RESOLUCIÓN INT/3515/2024, de 30 de septiembre, por la que se da publicidad al encargo de gestión entre el Departamento de Interior y Seguridad Pública y el Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña para la elaboración e implementación de un plan de mantenimiento físico para las personas miembros de la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra.

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El 15 de julio de 2024 se suscribió el encargo de gestión entre el Departamento de Interior y Seguridad Pública y el Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC) para la elaboración e implementación de un plan de mantenimiento físico para las personas miembros de la Policía de la Generalitat-Mossos d'Esquadra.

De acuerdo con el artículo 10.3 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y con el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, el encargo de gestión debe publicarse íntegramente en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya para alcanzar su eficacia.

Por todo esto,
 
Resuelvo:
 

Dar publicidad al encargo de gestión entre el Departamento de Interior y Seguridad Pública y el Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC) que se transcribe en el anexo.

 

Barcelona, 30 de septiembre de 2024

 
Tomás Carrión Bernal
Secretario general
 
 
Anexo

Encargo de gestión entre el Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya y el Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC) para la elaboración e implementación de un plan de mantenimiento físico para las personas miembros de la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra.

 
REUNIDOS

De una parte, el señor Joan Ignasi Elena i Garcia, consejero de Interior de la Generalitat de Catalunya, nombrado por el Decreto 22/2021, de 26 de mayo, por el cual se nombran el vicepresidente del Gobierno y los consejeros y las consejeras de los departamentos de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 8418A, de 26.5.2021), en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12.a) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

De la otra, el señor Eduard Inglés Yuba, director del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC), que actúa en nombre y representación de este organismo, en virtud del apartado 1.b) de la Resolución PRE/1055/2023, de 28 de marzo, por la cual se da publicidad al acuerdo adoptado por el Consejo Rector del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña en materia de delegación de competencias (DOGC nº 8890, de 5.4.2023).

Las dos partes se reconocen plena y mutua capacidad legal para obligarse, y en especial para este acto, en el cual

 
MANIFIESTAN

1. Que son competencia del Departamento de Interior de la Administración de la Generalitat de Catalunya las funciones relacionadas con la seguridad ciudadana, de conformidad con el Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, modificado por el Decreto 258/2022, de 24 de octubre, y por el Decreto 134/2023, de 6 de julio, y con el Decreto 57/2023, de 21 de marzo, de reestructuración de la Dirección General de la Policía.

De acuerdo con el artículo 44.1 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra, el departamento competente en materia de policía tiene que velar para que las personas miembros del cuerpo de Mossos d'Esquadra mantengan las aptitudes psicofísicas necesarias para el ejercicio de sus funciones. A este efecto, las personas miembros se tienen que someter a los exámenes que se determinen con el fin de garantizar su aptitud psicofísica.

2. Que el INEFC es un organismo autónomo de carácter administrativo de la Generalitat de Catalunya adscrito al Departamento de la Presidencia mediante la Secretaría General del Deporte y de la Actividad Física. Conjuntamente con el Consejo Catalán del Deporte y el Centro de Alto Rendimiento de Cataluña, configuran los tres organismos de que dispone a la Generalitat para desarrollar su política deportiva.

Como centro de enseñanza superior, las funciones principales del INEFC son la formación, especialización y perfeccionamiento de las y los profesionales de la actividad física y el deporte, así como la investigación científica y su divulgación en este ámbito, y se erige en el principal centro de formación universitaria e investigación en el ámbito de las ciencias de la actividad física y el deporte a escala nacional, así como en un centro de referencia a escala internacional. Sus centros académicos están adscritos a las universidades de Barcelona y de Lleida.

3. Que, de acuerdo con los artículos 10 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos, los organismos o las entidades públicas puede ser encargada a otros órganos, organismos o entidades públicas de la misma administración o de otra de diferente, por razones de eficacia o cuando no se disponga de los medios técnicos idóneos para llevarla a cabo, sin que eso suponga cesión de la titularidad de la competencia. Los encargos de gestión no pueden tener por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la legislación de contratos del sector público.

El artículo 6.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la cual se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, prevé que quedan excluidos del ámbito de esta Ley los encargos de gestión que regula la legislación vigente en materia de régimen jurídico del sector público.

4. Que, de acuerdo con el apartado 6 del artículo 10 de la Ley 26/2010, mencionada anteriormente, el órgano, organismo o entidad pública que recibe el encargo lo puede gestionar directamente o por los medios que establecen la legislación de contratos del sector público y, si procede, la normativa de régimen local.

 

Por todo el expuesto, es voluntad de las partes formalizar este encargo de gestión, que se rige por las siguientes

 
CLÁUSULAS
 
Primera. Objeto

El Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya encarga al Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC, en adelante) la elaboración e implementación de un Plan de mantenimiento físico para las personas miembros de la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra, encargo que comprende las tareas siguientes:

- Fase I: Diseño

Identificar de manera concreta las necesidades físicas específicas que requieren las tareas físicas desarrolladas por las diferentes unidades del cuerpo, priorizando aquellos colectivos o especialidades que determine la Dirección General de la Policía.

- Fase II. Prueba piloto

Una vez identificadas las necesidades, traducirlas en patrones motrices analizables que tienen que poder ser objetivados. Para la objetivación se diseñan un conjunto de test físicos específicos, en formato de batería, que requerirán una instrumentación (alguna creada ad-hoc) que permita el registro objetivo de datos. Proceso de recogida de resultados que tiene que ser validado tanto externamente, en personas no miembros del cuerpo de Mossos d'Esquadra (CME), como internamiento, en personas miembros del cuerpo.

- Fase III. Valoración

Valoración de la condición física relevante para las especializaciones profesionales del CME, en una muestra representativa de 2.500 personas.

Se trata de una recogida de datos estratificada a gran escala, que permitirá establecer objetivamente unos baremos para considerar el estado óptimo de la condición física para cada especialización profesional, edad y sexo, y se podrán incluir otras variables que el CME pueda considerar relevantes (región policial, profesiograma, tareas, etc.).

- Fase IV. Plan de mantenimiento físico

Con los datos obtenidos, se procederá a su análisis estadístico, para poder establecer unos baremos de acuerdo con las variables de edad, género, puesto de trabajo y otros que se consideren de interés, con los cuales proponer un conjunto de programas de entrenamiento que ayuden al colectivo de personas miembros del CME a mantener y, si procede, mejorar la condición física y, en último término, a prevenir aquellas lesiones de más prevalencia en determinadas especialidades profesionales.

Se adjunta como anexo 1 el Plan de trabajo elaborado por el INEFC.

 

Segunda. Obligaciones de las partes

En el marco de esta colaboración, el INEFC destinará al personal, con la capacitación profesional y la formación adecuadas, y los recursos materiales necesarios para alcanzar los objetivos previstos.

Son compromisos que asume el INEFC como justificaciones del trabajo realizado según las diferentes fases:

- Entrega del diseño de las pruebas en el cual se incluirá el detalle del test, como un primer patrón de los instrumentos de medida.

- Entrega de los resultados de los profesiogramas y la validación de la batería de pruebas.

- Informe final que incluirá los resultados de las valoraciones de los 2.500 efectivos, junto con las herramientas y el software diseñados para hacerlo.

El Departamento de Interior se compromete a:

- Facilitar el listado de efectivos y convocarlos a las correspondientes evaluaciones según el calendario que se pacte. Se calculan entre 180-200 efectivos al día repartidos en franjas de 30 efectivos por hora. Total, de días previstos: 15. Toda esta logística, incluido el transporte, irá a cargo de la Dirección General de la Policía.

- Facilitar la base de datos seudonimizada de los efectivos incluidos en el programa. Para facilitar esta seudonimización, la base de datos incluirá el nº de placa, vinculada al género, edad y especialidad. Esta identificación interna es imprescindible para hacer una buena trazabilidad de la realización de los test y análisis de datos.

- Elaborar y llevar a cabo la campaña de comunicación al colectivo de personas miembros del CME, en la cual también participará el INEFC.

- Efectuar los pagos previstos en la cláusula tercera en concepto de compensación por los costes asumidos por el INEFC en el desarrollo de este encargo.

 
Tercera. Régimen económico

El Departamento de Interior abonará en el INEFC la cantidad de 336.398,91 €, de acuerdo con los costes de cada fase desglosados en el presupuesto de la elaboración e implementación de un Plan de mantenimiento físico para las personas miembros de la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra, elaborado por el INEFC el día 11 de diciembre de 2023. Este importe no se encuentra sujeto a IVA en virtud de lo que dispone el artículo 7.8 d) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto del valor añadido. Los conceptos y los importes previstos en el presupuesto son los siguientes:

a) Tareas de coordinación: 30.540 €

Dirección del proyecto: 6.000 €

Coordinación técnica: 15.000 €
Gestión administrativa: 4.500 €

Tareas logísticas de coordinación: 5.040 €

b) Fase I - Incubación y diseño: 19.602 €

Incluye las tareas siguientes:

Entrevista a 30 efectivos: 7.986 €

Diseño pruebas: 8.712 €

Reunión grupos de expertos: 2.904 €

c) Fase II - Prueba piloto: 68.970 €

Incluye las tareas siguientes:

Diseño y creación herramientas y software: 54.450 €

Validación herramientas de valoración: 5.687 €

Formación técnicos: 1.815 €

Comprobación de los test 1 (estudiantes INEFC): 1.452 €

Comprobación de los test 2 (efectivos Mossos): 4.356 €

Ambulancia validación: 1.210 €

d) Fase III - Valoración (2.500 efectivos): 88.626,45 €

Incluye:

Recursos humanos necesarios: 52.272 €

Desplazamientos: 2.178 €

Supervisión técnica implementación: 7.260 €

Gestión y recogida de datos: 10.890 €

Dietas: 2.413 €

Contratación de ambulancias: 13.612 €

e) Material (fungibles): 13.589,46 €

Pequeño material para realizar test: 13.589,46 €

f) Informe técnico: 28.677 €

Incluye:

Análisis base de datos: 10.890 €

Redacción informe final: 10.527 €

Participación expertos: 7.260 €

g) Fase IV - Programa de implementación (1 año natural): 86.394 €

Incluye:

Diseño batería de ejercicios para las tres unidades: 8.712 €

Crear fichas de los ejercicios (descripción, imagen y vídeo): 1.452 €

Edición de material: 3.630 €

Confección de PEFIs: 17.424 €

Sesiones en línea mañana: 14.520 €

Sesiones tarde: 14.520 €

Técnico de análisis y seguimiento: 26.136 €

El importe de cada fase se pagará de forma individualizada e irá a cargo de la partida presupuestaria IT04 D/227001300/2210/0000.

El pago del importe correspondiente a cada fase se hará contra facturas emitidas por el INEFC una vez finalizada cada fase. El ingreso se efectuará en la cuenta de ingresos del INEFC, IBAN ES98 2100 5000 5302 0023 0860. Las facturas se emitirán antes de que finalice el año, durante el ejercicio 2024.

La forma de determinar estos importes consta explicitada en la memoria económica elaborada por la Dirección General de la Policía, que forma parte del expediente.

 

Cuarta. Protección de datos de carácter personal y confidencialidad

Los signatarios del encargo de gestión se obligan al cumplimiento de aquello establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por la cual se deroga la Directiva 95/46/CE, de ahora en adelante RGPD, y a la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, en relación con los datos personales en los cuales tengan acceso durante la vigencia de este encargo de gestión.

El INEFC tendrá la consideración de encargado del tratamiento del Departamento de Interior. A tal efecto, de acuerdo con el artículo 28.3 del RGPD, se incluye en anexo a este convenio el acuerdo de encargo de tratamiento, que vincula al encargado respecto del responsable y establece el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, así como el tipo de datos tratados, las categorías de las personas interesadas y los derechos y obligaciones del responsable.

Se incorpora como anexo 2 el acuerdo de encargo de tratamiento.

 
Quinta. Vigencia

Este encargo de gestión produce efectos desde su publicación en el DOGC y será vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.

El encargo se puede prorrogar anualmente por un periodo máximo de cuatro años, siempre que las partes lo manifiesten unánimemente antes de que finalice su vigencia.

Si durante la vigencia del encargo se tiene que ampliar o reducir el alcance de los recursos, esta modificación se hará mediante una adenda.

 
Sexta. Causas de resolución

Este encargo de gestión puede dejarse sin efecto, de manera anticipada, cuando se dé una de las causas siguientes:

a) Por acuerdo unánime de las partes.

b) Por la voluntad de cualquiera de las partes, formalizada con un preaviso por escrito, como mínimo, de dos meses.

c) Por el incumplimiento, por cualquiera de las partes, de las obligaciones y compromisos contraídos.

d) Por la imposibilidad sobrevenida, legal o material, de llevar a cabo el objeto.

e) Por cualquier otra causa prevista en la normativa.

La resolución del encargo no impedirá la necesidad de finalizar los trabajos que ya se hayan iniciado dentro de los plazos establecidos en el correspondiente plan de trabajo, así como la obligación de abonar aquellas tareas realizadas y entregadas a satisfacción del Departamento de Interior.

 

Séptima. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del encargo de gestión

Las partes acuerdan la constitución de una Comisión de Seguimiento paritaria, integrada por dos representantes de la Dirección General de la Policía y dos del INEFC, que tiene que velar por el seguimiento y evaluación de la ejecución de este encargo, así como para resolver todas las cuestiones que se puedan plantear.

La Comisión se reunirá cuando se considere necesario, a instancia de cualquiera de las partes y, en todo caso, como mínimo dos veces al año, con el fin de realizar una revisión global conjunta y establecer los términos de cumplimiento del encargo de gestión.

La Comisión de Seguimiento tiene que determinar sus normas de funcionamiento y, en defecto de estas, se regirá por lo que establece la normativa vigente en materia de órganos colegiados.

 
Octava. Resolución de controversias

Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, efectos, resolución o incumplimiento de las obligaciones que se derivan del presente encargo de gestión se resolverán a la Comisión de Seguimiento bajo los criterios de buena fe y de colaboración mutua.

Las cuestiones que no se hayan podido dirimir en la Comisión de Seguimiento se someterán a la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Novena. Naturaleza y régimen jurídico

Este encargo de gestión tiene naturaleza administrativa y está excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la cual se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Se regirá por sus cláusulas; por la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; por la Ley 40/2015, de 1 octubre, de régimen jurídico del sector público; por la normativa sectorial correspondiente y también por las normas generales del derecho administrativo, y los principios de buena administración y del ordenamiento jurídico en general.

 
Décima. Publicidad

De acuerdo con lo que dispone el artículo 10.3 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, en concordancia con el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, este encargo de gestión se tiene que publicar en el DOGC.

Asimismo, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 14 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se tienen que llevar a cabo los trámites necesarios con el fin de publicar este encargo en la web del Registro de convenios de colaboración y cooperación de la Generalitat, el cual es accesible desde el Portal de la Transparencia

 

Y, como prueba de conformidad, las partes intervinientes firman electrónicamente este documento.

 
El consejero de Interior
 

Por delegación (Resolución PRE/1055/2023, de 28 de marzo, DOGC núm. 8890, de 5.4.2023)

El director del INEFC
 
 
Anexo 1.
Plan de trabajo
 

DISEÑO DE UNA INTERVENCIÓN PARA VALORAR INDICADORES DE CONDICIÓN FÍSICA RELEVANTES PARA LAS FUNCIONES LABORALES DEL CUERPO DE MOSSOS D'ESQUADRA

 
AUTORÍA

Sergi Matas Garcia (coordinador) Estela Inés Farías Torbidoni

Sebastià Masía Alòs Xavier Peirau Terés Antoni Planas Anzano

Lleida, diciembre de 2021
www.inefc.cat

El informe Diseño de una intervención para valorar indicadores de condición física relevantes para las funciones laborales del cuerpo de Mossos d'Esquadra ha sido financiado por la Dirección General de la Policía - Mossos d'Esquadra. El contenido de esta publicación representa las opiniones de los autores y autora exclusivamente y es su responsabilidad, no se puede considerar que refleje la opinión de la Dirección General de la Policía - Mossos d'Esquadra.

Se autoriza la reproducción siempre que se cite la fuente:

Matas Garcia, S. (coord), Farías-Torbidoni, E. I., Mas-Alòs, S., Peirau-Terés, X., y Planas-Anzano, A. (2021). Diseño de una intervención para valorar indicadores de condición física relevantes para las funciones laborales del cuerpo de Mossos d'Esquadra. Lleida: Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña y Fundación Universidad de Lleida.

 
INTRODUCCIÓN
JUSTIFICACIÓN TEÓRICA

CUERPOS DE SEGURIDAD Y CONDICIÓN FÍSICA

EQUIPO DE TRABAJO
FASES DE LA INTERVENCIÓN
OBJETIVOS

FASE Y. DISEÑO DE UNA INTERVENCIÓN PARA VALORAR INDICADORES DE CONDICIÓN FÍSICA RELEVANTES PARA LAS FUNCIONES LABORALES DEL CUERPO DE MOSSOS D'ESQUADRA

PERFILES PROFESIONALES DE MIEMBROS DEL CME

PROFESIOGRAMAS

APLICACIÓN DE LOS PROFESIOGRAMAS EN EL CME

INDICADORES DE ANÁLISIS DE LOS PROFESIOGRAMAS

PROPUESTA DE VALORACIONES / EVALUACIONES

METODOLOGÍA DE IMPLEMENTACIÓN
FASE II. PRUEBA PILOTO
ÁREA GEOGRÁFICA

PARTICIPANTES A LA PRUEBA PILOTO

APLICACIÓN DE LOS PROFESIOGRAMAS

TEMPORALIDAD DE LA PRUEBA PILOTO

FASE III. VALORACIÓN DE LA CONDICIÓN FÍSICA EN UNA MUESTRA REPRESENTATIVA DEL CME

FASE IV PROPUESTA DE PLAN DE MANTENIMIENTO FÍSICO

ESTRUCTURA DEL PROGRAMA
EJERCICIOS DE ENTRENAMIENTO
PLANIFICACIÓN DEL ENTRENAMIENTO

PROGRESIÓN DE LAS CARGAS DE ENTRENAMIENTO

ESTRUCTURA DE LA SESIÓN

VARIACIONES EN EL PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO

PERIODOS DE VACACIONES
IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA
ANEXAS
A. PROFESIOGRAMA
 
 
INTRODUCCIÓN
 
JUSTIFICACIÓN TEÓRICA

La condición física o forma física se define como el nivel de energía (vitalidad) y el conjunto de atributos que permite a las personas llevar a cabo las tareas diarias habituales, responder con eficiencia en frente de un determinado compromiso motor, disfrutar del tiempo de ocio activo y afrontar las emergencias imprevistas sin fatiga excesiva está directamente relacionada con la salud (Departamento de Salud. Generalitat de Catalunya, 2007). Esta relación con la salud es manifiesta en la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles (como las relacionadas con el sistema cardiovascular, respiratorio o metabólico) o de trastornos músculo- esqueléticos (debidos tanto por el hipocinetismo como por sobrecargas), entre otros, cuando los niveles de capacidad aeróbica o de fuerza muscular de una persona son bajos.

En la Declaración de Luxemburgo de 1997, asumida por todos los estados miembros de la Unión Europea y actualizada el año 2007 (European Network for Workplace Health Promotion, 2007), se acordó la promoción de la salud al puesto de trabajo. La Unión Europea propuso el año 2008 las directrices de actividad física para promover la salud (European Commission, 2008) especificando un apartado para fomentar la salud en el puesto de trabajo.

Concretamente la directriz 33 sugiere propuestas concretas como:

- Acceso a instalaciones interiores y exteriores para hacer ejercicio.

- Disponibilidad de un profesional de la actividad física tanto para ejercicios conjuntos como para dar consejos personalizados.

- Si las tareas laborales son monótonas o pesadas hasta el punto de implicar un mayor riesgo de problemas músculo-esqueléticos hay que proporcionar acceso a ejercicios diseñados específicamente para contrarrestar estos problemas.

El año 2016 el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) reconoce las empresas saludables como aquellas que mejoran la salud y el bienestar de sus trabajadores y trabajadoras. No basta con cumplir la ley de prevención de riesgos laborales, sino que hay que incluir el bienestar y la salud de las personas trabajadoras como parte fundamental de la política de la empresa. En el ámbito catalán, el Plan Interdepartamental de Salud Pública de la Generalitat de Catalunya (PINSAPO) fomenta la aplicación de iniciativas dirigidas a la promoción y la prevención de la salud en todos los Departamentos de la Generalitat y otras administraciones, lo que se denomina Salud en todas las políticas (Health-in-all-policies) (Generalitat de Catalunya & Agencia de Salud Pública de Cataluña, 2014). Se ha comprobado una relación directa entre la puesta en marcha de programas de salud en la empresa y el aumento de productividad de las personas trabajadoras, la disminución del absentismo laboral y, consiguientemente, la reducción de costes en sanidad (Anderko, et al. 2012).

El INSHT dictaminó que en el estado español el 82% de las bajas laborales totales de entre 44 y 55 años fueron debidas a trastornos músculo-esqueléticos, siendo el sobreesfuerzo el más común. Los trastornos osteo-musculares, los traumatismos y las enfermedades respiratorias fueron las principales causas de incapacidad laboral (Martínez-López & Saldarriaga-Franco, 2008). La VII Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo publicada por INSHT (Almodóvar Molina, et al. 2012) muestra que la demanda física en el trabajo es la que más se relaciona con trastornos músculo-esqueléticos, siendo los movimientos repetitivos de manos y brazos los que más afectan a las personas trabajadoras (59%).

De manera global se reconocen los efectos positivos para el entorno laboral de la actividad física pero la falta de cumplimiento de programas y, por extensión, valorar su eficacia es una tarea difícil de evaluar (Próximo, et al. 2002). Otro aspecto relevante es la incorporación de la persona trabajadora después de una baja laboral. Mallorquín y Costa (Mallorquín Ayach & Costa Pino, 2014) resaltan la necesidad de recuperar la condición física para desarrollar las mismas tareas que antes. Por eso proponen un "ejercicio laboral" y la necesidad de que la persona trabajadora sea constante y regular en la práctica física propuesta, mostrando que la figura de los y las entrenadores personales es una parte fundamental.

 

CUERPOS DE SEGURIDAD Y CONDICIÓN FÍSICA

Este documento técnico se dirige a la Policía de la Generalitat-Mossos d'Esquadra (PG- ME, de ahora en adelante CME, Cuerpo de Mossos d'Esquadra) y a continuación se muestran aspectos a considerar atendiendo a la evidencia científica más reciente.

Para acceder a un puesto profesional en cuerpos de seguridad de todo el mundo es común tener que pasar un examen que incluya pruebas de evaluación de la condición física y/o tener que seguir cierta rutina de entrenamiento durante el paso por la academia policial de formación. Es habitual, también, que una persona candidata a entrar en un cuerpo policial siga un programa de entrenamiento específico para superar las pruebas de acceso, un entrenamiento que se parece al ejecutado por deportistas en sus disciplinas correspondientes. De hecho, la investigación científica relacionada con las pruebas físicas realizadas en cuerpos de seguridad pretende mostrar cierta objetividad que justifique la decisión entre pruebas específicas atendiendo a la especificidad del puesto de trabajo, como carrera a pie a máxima velocidad, pasar una serie de obstáculos, tener que sacar móviles de un coche o saltar una valla (Lee, 2008) o bien pruebas de condición física generales y tradicionalmente vinculadas al mundo del entrenamiento deportivo, como test de capacidad aeróbica máxima (Course-Navette o carrera de lanzadera, en el caso de CME1), fuerza máxima, resistencia a la fuerza (press banca, en caso de CME), potencia muscular, capacidad anaeróbica y de manera menos frecuente la flexibilidad o la agilidad (circuito de agilidad, en caso de CME) (Orr, et al. 2021; Zulfiqar, et al. 2021). Aparentemente las pruebas generalistas parecen ser más efectivas, sencillas de administrar y más familiares para las personas candidatas, mientras que pruebas de simulación tienen mayor relación con tareas a desarrollar posteriormente (Lee, 2008).

La condición física evaluada con estas pruebas se parece a la requerida por algunas tareas que ejecutan cuerpos policiales por todo el mundo, como pueden ser: la persecución e inmovilización de personas, la entrada en inmuebles con situaciones de riesgo donde haya que manipular objetos pesados, entre otros, pero hay otras tareas relacionadas con las funciones profesionales que tienen un cariz más sedentario y/o de una intensidad física leve, como pueden ser: estar asentado en vehículos, trabajo de oficina, estar en bipedestación estática en custodia, etc. Recientemente, un estudio en los Estados Unidos detectó una disminución de la condición física en jóvenes efectivos después de salir de la academia donde su trabajo habitual corresponde a tareas de custodia (Lockie, et al. 2021). Hay que contemplar, además, que dentro de cuerpos policiales hay departamentos con personas que desarrollan funciones diferenciadas pero que, paradójicamente, superan las mismas pruebas físicas de acceso.

Otro aspecto foco de debate es la relación entre una prueba de valoración de la condición específica, que determina unos resultados normativos en un rango que permite considerar umbrales de éxito, y el rendimiento posterior atendiendo a las demandas del puesto de trabajo. Carstairs y coles. (2016) mostraron que los fondos de brazos (push-ups) y las flexiones de tronco (sit-ups) tenían una baja correlación con las demandas del puesto de trabajo de personal militar. Ahora bien, también hay que atender a factores limitantes para el correcto desarrollo profesional, como pueden ser lesiones o afectaciones de salud que limiten el rendimiento. Por ejemplo, se han observado disminuciones de dolor músculo-esquelético después de realizar un entrenamiento específico de fuerza de la zona abdominal en cuerpos policiales brasileños (Grane et al., 2021).

Un aspecto relacionado, pero diferente a las pruebas de valoración de la condición física, hace referencia a los programas que siguen profesionales de cuerpos de seguridad para mantener su forma física. A la introducción se ha contextualizado que con una mirada amplia hacia las organizaciones (empresas, administraciones, etc.), estas tienen cierta responsabilidad al ofrecer opciones de mantenimiento y mejora de la salud a los y a las suyas trabajadores/as, y se puede incluir los cuerpos policiales. Sin embargo, una técnica habitual en investigación científica como es el vaciado bibliográfico de literatura existente sobre una temática, o incluso un diseño de investigación muy bien definido, como es una revisión sistemática, difícilmente permitirá concluir sobre cuáles son las iniciativas que están funcionando en el mundo real. Los motivos son varios: en primer lugar, porque el objeto de programas dirigidos a mejorar la forma física y/o la salud de una organización no tienen una finalidad de investigación y, por extensión, la difusión de los resultados obtenidos tampoco es una finalidad. Por otra parte, organizaciones privadas o en materia de seguridad pueden priorizar mantener la información confidencial por motivos de ventaja competitiva o de otros. Por ejemplo, en una investigación en la web institucional de Mossos2 y del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña3 no se observa ninguna actividad formativa relacionada con la actividad física, el ejercicio físico, la condición física, la forma física o el entrenamiento. La única referencia es una convocatoria de formador/a interno donde los contenidos de la prueba de especialidad incluyen aspectos relacionados con el entrenamiento deportivo y la forma4 física.

Algunos ejemplos de divulgación relacionada con la temática que nos ocupa es una guía publicada por el Instituto Valencià de Seguridad Pública y Emergencias (Agulló Calatayud & Navarro Gosçalbez, 2015), o noticias breves en webs institucionales de policías5. Esta información puede servir como una lectura introductoria de lo que se pretende con la divulgación y aumentar el conocimiento en actividad física saludable, pero quedan lejos de ser documentos de referencia para ayudar a preparar a los efectivos con eficiencia para su mejor condición física relacionada con su trabajo y, también, para su salud. La evidencia científica, es decir, resultados de trabajos empíricos metodológicamente bien diseñados bajo el paradigma del método científico es escasa con respecto a programas idóneos de acondicionamiento físico. Un estudio reciente con la policía de Nueva York orientado a estudiar la aceptación de tecnología wearable para aumentar los niveles de actividad física y reducir la conducta sedentaria mostró unos resultados poco concluyentes sobre el impacto de la intervención (Buckingham, et al. 2020). De cualquier manera, los niveles de actividad física y el sedentarismo a pesar de tener una relación directa con la salud (WHO Guidelines on Physical Activity and Sedentary Behaviour, 2020), son unos indicadores diferentes al objeto de este proyecto, que es la condición física (capacidad aeróbica, bastante muscular, etc.) Sí que se encuentran más resultados de experiencias con militares, sobre todo dirigidos a la prevención de lesiones (Cameron & Owens, 2014; Jones & Hauschild, 2015; Kaufman, et al. 2000; Yancosek, et al. 2012; Zimmermann, et al. 2017).

Con todos estos antecedentes aparece el reto de proponer un programa de ejercicio físico que sea motivando y eficiente para efectivos del CME, adaptado a sus necesidades y características del puesto de trabajo. Para alcanzar objetivos específicos y concretos hay que crear un sistema de evaluación de la condición física que ponga el foco en aquellos indicadores altamente relevantes y específicos relacionados con las características del puesto de trabajo. Hace falta trabajar para conseguir una adherencia al programa, dar visibilidad y aumentar la conciencia de los propios beneficios de las personas trabajadoras y fomentar un hábito de mantenimiento de la condición física, contando con la complicidad del CME que también saldrá beneficiada de una forma directa, indirecta e intangible.

 
EQUIPO DE TRABAJO

El equipo de trabajo que firma este informe está formado por profesionales de la actividad física y del deporte (educadores físico deportivos) con experiencia contrastada en la aplicación de programas de acondicionamiento físico en poblaciones diversas6: deportistas de alto nivel competitivo de disciplinas deportivas individuales y colectivas, deportistas de todos niveles en su proceso de readaptación y prevención de lesiones, colectivos de trabajadores y trabajadoras en el marco de prevención de riesgos laborales, pacientes de atención primaria y de medicina del deporte para el tratamiento de problemas activos en salud, etc.

Las personas del equipo de trabajo son también personal docente e investigador del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC) de las áreas de actividad física y salud y de la gestión deportiva desde hace más de 30 años. A lo largo de este tiempo se han liderado itinerarios específico curriculares de actividad física y salud en la Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (CAFiE) en el INEFC-Lleida/UdL, programas de posgrado como el Máster en Ciencias Médicas aplicadas a la Actividad Física y el Deporte en el INEFC-Lleida/Fundación UdL, Máster Universitario en Actividad Física y Salud (MAFiS) en el INEFC-Barcelona/UB y también impartido docencia a nivel de grado, máster y doctorado en numerosas universidades de ámbito catalán, estatal y europeo.

De entre las tareas de ámbito universitario se destaca la transferencia de conocimiento en el marco de la investigación y la innovación:

- Creación del Método 3ES® de ejercicio físico en ámbito laboral (Carreras-Vilanova, et al. 2017) y aplicado mediante la empresa Tebex S.A. en las empresas Correos y Mahou-San Miguel.

- Creación de aplicaciones informáticas para la implementación del Método 3ES® (software GESTEST®).

- La coordinación del grupo de trabajo Worksite HEPA Promotion, de la red europea vinculada a la OMS HEPA Europe Network7.

- Creación de una APP específica y aplicaciones informáticas para la prevención de lesiones en fútbol formativo (Matas Garcia, 2021).

- Gestión de proyectos con administraciones públicas de manera continuada como los vinculados con proyectos de estudio de impacto ambiental en espacios naturales protegidos (Farías-Torbidoni, 2011; Farias-Torbidoni, et al. 2018; Farías-Torbidoni, et al. 2020; Farías-Torbidoni & Sallent, 2009; Farías Torbidoni, 2015).

- La implementación de modelos de prescripción de ejercicio físico en el ámbito sanitario: Programa ANDAMOS (Mas-Alòs, et al. 2021), Model EUPAP8.

- Talleres formativos como el "Taller de Trastornos musculo-esqueléticos y ejercicio laboral" al Centro Nacional de Condiciones de Trabajo (INSST), etc.

La mayor parte de esta experiencia se vincula con las funciones propias del INEF de Cataluña, centro público docente de la Generalitat de Catalunya que, de entre sus tareas, asume la investigación científica en el ámbito de las ciencias de la actividad física y del deporte y la divulgación de sus trabajos (Ley 11/1984, de 5 de Marzo, de Creación del organismo Autónomo Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña, 1984; Resolución VCP/232/2007, de 16 de Enero, por la cual se da publicidad en el Reglamento de Régimen Interior del Instituto Nacional de Educación de Cataluña (INEF de Cataluña), 2007). El centro de Lleida del INEFC colabora habitualmente con la Fundación de la Universidad de Lleida para potenciar actividades de transferencia de conocimiento a la sociedad.

 
FASES DE LA INTERVENCIÓN

Con los antecedentes expuestos, se ha trabajado en este informe técnico para la creación de un proyecto para valorar los indicadores de condición física más relevantes para las personas miembros del Cuerpo de Mossos d'Esquadra (CME). Este proyecto se conforma por cuatro Fases de intervención progresiva:

- FASE I. Diseño de una intervención para valorar indicadores de condición física relevantes para las especializaciones profesionales laborales del cuerpo de Mossos d'Esquadra.

- FASE II. Prueba piloto de la intervención para valorar indicadores de condición física relevantes para las especializaciones profesionales del cuerpo de Mossos d'Esquadra en una región administrativa.

- FASE III. Valoración de la condición física relevante para las especializaciones profesionales del cuerpo de Mossos d'Esquadra en una muestra representativa de los efectivos. Propuesta de baremos que evalúen la condición física de los efectivos del CME atendiendo a las variables que se soliciten9.

- FASE IV. Plan de mantenimiento físico según perfiles profesionales y personales (edad, sexo, adaptaciones) dirigidos a la prevención de las lesiones más prevalentes.

 
OBJETIVOS

Los objetivos generales de la implementación progresiva de este proyecto son los siguientes:

- Evaluar la condición física de las personas miembros del CME según especialidad profesional, edad y sexo.

- Establecer un conjunto de medidas objetivas que defina el estado de condición física óptimo para cada especialización profesional, edad y sexo.

Los objetivos específicos para la FASE I del proyecto "Diseño de una intervención para valorar indicadores de condición física relevantes para las funciones laborales del cuerpo de Mossos d'Esquadra", desarrollados en este informe técnico, son:

- Diseñar y planificar los requerimientos para alcanzar los objetivos generales: describir los correspondientes a especializaciones profesionales, identificar los test necesarios.

- Describir los protocolos para implementar las valoraciones en la Fase II.

- Realizar un trabajo de campo para optimizar el procedimiento a implementar en las fases posteriores.

 
 

FASE I. Diseño de una intervención para valorar indicadores de condición física relevantes para las funciones laborales del cuerpo de Mossos d'Esquadra.

Dentro del desarrollo de esta fase se realizarán diferentes acciones:

 

PERFILES PROFESIONALES DE MIEMBROS DEL CME

Las demandas mecánico-funcionales de las personas participantes en un programa de ejercicio físico no pueden ser tratadas sin diferenciar parámetros individuales. De entre las valoraciones relevantes a tener en cuenta para mantener y/o mejorar la condición física se incluyen las exigencias físicas habituales de cada participante, entendiendo como habituales las que se ejecutan en una franja de tiempo amplia, como en una jornada laboral. Por este motivo hace falta conocer los perfiles profesionales dentro del CME y, además, identificar otras variables relevantes que tengan relación con la condición física, como el sexo y la edad.

En función de la información facilitada fecha 21 de diciembre de 2021, las personas miembros del cuerpo de Mossos d'Esquadra según especialidad profesional son 17.285, de las cuales un 22% son mujeres y un 78% hombres (Tabla 1).

En función de la fecha de nacimiento se genera la variable edad y se categoriza en intervalos de edad relevantes para la condición física, según la propuesta de Gallahue y coles (Gallahue, et al. 2011): madurez joven/novel (20 a 29 años), madurez joven/asentamiento (30 a 39 años), media madurez/transición (40 a 44 años), media madurez/mediana edad (45 a 59 años) y vejez joven (60 a 70 años). Con respecto a fecha uno de enero de 2022, el número de personas en cada intervalo es la que se muestra en la Tabla 1, donde se destaca que casi un 50% de efectivos se encuentra entre la franja de 45 a 60 años.

En relación a la especialidad profesional se observa que más de dos tercios de los y las profesionales son "Efectivos de seguridad ciudadana" (con 11.676 efectivos, 67,55%), y otras especialidades con más de 1.000 efectivos son "Investigación básica" y "Tráfico".

 

Tabla 1. Distribución de los efectivos según sexo, edad y especialidad profesional.

 

Variables

Frecuencia

%

Sexo

 

 

Mujer

3.768

22%

Hombre

13.517

78%

Edad

 

 

Mediana edad

8.324

48,16%

Transición media

4.413

25,53%

Asentamiento

3.265

18,89%

Novel

940

5,44%

Vejez joven

343

1,98%

Especialidad profesional

 

 

Efectivo Seguridad Ciudadana

11.676

67,55%

Investigación básica

1.282

7,42%

Tráfico

1.111

6,43%

Protección de personas y bienes

877

5,07%

Investigación adelantada

643

3,72%

Apoyo técnico básico

530

3,07%

Orden público

444

2,57%

Policía científica adelantada

229

1,32%

Protección especial

154

0,89%

Guía canino

56

0,32%

Desactivación de artefactos explosivos-NRBQ

54

0,31%

Análisis

49

0,28%

Intervención en medio acuático

47

0,27%

Medios técnicos

34

0,20%

Intervención especial

33

0,19%

Intervención en montaña

28

0,16

Seguimiento y vigilancias

19

0,11%

Subsuelo

19

0,11%

Total

17.285

100%

 
 

No se disponen datos sobre la condición física actual de los efectivos del CME. La última vez que cada individuo pasó una evaluación estructurada y específica de la condición física estuvo en las pruebas de acceso en el CME. Con una media de edad de aproximadamente 24- 29 años y atendiendo a qué a fecha uno de enero de 2022 la media de edad será de 44 años se observa que habrán pasado 20 años desde el último registro.

Para optimizar los recursos disponibles, este informe técnico muestra la propuesta de valoración de la condición física a las tres especialidades profesionales más numerosas ("Efectivo seguridad ciudadana", "Investigación básica" y "Tráfico") que incluyen un 81,4% de la población.

 
PROFESIOGRAMAS

Como se ha mencionado anteriormente, las demandas mecánico-funcionales en el puesto de trabajo son relevantes para identificar aquellos grupos musculares que participan, las acciones que ejecutan, como las ejecutan y el número a veces que las realizan. Para poder evaluar estas manifestaciones de fuerza es necesario crear un sistema de valoración que permita determinar de manera precisa las exigencias específicas que requiere el desarrollo de cada una de las especialidades profesionales que se abordarán en esta intervención: "Efectivo seguridad ciudadana", "Investigación básica" y "Tráfico". Por este motivo, la individualización en las evaluaciones y ejercicios de mejora y/o mantenimiento basados a las necesidades de las funciones profesionales, hace falta que estén relacionadas con cada una de las tareas que se realizan habitual y ocasionalmente durante el horario laboral. Con esta finalidad se creará un profesiograma específico para cada especialidad profesional: una herramienta que permite registrar las particularidades específicas mecánico-funcionales para cada especialidad. El objetivo de estos Profesiogramas es sistematizar un procedimiento de análisis que registre tantas tareas como requiera cada especialidad profesional, que permita:

- Conocer la postura laboral predominante.

- Conocer la zona corporal implicada en la tarea.

- Conocer la relación de espacio y acciones que implica la realización de la tarea.

- Conocer la solicitación de lateralidad prioritaria.

- Conocer los indicadores de carga de la tarea.

- Conocer el tipo de contracción muscular prioritaria en la realización de la tarea.

- Conocer la zona corporal asociada a posibles molestias.

- Determinar consideraciones ergonómicas en la realización de la tarea.

- Determinar necesidades específicas sobre la orientación de los ejercicios.

- Determinar las acciones compensatorias de la musculatura implicada en la tarea.

- Determinar ejercicios físicos con similitud de exigencia mecánico-funcional a las demandas de las tareas.

- Determinar test físicos de evaluación.

 

APLICACIÓN DE LOS PROFESIOGRAMAS EN EL CME

Para proceder a la aplicación de los profesiogramas en el CME se seguirá una metodología fundamentada en el análisis directo de las exigencias mecánico-funcionales del puesto de trabajo, siguiendo las siguientes etapas:

ETAPA 1. Detección de las especialidades profesionales.

Se determinará, de acuerdo con el CME, los puestos de trabajo que serán analizados mediante los profesiogramas, teniendo como punto fundamental el acuerdo entre la organización del CME y el equipo de trabajo del INEFC. Atendiendo al perfil de los y las personas que trabajan en el CME, el equipo de trabajo propone analizar las siguientes especialidades profesionales, como se ha indicado en el apartado anterior de análisis del perfil de los y las efectivos en el CME:

- Efectivo de seguridad ciudadana.

- Investigación básica.
- Tráfico.

ETAPA 2. Calendario de acciones.

Se acordará con el CME un programa detallado en días y horario donde una persona trabajadora representativa de cada especialidad profesional pueda destinar el tiempo necesario de su horario laboral a colaborar con el experto en entrenamiento del equipo INEFC.

ETAPA 3. Recogida de datos.

En la hora acordada, el efectivo explica y demuestra todas y cada una de las tareas que implica el desarrollo de su trabajo profesional. Al efectivo se le solicitará información verbal (entrevista) como demostraciones prácticas para poder analizar detenidamente las particularidades de la tarea. Estas demostraciones serán grabadas en vídeo (previo firma de consentimiento) para su posterior análisis.

ETAPA 4. Análisis y conclusiones

El análisis de la información obtenida en la fase anterior permitirá alcanzar los cinco últimos objetivos del profesiograma mostrados en el apartado anterior, es decir: determinar consideraciones ergonómicas en la realización de la tarea; determinar necesidades específicas sobre la orientación de los ejercicios; determinar las acciones compensatorias de la musculatura implicada en la tarea; determinar ejercicios físicos con similitud de exigencia mecánico-funcional a las demandas de las tareas y proponer test físicos de valoración.

Sin embargo, nos servirá para evaluar el tiempo necesario de intervención en las entrevistas por cada especialidad profesional y observar si se tienen que realizar cambios en el documento de registro del profesiograma.

 

INDICADORES DE ANÁLISIS DE LOS PROFESIOGRAMAS

El equipo de trabajo dispone de un formulario de registro que permite sistematizar tanto el proceso como el contenido de análisis. Los indicadores que se recogen son los siguientes:

- Identificación de la localidad, área y/o unidad donde se ha realizado el profesiograma.

- Identificación del puesto de trabajo, tanto del departamento como de la denominación que recibe el puesto de trabajo específico que ocupa.

- Postura predominante. A escoger entre "Sedestación", "Bipedestación" o "Marcha" se selecciona aquella en que esté la mayoría del tiempo de manera prioritaria. En caso de que la persona trabajadora desarrolle dos o más posturas se pueden detallar proporcionalmente (en un porcentaje) en referencia al tiempo total de la jornada laboral.

- Tipo de tarea. Se usa la denominación específica que se da al CME y se acompaña de una imagen, secuencia de imágenes o registro de vídeo.

- Zona corporal y lateralidad asociada. Se especifica la zona anatómica implicada en las acciones de la tarea analizada. Se pueden consignar tantas zonas como se requiera en el análisis. Se destaca la existencia de prioridad lateral, si procede, o bien de tipo bilateral.

- Relación de movimiento. Se detallan los planes y ejes de movimientos sobre los que evolucionan (de forma prioritaria) las acciones durante el transcurso de la tarea. Se seleccionan uno, dos o los tres planos.

- Contracción muscular. Se detalla el tipo de contracción muscular requerido para la realización de la tarea. Se selecciona una o varios.

- Indicadores de carga. Se contemplan todos los indicadores de referencia sobre la carga física que supone a una persona trabajadora la realización de la tarea. Es importante describir: el ritmo de repetición de la tarea (bajo, medio, alto), kilogramos desplazados, repeticiones realizadas, tiempo de duración de la tarea (en minutos) e intervalos de realización de la tarea (continua o discontinua).

- Molestias habituales. En caso de que durante la realización de la tarea se indique de la posibilidad de presentar molestias asociadas. Se anota en un mapa anatómico y se describe el tipo de molestia.

- Consideraciones ergonómicas. Se indican aspectos relacionados con la ejecución de la tarea que puedan ser susceptibles de mejora por parte de la persona trabajadora.

- Necesidades específicas. Se detallan aspectos que ayuden a determinar necesidades a considerar, tanto desde la opinión personal de la persona trabajadora como de la opinión del miembro del equipo de trabajo INEFC, en relación a molestias o con periodos de incremento de volumen de trabajo laboral.

- Necesidades compensatorias. Se detallan aspectos que el miembro del equipo de trabajo INEFC considere relevantes en relación a la musculatura compensatoria implicada en la realización de la tarea.

- Semejanza de ejercicio. Se reflejan aquellos ejercicios físicos que se aproximen a las condiciones mecánico-funcionales analizadas de la tarea.

A modo de resumen, el proceso de aplicación de los profesiogramas consiste en analizar de manera presencial tareas y funciones requeridas por los puestos de trabajo (conjuntamente con efectivos del CME) y analizar los requerimientos físicos de acuerdo a criterios de entrenamiento y condición física. Esta información se convertirá en el palo de pajar para identificar los test físicos que se aplicarán.

Al Anexo A se muestra un ejemplo de profesiograma recogido en una implementación previa del Método 3ES®.

 

PROPUESTA DE VALORACIONES / EVALUACIONES

Se ha llegado a un acuerdo de colaboración con la Asociación Chronojump-Boscosystem (https://chronojump.org/), con experiencia en el diseño de pruebas de valoración de condición física (de Blas Foix, 2012; Padullés Riu, 2011) para varías acciones: la creación de las herramientas específicas necesarias para las valoraciones funcionales, el uso de un software común por parte de las diferentes personas que realicen las intervenciones y facilitar la integración de los datos en una sola plataforma controlada y protegida.

La creación de los diferentes test de valoración de condición física según especialidad profesional será resultado del análisis de cada profesiograma y el reconocimiento de pruebas ya existentes y validadas. En el caso de identificar una prueba adecuada a la manifestación física que se quiere evaluar y de la manera que se quiere evaluar, se seleccionará con criterios de fiabilidad y validez. También con criterios de seguridad (bajo riesgo de lesiones, bajo riesgo cardiaco) y disponibilidad (material asequible y aplicación en espacios comunes y polivalentes). Y se adaptarán el protocolo y los materiales para la aplicación de las pruebas a efectivos del CME. En el caso de no identificar una prueba validada y adecuada se creará ad hoc para evaluar de manera concreta y específica aquella manifestación física relevante para la condición física de los efectivos del CME.

En cualquier caso, se tendrá en cuenta la perspectiva de género para evitar sesgos, elemento que se ha detectado en algunas pruebas de acceso en cuerpos policiales

De manera complementaria a las valoraciones de la condición física, se sugieren un conjunto de valoraciones complementarias y relacionadas con la condición física la salud y el coste-efectividad de programas de ejercicio físico saludables:

- Nivel de actividad física. Anteriormente se ha destacado que variables de la condición física (como la fuerza muscular) y el nivel de actividad física habitual son variables diferenciadas. Están relacionadas en tanto que la condición física puede ser una mediadora de salud (una persona débil tiende a tener niveles más bajos de actividad física) o una moderadora de salud (una persona débil que aumente los niveles de actividad física puede mejorar su condición física que una persona con una mejor condición física que aumente los niveles de actividad física) (Department of Health & Human Services, 2018). El objetivo de esta valoración es de colaborar con uno de los Planes estratégicos de la Generalitat, el PINSAPO (Generalitat de Catalunya & Agencia de Salud Pública de Cataluña, 2014), sobre salud en todas las políticas atendiendo que en su web administran la versión corta y en catalán del cuestionario IPAQ10 (Román Viñas, et al. 2013).

- Evaluación económica de coste-utilidad y coste-efectividad. El concepto de utilidad en estudios de coste efectividad en el ámbito de salud es una variable subjetiva. Hace referencia al valor que se da a una intervención o prueba diagnóstica, entre otros. Para dar un valor cuantitativo a esta "utilidad" se puede usar el QALY (Quality- Adjusted Life Years) o AVAQ en catalán (años de vida con calidad) que hace referencia a la calidad de vida percibida de manera subjetiva y que sirve como indicador para relacionarlo con el coste efectividad de intervenciones atendiendo a posibles cambios en dispensación de fármacos, días de hospitalización, demanda asistencial en atención primaria o mutua de trabajo (Virgilio, et al. 2010). Los AVAQ son un indicador que pueden determinar decisiones en políticas sanitarias y la financiación de actuaciones concretas sobre programas de ejercicio físico (Dalziel, et al. 2006). Para calcular los AVAQ se usará la versión catalana del cuestionario para evaluar la calidad de vida EuroQol EQ-5D-5L (https://euroqol.org).

 
METODOLOGÍA DE IMPLEMENTACIÓN

Para implementar la propuesta aquí expuesta para valorar indicadores de condición física relevantes para las funciones laborales del cuerpo de Mossos d'Esquadra, se iniciará la Fase II del proyecto que corresponde a la aplicación de la metodología en una prueba piloto que cubra una región administrativa.

Posteriormente, en una Fase III y después de las adaptaciones y modificaciones pertinentes para optimizar la metodología efectuadas a la prueba piloto, se aplicarán las valoraciones a una muestra representativa de personas trabajadoras para detectar valores normativos que pueden ser usado como indicadores de condición física.

En la Fase IV se diseñarán planes de mantenimiento físico (programas de ejercicio físico individualizados, PEFI) según los perfiles profesionales, personales y los resultados obtenidos en las valoraciones relacionadas con la condición física y salud.

 
 
FASE II. PRUEBA PILOTO
 
ÁREA GEOGRÁFICA

El área geográfica sugerida para la implementación de la prueba piloto es la Región Policial de Ponente, que considerando sólo las tres especialidades profesionales objeto de estudio, consta de 900 efectivos, atendiendo a los criterios siguientes:

- La media de edad del conjunto de personas trabajadoras en el CME de la región es de 47,25 años, tres años superior a la media total de Cataluña.

- Se incluye el ámbito urbano y ámbito rural, con la condición que en el ámbito urbano seguramente se hace un número más elevado de acciones con un requerimiento físico puntual (detenciones) y, con el mismo supuesto, al ámbito rural los momentos de inactividad (hipocinetismo) son más elevados.

- La presencia de un centro penitenciario, con efectivos del CME con unas tareas específicas y diferenciadas.

- La proximidad geográfica con el equipo de trabajo INEFC.

 

PARTICIPANTES A LA PRUEBA PILOTO

Los profesiogramas se aplicarán a un mínimo de una persona trabajadora siguiendo una selección a conveniencia (participación voluntaria) de una muestra conglomerada (Región Policial de Ponente) estratificada (según sexo, grupo de edad y especialidad profesional) siempre que sea posible. Con estas características, y con la información facilitada en fecha 21 de diciembre de 2021, la población se distribuye de la siguiente manera:

 

Categoría edad

 

Efectivo seguridad ciudadana

Investigación Básica

Tráfico

TOTAL

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

1

27

11

0

0

0

0

38

2

31

16

1

0

6

0

54

3

62

42

13

7

22

0

146

4

435

78

38

6

90

5

652

5

6

1

2

0

1

0

10

TOTAL

561

148

54

13

119

5

900

 
 

Con esta distribución, se priorizará poder contar con la participación voluntaria de aquellos perfiles con una población inferior en 30 efectivos (sombreados en la mesa anterior):

- Mujer de entre 40-44 años especialidad "Investigación básica"

- Mujer de entre 45-59 años especialidad "Investigación básica"

- Mujer de entre 45-59 años especialidad "Tráfico".

- Hombre de entre 20-29 años especialidad "Efectivo seguridad ciudadana".

- Hombre de entre 60-70 años especialidad "Efectivo seguridad ciudadana".

- Hombre de entre 31-39 años especialidad "Investigación básica".

- Hombre de entre 40-44 años especialidad "Investigación básica".

- Hombre de entre 60-70 años especialidad "Investigación básica".

- Hombre de entre 30-39 años especialidad "Tráfico".

- Hombre de entre 40-44 años especialidad "Tráfico".

- Hombre de entre 60-70 años especialidad "Tráfico".

- Mujer de cada franja de edad de la especialidad profesional "Efectivo seguridad ciudadana11".

El objetivo inicial sería recoger información de 30 profesiogramas, uno para cada colectivo de la distribución mostrada anteriormente. Debido a la ausencia de efectivos en alguna categoría, en el escenario más favorable se realizarán 21 con amplia representatividad según sexo, género y especialidad profesional.

Previamente a la aplicación del profesiograma se requerirá de la autorización expresa de la persona responsable del CME para proceder, como también de la persona trabajadora del CME voluntaria. Se preparará una ficha resumiendo las acciones específicas que se llevarán a término, el uso que se hará de la información como también información relacionada con la custodia y uso de los datos.

 
APLICACIÓN DE LOS PROFESIOGRAMAS

Para la aplicación de los profesiogramas se seguirá un orden de actuación:

1. Información en el CME sobre las acciones específicas del profesiograma (ficha- resumen). Equipo INEFC a persona de contacto CME.

2. Obtención de la autorización para ir presencialmente a unidades de trabajo. CME en Equipo INEFC

3. Información a personas trabajadoras potencialmente voluntarias a aplicar el profesiograma. CME con apoyo Equipo INEFC.

4. Concreción de día y hora para la aplicación del profesiograma. CME y Equipo INEFC.

5. Aplicación del profesiograma:

a. Consentimiento informado y autorización por escrito para el uso y gestión de los datos recopilados.

b. Visita del puesto de trabajo y entrevista individual.

c. Grabación gráfica de tareas relacionadas con el puesto de trabajo, en el mismo lugar de la entrevista o a otros emplazamientos.

6. Confirmación de la aplicación según planificado. Equipo INEFC en CME.

Los datos se custodiarán en un servidor alojado en el centro de Lleida del INEFC (que periódicamente es sujeto de inspecciones por las autoridades competentes del Departamento de Presidencia) y se tratarán con el software GESTEST® y software del paquete MS Office. Para la recogida de datos será necesaria una cámara de vídeo y un ordenador portátil.

 

TEMPORALIDAD DE LA PRUEBA PILOTO

La periodización de las acciones concretas vendrá condicionadas a la obtención de las autorizaciones pertinentes y la celeridad en el reclutamiento de las personas voluntarias para aplicar el profesiograma.

Atendiendo a qué la obtención de la información mediante el profesiograma (entrevista y grabación de imágenes) requiere de entre una y tres horas, según el número de tareas realizadas y según la experiencia del equipo de trabajo INEFC. La variabilidad del tiempo requerido para desarrollar esta prueba piloto vendrá condicionada por el tiempo disponible como de la posibilidad de optimizar los desplazamientos para aplicar los profesiogramas con eficiencia con la mayor cantidad de efectivos del CME voluntarios/as posibles.

Una propuesta más ajustada se formalizará tan pronto como se inicien las aplicaciones de los profesiogramas. Inicialmente se reclutará a efectivos voluntarios/as del CME a quien se harán las primeras aplicaciones de profesiogramas a los y a los efectivos más accesibles, presumiblemente destinadas a la ciudad de Lleida. Con esta primera experiencia se calculará el tiempo requerido de manera más precisa para la aplicación del resto de profesiogramas.

Una vez se dispone de la información recopilada con los profesiogramas, el equipo de trabajo INEFC elaborará un informe con las conclusiones de los profesiogramas según especialidad profesional donde destacarán los movimientos y los grupos musculares a valorar, atendiendo a las demandas mecánico-funcionales de las tareas desarrolladas.

Este informe servirá para definir los test necesarios a aplicar para cada especialidad profesional y establecer el protocolo. Para la decisión final se prevé contar con la opinión de alguna persona trabajadora del CME que tenga formación académica en CAFiE.

La última intervención en esta FASE II, prueba piloto, corresponde a la aplicación de las pruebas de evaluación de la condición física y otras medidas relacionadas en una muestra representativa pactada con el CME.

La FASE II, prueba piloto, permitirá planificar de manera óptima y eficiente la valoración a otras áreas geográficas de Cataluña.

 
 

FASE III. VALORACIÓN DE LA CONDICIÓN FÍSICA EN UNA MUESTRA REPRESENTATIVA DEL CME

 

Con la experiencia obtenida con la FASE II - Prueba piloto en la Región Policial de Ponente, se planificará la aplicación de las diferentes pruebas de valoración en una muestra representativa de los y las efectivos de CME de las especialidades profesionales de "Efectivos de seguridad ciudadana", "Investigación básica" y "Tráfico". Esta muestra representativa atendiendo a las especialidades profesionales, al sexo y a franja de edad se identifica con una población de aproximadamente 2200 efectivos con un error muestra del 2%.

Este volumen de datos permitirá establecer objetivamente unos baremos para considerar el estado de condición física óptimo para cada especialización profesional, edad y sexo, aunque se podrán incluir otras variables que el CME considere relevantes: región, profesiograma, tareas, etc.

Para la administración de las pruebas se seguirá un protocolo parecido al detallado en la aplicación de profesiogramas, donde el orden de actuación se inicia proporcionando información sobre las acciones específicas que se harán, la obtención de las autorizaciones pertinentes para las cuales el equipo de trabajo INEFC vaya presencialmente los días y horas acordados a hacer las valoraciones presencialmente a unidades de trabajo. Continuará con la administración propiamente dicha de las pruebas y acabará con la elaboración de informes resultado del conjunto de las evaluaciones y de manera individual según requerimientos del CME. La gestión de recursos humanos y materiales, así como la planificación temporal de esta FASE III vendrá condicionada por la celeridad en la obtención de la muestra a evaluar y, sobre todo, del resultado de la FASE II - Prueba piloto.

 
 

FASE IV. PROPUESTA DE PLAN DE MANTENIMIENTO FÍSICO

 

El Plan de mantenimiento físico según perfiles profesionales y personales tendrá en cuenta, en primer lugar, la especialización profesional y aspectos individuales de cada efectivo (edad, sexo, adaptaciones) y tendrá como objetivo prioritario la mejora y/o mantenimiento de la condición física y, consiguientemente, la prevención de las lesiones más prevalente vinculados al ejercicio de la profesión.

 
ESTRUCTURA DEL PROGRAMA

La estructura del programa tipo se basará en el Método 3ES® ideado por este equipo de trabajo y aplicado a grandes empresas. Cada efectivo del CME realizará los ejercicios en el momento y lugar donde considere, es decir, no será una sesión supervisada por uno/a educador físico deportivo, sino que las sesiones serán asesoradas. Este asesoramiento implica la presencia semanal del educador físico deportivo para enseñar y explicar los ejercicios a realizar, para responder dudas que surgen de sus ejecuciones y aconsejar al respecto.

El programa de entrenamiento tendrá un carácter extensivo y se estructurará en periodos temporales que permitan una valoración permanente y la adaptabilidad que requiere la individualización del entrenamiento, ya sea por causas relacionadas con el CME o causas del efectivo. Todo el programa se divide en Programaciones de Ejercicio Físico Individualizados (PEFI) de 12 semanas de duración, los cuales comprenden cuatro bloques de entrenamiento. Cada bloque está formado por nueve sesiones e implica que para que cada efectivo finalice un PEFI hará falta completar 36 sesiones de entrenamiento.

Las condiciones generales para el diseño de los ejercicios se ajustarán a las particularidades que condicionen su ejecución:

- La disponibilidad de interacción entre el/el educador/a físico deportivo con los efectivos del CME.

- El ejercicio será de fácil ejecución y no superará unos niveles de complejidad y dominio técnico inalcanzables por parte de los efectivos.

- Los ejercicios se realizarán en condiciones de mínimo riesgo, tanto por el entorno donde se realizarán, por la posición corporal en la que se ejecutarán o por el material o implementos utilizados.

- Serán suficientemente motivadores para que los efectivos encuentren las dosis necesarias de satisfacción en su realización y que, al mismo tiempo, los predispongan a un nuevo ejercicio.

- Los ejercicios serán efectivos, y se podrán realizar en condiciones y régimen establecido en la rutina de series y repeticiones.

- Los ejercicios serán eficientes y, por lo tanto, su diseño se ajustará realmente a las exigencias mecánico-funcionales que la especialización profesional requiere.

 
EJERCICIOS DE ENTRENAMIENTO

Habrá dos grupos de ejercicios: los ejercicios universales y los ejercicios específicos. Los ejercicios universales tendrán un carácter genérico y saldrán del análisis mecánico-funcional de las pruebas que configurarán las valoraciones de la condición física. Los ejercicios específicos derivan del análisis más amplio del profesiograma de cada especialización profesional. Tendrán un carácter selectivo para aquella especialización. La distribución de la proporcionalidad de los ejercicios se ajustará a partir de dos principios básicos:

- Mejorar los resultados de las pruebas de evaluación de la condición física, establecidos como indicadores de control.

- Mejorar las exigencias mecánico-funcionales de los efectivos del CME para optimizar el desarrollo de su trabajo profesional.

Por este motivo la proporción entre los ejercicios universales y específicos se situarán en una combinación adecuada para la consecución de ambos objetivos.

Los ejercicios planteados en el programa de entrenamiento se diseñarán atendiendo a las necesidades mecánico-funcionales de cada una de las tareas desarrolladas en cada una de las especializaciones profesionales. No obstante, en función del carácter que se dé a cada uno de los ejercicios, los efectos provocados en el sistema neuromuscular serán diferentes. De esta manera se evitará provocar un solo efecto en el sistema neuromuscular y se intentará dotar en el ejercicio de un carácter determinado para provocar diferentes tipos de estímulos, así se colabora en que el sistema neuromuscular de los efectivos del CME alcance un buen nivel de optimización máximo para atender las demandas requeridas en la suya praxis profesional. Por este motivo, los ejercicios diseñados se realizarán atendiendo a su carácter: auto- isométricos, dinámicos I, dinámicos II, dinámicos III, dinámicos IV (contraste), equilibrio y reto.

 
PLANIFICACIÓN DEL ENTRENAMIENTO

La variación de los efectos adaptativos del sistema neuromuscular de cada efectivo del CME estará determinada por:

- Adaptaciones requeridas por motivos de salud. En caso de disponer de información confidencial sobre aspectos médicos, facilitada por el servicio de medicina laboral, servirá para determinar posibles patologías que limiten y/o condicionen la realización del programa de entrenamiento. En caso de no poder disponer de esta información, se administrará la versión catalana12 y castellana (Schwartz, et al. 2019) del cuestionario PAR-Q+, que permite a profesional no sanitario hacer una valoración previa a la participación de programas de ejercicio físico. Esta información será transformada en recomendaciones y observaciones para el/al educador/a físico deportivo encargado/a del seguimiento e implementación del programa de entrenamiento. Tanto las observaciones como recomendaciones tienen una orientación básicamente centrada al evitar ciertos movimientos o posiciones en la ejecución de los ejercicios programados; planteando y sugiriendo en cada caso alternativas a las condiciones de realización.

- Los resultados de las pruebas de valoración de la condición física. Los resultados permiten tener una referencia individualizada para cada efectivo del CME de su punto de partida inicial y, por lo tanto, establecer una previsión de mejora a lo largo del proceso de entrenamiento. Los resultados de las pruebas permiten detectar posibles necesidades a potenciar, tanto por zonas anatómicas como por cualidades físicas.

 

PROGRESIÓN DE LAS CARGAS DE ENTRENAMIENTO

La particularidad de cada ejercicio permitirá evolucionar en una progresión secuencial centrada en la variación de las condiciones mecánicas en que se realizan. Los ejercicios de calentamiento serán de fácil ejecución, progresarán de una implicación muscular selectiva a una implicación global, permitirán el aumento de la activación orgánica, no requerirán de material específico ni de demasiado tiempo para la realización.

Los ejercicios de reforzamiento seguirán un patrón de una ejecución en isometría continuada por un calisténico y progresando con una isometría continuada seguimiento de un calisténico con mayor distancia o con una pica. Esta sucesión de variantes incluirá el uso de gomas elásticas, de peso inercial, de fitball y de una combinación de estos. De esta

manera se produce un aumento en la participación de la musculatura implicada, se tienen que realizar en las posibilidades de alcanzar la máxima amplitud de movimiento en ausencia de molestia o dolor, tienen que tener un carácter de máximo acortamiento voluntario o activo, se introducen progresivamente implementos de carga y también de inestabilidad.

Los ejercicios de equilibrio se programan al final de la sesión de entrenamiento como punto y final de los ejercicios dinámicos. Tienen una doble función: construir un elemento motivador poniendo a prueba la capacidad de control corporal del efectivo de CME, y estimular convenientemente el sistema propioceptivo.

Los ejercicios de reto se plantean como un elemento importante y motivador por la adherencia al programa. Son ejercicios centrados en la resistencia isométrica en posiciones determinadas y donde durante su realización cada persona tiene un claro indicador cinestésico comparativo semana a semana.

La complejidad del programa de entrenamiento es elevada atendiendo qué no se tiene un control in situ de las cargas que está gestionando cada efectivo del CME. Por eso, la importancia del control en la progresión de las cargas es fundamental ya que permite conseguir tres objetivos claros:

- Constituir un elemento motivador para el/la efectivo del CME en tanto que puede comprobar la mejora de sensaciones.

- Dar confianza al efectivo del CME en dominar rutinas que controla y pueda ser más consciente de elementos de ejecución.

- Ajustarse a las necesidades mecánico-funcionales de la especialización profesional.

 
ESTRUCTURA DE LA SESIÓN

Una sesión tipo se estructura siguiendo un orden de los diferentes tipos de ejercicio anteriormente descritos. Cualquier sesión de entrenamiento se contextualiza dentro de todo su programa: se dispone de referencia y código de identificación individual de cada efectivo de CME creado por el programa, su especialización profesional y la correspondencia con el PEFI, bloque, semana y sesión. La práctica se inicia con un calentamiento o activación de una duración aproximada de cinco minutos seguido del trabajo en circuito de los ejercicios correspondientes: primero de contracción isométrica seguido del ejercicio dinámico. Para acabar la sesión se realiza el ejercicio de equilibrio o reto.

Finalmente, cada efectivo del CME realiza una autoevaluación de la sesión en términos de satisfacción, fatiga y molestias.

 

VARIACIONES EN EL PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO

Se establecen unos parámetros de control para ajustar como haga falta según necesidades específicas de cada efectivo del CME:

- La progresión en los resultados obtenidos en las pruebas de valoración de la condición física.

- La valoración realizada por el propio efectivo con respecto al nivel de satisfacción de la sesión y con respecto al nivel de fatiga al acabar la sesión.

- Las indicaciones y observaciones que cada efectivo transmite al educador físico deportivo en las sesiones presenciales de asesoramiento.

- La posible presencia de dolor o molestia durante la realización de los ejercicios o en su finalización.

- El posible historial de baja laboral o lesión durante el periodo en que se desarrolla el programa de entrenamiento.

- La progresión de las marcas registradas en los retos planteados al acabar algunas sesiones.

Por la valoración global de la implementación del programa de entrenamiento se tendrán en cuenta mejoras individuales de los y las efectivos del CME, y también se tendrán en cuenta, si se considera pertinente, los registros de bajas laborales para detectar una posible relación con los resultados del programa.

 
PERIODOS DE VACACIONES

La interrupción del programa de entrenamiento se tiene que contemplar desde el momento en que el mismo programa incluye periodos de vacaciones del efectivo del CME. A pesar de que la realización de las sesiones de entrenamiento se puede ejecutar fuera del domicilio habitual, se preparará un plan de mantenimiento que se pueda ejecutar durante el periodo de vacaciones y que no requiera de material específico. Estas sesiones incluirán ejercicios ya realizados anteriormente y, por lo tanto, se puedan hacer a modo de recordatorio y sin la necesidad del asesoramiento regular.

 
IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA

La organización entre el equipo de trabajo INEFC, de los y las educadores/es físico deportivos que asesoren las sesiones y los/las efectivos del CME vendrá determinada del acuerdo que se establezca para la implementación de esta FASE IV y los ajustes que haya que hacer por razones organizativas del CME o de disponibilidad de financiación.

 
 
ANEXOS
 
A. Profesiograma
 

EXIGENCIAS LABORALES

Departamento

Especialidad

Postura predominante

Oficina administrativa

Si

Oficina Administrativa

 

Sedestación

Si

Oficina atención público

No

Bipedestación

No

Agente clasificador (almacén)

No

Marcha

No

Reparto a pie

No

 

 

 

Reparto moto

No

 

 

 

Reparto furgoneta

No

 

 

ANÁLISIS EXIGENCIAS TAREA 1

 

Zona corporal

 

Tipo de tarea

(nomenclatura específica)

Ordenador PC + teléfono

 

 

C. Cervical

Si

Cadera

No

Hombro

No

Rodilla

No

Codo

No

Tobillo

No

Relación movimiento

 

Muñeca

No

Dichos pie

No

Plano Frontal (abd-add)

No

Dedos mano

 

Lateralidad solicitada

Plano Sagital (flex-ext)

Si

C. Dorsal

 

Derecha

No

Plano Transversal

No

C. Lumbar

 

Izquierda

No

Indicadores de carga

Contratación prioritaria

Similitud ejercicio

Ritmo repetición discontinúa

 

Concéntrica

Si

 

 

Excéntrica

Si

Duración se concentra en franjas de 30'

 

Isométrica

Si

Pliométrica

No

Molestias habituales

 

Consideraciones ergonómicas

 

Zona dorso lumbar

 

Malas posiciones de sedestación; espalda curvada, asentarse sobre la pierna, piernas cruzadas, asentado lateral, etc.....

 

Necesitas específicas

 

Necesidades compensatorias

 

Cadena posterior extensora

 

 

 

 
 
Anexo 2.

Acuerdo de encargo de tratamiento de datos de carácter personal entre el Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya y el Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC)

 

I. Atendido que la ejecución del Encargo de gestión entre el Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya y el Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC) para la elaboración e implementación de un plan de mantenimiento físico para las personas miembros de la Policía de la Generalitat-Mossos d'Esquadra comporta que el INEFC trate datos personales de las cuales es responsable el Departamento de Interior, el INEFC tiene la consideración de encargado del tratamiento, de acuerdo con el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (RGPD), relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por la cual se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

II. Que el INEFC dispone de la capacidad y los recursos necesarios con el fin de garantizar que, en su calidad de encargado del tratamiento, aplica las medidas técnicas y organizativas apropiadas para cumplir con lo que establece la legislación mencionada de protección de datos.

 
I. CLÁUSULAS
 

Primera. - Objeto del encargo de tratamiento

Mediante este acuerdo de encargo se habilita el INEFC, en calidad de encargada del tratamiento (en adelante, el encargado), para tratar por cuenta del Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya, responsable del tratamiento (en adelante, el responsable), los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio de la elaboración e implementación de un Plan de mantenimiento físico para las personas miembros de la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra.

El tratamiento consistirá en la estructuración, conservación, consulta, supresión, modificación, comunicación de los datos seudonimizados de 2.500 efectivos del cuerpo de Mossos d'Esquadra, con el fin de elaborar y poner en marcha el Plan de mantenimiento físico de las personas miembros de la Policía de la Generalitat de Catalunya.

 

Segunda. - Identificación de la información afectada

Para ejecutar las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, el responsable, pone a disposición del encargado, el tratamiento de los datos siguientes: número de identificación, sexo, edad, especialidad, localidad de destino y categoría.

 
Tercera. - Duración

La vigencia de este acuerdo de encargo de tratamiento queda vinculada a la vigencia del encargo de gestión.

Una vez finalizado este contrato, el encargado del tratamiento tiene que suprimir los datos personales y suprimir cualquier copia que esté en su poder.

 

Cuarta. - Obligaciones del encargado del tratamiento

El encargado del tratamiento y todo su personal se obligan en:

a) Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o las que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso puede utilizar los datos para finalidades propias.

b) Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento.

Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los estados miembros, el encargado tiene que informar inmediatamente al responsable.

c) Llevar, por escrito, en los casos previstos por la normativa en materia de protección de datos, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga:

1. El nombre y los datos de contacto del encargado y del responsable por cuenta de la cual actúa el encargado y, del delegado de protección de datos.

2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta del responsable.

3. Si procede, las transferencias de datos personales en un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de este país o esta organización internacional, y en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49, apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.

4. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:

· La seudonimización y el cifrado de datos personales.

· La capacidad de garantizar la confidencialidad, la integridad, la disponibilidad y la resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.

· La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.

· El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas que garantiza la seguridad del tratamiento.

d) No comunicar los datos a terceras personas, a no ser que tenga la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles.

El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable tiene que identificar, previamente y por escrito, la entidad a la cual se tienen que comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad que hay que aplicar para proceder a la comunicación.

Si el encargado tiene que transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del derecho de la Unión o de los estados miembros que le sea aplicable, tiene que informar el responsable de esta exigencia legal de manera previa, a no ser que este derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.

e) Subcontratación

No subcontratar ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato que comporten el tratamiento de datos personales, excepto los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de los servicios del encargado.

Si hay que subcontratar algún tratamiento, este hecho se tiene que comunicar previamente y por escrito al responsable, con una antelación de 15 días. Hace falta indicar los tratamientos que se pretende subcontratar e identificar de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación se puede llevar a cabo si el responsable no manifiesta su oposición en el plazo establecido.

El subcontratista, que también tiene la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones que este documento establece para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al encargado inicial regular la nueva relación, de manera que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad...) y con los mismos requisitos formales que él, con respecto al tratamiento adecuado de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. Si el subencargado lo incumple, el encargado inicial sigue siendo plenamente responsable ante el responsable con respecto al cumplimiento de las obligaciones.

f) Mantener el deber de secreto respecto de los datos de carácter personal en los cuales haya tenido acceso en virtud de este encargo, incluso después de que finalice el objeto.

g) Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las cuales hay que informarlos convenientemente.

h) Mantener a disposición del responsable la documentación que acredita que se cumple la obligación que establece el apartado anterior.

i) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.

j) Asistir al responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos siguientes:

1. Acceso, rectificación, supresión y oposición.

2. Limitación del tratamiento.

3. A no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles).

Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante el encargado, este lo tiene que comunicar por correo electrónico a la dirección dpd.interior@gencat.cat. La comunicación se tiene que hacer de forma inmediata y en ningún caso más allá del día siguiente del día laborable en que se ha recibido la solicitud, juntamente, si procede, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.

k) Derecho de información

Corresponde al responsable facilitar el derecho de información en el momento de recoger los datos.

l) Notificación de violaciones de la seguridad de los datos

El encargado del tratamiento tiene que informar el responsable del tratamiento, sin dilación indebida y en cualquier caso antes de 48 horas, de las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las cuales tenga conocimiento, junto con toda la información relevante para documentar y comunicar la incidencia, por correo electrónico a la dirección dpd.interior@gencat.cat.

La notificación no es necesaria cuando sea improbable que esta violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.

Si se dispone, hay que facilitar, como mínimo, la información siguiente:

1. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, incluidos, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.

2. Nombre y datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en los cuales se pueda obtener más información.

3. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.

4. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluidas, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se tiene que facilitar de manera gradual sin dilación indebida.

Corresponde al encargado del tratamiento comunicar en el menor tiempo posible a los interesados las violaciones de la seguridad de los datos, cuando sea probable que la violación suponga un alto riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.

La comunicación se tiene que hacer en un lenguaje claro y sencillo y, como mínimo, hace falta:

a) Explicar la naturaleza de la violación de datos.

b) Indicar el nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en que se pueda obtener más información.

c) Describir las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.

d) Describir las medidas adoptadas o propuestas por el responsable del tratamiento para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluidas, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

m) Dar apoyo al responsable del tratamiento a la hora de hacer las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.

n) Dar apoyo al responsable del tratamiento a la hora de hacer las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.

o) Poner a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar que cumple sus obligaciones, así como para realizar las auditorías o las inspecciones que efectúen el responsable u otro auditor autorizado por él.

p) Implantar las medidas de seguridad correspondientes al nivel de riesgo medio del Marco de Ciberseguridad para la Protección de datos.

En todo caso, hay que implantar mecanismos para:

1. Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.

2. Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.

3. Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.

4. Seudonimizar y cifrar los datos personales, si procede.

q) Designar a un delegado de protección de datos, en los casos previstos por la normativa en materia de protección de datos, y comunicar la identidad y los datos de contacto al responsable.

r) Destinación de los datos

Devolver al responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soporte donde consten, una vez cumplida la prestación.

La devolución tiene que comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado.

No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras se puedan derivar responsabilidades de la ejecución de la prestación.

 

Quinta. - Obligaciones del responsable del tratamiento

Corresponde al responsable del tratamiento:

a) Entregar al encargado los datos a los cuales se refiere la cláusula 2 de este documento.

b) Hacer una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento que tiene que efectuar el encargado si fuera preceptivo.

c) Hacer las consultas previas a la Autoridad de control en los casos previstos en el artículo 36.1 del RGPD.

d) Velar, antes y durante todo el tratamiento, para que el encargado cumpla la normativa en materia de protección de datos.

e) Supervisar el tratamiento, incluida la ejecución de inspecciones y auditorías.

Cumplir con el derecho de información de los afectados.

 

Sexta. - Derechos del responsable del tratamiento. El responsable del tratamiento tiene derecho a:

a) Obtener del encargado toda la información que considere necesaria relativa a los datos y los tratamientos que se describen a la cláusula segunda, a fin de que pueda cumplir con sus obligaciones como responsable.

b) Obtener la asistencia del encargado para atender las peticiones e inspecciones de cualquier autoridad de control, cuando los tratamientos objeto de las mismas sean los que lleva a cabo el encargado.

c) Ser compensado por el encargado por los daños y perjuicios que soporte como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones del encargado o de los suyos subcontratados.

 

Séptima. - Modificación del acuerdo

Este acuerdo de encargo de tratamiento se podrá modificar de manera expresa de común acuerdo entre las partes, mediante la firma de la correspondiente adenda.

 

Octava. - Comunicaciones y notificaciones

Las comunicaciones dirigidas al responsable del tratamiento se enviarán a: dpd.interior@gencat.cat.

Las comunicaciones dirigidas al encargado del tratamiento se enviarán a: inefc.pd@gencat.cat

 

Novena. - Seguimiento y control

Las partes resolverán de común acuerdo cualquier controversia o discrepancia que pudiera surgir en la interpretación, la ejecución y el cumplimiento de este acuerdo.

Cualquier aspecto que sea relevante en el seguimiento se comunicará en la otra parte mediante los buzones electrónicos especificados a la cláusula octava de este acuerdo.

 

En prueba de conformidad, ambas partes firman el presente acuerdo, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes.

 

1 Según información publicada en la web de Mossos d'Esquadra: https://mossos.gencat.cat/ca/els_mossos_desquadra/acces_al_cos/Mosso_a/mosso_a_46_21/Prova-fisica/ (Consultado el 29/12/2021).

2 https://mossos.gencat.cat/ca/inici/ Consulta hecha día 29/12/2021.

3 http://ispc.gencat.cat/ca/formacio/escola_policia_catalunya/index.html. Consulta hecha día 29/12/2021.

4 http://ispc.gencat.cat/ca/formacio/escola_bombers_i_proteccio_civil/seleccio_formadors_ebpcc/seleccio- nuevo-personal-formador-especialidades. Consulta hecha día 29/12/2021.

5 https://www.policia.gov.co/educacion/policia-activo/actividad-fisica. Consulta hecha día 29/12/2021.

6 Un miembro es, además, Licenciado en Medicina y Cirugía especialista en Medicina de la Educación Física y del Deporte.

7 Acceso a la web: https://www.euro.who.int/en/health-topics/disease-prevention/physical- activity/activities/hepa-europe/hepa-europe-projects-and-working-groups/workplace-hepa-promotion.

8 Acceso a la web: www.eupap.org.

9 A petición del CME. Podemos incluir condicionantes como: sexo, edad, región, profesiograma, tareas, etc.

10 https://canalsalut.gencat.cat/ca/vida-saludable/activitat_fisica/soc-una-persona-activa/. Consultado día 29/12/21.

11 En este caso el motivo es compensar la proporción marcadamente inferior en comparación con hombres de cualquier otro estrato y así velar por una mejor perspectiva de género.

12 La versión catalana está en proceso de ser validada mediante un estudio donde participa este equipo de trabajo. Se traduce de la versión de 2020 inglesa (https://eparmedx.com/).

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