RESOLUCIÓN IFE/4223/2024, de 27 de noviembre, de nombramiento de las señoras Cristina López González y Patricia María Ecuaga Gómez como personal eventual del Departamento de Igualdad y Feminismo.
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Visto lo que dispone el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (DOGC núm. 2509A, de 3.11.1997);
Visto el Decreto 2/2005, de 11 de enero, sobre el régimen jurídico del personal eventual de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 4300, de 13.1.2005);
Visto el Acuerdo GOV/87/2021, de 22 de junio, por el que se determina el número de puestos de trabajo reservados a personal eventual de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 8443, de 25.6.2021), modificado por el Acuerdo GOV/218/2022, de 2 de noviembre (DOGC núm. 8785, de 3.11.2022);
Visto el Decreto 134/2024, de 11 de agosto, por el que se nombran los consejeros y las consejeras de los departamentos de la Generalitat de Catalunya;
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de la Generalitat de Catalunya,
Resuelvo:
Nombrar a las señoras Cristina López González y Patricia María Ecuaga Gómez asesoras en políticas feministas y de igualdad de trato, con las obligaciones y los derechos inherentes al cargo.
Las funciones que corresponden a este puesto de trabajo son las siguientes:
a) Dar apoyo a la consejera en el análisis de las políticas feministas y de igualdad de trato.
b) Asesorar a la consejera en las políticas contra la discriminación, desde una perspectiva interseccional, en particular en las políticas contra el racismo, la perspectiva de género, la brecha salarial, el acoso sexual o el sexismo en el lenguaje.
c) Asesorar a la consejera en las políticas de erradicación de las violencias machistas, así como en la relación con las entidades vinculadas a este trabajo.
d) Asesorar a la consejera en el seguimiento y la interlocución con las organizaciones de la sociedad civil para implantar los planes de igualdad para alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y para eliminar la discriminación en razón de sexo en la empresa.
e) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.
Las retribuciones de estos puestos de trabajo son las correspondientes a un puesto de funcionario/a del grupo A, nivel de destino 27, con un complemento específico de 36.005,16 euros anuales, y jornada y horario de dedicación especial.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 27 de noviembre de 2024
P. d. (Resolución IFE/4348/2023, de 19 de diciembre, DOGC núm. 9067, de 27.12.2023)