RESOLUCIÓN ECF/3570/2024, de 3 de octubre, por la que se da publicidad a la parte dispositiva de la Resolución de 2 de octubre de 2024, por la que se acuerda la apertura del periodo de información pública para dar a conocer el proyecto de escisión del ramo de actividad asistencial, dado que el punto tercero de la Resolución de 2 de octubre de 2024 establece dar publicidad a su parte dispositiva, por Mutuam, Mutualitat de Previsió Social a Quota Fixa, en favor de una fundación de nueva constitución, denominada Fundació Privada Assistencial Mutuam.
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Vista la Resolución de la Dirección General de Política Financiera, Seguros y Tesoro de 2 de octubre 2024, por la que se acuerda la apertura del periodo de información pública para dar a conocer el proyecto de escisión del ramo de actividad asistencial desarrollada por Mutuam, Mutualitat de Previsió Social a Quota Fixa, en favor de una fundación de nueva constitución denominada Fundació Privada Assistencial Mutuam;
Dado que el punto tercero de la Resolución de 2 de octubre de 2024 establece dar publicidad a su parte dispositiva,
Resuelvo:
Dar publicidad a la parte dispositiva de la Resolución de 2 de octubre de 2024, que transcrita literalmente es:
Primero. Abrir un período de información pública con el fin de que el tomador o la tomadora de un contrato de seguro con Mutuam, Mutualitat de Previsió Social a Quota Fixa, pueda examinar el proyecto de escisión del ramo de actividad asistencial desarrollada por esta entidad aseguradora, en favor de una fundación de nueva constitución denominada Fundació Privada Assistencial Mutuam, que se está tramitando en esta Dirección General (calle del Foc, 57, de Barcelona ,08038), al que podrá acceder presencialmente con cita previa concertada, llamando al teléfono 938 875 280 o mediante el Tablero electrónico, con el fin de que, durante el periodo de veinte días hábiles, a contar desde al día siguiente al de la última publicación del anuncio que aparezca en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la plataforma electrónica Tablero de anuncios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, pueda exponer las razones que tenga en el caso de estar disconforme con la operación de escisión parcial mencionada.
Los escritos donde figuren los motivos de disconformidad con la operación de escisión parcial mencionada se pueden presentar en la sede de esta Dirección General o bien telemáticamente mediante el formulario del trámite petición genérica, de Trámites Gencat. En el motivo del formulario de la petición se debe indicar: a) que el asunto es "Razones de disconformidad con el proyecto de escisión de la actividad asistencial de Mutuam", Mutualitat de Previsió Social a Quota Fixa, en favor de la fundación de nueva constitución denominada Fundació Privada Assistencial Mutuam, y b) que se dirige al Departamento de Economía y Finanzas, indicando como tema: "economía", y como subtema: "seguros".
Estos escritos también se pueden presentar en cualquier registro de los previstos por el artículo 16.4 de la Ley estatal 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones públicas.
Segundo. Autorizar a las entidades participantes en la referida operación de escisión de la actividad asistencial de Mutuam, Mutualitat de Previsió Social a Quota Fixa, en favor de la fundación de nueva constitución denominada Fundació Privada Assistencial Mutuam, para publicar dos anuncios. Uno de los anuncios se debe publicar en un diario de noticias generales de gran difusión en la provincia de Barcelona, i el otro, en un diario de noticias generales de difusión en todo el territorio de Cataluña, para dar a conocer el proyecto de escisión parcial, señalando la forma mediante la cual sus tomadores o tomadoras de un contrato de seguros podrán examinar el proyecto de escisión del ramo de actividad asistencial desarrollada por esta entidad aseguradora en favor de la fundación denominada Fundació Privada Assistencial Mutuam, figurando en los anuncios la advertencia de su derecho a comunicar a esta Dirección General, en el plazo de un mes desde la última publicación del anuncio aludido, las razones que, si procede, tengan para estar disconformes con la citada operación.
Tercero. Ordenar la publicación del citado anuncio, primero, en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la plataforma electrónica Tablero de anuncios de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
Notificar esta Resolución a las personas interesadas en este procedimiento haciéndoles saber que no agota la vía administrativa y que en contra se puede interponer, en vista de lo que establece el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y de conformidad con lo que prevén el artículo 112 y concordantes de la Ley estatal 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, recurso de alzada ante la consejera de Economía y Finanzas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de su notificación en la forma prevista en los artículos 30 y concurrentes de la misma Ley estatal 39/2015. No obstante, podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Barcelona, 3 de octubre de 2024
Josep M. Sánchez Pascual
Director general de Política Financiera, Seguros y Tesoro