RESOLUCIÓN DSI/3680/2024, de 11 de octubre, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Derechos Sociales e Inclusión en la persona titular del Departamento de Igualdad y Feminismo y en la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Igualdad y Feminismo.

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El Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, atribuyó al Departamento de Igualdad y Feminismos varias competencias, entre las cuales está la competencia en las políticas de migraciones, refugio y ciudadanía.

El Decreto 133/2024, de 11 de agosto, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, modificado por el Decreto 362/2024, de 30 de septiembre, deroga el Decreto 184/2022, de 10 de octubre, y atribuye al Departamento de Derechos Sociales e Inclusión la competencia en las políticas de migraciones, refugio y ciudadanía.

Visto que, en fecha 5 de julio de 2022, se firmó el Acuerdo marco 2022-2025 de coordinación, cooperación y colaboración entre el Departamento de Igualdad y Feminismos, el Instituto Catalán de las Mujeres, la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas, la Federación de Municipios de Cataluña y la Asociación de Micropueblos de Cataluña, para ejecutar políticas de promoción de la igualdad y los feminismos, con vigencia desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2025;

Considerando que el acuerdo tercero del mencionado Acuerdo marco, en el apartado relativo a la bilateralidad, indica que la Generalitat de Catalunya, mediante el Departamento de Igualdad y Feminismos y el Instituto Catalán de las Mujeres, firmará un convenio específico con cada ayuntamiento de más de 20.000 habitantes y todos los consejos comarcales de Cataluña que estén interesados;

A raíz de la firma de estos convenios específicos, se efectúan transferencias de créditos con carácter anual a los entes locales con los que se formalizaron los convenios. Estas transferencias incluyen varias actuaciones. En concreto, el anexo 3 de los convenios específicos detalla actuaciones del servicio de migraciones, acogida y vida digna compartida, materia competencial que actualmente se atribuye al Departamento de Derechos Sociales e Inclusión.

La disposición adicional segunda del Decreto 320/2024, de 17 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Derechos Sociales e Inclusión, establece que la competencia en materia de antirracismo se atribuye al Departamento de Igualdad y Feminismo, en virtud de lo que prevén los apartados 1 y 4 del artículo 3.10 del Decreto 133/2024, de 11 de agosto.

Visto que hasta el 31 de diciembre de 2024 los créditos presupuestarios destinados a las políticas de migraciones y refugio continuarán en el presupuesto del Departamento de Igualdad y Feminismo, este Departamento será quien fiscalizará y contabilizará los documentos contables en este período transitorio.

Considerando que la Resolución IFE/4348/2023, de 19 de diciembre, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Igualdad y Feminismos en las personas titulares de varios órganos del Departamento, delega en la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Igualdad y Feminismo la firma de convenios y protocolos de este Departamento hasta un importe de 300.000 euros, siempre que no afecten directamente a las relaciones con órganos constitucionales o estatutarios, sin perjuicio de las facultades delegadas en el titular de la Dirección de Servicios (punto 1.4), y la autorización del gasto correspondiente en relación con las competencias delegadas (punto 1.2.b);

Considerando que el artículo 8 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, disponen que los órganos de las diferentes administraciones públicas pueden delegar el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas en otros órganos de la propia Administración;

 

Resuelvo:

 

—1 Delegar en la persona titular del Departamento de Igualdad y Feminismo el ejercicio de las siguientes competencias:

a) Aprobar y autorizar los gastos de un importe superior a 300.000 euros derivados del anexo 3, sobre el servicio de migraciones, acogida y vida digna compartida, de los convenios interadministrativos de colaboración entre la Generalitat de Catalunya y los entes locales firmados en aplicación del Acuerdo marco 2022-2025 de coordinación, cooperación y colaboración entre el Departamento de Igualdad y Feminismos, el Instituto Catalán de las Mujeres, la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas, la Federación de Municipios de Cataluña y la Asociación de Micropueblos de Cataluña, para ejecutar políticas de promoción de la igualdad y los feminismos, correspondientes al ejercicio 2024.

b) Incoar y resolver los procedimientos de reintegros de las transferencias de un importe superior a 300.000 euros derivadas del anexo 3, sobre el servicio de migraciones, acogida y vida digna compartida, de los convenios interadministrativos de colaboración entre la Generalitat de Catalunya y los entes locales firmados en aplicación del Acuerdo marco 2022-2025 de coordinación, cooperación y colaboración entre el Departamento de Igualdad y Feminismos, el Instituto Catalán de las Mujeres, la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas, la Federación de Municipios de Cataluña y la Asociación de Micropueblos de Cataluña, para ejecutar políticas de promoción de la igualdad y los feminismos, correspondientes al ejercicio 2024.

 

—2 Delegar en la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Igualdad y Feminismo el ejercicio de las siguientes competencias:

a) Aprobar y autorizar los gastos de un importe igual o inferior a 300.000 euros derivados del anexo 3, sobre el servicio de migraciones, acogida y vida digna compartida, de los convenios interadministrativos de colaboración entre la Generalitat de Catalunya y los entes locales firmados en aplicación del Acuerdo marco 2022-2025 de coordinación, cooperación y colaboración entre el Departamento de Igualdad y Feminismos, el Instituto Catalán de las Mujeres, la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas, la Federación de Municipios de Cataluña y la Asociación de Micropueblos de Cataluña, para ejecutar políticas de promoción de la igualdad y los feminismos, correspondientes al ejercicio 2024.

b) Incoar y resolver los procedimientos de reintegros de las transferencias de un importe igual o inferior a 300.000 euros derivadas del anexo 3, sobre el servicio de migraciones, acogida y vida digna compartida, de los convenios interadministrativos de colaboración entre la Generalitat de Catalunya y los entes locales firmados en aplicación del Acuerdo marco 2022-2025 de coordinación, cooperación y colaboración entre el Departamento de Igualdad y Feminismos, el Instituto Catalán de las Mujeres, la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas, la Federación de Municipios de Cataluña y la Asociación de Micropueblos de Cataluña, para ejecutar políticas de promoción de la igualdad y los feminismos, correspondientes al ejercicio 2024.

 

—3 Estas delegaciones de competencia serán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024.

 

—4 Los actos dictados por delegación deben ajustarse al artículo 8 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

 

—5 Esta Resolución produce efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

 

Barcelona, 11 de octubre de 2024

 

 

Mónica Martínez Bravo

Consejera de Derechos Sociales e Inclusión

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