y reversible, una vez finalizadas las obras de desmantelamiento.

Contaminación lumínica:

No se prevé ningún impacto sobre el medio lumínico, dado que no se prevén trabajos nocturnos.

Globalmente, el impacto en la atmósfera se evalúa como moderado a corto plazo y compatible a largo plazo.

Medio hídrico: aguas superficiales y subterráneas

La afectación sobre el medio hídrico es mínima y se relaciona con filtraciones a causa de derrames líquidos provenientes de la maquinaria, los aceites o los combustibles.

El efecto sobre el medio hídrico se debe al aumento de la capacidad de infiltración de las aguas pluviales en las superficies donde se elimina la vegetación. Se considera negativo, directo, mínimo y recuperable.

El impacto sobre el medio hídrico se considera compatible.

Medio natural: espacios protegidos y especies protegidas de flora y fauna

El efecto sobre la vegetación, y en especial, sobre el Hábitat de Interés Comunitario Pinares Mediterráneos, se debe a la eliminación de la vegetación en los terrenos afectados por la apertura de la pista forestal. El efecto es negativo, directo, temporal y recuperable.

El efecto sobre la fauna se debe a las molestias ocasionadas por los trabajos de desmantelamiento y a la pérdida ocasional de hábitats por la eliminación de la vegetación. El efecto es negativo, directo, temporal y reversible.

El impacto sobre los sistemas naturales se evalúa como moderado, ya que el proyecto contempla la restauración inmediata de los terrenos con vegetación autóctona de la zona, una vez finalizadas las obras.

Riesgo de incendio forestal

La utilización de maquinaria y el aumento de la presencia antrópica incrementan el riesgo de incendio forestal, dado que los trabajos se realizarán en zonas boscosas. El efecto sobre el riesgo de incendio forestal es directo, negativo, temporal y reversible.

El impacto por riesgo de incendio se califica de moderado.

Generación de residuos

Durante las obras de desmantelamiento se generarán una gran cantidad de residuos metálicos, de caucho y de otros materiales que se deben gestionar adecuadamente. El efecto es negativo, directo, temporal a corto y recuperable. Por tanto, el impacto se califica de moderado.

Vulnerabilidad del proyecto / Accidentes o catástrofes naturales

El riesgo de catástrofes naturales y accidentes graves se considerará de baja probabilidad. La vulnerabilidad del proyecto frente a estas catástrofes es baja. El efecto en caso de accidente sería negativo, directo, temporal, de probabilidad baja y recuperable. El impacto se califica de moderado.

 

-8 Conclusiones

Una vez revisada la documentación presentada, así como los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, relativos a las características del proyecto, su ubicación y las características del impacto potencial, y a propuesta de la DGCCQA, la Ponencia Ambiental, en su sesión de 6 de julio de 2022, acuerda:

Primero: Aprobar el informe de impacto ambiental del Proyecto Demolición de la cinta e instalaciones de transporte de materias fuera de uso de la antigua cementera Sanson, en el término municipal de Sant Feliu de Llobregat, promovido por la empresa Cemex Operaciones España, SLU, i declarar la no aplicación del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Segundo: Informar que el Proyecto de Demolición de la cinta e instalaciones de transporte de materias fuera de uso de la antigua cementera Sanson debe tramitarse dentro del procedimiento de licencia de obras mayores que otorgue el Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat, y que no le son aplicables los documentos y trámites relativos a la evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Tercero: Es necesario que la licencia de obras mayores incorpore todas las medidas correctoras recogidas en la documentación aportada y las Prescripciones técnicas adicionales descritas en este informe, con el fin de minimizar los impactos durante el desarrollo de la actividad.

Cuarto: Publicar este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Quinto: Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat, al Parque de Collserola y a la empresa Cemex España Operaciones, SLU.

Prescripciones técnicas adicionales

La autorización sustantiva del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat (licencia de obras mayores) debe incorporar las siguientes prescripciones:

Prescripciones relativas a la protección de las aguas

Se deben tomar las medidas necesarias para no dañar ambientalmente la cabecera de la riera de La Salut, en el tramo que cruza la cinta transportadora.

Prescripciones relativas al Medio Natural

Los trabajos de derribo y desbroce de la vegetación que puedan afectar a las especies protegidas identificadas previamente en la zona de trabajo deben adecuarse temporalmente al período de nidificación.

No se debe trabajar en horario nocturno para evitar molestias a la fauna.

La tala de árboles y la apertura de nuevos viales en terreno forestal deben ser las imprescindibles para la realización de los trabajos. Deben ser autorizadas por la Sección Territorial de Bosques y Recursos Forestales. Los restos de tala, desbroce o cualquier otro material combustible deben retirarse.

Los trabajos de revegetación deben llevarse a cabo según el programa de restauración que establece la resolución de la Dirección General de Política Territorial de 22 de junio de 1988. Todas las especies utilizadas en la revegetación deben ser autóctonas de la Sierra de Collserola y adaptadas a las características ecológicas de los terrenos a restaurar. La densidad mínima de plantación de árboles y arbustos no podrá ser inferior a 1.000 pies/hectárea.

Se debe adecuar la entrada de la galería inferior de la nave intermedia para potenciar su uso futuro como refugio de murciélagos, y garantizarse las medidas de seguridad óptimas.

Una vez rellenada la nave intermedia, se debe habilitar en la parte superior una balsa temporal para potenciar la biodiversidad, reconduciendo las aguas de escorrentía de la plataforma situada por encima de la nave hacia la nueva balsa.

Prescripciones relativas a la prevención de incendios forestales

En todas las actuaciones realizadas con máquinas, sean automotrices o no, que utilicen materiales inflamables y que puedan ser generadoras de riesgo de incendio o de explosión, debe existir un extintor (tipo ABC) de 6 kg a menos de 5 m. La salida del tubo de escape de gases del generador debe disponer de una red matachispas con un paso máximo de 2-4 mm, la cual debe mantenerse en situación de buen uso y mantenimiento.

Prescripciones relativas a la prevención de incendios forestales

Se dispondrá a pie de obra de un grupo autónomo de extinción de incendios forestales, sea remolcado o transportado, que cumpla con los requisitos establecidos en la Orden de 2 de mayo de 1995, por la que se establecen actuaciones de control de características de la maquinaria y el material agrícola y forestal. Este grupo debe tener una capacidad mínima de 600 litros y estar dotado del vehículo adecuado para su utilización. Además, se equipará con el material de intervención necesario, incluyendo mangueras y lanzas, tal y como se detalla en la citada Orden, garantizando así una actuación inmediata en caso de emergencia.

Se debe alertar del riesgo de incendio forestal con carteles informativos en las zonas más cercanas a la masa forestal.

Dentro del período comprendido entre el 15 de marzo y el 15 de octubre, las actuaciones que utilicen fuego o que por la utilización de sopletes o similares generen chispas, requieren la autorización de la Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio.

Se prohíbe la realización de trabajos que generen restos vegetales entre el 15 de junio y el 15 de septiembre en los municipios considerados de alto riesgo de incendio forestal, tal y como se indica en el anexo 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales. No obstante, podrá solicitarse autorización expresa en los casos en que sea imprescindible llevar a cabo estos trabajos.

Durante el período comprendido entre el 16 de octubre y el 14 de marzo, se aplicarán las disposiciones previstas en la Orden MAB/62/2003, de 13 de febrero, por la que se desarrollan las medidas preventivas establecidas en el Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales. Esto incluye la obligación de comunicar a los órganos competentes cualquier actuación con fuego realizada a menos de 500 metros de terrenos forestales.

De acuerdo con el artículo 18 del Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales, el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural podrá adoptar medidas extraordinarias en casos de riesgo de incendio forestal.

De acuerdo con el artículo 18 del Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales, el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural podrá adoptar medidas extraordinarias en casos de riesgo de incendio forestal.

De acuerdo con los artículos 14.3 y 16.4 del Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales, los agentes rurales y otros agentes de la autoridad tendrán la facultad de establecer in situ medidas complementarias para mejorar la seguridad, así como de detener las actuaciones que se estén llevando a cabo.

Prescripciones relativas a la protección del patrimonio arqueológico y paleontológico

En el caso de descubrimiento de restos arqueológicos o paleontológicos, se debe cumplir lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, y el Decreto 78/2008, de 5 de marzo, del Reglamento de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico.

Prescripciones sobre la atmósfera

Durante el desmantelamiento, es necesario garantizar que no se pone en riesgo la población que pueda verse directamente afectada por el traslado de materiales, productos y residuos con camiones. Asimismo, deben establecerse las medidas preventivas necesarias para evitar la emisión de contaminantes al aire, de acuerdo con el Plan de actuación para la mejora de la calidad del aire por los entes locales.

En caso de episodio ambiental de contaminación, es necesario reforzar las medidas y acciones necesarias para evitar y prevenir la emisión de contaminantes a la atmósfera.

Fijar el horario de trabajo durante la ejecución de la obra en torno a las zonas urbanizadas, con un horario máximo comprendido entre las 8:00 y las 20:00 horas.

Ubicar el parque de maquinaria lo más alejado posible de las zonas habitadas.

Ajustar la emisión sonora de la maquinaria a las prescripciones de la Directiva 2000/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de mayo de 2000, que regula las emisiones sonoras en el entorno producidas por las máquinas de uso al aire libre, así como a las normas complementarias aplicables.

En caso de que se instale algún elemento de iluminación exterior, hay que cumplir con las prescripciones del anexo II del Decreto 190/2015, de 25 de agosto, de desarrollo la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno. En caso de instalar balizas luminosas, estas deben ser de luz roja fija.

Prescripciones sobre residuos

Los residuos generados durante el derribo deben separarse y transportarse a depósitos controlados. El promotor debe disponer de documentos de aceptación de los diferentes tipos de residuos por parte de gestores autorizados.

La utilización de restos de hormigón triturado para el relleno parcial de la nave intermedia se ajustará a lo establecido en el artículo 9 del Real decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Los materiales reciclados que se utilicen deben disponer del marcado CE y no pueden contener más de un 2 % de materiales impropios.

Cumplimiento de las prescripciones técnicas adicionales

Desmantelamiento de la cinta transportadora

El proyecto constructivo del desmantelamiento de la cinta transportadora, que debe incorporarse a la solicitud de licencia de obras mayores a presentar ante el Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat, debe incluir las prescripciones indicadas en el punto anterior y requiere el informe favorable del Órgano Gestor del Parque Natural de la Sierra de Collserola.

Informes periódicos

El promotor debe elaborar semestralmente un informe de cumplimiento de las prescripciones técnicas adicionales establecidas en el presente informe de impacto ambiental.

Este documento debe enviarse al Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat, al Órgano Gestor del Parque Natural de la Sierra de Collserola y a la DGCCQA, que pueden, si procede, proponer medidas adicionales de protección de los sistemas naturales.

Comisión de seguimiento

Se debe constituir una comisión de seguimiento de los trabajos de demolición de las estructuras de la actividad extractiva Sanson, formada por los siguientes organismos:

Dirección General de Cambio Climático y Calidad Ambiental, que debe ostentar su presidencia y la secretaría de la comisión.

Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat.

La empresa Cemex España Operaciones, SLU.

Entidad Gestora del Parque Natural de la Sierra de Collserola.

Cementos Molins Industrial, SAU.

La comisión debe reunirse semestralmente, y la sesión constitutiva debe convocarse en el plazo de un mes desde el otorgamiento de la licencia de obras mayores.

El funcionamiento de la comisión debe regirse por lo que establece el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

El promotor debe presentar a la comisión el informe indicado en el apartado de Informes periódicos.

La comisión podrá establecer, en su caso, medidas adicionales de protección del medio ambiente.

715370 {"title":"RESOLUCIÓN TER\/4282\/2024, de 27 de noviembre, por la que se hace público el Acuerdo de informe de impacto ambiental del Proyecto de demolición de las estructuras de la actividad extractiva Sanson, en el municipio de Sant Feliu de Llobregat.","published_date":"2024-12-05","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya.png","id":"715370"} catalunya Anuncios;Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica;DOGC;dogc 2024 nº 9305 https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2024-12-05/715370-resolucion-ter-4282-2024-27-noviembre-se-hace-publico-acuerdo-informe-impacto-ambiental-proyecto-demolicion-estructuras-actividad-extractiva-sanson-municipio-sant-feliu-llobregat https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.