RESOLUCIÓN REU/3224/2024, de 5 de septiembre, de nombramiento de la señora María Ángeles López Rodríguez como jefa de la Oficina de Comunicación del Departamento de Investigación y Universidades.
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Visto lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (DOGC núm. 2509A, de 3.11.1997);
Visto el Decreto 2/2005, de 11 de enero, sobre el régimen jurídico del personal eventual de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 4300, de 13.1.2005);
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de la Generalitat de Catalunya,
RESUELVO:
—1 Nombrar a la señora María Ángeles López Rodríguez jefa de la Oficina de Comunicación, con las obligaciones y derechos inherentes a este cargo.
—2 Las funciones que corresponden a este puesto de trabajo son:
Apoyar y asistir a la persona titular del Departamento en el ejercicio de sus funciones en materia de medios de comunicación.
Diseñar la política de comunicación del Departamento, incluyendo la comunicación digital y la comunicación inclusiva.
Coordinar las relaciones de los diferentes órganos del Departamento con los medios de comunicación.
Hacer el análisis y la difusión interna del contenido informativo de los diferentes medios de comunicación.
Enviar notas de prensa y comunicados y preparar entrevistas, reportajes y ruedas de prensa.
Elaborar los informes que le sean encargados sobre este ámbito de actuación.
Cualquier otra función que, de acuerdo con su naturaleza, le sea expresamente encomendada.
—3 Las retribuciones de este puesto de trabajo son las que corresponden a un puesto de funcionario/a del grupo A, nivel de destino 27.3, jornada y horario de dedicación especial y complemento específico de 39.651,72 euros anuales.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015), o bien pueden interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE núm. 167, de 14.7.1998).
Igualmente, pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 5 de septiembre de 2024
Núria Montserrat Pulido
Consejera de Investigación y Universidades