RESOLUCIÓN ACC/3732/2024, de 12 de junio, por la que se otorga a la empresa eDistribución Redes Digitales, SLU, la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la variante de la línea aérea de doble circuito 132 kV SE Buixalleu - SE Salt y SE Llinars - SE Salt, entre los soportes T.232 y T.237, en los términos municipales de Maçanet de la Selva y Sils (exp. FUE-2023-03526314).
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RELACIÓN DE HECHOS
1. El 31.10.2023 la empresa eDistribución Redes Digitales, SLU, con domicilio social en la Avenida Vilanova, 12, 08018 de Barcelona, ha solicitado ante estos Servicios Territoriales de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Girona, la aprobación del proyecto de ejecución variante línea aérea doble circuito 132 kV "SE Buixalleu - SE Salt" y "SE Llinars - SE Salt" entre los soportes T.232 y T237, en los términos municipales de Maçanet de la Selva y Sils.
2. En cumplimiento del trámite que establecen los artículos 131 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha enviado una copia de la separata a las Administraciones, Organismos o empresas de servicios públicos o servicios de interés general siguientes, a fin de que emitan el correspondiente informe, en la parte que la instalación pueda afectar en bienes y derechos a su cargo: Ayuntamiento de Maçanet de la Selva; Ayuntamiento de Sils; Adif, Ferrocarriles del Estado, Ministerio de Movilidad y Agenda Urbana; Subdirección General de Coordinación Urbanística, Servicios Territoriales de Urbanismo, Departamento de Territorio; eDistribución Redes Digitales, SLU; AESA, Ministerio de Movilidad y Agenda Urbana; Consell Comarcal de la Selva; Diputación de Girona; Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; Agencia Catalana del Agua, Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural; Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural; Oficina Territorial de Acción y Avaluación Ambiental, Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural; Protección Civil, Departamento de Interior; Servicios Territoriales de Carreteras, Departamento de Territorio; Sección de Seguridad Industrial, Automóviles, Metrología y Minas, Servicio de Empresa, Departamento de Empresa y Trabajo.
4. Durante los plazos otorgados se han presentado las siguientes alegaciones:
- La Agencia Catalana del Agua presenta informe en el cual indica que habrá que tramitar la previa y preceptiva autorización administrativa y prohíbe con carácter general cualquier contaminación o degradación del dominio público hidráulico. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifiesta su conformidad con el informe recibido.
- El Ayuntamiento de Maçanet de la Selva presenta informe favorable en el cual manifiesta su conformidad. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifiesta su conformidad con el informe recibido.
- El Ayuntamiento de Sils presenta informe favorable otorgando licencia de obras con condicionantes. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifiesta su conformidad con el informe recibido.
- El Servicio de Prevención de Incendios Forestales presenta informe favorable, a condición de que en las diversas fases de su desarrollo sean atendidas las medidas y condiciones establecidas en la prevención de incendios forestales y de riesgo de inundaciones, así como se informe a las personas de los riesgos en la zona ZIF. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifiesta su conformidad con el informe recibido.
- Los Servicios Territoriales de Carreteras presentan informe en el cual manifiestan que el proyecto se encuentra fuera de las zonas de actuación de la carretera GI-555. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifestando su conformidad con el informe recibido.
- El Servicio de Empresa del Departamento de Empresa y Trabajo presenta informe favorable. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifiesta su conformidad con el informe recibido.
- La Sección de Protección Civil del Departamento de Interior presenta informe favorable. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifiesta su conformidad con el informe recibido.
- La Sección de Seguridad Industrial, Automóviles, Metrología y Minas informa de que hay siete derechos mineros en los municipios afectados. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifiesta su conformidad con el informe recibido.
- La Diputación de Girona informa de que las actuaciones solicitadas no afectan a su competencia. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifiesta su conformidad con el informe recibido.
- La Oficina Territorial de Acción i Avaluación Ambiental del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural presenta informe favorable en el cual establecen condicionantes. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifiesta su conformidad con el informe recibido.
- eDistribución Redes Digitales, SLU, presenta informe favorable en el cual establece condicionantes. eDistribución Redes Digitales, SLU, manifiesta su conformidad con el informe recibido.
Durante los plazos otorgados, los siguientes organismos no han presentado alegaciones:
- ADIF - Ferrocarriles del Estado - Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana;
- Subdirección General de Coordinación Urbanística. Servicios Territoriales de Urbanismo. Departamento de Territorio;
- AESA. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana;
- Consell Comarcal de la Selva;
- Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Por lo cual, se entiende su conformidad con la instalación, de acuerdo con lo que establece el artículo 127.2, del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos administrativos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. La competencia para conocer este expediente y resolverlo se atribuye a la directora de los Servicios Territoriales en Girona, de acuerdo con aquello que establece el Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC nº 8769.ª, de 10 de octubre de 2022) y el Decreto 14/2024, de 16 de enero, de reestructuración del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (DOGC nº 9082, de 18 de enero de 2024), por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas en relación con la ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico.
2. Este expediente se ha promovido de acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de noviembre, del sector eléctrico, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, el RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos administrativos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad en el suministro eléctrico, el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas.
De acuerdo con los preceptos legales mencionados y los otros de aplicación,
RESUELVO:
1. Otorgar a la empresa eDistribución Redes Digitales, SLU, la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la variante de la línea aérea doble circuito 132 kV "SE Buixalleu - SE Salt" y "SE Llinars - SE Salt", entre los soportes T.232 y T.237, en los términos municipales de Maçanet de la Selva y Sils (expediente FUE-2023-03526314), con las características siguientes:
- Sistema: Corriente alterna trifásica
- Frecuencia: 50 Hz
- Tensión nominal (Uno): 130 kV
- Tensión más elevada de la red (Os): 123 kV
- Temperatura máxima conductor: 75 ºC
- Potencia admisible: 184,4 MVA
- Longitud reforma: 1.087,43 metros
- Número de Circuitos: 2
- Tipo de conductor: 402-AL1/52-ST1A (LA-455)
- Número de conductores por fase: 1
- Tipo de cable del suelo: OPGW 48
- Zona: A
- Tipo de aislamiento existente: Vidrio
- Tipo de aislamiento a instalar: Polimérico
- Tipo de soportes y material: Soportes metálicos de celos de acero galvanizado
- Número de soportes nuevos: 7 soportes
- Cimentaciones de soportes nuevos: cimentación monolítica y 4 patas
- Puestas a tierra: Anillo cerrado con picas.
Términos municipales afectados: Maçanet de la Selva y Sils
Presupuesto: 575.875 euros
Finalidad: Ejecución de una variante de la línea aérea doble circuito 132 kV "SE Buixalleu - SE Salt" y "SE Llinars - SE Salt", entre los soportes T.232 y T.237, a los términos municipales de Maçanet de la Selva y Sils.
Esta resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes mencionada y queda sometida a las condiciones especiales siguientes:
a) Las instalaciones se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa solicitando el 31.10.2023, firmado por el ingeniero industrial David Gavín Asso, colegiado número 15212 del COEIC, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente, y también de acuerdo con las reglamentaciones técnicas preceptivas.
b) La empresa titular será responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente. Se tendrán que cumplir las condiciones impuestas por los organismos oficiales.
c) El plazo para la construcción y la puesta en servicio de las instalaciones autorizadas será de dos años a contar desde el día siguiente de la notificación de esta Resolución.
d) Los Servicios Territoriales en Gerona podrán llevar a cabo, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias con respecto al cumplimiento de las condiciones de esta Resolución. Con esta finalidad, el peticionario comunicará a los Servicios Territoriales mencionados, con la antelación suficiente, la fecha de comienzo de las obras y su programación, las fechas en que se llevarán a cabo las pruebas y cualquier incidencia relevante.
e) La empresa enviará a los Servicios Territoriales en Gerona el certificado final de obra, firmado por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y que se han cumplido las normas y los reglamentos de aplicación. A este certificado se tiene que adjuntar las actas de las pruebas y los controles reglamentarios.
f) La empresa asegurará el mantenimiento correcto y la vigilancia de las instalaciones durante su construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que se cumplan las condiciones reglamentarias de seguridad.
g) La Administración podrá dejar sin efecto esta autorización en caso de incumplimiento de las condiciones indicadas, de facilitar datos inexactos o por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.
h) Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o las licencias competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la directora de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Girona o ante el órgano superior jerárquico, la directora general de Energía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación de esta Resolución, según el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio que se pueda interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere procedente.
Girona, 12 de junio de 2024
Elisabet Sánchez Sala
Directora de los Servicios Territoriales en Girona