RESOLUCIÓN TER/4128/20244, de 18 de noviembre, sobre la oferta pública de empleo de personal con carácter permanente del Instituto Catalán del Suelo para el año 2024.
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Exposición de motivos:
que en el año 2023 se han producido bajas de personal con vinculación de carácter fijo por causas como jubilación, excedencia sin reserva de puesto y extinciones de contrato de trabajo.
Dada la contención de plantilla llevada a cabo durante los últimos años, el Instituto cuenta con una plantilla por debajo de lo necesario para dar los servicios que ofrece, por lo que es urgente e inaplazable la cobertura de éstas vacantes para poder seguir manteniendo los niveles de productividad esperados y el óptimo servicio a la ciudadanía.
Marco legal:
El artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 regula la oferta pública de ocupación, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público. El límite porcentual de la tasa de reposición aplicable al año 2023 establecido por el Instituto Catalán del Suelo es del 110 por ciento.
En fecha 14 de noviembre de 2024, el Consejo de Administración del Instituto Catalán del Suelo, en sesión 13/2024, acordó, aprobar la oferta pública de ocupación de personal con carácter permanente para el año 2024 (16 plazas derivadas de la tasa de reposición) y facultar al director general del Instituto Catalán del Suelo para que pueda ejecutar esta oferta pública de ocupación, y publicarla en el DOGC.
En virtud de lo dispuesto anteriormente,
RESUELVO:
1. Ejecutar la oferta pública del Instituto Catalán del Suelo para el año 2024, de 16 puestos de trabajo que corresponden al 110 por ciento de la tasa ordinaria de reposición que establece la normativa legal expuesta, en los términos siguientes:
Puestos | Grupo Profesional |
9 | Especialista |
6 | Administrativo/va |
1 | Soporte Servicios |
1. Hacer pública la resolución del director general del Instituto Catalán del Suelo por la que se ejecuta la oferta pública de ocupación de personal con carácter permanente del Instituto, para el año 2024, aprobada por su Consejo de Administración, en fecha 14 de noviembre de 2024.
2. Esta resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a la publicación al Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.
3. Contra el Acuerdo anexo a esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de uno (1) mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer Recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de Reposición. De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, hay que interponer directamente Recurso contencioso-administrativo, conforme al que se establece en el artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se consideran pertinentes.
Barcelona, 18 de noviembre de 2024