ANUNCIO sobre aprobación de las bases reguladoras, de Ingesol EPEL, para el proceso de selección para cubrir la posición de especialista de mantenimiento de playas, así como la creación de una bolsa de trabajo de especialistas de mantenimiento para el servicio de playas de Cambrils, mediante el sistema de concurso-oposición (exp. RH2024002).

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Por acuerdo de la Presidencia de Ingesol EPEL, a fecha de la firma digital de este documento, se han aprobado las bases reguladoras, de Ingesol EPEL, para el proceso de selección para cubrir la posición de especialista de mantenimiento de playas, así como la creación de una bolsa de trabajo de especialistas de mantenimiento para el servicio de playas de Cambrils, mediante el sistema de concurso-oposición.

Atendiendo al principio de legalidad y el de jerarquía normativa, tanto las bases que rigen este proceso, deben ser interpretadas según el nuevo Estatuto Básico de la Función Pública, por lo que, cualquier base que contradiga o se oponga a éste debe ser reemplazada por el artículo correspondiente del RDL 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto del empleado público.

Estas bases se encuentran insertadas en el tablón de anuncios de Ingesol EPEL y se pueden consultar dentro de la sede electrónica de la entidad haciendo clic en el siguiente enlace: Sede Electrónica Ingesol . Las solicitudes de participación en el proceso de selección se presentarán dentro del plazo de 20 días naturales contados desde el día siguiente de la última publicación del anuncio de este proceso de selección en el BOPT o DOGC.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa se puede interponer recurso de reposición potestativo, previo a lo contencioso administrativo, ante la Junta de Gobierno Local el Ayuntamiento de Cambrils en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación según lo dispuesto en el art. 123 de la Ley 39/2015 o bien directamente Recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo contencioso administrativo de Tarragona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los arts. 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 13 de julio de 1998, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.

 

Cambrils, 25 de julio de 2024

 

Alfredo Clúa Baldellou

Presidente de Ingesol EPEL

 

 

BASES REGULADORAS, DE INGESOL EPEL, PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA CUBRIR LA POSICIÓN DE ESPECIALISTA DE MANTENIMIENTO DE PLAYAS Y LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE OFICIALES DE MANTENIMIENTO PARA LAS PLAYAS DE CAMBRILS. EXPEDIENTE RH2021002

 

Primera.- Antecedentes de hecho

El Ayuntamiento de Cambrils (en adelante el Ayuntamiento), en sesión plenaria de fecha 30 de septiembre de 2008 aprobó definitivamente la constitución y los estatutos de Ingesol. El acuerdo fue publicado en el BOPT núm. 236, de fecha 11/10/2008. Posteriormente, en fecha 20/01/2010, se modificó el artículo 4 de los Estatutos, siendo objeto de publicación en el BOPT del día 11/03/2010. Por último, en fecha 21/08/2019, se han vuelto a publicar adaptándolos a la actual Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP).

La entidad tiene por objeto "La adquisición y venta del suelo; Promoción, gestión, administración y explotación del Patrimonio público del suelo y la vivienda; La promoción, construcción, rehabilitación venta o arrendamiento de viviendas, tanto libres como protegidas; La planificación y ejecución, directa oa través de terceros, de las políticas públicas de promoción de vivienda protegida en el municipio; La gestión y arrendamiento de inmuebles y bienes patrimoniales propiedad municipal o que éste le pueda transferir, vender o ceder; Elaboración y ejecución de proyectos de gestión y ejecución urbanística, ya sea de reparcelación, compensación, cooperación y/o expropiación; La protección, recuperación o transformación de espacios de la ciudad mediante su rehabilitación o transformación urbanística; La ejecución de obras en general y de obras de urbanización, infraestructura, construcción de equipamientos públicos o de interés para la ciudad; La promoción, construcción, participación y gestión de centros y equipamientos, educativos, culturales, deportivos, sociales, feriales y congresuales; La adquisición, tenencia, administración, gestión, explotación y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles; y La gestión de servicios de cualquier naturaleza que el Ayuntamiento crea oportuno".

Ingesol tiene consideración de medio propio personificado y servicio técnico del Ayuntamiento y dispone de los recursos materiales, humanos y presupuestarios necesarios para la consecución de su objeto social y los encargos que reciba del Ayuntamiento. En este sentido, el art. 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, considera a las entidades públicas empresariales, como Ingesol, como parte integrante del sector público institucional, no administración pública. Siendo también considerada la entidad como poder adjudicador en el art. 3. 3. d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (LCSP).

Los encargos de gestión, regulados en el artículo 32 de la LCSP, que efectúe el Ayuntamiento en Ingesol, no tendrán la consideración jurídica de convenio (art. 48, Ley 40/2015). Serán de ejecución obligatoria por Ingesol y se realizarán de acuerdo con las instrucciones fijadas unilateralmente por el Ayuntamiento.

El Ayuntamiento Pleno, en fecha 26 de octubre de 2020, aprobó el encargo de gestión del servicio de limpieza y mantenimiento de las playas de Cambrils y de su mobiliario a la entidad pública empresarial Ingesol.

 

Segunda.- Objeto de las bases reguladoras

Estas bases reguladoras tienen por objeto iniciar el expediente de selección de personal de Ingesol, para cubrir una plaza de especialista de mantenimiento, así como la creación de una bolsa de trabajo para poder proveer, posibles vacantes dentro de la categoría laboral de oficial de mantenimiento para las playas de Cambrils.

La presente bolsa de trabajo será la fuente de suministro de personal para cubrir la vacante citada en el párrafo anterior en atención a las necesidades de tareas propias del puesto de trabajo de oficial de mantenimiento de las playas, que gestiona Ingesol bajo encargo de gestión del Ayuntamiento. Cuando se produzca cualquier vacante de puesto de trabajo como consecuencia principalmente de:

- Causas productivas

- Incapacidades temporales derivadas de enfermedad común, accidente laboral o no laboral

- Bajas por riesgo de embarazo y bajas maternales/paternales.

- Excedencias por maternidad/paternidad y por cuidado de familiar

- Bajas laborales diversas

- Permisos y/o licencias retribuidas recogidos en el convenio colectivo sectorial y/o en el Estatuto de los Trabajadores

- Coberturas de vacaciones
- Plazas vacantes
- Otros

Los puestos de trabajo de oficial de mantenimiento para las playas de Cambrils, necesitan de ineludible cobertura cuando se produce alguna de las circunstancias anteriormente descritas, y sobre todo en época de temporada alta, cuando la afluencia de turistas a las playas es más alta. La tipología del servicio requiere una sustitución inmediata del recurso humano que ocupa el puesto de trabajo, como consecuencia de la imposibilidad de aplazar las diversas tareas que se asignarán mediante la presente bolsa de trabajo, y que muchas veces pueden revestir carácter de urgencia, como las relativas a fontanería, carpintería o pintura, entre otros.

La presente convocatoria de personal se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona (BOPT) y en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC). Asimismo estas bases reguladoras se publicarán en el apartado de Convocatorias de personal de la sede electrónica de Inglés . El resto de publicaciones del proceso de selección también se realizarán en el apartado de convocatorias de personal de la sede electrónica de Ingesol en los términos establecidos en este documento de bases reguladoras .

La publicación en la sede electrónica sustituye la notificación individual a los interesados, de acuerdo con el arte. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Tercera.- Ámbito temporal de duración de la bolsa de trabajo

La plaza de especialista de mantenimiento se cubrirá con una contratación indefinida

Por otra parte, el ámbito temporal de vigencia de la bolsa de trabajo objeto de esta convocatoria, será por el período comprendido entre la fecha de publicación de la bolsa y hasta el día 31 de diciembre de 2026.

Sin embargo, este ámbito podrá verse prorrogado durante un máximo de dos años más por razones de servicio, es decir, hasta 31 de diciembre de 2028.

 

Cuarta.- Puesto de trabajo

Denominación del puesto de trabajo/categoría: Oficial de mantenimiento.

Régimen jurídico:

- Plaza a cubrir: contratación indefinida.

- Bolsa de trabajo: personal contratado con régimen laboral temporal, que se rige por el Estatuto de los Trabajadores, así como por el resto de preceptos legales que son de aplicación a todo el personal del sector público.

Tipo de contrataciones habituales: Eventual por circunstancias de la producción, eventual por interinaje.

Modalidades: a tiempo completo o parcial.

Grupo profesional : Grupo IV Nivel 1.

Retribución: 1.627,52 € brutos mensuales por 15 pagas según colectivo de trabajo del sector de la limpieza de edificios y locales de Cataluña para los años 2017 a 2021 (código número 79002415012005) e incremento de las leyes de presupuestos general del estado aplicables a partir del año 2024, incluido.

Sistema de selección: concurso oposición.

 

Quinta.- Funciones del puesto de trabajo

Las principales funciones a desarrollar para los puestos de trabajo objeto de estas bases, entre otras, son las que se detallan a continuación:

- Responsabilizarse del mantenimiento integral (preventivo, correctivo y predictivo) del mobiliario de las playas de Cambrils que se recoge en el documento de encargo de gestión del Ayuntamiento de Cambrils por el servicio de limpieza y mantenimiento de las playas de Cambrils y de su mobiliario en la entidad pública empresarial Ingesol EPEL. Principalmente, este mobiliario está compuesto por duchas y lavapiés (fijos a lo largo del paseo o móviles) con sus plataformas, pasarelas, papeleras, señales verticales de información de playas y módulos de socorrismo

- Realizar tareas de fontanería propias de reparaciones y nuevas instalaciones para los diferentes elementos del mobiliario, como realizar nuevas canalización desde una arqueta de agua hasta el lugar donde se necesita instalar el elemento del mobiliario, mantener o instalar bombas por la expulsión de fecales de pozos, mantener en correcto funcionamiento los lavabos de los diferentes módulos de socorrismo, etc.

- Mantenimiento, conservación y reparaciones básicas en los oficios de carpintería, pintura, hierro y ocasionalmente de albañilería.

- Montaje de instalaciones temporales de mobiliario en playas antes de domingos de Ramos y antes del 1 de junio, así como de desmontaje y almacenamiento del material a partir del 15 de octubre.

- Planificación y preparación diaria de los medios materiales necesarios para la realización de las distintas tareas.

- Traslado y desplazamiento a la pertinente ubicación de la maquinaria y herramientas necesarias en la ejecución de los trabajos diarios. Al mismo tiempo que responsabilizarse sobre el buen uso, cuidado y mantenimiento de la maquinaria, herramientas de trabajo, elementos de transporte que Ingesol pone a disposición para la correcta ejecución de las tareas encomendadas.

- Realizar todas aquellas reparaciones manuales cuando sean necesarias por necesidades del servicio dentro de las competencias propias del puesto de trabajo.

- Control de inventario de todo el mobiliario fijo o móvil. Informe de estado de los bienes con necesidad de reposición, en su caso.

- Control de inventario de las herramientas de trabajo y control de stock del material necesario para reparaciones del mobiliario y nuevas instalaciones. Asimismo, planificación y realización de presupuestos de compras de material y previsión de stocks de seguridad.

- Limpieza diaria y cuidado de las máquinas y herramientas de trabajo para alargar su durabilidad así como evitar y prevenir costosas reparaciones fáciles de evitar.

- Orden, clasificación y limpieza del almacén del Vivero, tanto internamente o en la zona exterior. Se propondrán y ejecutarán opciones de mejora.

- Planificar anualmente, trimestralmente, mensual y semanalmente las tareas a desarrollar.

- En temporada estival (junio a septiembre) limpieza completa diaria de los elementos de agua.

- Comunicación y coordinación diaria con el encargado de playas de Ingesol, así como la comunicación de anomalías e incidencias a la Dirección de Ingesol.

- Proponer e impulsar todas las medidas dirigidas a mejorar y garantizar la debida conservación y seguridad de las infraestructuras municipales de las playas de Cambrils en el ámbito de sus competencias.

- Conocer, observar y aplicar de forma permanente las normas e indicaciones de Seguridad y Salud en el trabajo.

- Realización de todas las tareas análogas y complementarias que le sean asignadas por la Dirección de Ingesol, y que guarden relación directa con el objeto de estas bases.

 

Sexta.- Requisitos generales de participación en la convocatoria

Para tomar parte en esta convocatoria, la persona aspirante debe cumplir obligatoriamente los requisitos que se especifican en estas bases, el último día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

a) Tener la nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea o la de los Estados a los que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, será de aplicación la libre circulación de trabajadores, de conformidad con el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con lo que establecen la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero , sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma de las leyes 4/2000, 7/1985, 30/1992 y 3/1991. En cualquier caso, los/las aspirantes que no tengan la nacionalidad española deben acreditar documentalmente su nacionalidad.

Las previsiones del párrafo anterior serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de las personas españolas y nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho ya sus descendientes ya los de su cónyuge siempre que no estén separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes.

Las personas extranjeras con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas como personal laboral, en igualdad de condiciones que las españolas.

b) Los/las aspirantes que no tengan la nacionalidad española y no sean originarias de países en los que el castellano sea lengua oficial tendrán que demostrar un conocimiento adecuado del castellano, tanto en la expresión oral como en la escrita. Tienen que acreditar un conocimiento de nivel mínimo B2 de castellano. En caso de que las personas aspirantes no puedan acreditar documentalmente la posesión de un conocimiento adecuado del castellano, el proceso de selección debe contener una prueba o el ejercicio de conocimientos orales y escritos de lengua castellana que deben superar. La prueba, en su caso, debe calificarse de APTO o NO APTO, siendo necesario obtener la valoración de apto para pasar a realizar las pruebas restantes de la fase de oposición o para pasar a la fase de concurso.

Estos conocimientos se acreditan con la presentación de alguno de los siguientes documentos:

- Certificado conforme se ha cursado la primaria, secundaria y/o bachillerato en el Estado español.

- Diploma de español como lengua extranjera (DELE) de nivel intermedio o superior de español establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o equivalente. O certificación académica que acredite haber superado todas las pruebas dirigidas a su obtención.

- Certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas.

c) Poseer la capacidad funcional para desarrollar las tareas del puesto de trabajo.

d) Haber cumplido 16 años de edad, y no exceder, en su caso, de la edad máximo de jubilación forzosa de 65 años.

e) Poseer el título de graduado escolar , equivalente o superior y estar en condiciones de tener la acreditación correspondiente en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deben estar acompañadas de la orden ministerial de reconocimiento del título expedido, de conformidad con la normativa reguladora de la homologación y consolidación de los títulos y estudios extranjeros. La equivalencia de las titulaciones deberá ser acreditada por el aspirante.

f) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida desarrollar las funciones correspondientes al puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.

g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, o cualquier entidad del sector público institucional y empresarial en general. Ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial por empleo o cargos públicos por resolución judicial, por el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o por ejercer funciones similares a las que desarrollaban en el caso del personal laboral del sector público, en el que hubiera sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos del acceso al empleo público.

h) No estar afectado por ninguna de las causas de incapacidad o de incompatibilidad previstas en la legislación vigente para el personal al servicio de las administraciones públicas.

i) Poseer el certificado de nivel básico de catalán (certificado A2) de la Dirección General de Política Lingüística o alguna de las titulaciones equivalentes de acuerdo con el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, ( modificado por el Decreto 3/2014, de 7 de enero), y la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección General de Política Lingüística. Asimismo, es de aplicación el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña.

En caso de que las personas aspirantes no puedan acreditar documentalmente la posesión del nivel de catalán exigido, el proceso de selección debe contener una prueba o el ejercicio de conocimientos de lengua catalana del mismo nivel al requerido en la convocatoria, que deben superar estos aspirantes. La prueba, en su caso, debe calificarse de APTO o NO APTO, siendo necesario obtener la valoración de apto para pasar a realizar las pruebas restantes de la fase de oposición o para pasar a la fase de concurso.

No obstante lo anterior, y de acuerdo con lo establecido en el arte. 5 del Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña, quedan exentos de realizar la prueba de conocimientos de la lengua catalana, las personas aspirantes que hayan participado y obtenido plaza en procesos anteriores de selección de personal para acceder a un proceso de selección de personal de Ingesol o del Ayuntamiento de Cambrils, en el que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria, siempre y cuando no haya transcurrido 1 año desde la realización de la última prueba.

 

Séptima.- Presentación de solicitudes

Las personas aspirantes que deseen tomar parte de este proceso de selección, podrán presentar la solicitud por alguna de las formas previstas en el arte. 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y prioritariamente a través de medios telemáticos :

En la Sede electrónica de Ingesol :

1. Habrá que identificarse digitalmente mediante modelo oficial y normalizado previsto en la siguiente página web: INSTANCIA GENÉRICA .

Para cualquier duda puede contactar con las oficinas de Ingesol a través del 977 129 001 Ext. 4 de 9 a 14 horas.

2.O BLIGATORIO o cumplimentar el modelo normalizado de solicitud de participación de Ingesol . ATENCIÓN : Se deberá formalizar, firmar (de forma manuscrita o digitalmente) por el aspirante y adjuntar a la solicitud de instancia genérica del paso 1 . Se puede descargar en el apartado de Convocatorias de personal de la Sede electrónica de Ingesol: CONVOCATORIAS DE PERSONAL .

3. Adjuntar, sólo en caso de oposición en la consulta de documentación por parte de Ingesol expresada en el documento de solicitud indicado en el apartado anterior, copia de la documentación obligatoria prevista en esta cláusula.

4. Adjuntar la documentación complementaria que el aspirante considere necesaria para justificar los requisitos generales de la cláusula sexta y cláusula undécima de estas bases, conforme la documentación requerida en cada punto por la valoración del concurso de méritos.

Alternativamente, se podrá realizar la presentación de solicitudes en soporte papel siguiendo el siguiente procedimiento:

1. OBLIGATORIO llenar el modelo normalizado de solicitud de participación de Ingesol . Se tendrá que formalizar, imprimir y firmar de forma manuscrita por el aspirante. Se puede obtener en el apartado de Convocatorias de personal de la Sede electrónica de Ingesol: CONVOCATORIAS DE PERSONAL .

2. Adjuntar, sólo en caso de oposición a la consulta de documentación por parte de Ingesol expresada en el documento de solicitud indicado en el paso 1, copia de la documentación obligatoria prevista en esta cláusula.

3. Adjuntar la documentación complementaria que el aspirante considere necesaria para justificar los requisitos generales de la cláusula sexta y cláusula undécima de estas bases, conforme la documentación requerida en cada punto por la valoración del concurso de méritos.

4. Presentar la solicitud de convocatoria presencialmente en las oficinas de Ingesol, únicamente los jueves de 09:00 a 13:00 horas (c/ Cardenal Vidal i Barraquer, 24 de Cambrils). ATENCIÓN: La presentación de solicitudes presenciales en Ingesol permanecerá abierta ÚNICAMENTE los jueves durante el horario establecido, por lo que no se atenderá a la presentación de solicitudes presenciales fuera del día y hora establecidos.

Para ser admitido en el proceso de selección las personas aspirantes manifiestan a través de la presentación obligatoria del documento de solicitud de participación de Ingesol , presentado en formato digital o papel, que son ciertos los datos que indican y que cumplen todas las condiciones establecidas en las bases, bajo su responsabilidad (entendiéndose este documento como una declaración responsable) y con independencia de la posterior acreditación de la documentación al finalizar el proceso de selección por parte de Ingesol. La falta de la citada declaración responsable será causa de exclusión de la persona aspirante , de la misma forma la falta de acreditación posterior de la documentación, no existencia o falsedad de la misma también será causa de exclusión de la bolsa de trabajo.

En caso de oposición a la consulta de documentación, no será necesario que la documentación presentada sea compulsada debido a la que el documento de solicitud de participación de Ingesol firmada (de forma manuscrita o digitalmente) por la persona aspirante será considerado un documento de declaración responsable, en la forma especificada en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez que la persona aspirante forme parte de la bolsa y sea requerida para trabajar sí que habrá que presentar documentación compulsada fehacientemente.

La persona aspirante podrá expresar la oposición a la consulta de documentación por parte de Ingesol, en la casilla habilitada dentro del documento de solicitud de participación en el proceso de selección de Ingesol, en virtud del artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido la oposición a la consulta NO permitirá que Ingesol pueda consultar los documentos que comprenden la documentación obligatoria que se detallan en el párrafo siguiente, y que se encuentren en poder de las diferentes administraciones públicas . En este caso, la persona aspirante deberá presentar obligatoriamente la siguiente documentación, o podrá ser excluida del proceso de selección.

Documentación obligatoria (sólo en caso de oposición a consulta)

- Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI), o pasaporte. O en caso de no tener la nacionalidad española, del documento oficial acreditativo de la nacionalidad o Número de Identidad de Extranjero (NIE).

- Título de graduado escolar o equivalente

- Certificado de inexistencia de antecedentes penales. Acceso clicando aquí.

Documentación complementaria

- Currículum vitae. (La referencia a las empresas o administraciones públicas que se detallen en el currículo debe coincidir con el informe de vida laboral, y debe permitir a Ingesol detectarlo rápidamente en ambos documentos).

- Certificado nivel A2 de catalán, equivalente o superior.

- Informe de vida laboral.

- Documentación justificativa de la fase de concurso. (Contratos de trabajo, certificados de servicios prestados en el sector público, titulaciones de formaciones, etc.)

 

Octava.- Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza a los 20 días naturales a partir del día siguiente de la publicación del último anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona o en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Novena.- Tribunal calificador

Visto el artículo 60 del EBEP, el Tribunal calificador será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, tendiéndose, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte del Tribunal calificador.

El pertenecer al Tribunal calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta pertenencia en representación o por cuenta ajena.

El Tribunal que debe constituirse para valorar el proceso selectivo debe tener la siguiente composición:

- Presidente/a : Recaerá en una persona funcionaria técnica del departamento de Servicios y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Cambrils . Suplente: Persona funcionaria técnica del departamento de Servicios y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Cambrils.

- Vocales :

· Vocal 1: Responsable del Servicio de Playas de Ingesol . Suplente: Trabajador del departamento de playas de Ingesol.

· Vocal 2: Encargado del Servicio de Playas de Ingesol . Suplente: Trabajador del departamento de playas de Ingesol.

· Gerente y jefe de RRHH de Ingesol-EPEL. Suplente: Responsable del Área financiera y recursos humanos de Ingesol.

- Secretario/a : Con voz y sin voto, deberá ser personal funcionario del Ayuntamiento de Cambrils (titular y suplente).

La designación de los miembros del tribunal viene determinada por el contenido del encargo de gestión de los servicios de playas de Ingesol.

La composición del tribunal se ajusta al principio de especialidad y todos de sus miembros vocales deben tener una titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas de la convocatoria.

El tribunal no puede constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad de sus miembros, bien sean titulares, bien suplentes, y siempre es necesaria la presencia de la presidencia y de la secretaría. Las decisiones deben adoptarse por mayoría de votos de los miembros presentes y, en caso de empate, debe resolver el voto de quien actúe como presidente/a. Todos los miembros actúan con voz y voto, salvo el secretario/a, que sólo tendrá voz.

El órgano de selección podrá disponer, si así lo estima conveniente, la incorporación de personal técnico especialista que colabore en la ejecución de las pruebas. En caso de que en alguna prueba participe este personal técnico, será necesaria sólo la presencia de un miembro del tribunal de calificación, previamente designado, para asegurar una correcta realización y trasladar posteriormente al órgano los resultados de la prueba o pruebas. El personal técnico especialista podrá emitir los informes que corresponda y dispondrá de voz frente al órgano de selección, pero no de voto.

El tribunal estará facultado para resolver las dudas o discrepancias que surjan durante el desarrollo del proceso de selección. A efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, el Tribunal calificador se clasifica en la categoría tercera. El personal funcionario o laboral al servicio de la corporación del Ayuntamiento de Cambrils que forme parte del Tribunal no tendrá derecho a percibir indemnización alguna por razón del servicio, salvo que el Tribunal desarrollara sus funciones fuera del horario de trabajo de este personal.

Los miembros del tribunal pueden abstenerse y las personas aspirantes pueden recusarlos si concurre alguno de los motivos del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público, en el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente de la publicación en la sede electrónica de Ingesol por la que se nombran a los miembros del tribunal.

De las sesiones que realice el tribunal calificador se extenderá el acta correspondiente, firmada por el secretario, que dará fe, con el visto bueno de la presidencia, y por todos sus miembros.

En todo caso, el funcionamiento del tribunal calificador debe adecuarse a las normas propias de los órganos colegiados contenidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

 

Décima.- Admisión de las personas aspirantes

Expirado el plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso de selección, Ingesol dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de las personas aspirantes admitidas y excluidas y señalando un plazo de 10 días hábiles para su enmienda y se publicará en la sede electrónica de Ingesol. Serán admitidas las personas aspirantes que reúnan todos y cada uno de los requisitos que se indican en la presente convocatoria.

Transcurrido este plazo, se aprobará la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicará en la sede electrónica de Ingesol, en el apartado de convocatorias de personal, anunciándose el día, hora y lugar que tendrán que realizar las pruebas de la fase de oposición, así como la modificación de la composición del tribunal de calificación, en su caso. Esta publicación sustituye a la notificación individual a los interesados, de acuerdo con el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Si no se presentan reclamaciones o se desestiman por silencio, las listas de las personas aspirantes admitidas y excluidas provisionalmente se considerarán elevadas a definitivas sin necesidad de nueva resolución y posterior publicación. Si se producen, el órgano de gobierno y administración correspondiente de Ingesol debe resolver estimarlas o desestimarlas definitivamente, en el plazo más breve posible a la finalización del plazo para su presentación, y debe notificar las resoluciones, individualmente, a los aspirantes. A continuación, se subsanará la lista de las personas admitidas y excluidas y se publicará sólo la enmienda en la sede electrónica de Ingesol. Si falta la resolución expresa, las alegaciones deben entenderse desestimadas.

 

Undécima.- Desarrollo del proceso selectivo

El sistema de selección será por concurso-oposición, previa fase de conocimientos de lengua catalana y castellana para aquellos aspirantes que no lo hayan acreditado previamente según lo establecido en estas Bases.

El tribunal calificador, para garantizar la buena marcha del proceso de selección, podrá acordar la alteración del orden de las pruebas de las siguientes fases, así como la celebración en una misma sesión de más de una prueba. En este caso, la corrección de la prueba posterior estará condicionada a la superación de la prueba anterior, cuando ésta sea eliminatoria.

La participación en el proceso selectivo no implica reconocimiento alguno de cumplimiento de las condiciones de las personas aspirantes, la cual podrá ser comprobada en cualquier momento del proceso de selección el momento del nombramiento o formalización del contrato de trabajo. Resultarán excluidas de la lista de preferencia aquellas personas que no cumplan los requisitos necesarios para el correspondiente nombramiento o contratación.

A efectos de admisión de las personas aspirantes, se tendrán en cuenta sólo los datos que éstas hagan constar en la solicitud de participación en el proceso de selección y en la relación de méritos. Será responsabilidad suya la veracidad de éstas, sin perjuicio de que en cualquier momento Ingesol o el tribunal calificador pueda requerirles la acreditación de los requisitos necesarios cuando crea que existan inexactitudes o falsedades en las que hayan podido incurrir.

11.1.- Fase de oposición (máximo 60 puntos)

1) Lengua catalana (en caso de no estar exento/a):

Consiste en la realización de una prueba de conocimientos de lengua catalana, que consta de dos partes:

- Primera parte. Se evaluarán el dominio de la expresión escrita, mediante ejercicios y redacción de un texto y los conocimientos prácticos de lengua, mediante preguntas sobre aspectos lingüísticos.

- Segunda parte: Se evaluará la expresión oral con la lectura en voz alta de un texto y conversación sobre temas generales de actualidad.

La duración máxima de esta prueba será determinada por el tribunal. El resultado del ejercicio será de APTO o de NO APTO, siendo necesario obtener la calificación de APTO/A para participar en el proceso selectivo.

Quedan exentos de la realización de esta prueba los aspirantes que acrediten documentalmente estar en posesión del certificado de nivel de suficiencia, de conocimientos de nivel A2 de catalán, según lo establecido en estas bases y se considerarán como APTOS.

2) Lengua castellana (en caso de no estar exento/a):

Sólo los aspirantes que no cumplan los requisitos establecidos en estas Bases, en relación con el conocimiento de lengua castellana.

Consiste en la realización de una prueba de conocimientos de lengua castellana, que consta de dos partes:

- Primera parte. Se evaluarán el dominio de la expresión escrita, mediante ejercicios y redacción de un texto y los conocimientos prácticos de lengua, mediante preguntas sobre aspectos lingüísticos.

- Segunda parte: Se evaluará la expresión oral con la lectura en voz alta de un texto y conversación sobre temas generales de actualidad.

La calificación de la prueba será APTO o NO APTO y será necesario obtener la calificación de APTO para participar en el proceso selectivo.

Quedan exentos de la realización de esta prueba los aspirantes que acrediten documentalmente, hasta el momento de la realización de esta prueba, estar en posesión de los conocimientos de lengua castellana de igual o superior nivel al B2, que se considerarán aptos.

3) Pruebas de conocimientos técnicos (máximo 40 puntos)

La fase de oposición no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en una única prueba teórico-práctica con uno o varios supuestos relacionados con el temario y funciones de las plazas convocadas y tendrá una valoración máxima de 40 puntos. La prueba se desarrollará en un único día que se indicará en la resolución provisional de admisión de personas aspirantes, fecha que podrá modificarse con una antelación mínima de dos días.

En supuestos excepcionales a valorar por el tribunal de selección (por ejemplo: hospitalización por embarazo de riesgo, por causa de parto, enfermedad grave, baja incapacitante para participar, intervención médica urgente por riesgo por la vida de la persona participante), se podrá realizar la prueba en un día distinto al inicialmente establecido, para la persona que lo justifique.

En estos casos deberá justificarse la causa excepcional en el plazo máximo de 48 horas a contar desde la hora de inicio de la prueba, mediante correo electrónico a la dirección rh@ingesol.cat .

El orden de actuación de las personas opositoras, en caso de que sea necesario establecerlo por la naturaleza de las pruebas a realizar, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que resultara en el sorteo anual realizado por el orden de actuación de las personas aspirantes en los procesos selectivos de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la correspondiente resolución.

4) Entrevista ( 20 puntos)

El tribunal de calificación efectuará una entrevista personal, únicamente a las personas que hayan superado la prueba de conocimientos técnicos, para valorar la adecuación del perfil profesional de cada persona aspirante en relación con los méritos alegados, características, competencias profesionales y funciones del puesto de trabajo objeto de estas bases. La entrevista será de carácter no eliminatorio.

11.2.- Fase de concurso (máximo 1 0 puntos)

Se valorarán los méritos aportados por los aspirantes justificados mediante la documentación acreditativa de los mismos, de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia laboral (máx. 9 puntos):

- Por servicios prestados ocupando puestos de trabajo de funciones y contenidos iguales a las descritas en la cláusula quinta en administraciones públicas o entidades del sector público . Será necesario aportar informe de la vida laboral del aspirante, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, y contratos de trabajo o certificados de servicios prestados en el caso de haberlos prestado en una administración pública. Es necesario el contrato de trabajo o certificado de servicios para comprobar que el puesto de trabajo en la organización en cuestión que figura en la vida laboral se corresponde con una posición con funciones similares a los de la vacante objeto de esta convocatoria en tareas análogas a las descritas en el apartado de funciones. 0,05 puntos por mes.

- Formación complementaria (máx. 1 puntos):

Se valora la asistencia a los cursos, jornadas y seminarios de formación, de especialización o de perfeccionamiento, en función de su homologación o nivel académico y de la relación con las funciones propias del puesto de trabajo que se convoca, o con habilidades que éstos sitios requieren. Los interesados deben aportar, además de la correspondiente certificación, documentación que acredite los siguientes extremos: número de horas, asistencia o, en su caso, aprovechamiento.

1. Jornadas, cursos o seminarios de 3 a 15 horas, 0,10 puntos por curso.

2. Jornadas, cursos o seminarios entre 16 y 40 horas - 0,15 puntos por curso.

3. Jornadas, cursos o seminarios de más de 41 horas - 0,25 puntos por curso.

 

Duodécima.- Lista por puntuación total obtenida y presentación de documentos

Finalizada la valoración de las fases de oposición y concurso se hará pública la puntuación, por riguroso orden de puntuación total obtenida. El Tribunal propondrá al órgano de gobierno y administración correspondiente de Ingesol la adjudicación de la plaza de especialista así como la constitución de la bolsa de trabajo con los aspirantes que hayan superado este proceso selectivo.

Por Resolución del órgano de gobierno y administración correspondiente de Ingesol, se adjudicará la plaza y se constituirá la Bolsa de Trabajo que se regirá por lo establecido en estas Bases y que contendrá una lista de personas por orden de la puntuación total obtenida según el resultado de las pruebas y méritos acreditados y valorados, lo que determinará el orden de prioridad en el llamamiento de las personas candidatas para ofrecerles las propuestas de contratación.

En caso de que ninguno de los aspirantes supere el proceso selectivo, el tribunal debe declarar desierta la convocatoria y por tanto la bolsa de trabajo no se constituirá.

La puntuación final de las pruebas selectivas y la lista de aprobados se publicará en la sede electrónica de Ingesol.

Los aspirantes propuestos presentarán los documentos originales o fotocopias compulsadas acreditativos de cumplimiento de las condiciones de capacidad y de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como de los méritos alegados, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del momento en que Ingesol realice la llamada para trabajar.

Los aspirantes que dentro del plazo indicado no presenten la documentación, serán excluidos de la Bolsa de trabajo, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir en caso de falsedad en su solicitud de participación. Esto, salvo casos de fuerza mayor, los cuales deben ser debidamente comprobados y considerados por la Gerencia.

 

Decimotercera. Criterios de llamada de los miembros de la Bolsa de Trabajo

Los criterios de llamada del personal que forma parte de la bolsa para trabajar en Ingesol son los siguientes:

- En caso de que por obra o servicio determinado, por las circunstancias de producción o interinidad o indefinido, se requiera la incorporación de nuevo personal.

- En caso de trabajos por circunstancias de la producción con necesidad de prórroga, se prorrogará a la misma persona que se contrató por ese mismo trabajo.

- En caso de que una persona sea contratada por un plazo concreto y durante la vigencia del contrato se genere una nueva necesidad de trabajo, antes de hacer un llamamiento a una nueva persona de la lista para ocupar este puesto de trabajo de una duración superior, se propondrá a la persona que ya está contratada de forma temporal, la opción de poder ocupar el puesto de trabajo de duración superior, siempre que este trabajador/a haya renunciado previamente al primer contrato laboral.

- No se podrán intercambiar personas aspirantes pertenecientes de la bolsa adscrita a un servicio a otro servicio distinto a la lista en la que consta.

- Las personas incluidas en la Bolsa que, por cualquier motivo, no hayan concurrido o renunciado a cualquier llamamiento para cubrir una oferta de trabajo instada por Ingesol, pasarán a ocupar la última posición en la relación de personas aspirantes de la correspondiente categoría profesional.

         
Decimocuarta.- Contratación del personal

La Gerencia de Ingesol procederá a la formalización por escrito de los contratos correspondientes con los aspirantes propuestos, siguiendo el orden establecido en la Resolución mediante la cual se adjudique la plaza y se constituya la Bolsa de trabajo.

 

Decimoquinta.- Periodo de prueba

Las personas contratadas tendrán que superar un período de prueba de quince días.

En caso de que la persona aspirante no supere satisfactoriamente el período de prueba, para que no asuma el nivel suficiente de integración y eficiencia en el puesto de trabajo será declarado no apto/a, por resolución motivada del órgano competente, perderá, en consecuencia, todos los derechos a su contratación y se dará por finalizado su contrato. En este caso, el órgano competente formulará propuesta de contratación a favor de la persona aspirante siguiente a la lista de resolución del proceso de selección, que deberá superar el correspondiente período de prueba.

 

Decimosexta.- Protección de datos

Los datos correspondientes al domicilio, teléfono y dirección electrónica que figuren en la solicitud de participación de este proceso de selección se considerarán como las únicas válidas a efectos de notificaciones electrónicas y será responsabilidad exclusiva de las personas aspirantes los errores en su consignación y la comunicación a la entidad de cualquier cambio de las mismas.

Con la formalización y presentación de la solicitud las personas aspirantes dan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal con el fin de que pueda gestionarse el proceso de selección en el que pudiera ser incluido. Y que son necesarias para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso de selección objeto de la convocatoria.

En caso de resultar seleccionado, sus datos pasarán a formar parte de su expediente de empleado, aplicando las medidas de control y organización de acuerdo con la normativa vigente.

Mediante la presentación de la solicitud de participación en las pruebas de acceso para la Bolsa de Trabajo, el aspirante debe mostrar su no oposición u oposición a fin de que Ingesol pueda consultar telemáticamente datos personales necesarios para el proceso de selección.

 

Decimoséptima.- Derechos de examen

Este proceso de selección de personal NO está sometido al pago de tasa correspondiente a derechos de examen para poder participar.

 

 

Disposiciones finales

 

Primera. En todo lo no previsto en estas bases se aplica la siguiente normativa:

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

- Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

- Estatutos Ingesol EPEL 2019. BOPT 2019 7670.

- Resolución TSF/1989/2018, de 26 de julio, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo del sector de la limpieza de edificios y locales de Cataluña para los años 2017 a 2021 (código número 79002415012005).

- Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local.

- Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública

- Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.

- Decreto legislativo 2/2003, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.

- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

- Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma de las leyes 4/2000, 7/1985, 30/1992 y 3/1991.

- Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán (modificado por el Decreto 3/2014, de 7 de enero).

- Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección General de Política Lingüística.

- Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña.

- Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.

- Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera (DELE).

        
Segunda. Régimen de recursos

Contra las resoluciones de la Gerencia de Ingesol, se puede interponer recurso potestativo de reposición, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Tarragona, dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este acto, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y los artículos 8, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Contra los actos y resoluciones de los tribunales calificadores, en tanto que se trata de órganos colegiados dependientes de la Gerencia de Ingesol cuyos actos no agotan la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Alcaldía de Ayuntamiento de Cambrils en el plazo y con los efectos que establecen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Si se quiere impugnar el acuerdo de aprobación de estas bases, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Tarragona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la su publicación. Alternativamente, y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación.

 

Cambrils, 25 de julio de 2024

 

Sergio del Castillo Bertran
Gerente de Ingesol, EPEL

 

 

ANEXO 1. TEMARIO ESPECÍFICO POR LA PRUEBA PRÁCTICA DE CONOCIMIENTOS TÉCNICOS DE LA FASE DE OPOSICIÓN 11.1

 

1. Sistema métrico decimal. Mediciones, cálculo de superficies y volúmenes.

2. Interpretación de planos.

3. Fontanería: conceptos generales. Instalaciones de aguas en vía pública y edificios. Herramientas y útiles. Su mantenimiento. Averías y reparaciones. Elementos de agua en las playas, como duchas y lavapiés.

4. Carpintería: conceptos generales. Útiles y herramientas básicas de carpintería. Técnicas básicas de carpintería. Tipo de madera. Trabajos de mantenimiento y reparaciones más frecuentes. Construcción y conservación de mobiliario de vía pública de madera, especialmente en playas, con exposición solar y efectos de la arena y agua.

5. Conceptos generales sobre pintura de mobiliario callejero expuesto a inclemencias. Herramientas para aplicar y quitar pinturas: limpieza y conservación. Errores y reparaciones más habituales.

6. La jardinería: conceptos, herramientas y útiles para la limpieza de hierbas.

7. Red de evacuación de aguas residuales y pluviales. Partes de la red. Instalación de la red horizontal.

8. Limpieza: conceptos generales. Utiles, productos y herramientas para la limpieza de elementos de playa de acero inoxidable, madera, plástico reciclado y hierro.

9. Condiciones generales de seguridad de los puestos de trabajo. Equipos de protección personal. Señalización de seguridad y perímetro de seguridad. Condiciones generales de seguridad en la carga y transporte de materiales.

10. Servicios y dependencias municipales de Cambrils: ubicación, funciones y actividades que en ellas se desarrollen.

11. Ingesol. La entidad, el servicio.

12. Conceptos generales sobre albañilería. Materiales de construcción. Herramientas: uso y mantenimiento.

13. Pautas generales para la señalización de pequeñas obras de mantenimiento en la vía pública, especialmente playas. Trabajos previos a la ejecución de la reparación referentes a la seguridad de los peatones.

 

 

ANNEXO
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

 

(Véase la imagen al final del documento)

381658 {"title":"ANUNCIO sobre aprobación de las bases reguladoras, de Ingesol EPEL, para el proceso de selección para cubrir la posición de especialista de mantenimiento de playas, así como la creación de una bolsa de trabajo de especialistas de mantenimiento para el servicio de playas de Cambrils, mediante el sistema de concurso-oposición (exp. RH2024002).","published_date":"2024-08-08","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya.png","id":"381658"} catalunya administración local;DOGC;DOGC 2024 nº 9222;Ingesol EPEL https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2024-08-08/381658-anuncio-aprobacion-bases-reguladoras-ingesol-epel-proceso-seleccion-cubrir-posicion-especialista-mantenimiento-playas-asi-como-creacion-bolsa-trabajo-especialistas-mantenimiento-servicio-playas-cambrils-sistema-concurso-oposicion-exp-rh2024002 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.