RESOLUCIÓN PRE/4153/2024, de 19 de noviembre, de enmienda de la Resolución PRE/4030/2024, de 11 de noviembre, por la que se convoca el proceso de selección para proveer plazas en régimen de personal laboral fijo del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña (OOP2022-3).
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En fecha 15 de noviembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, (DOGC 9291), la Resolución PRE/4030/2024, de 11 de noviembre, por la cual se convoca el proceso de selección para proveer plazas en régimen de personal laboral fijo del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña (OOP2022-3).
En la mencionada Resolución, se ha detectado un error material en el anexo 2, Relación de puestos de trabajo convocatoria OOP2022-3, apartado o) Director/a de Área TIC con relación a la Dirección de dependencia del puesto de trabajo.
En lugar de la Dirección de Transformación y Productos Transversales, el puesto de trabajo de Director/a de Área TIC, con 2 plazas convocadas, depende de la Dirección de Ámbitos Sectoriales.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas establece que las administraciones públicas pueden rectificar, así mismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
En uso de las competencias que me atribuye el artículo 12 del Decreto 26/1999, de 9 de febrero, por el cual se aprueba el Estatuto del CTTI,
RESUELVO:
Primero: Enmendar el anexo 2 apartado o) Director/a de Área TIC con relación a la Dirección de dependencia del puesto de trabajo, de la Resolución PRE/4030/2024, de 11 de noviembre, publicada en el DOGC 9291 de fecha 15 de mayo.
Donde dice:
o) Director/a de Área TIC
2 plazas en la Dirección de Transformación y Productos Transversales (Grupo Profesional 0).
Tiene que decir:
o) Director/a de Área TIC
2 plazas en la Dirección de Ámbitos Sectoriales (Grupo Profesional 0).
Segundo. Publicar en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya esta resolución.
Contra esta Resolución se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Director gerente del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la publicación mencionada, de conformidad con los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente para la defensa de sus intereses
L'Hospitalet de Llobregat, 19 de noviembre de 2024
Xavier Milà i Vidal
Director gerente del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalitat de Cataluña