RESOLUCIÓN ACC/4750/2023, de 15 de mayo, de informe de impacto ambiental del Proyecto de rehabilitación para el uso de turismo rural de la vivienda y edificaciones rurales en la Casa del General situadas en el polígono núm. 2, parcela núm. 366, tramitado por el Ayuntamiento de La Sentiu de Sió, en el término municipal de La Sentiu de Sió (exp. OTAALL20230023).

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1 Antecedentes

El día 7 de febrero de 2023, entró en la Oficina Territorial de Evaluación Ambiental en Lleida la solicitud de inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del Proyecto de rehabilitación de la Casa del General y edificaciones rurales asociadas situadas en el polígono núm. 2, parcela núm. 366, promovido por la señora Nativitat Palou Garriga y tramitado por el Ayuntamiento de la Sentiu de Sió, en el término municipal de la Sentiu de Sió

A la solicitud se adjuntó el documento ambiental, redactado por el señor Joan Maluquer Margalef, biólogo y consultor ambiental (MCA Consultors i associats).

 

2 Marco normativo

El anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, establece que son objeto de una evaluación de impacto ambiental simplificada los proyectos de instalaciones hoteleras fuera del suelo urbanizado y sus construcciones asociadas (grupo 9.l).

 

3 Descripción del Proyecto y del estudio de impacto ambiental

El Proyecto de actuación específica (PAE) tiene por objeto el derribo parcial y la reconstrucción o remodelación de un espacio de vivienda (Casa del General) y una granja en estado de abandono, situadas en el polígono núm. 2, parcela núm. 366, del término municipal de la Sentiu de Sió (coordenadas X:323968, Y: 4630940), a fin de transformarlas en alojamiento rural, con una ocupación total de 1.093 m2.

El Proyecto prevé mantener esencialmente los volúmenes centrales existentes de planta baja y piso, y derribar parte de los cuerpos añadidos, disonantes con la composición original (almacenes y corrales). También se derribarán los tabiques interiores de la granja para adecuarla al uso de alojamiento rural y se sustituirán todas las cubiertas de fibrocemento por las tradicionales de teja árabe.

Se prevén las siguientes actuaciones:

   - Saneamiento y restauración de las fachadas perimetrales del edificio principal (Casa del General) y sustitución de las cubiertas de fibrocemento por las tradicionales de teja árabe.

   - Adecuación funcional de la vivienda para adaptar el programa funcional al propio alojamiento rural con una capacidad para diez habitaciones y seis baños.

   - Adecuación de los espacios exteriores de la edificación, con la construcción de una zona de aparcamiento exterior. Esto requerirá una nivelación y la creación de una circulación exterior adaptada para el acceso de personas con movilidad reducida.

El proyecto prevé crear tres unidades de alojamiento rural y una instalación común ubicada en la planta baja.

      - Unidad 1: ubicada en los cuerpos A, B, C, en planta baja que se abre al exterior. Esta unidad funcionaría como salón-comedor-cocina, con un baño adaptado y cuatro dormitorios y tres baños en la planta piso. El espacio exterior aprovechable para esta unidad sería la actual.

      - Unidad 2 ubicada en el cuerpo entero F en una sola planta, con salón-comedor-cocina en un único espacio y cuatro dormitorios y dos baños. El espacio exterior aprovechable sería el patio interior generado con el derribo de la cubierta del espacio E original.

      - Unidad 3, ubicada en la primera planta del cuerpo D, con dos dormitorios y un baño.

      - La planta baja del cuerpo D se destinará a instalaciones comunes.

      - Con el derribo de la cubierta, el cuerpo E se convertirá en patio exterior.

La finca aprovechará los servicios de acometida de agua y corriente eléctrica y red de saneamiento existentes:

   - Agua: el suministro de agua potable proviene de la red municipal y de un pozo. Para el saneamiento, la casa cuenta con un depósito de acumulación (fosa séptica) de las aguas residuales, que se recogen periódicamente con un camión homologado para trasladarlas a la EDAR de Balaguer.

   - Se dispone de una acometida de agua que suministra la Casa del General procedente de la red municipal de la Sentiu de Sió, que debe sustituirse porque está obsoleta.

   - Energía:

      - El Proyecto contempla sistemas de climatización (calefacción y refrigeración) y de ACS con energías renovables, fundamentalmente geotermia.

      - Se prevé instalar una extensión de placas solares fotovoltaicas en las cubiertas para cubrir la demanda de energía eléctrica de red que se prevé únicamente para la iluminación y funcionamiento de los electrodomésticos y otros aparatos conectados a la red.

      - No se prevé la colocación de luminarias exteriores en altura, más allá de las mínimas para señalizar el punto de entrada desde el exterior y los accesos a los tres módulos de vivienda, siempre con luz LED y en soportes a baja altura y con proyección del foco mirando al suelo (mínimo del 99% del flujo lumínico).

      - Cada uno de los tres módulos de alojamiento dispondrá también de hogar y chimenea.

      - El cuadro y la instalación eléctrica de los diferentes edificios del complejo se harán nuevos, respetando el Reglamento electrotécnico de baja tensión (RD 842/2002, de 2 de agosto), así como las Normas técnicas particulares de Fecsa-Endesa para las instalaciones de enlace a baja tensión. Por otra parte, se prevé crear un aislamiento térmico de los muros con placas de cartón yeso y también bajo teja o bajo cubierta, según los casos.

 

4 Consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas

En la tabla adjunta se detallan las administraciones públicas, entidades y personas interesadas consultadas en esta fase. Se marcan con una "X" las que han emitido informe en relación con el documento ambiental:

 

Relación de consultas

 

Respuestas recibidas

Agencia Catalana del Agua

 

Confederación Hidrográfica del Ebro

X

Departamento de Interior

X

Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural

 

Departamento de Cultura

X

Sección de Biodiversidad y Medio Natural

 

Consejo Comarcal de La Noguera

 

IPCENA

 

GEPEC

 

EGRELL

 

Asociación Trenca

 

 

El informe del Departamento de Interior indica que el Proyecto es compatible con la gestión de los riesgos de protección civil y, por lo tanto, no le son de aplicación los criterios (limitaciones y condicionantes) para el control de la implantación de nuevos elementos vulnerables que en estos se establecen.

La Confederación Hidrográfica del Ebro considera que el Proyecto es compatible respecto a los distintos factores involucrados del sistema hídrico, siempre que se dé cumplimiento a las medidas previstas en el documento ambiental y que se garantice que no se alterará la dinámica hidrogeológica de la zona y se asegure la calidad de las aguas superficiales y subterráneas.

El Departamento de Cultura emite informe favorable por el hecho de que no existe ningún bien cultural documentado afectado directamente y porque no existe la previsión de llevar a cabo nuevas construcciones.

 

5 Evaluación de impacto ambiental de acuerdo con los criterios del anexo III

5.1 Consideraciones en relación con las características del Proyecto

El Proyecto consiste en la rehabilitación de una vivienda, junto con el derribo y la reconstrucción de naves agrícolas en diferentes estados de conservación (almacén, corrales, granja), que generará un cierto volumen de residuos de construcción, pero que al mismo tiempo permitirá mantener el volumen del edificio central y optimizar la superficie ocupada por todos estos elementos disfuncionales.

Por otra parte, la situación del Proyecto, que está rodeado de caminos y próximo a la carretera, facilita el transporte de los materiales de construcción necesarios y de los restos de los edificios o partes de éstos que deban derribarse. A tal efecto, según consta en la documentación ambiental aportada, la gestión de residuos prevista se llevará a cabo de acuerdo con la normativa vigente en esta materia, entre otros el Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. En el caso que nos ocupa, el destino previsto es el vertedero de escombros de Balaguer.

Cabe decir que, como residuo especial, el fibrocemento presente en parte de las cubiertas de las naves se retirará totalmente por personal debidamente cualificado perteneciente a empresas inscritas en el Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) y se transportará para su correcta gestión a la planta especializada más próxima, de acuerdo con lo dispuesto en el RD 396/2006, de 31 de marzo.

Por último, en cuanto a la gestión de los residuos domésticos, en cada espacio de cocina-comedor está prevista la colocación de un sistema de recogida selectiva de las 5 fracciones principales (cristal, papel-cartón, envases ligeros, resto y materia orgánica), que se retirarán periódicamente, una vez acopiados en contenedores situados en una parcela colindante con el complejo rural de esta propiedad.

Para el nuevo uso de alojamiento rural se aprovecharán los mismos suministros de agua y electricidad y la misma red de saneamiento con que cuenta la vivienda actual. Aún así, es necesario rehacer alguna instalación en mal estado y reforzar el suministro eléctrico por el aumento del consumo previsto en electrodomésticos y calefacción. A tal efecto, el Proyecto prevé la instalación de placas solares sobre la cubierta de algunos de los edificios, para complementar la demanda energética requerida con el nuevo uso, básicamente en relación con la climatización de las habitaciones.

Las actuaciones fuera de los edificios tienen que ver con nuevos usos de turismo rural y para posibilitar el acceso a personas de movilidad reducida. Desde un punto de vista propiamente ambiental, destaca la recuperación de la era y algunos cubiertos como zona de jardines.

Las obras de reconstrucción implican la llegada de materiales de construcción y su acopio, dos acciones que, por la orografía, facilidad de acceso y disponibilidad de terrenos, no conllevan ningún efecto apreciable sobre el medio, a excepción del transporte, que será puntual y concentrado en el inicio de la actuación. Asimismo, el edificio dispone de accesos existentes que están en buen estado y no es necesario llevar a cabo ningún tipo de arreglo específico.

Debido al aprovechamiento de gran parte de los servicios urbanísticos implantados, no se prevén obras que impliquen movimientos de tierras, ni un importante uso de recursos naturales para llevar a cabo nuevas conexiones al abastecimiento público. Sólo se actuará para obtener un complemento energético con la dotación de un sistema de placas fotovoltaicas para autoconsumo, que permitirá asumir el aumento del uso de alojamiento turístico.

En cuanto al sistema de saneamiento, la documentación ambiental indica que los edificios disponen de medios adecuados para extraer las aguas residuales que se generen de forma independiente. Por otra parte, dada la falta de red de saneamiento en el municipio de la Sentiu de Sió, se mantendrá el sistema de saneamiento actual, basado en una cisterna de almacenamiento y un camión de recogida periódica y transporte a la EDAR de Balaguer, a cargo de la empresa homologada Neconsa.

En uanto al funcionamiento de la nueva actividad de turismo rural, teniendo en cuenta que se trata de una vivienda existente en suelo no urbanizable, tampoco se puede considerar que comporte un incremento significativo del impacto acústico o lumínico en el territorio. La iluminación exterior será mínima y cumplirá con la normativa vigente según la zona de protección frente a la contaminación lumínica en la que se encuentra la vivienda objeto de estudio.

5.2 Consideraciones en relación con la ubicación del Proyecto

El Proyecto no afecta a ningún espacio de interés natural regulado según el Decreto 328/92, ningún espacio incluido en la red Natura 2000, ninguna zona húmeda del Inventario de zonas húmedas de Cataluña, ni ninguna geozona del Inventario de espacios de interés geológico.

El Proyecto afecta a una de las pocas zonas del término municipal de Els Plans de Sió donde se concentra una alta actividad agroganadera. De hecho, la parcela donde se encuentran los edificios que quieren rehabilitarse formaba parte de una manzana parte urbana, parte rústica donde se concentraba una importante actividad agroganadera. Por tanto, puede considerarse que el Proyecto en cuestión está dentro de un contexto bastante antropizado sin valores naturales y paisajísticos destacados.

La finca se incluye en el sistema de espacios abiertos del Plan territorial parcial de Ponent, aprobado en 2007, dentro de la categoría de suelo de protección preventiva. Los espacios naturales más cercanos con alguna categoría de protección son el valle del río Sió, con la categoría de Protección especial por su valor de interés natural y conector, y la sierra de Bellmunt - Almenara, incluida dentro del PEIN y de la red Natura 2000.

Por otra parte, la finca objeto del Proyecto de actuación específica se incluye en la unidad de paisaje del Baix Sió (19). El ámbito del PAE no está afectado por ninguno de los riesgos e impactos identificados ni tiene valores destacables que haya que proteger, que se circunscriben en las inmediaciones del río Sió y de los canales de riego y las banquetas adyacentes.

Asimismo, por su ubicación, el Proyecto no afecta a ninguno de los conectores terrestres o fluviales identificados en la cartografía de conectividad de Cataluña, ningún punto crítico para la conectividad ni tampoco áreas de interés para la conectividad terrestre.

El entorno inmediato no presenta masas boscosas y la actuación no variará estas características, por lo que no habrá riesgos de incendios forestales adicionales a causa de la nueva actividad implantada, aunque el riesgo según la cartografía digital disponible está dentro de la categoría más baja, por el entorno cerealístico dominante.

Por tanto, respecto a su ubicación, la propuesta encaja en los usos agropecuarios preexistentes y no afecta a los valores naturales y paisajísticos, ya que no ocupa más espacio que el que ya está ocupado, e incluso se reconoce una pequeña reducción de la superficie construida.

Tampoco se prevé provocar niveles de ruido superiores a los que ya se desarrollan por la actividad agraria y ganadera de la zona y, por tanto, se continuará estando por debajo de los niveles de inmisión de ruido que se indican en el Decreto 176/2009, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 16/2002, de protección contra la contaminación acústica.

En cuanto al potencial impacto lumínico de la nueva actividad, y dado que según el Mapa de protección del medio ambiente frente a la contaminación luminosa en Cataluña la Masia se sitúa en zona de protección alta (E2), la documentación ambiental señala una serie de condiciones que es necesario cumplir y que se ajustan a la reglamentación vigente para este vector de calidad ambiental.

Respecto a la hidrografía y la hidrología, el ámbito del Proyecto se encuentra dentro de la cuenca hidrográfica del río Sió, pero tanto por distancia como por cota queda totalmente fuera del dominio inundable para todos los períodos de retorno (T=10, T =100 y T=500). Por otra parte, la parcela afectada, por sus dimensiones y delimitación con caminos, ocupa un espacio más elevado que se encuentra fuera de cualquier flujo de escorrentía hídrica secundaria.

La intervención propuesta sobre la vegetación natural del entorno inmediato de los edificios que contendrán el nuevo uso de alojamiento rural se ciñe a la eliminación de las especies vegetales alóctonas de carácter invasor o con riesgo de serlo en el contexto edafoclimático de la Plana de Lleida.

Según la documentación ambiental aportada, en los nuevos espacios ajardinados que se crearán (el espacio ahora ocupado por una antigua nave agropecuaria) se plantarán especies arbóreas y arbustivas autóctonas o naturalizadas en la zona de la Plana de Lleida, como la carrasca (Quercus rotundifolia), el acebuche (Olea europea var. sylvestris), el aladierno (Rhamnus alaternus), el labiérnago (Phyllirea angustifolia), el enebro marítimo (Juniperus oxycedrus), la sabina (Juniperus phoenicea), el olivo (Olea e. europaea) y el almendro (Prunus dulcios), entre otros.

También se indica que se podrán plantar plantas arbustivas o herbáceas autóctonas y adaptadas a las condiciones edafoclimáticas de la zona, y no se deben utilizar céspedes o combinaciones de plantas herbáceas/arbustivas foráneas o con elevados requisitos hídricos. En cuanto al ahorro de consumo de agua, el Proyecto adoptará recubrimientos del suelo que reduzcan las pérdidas de agua por evaporación.

Se aprovecharán las cubiertas de los diferentes cuerpos construidos para recoger las aguas pluviales y almacenarlas en depósito o pequeña cisterna en el patio del recinto, para utilizarlas para el riego (mínimo o durante los períodos de mayor aridez) de toda la zona ajardinada. De todas formas, es necesario utilizar igualmente sistemas que minimicen el consumo de agua, como la microirrigación o el riego por goteo con temporizador variable en función de la estación.

Por último, se considera una buena opción de ajardinamiento el mantenimiento de la estructura actual de arbolado perimetral en torno a los patios situados en el S y E del ámbito, que creará, además, zonas de sombra que reduzcan el impacto térmico del sol, tanto de cara a los usuarios del alojamiento como de los vehículos que aparquen.

5.3 Consideraciones en relación con las características de los potenciales impactos

Los principales impactos ambientales derivados del Proyecto son los asociados al proceso constructivo, puesto que una vez ejecutadas las obras no habrá cambios significativos en los usos del suelo ni en el paisaje.

La rehabilitación prevé mantener el volumen del edificio principal y el derribo y adaptación para alojamiento rural de los edificios auxiliares, con lo que se obtendrá una mejora del aspecto visual actual del complejo, deteriorado por el desuso de los últimos años. Asimismo, la vegetación autóctona de la finca no sólo no se altera, sino que adquiere también una integración con el entorno mucho más satisfactoria, al eliminarse la vegetación alóctona invasora presente en el ámbito.

El Proyecto respeta las medidas de integración paisajística previstas por la Ley de urbanismo, como por ejemplo las tonalidades de zócalos, puertas y ventanas —siempre más oscuras que la fachada— y los colores de la fachada integrados en el paisaje donde se encuentren, que en este caso serán terrosos.

 

6 Resolución

En consecuencia, considerando la documentación presentada, las respuestas recibidas a las consultas formuladas, así como los criterios del anexo iii de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, relativos a las características del Proyecto, su ubicación y las características del impacto potencial, y a propuesta de la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Lleida,

 

Resuelvo:

 

Primero

Emitir informe de impacto ambiental en el sentido de que el Proyecto de rehabilitación para el uso de turismo rural de la vivienda y las edificaciones rurales en la Casa del General situadas en el polígono núm. 2, parcela núm. 366, tramitado por el Ayuntamiento de la Sentiu de Sió y promovido por la señora Nativitat Palou Garriga, en el término municipal de la Sentiu de Sió, por el que se determina que no debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, dado que la actuación prevista no tiene efectos adversos significativos sobre el medio ambiente si se cumplen las condiciones establecidas en esta Resolución.

 

Segundo

Incluir las condiciones adicionales siguientes:

Los sistemas de abastecimiento y saneamiento de aguas previstos deben completar la tramitación indicada en el informe de la Confederación Hidrográfica del Ebro antes de que la nueva actividad entre en funcionamiento.

 

Tercero

Una vez finalizadas las obras, el promotor deberá presentar ante la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Lleida del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural un informe final, firmado por la dirección ambiental de la obra, que verifique el cumplimiento de las medidas correctoras y condiciones que establecen el documento ambiental y esta Resolución.

 

Cuarto

Trasladar esta Resolución a la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental de Lleida para que la notifique a la persona interesada.

 

De acuerdo con lo que establece el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, esta Resolución de informe de impacto ambiental deberá hacerse pública mediante su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la Sede electrónica del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.

De conformidad con el artículo 47.5 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no podrá ser objeto de recurso, sin perjuicio de los recursos que correspondan en la vía administrativa o judicial ante el acto, si procede, de autorización del Proyecto.

 

Barcelona, 15 de mayo de 2023

 

Marc Vilahur i Chiaraviglio

Director general de Políticas Ambientales y Medio Natural

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