RESOLUCIÓN ACC/4718/2023, de 4 de julio, por la que se emite el informe ambiental estratégico de la Modificación puntual del Plan de ordenación urbanística municipal en el ámbito del SUD-09 Can Valls, en el término municipal de Palau-solità i Plegamans (exp. OTAABA20230040).

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

Hechos

En fecha 14 de febrero de 2023, el Ayuntamiento de Palau-solità i Plegamans presentó en el Registro electrónico del Departamento de Territorio la solicitud de evaluación ambiental estratégica simplificada de la Modificación puntual del Plan de ordenación urbanística municipal en el ámbito del SUD-09 Can Valls, en el término municipal de Palau-solità i Plegamans, así como la documentación necesaria para emitir el informe ambiental estratégico.

De este modo, atendiendo a la sujeción de la Modificación puntual a la evaluación ambiental estratégica simplificada, la Oficina Territorial consultó a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, para que emitieran las consideraciones que estimaran oportunas sobre los efectos en el medio ambiente que puede comportar la Modificación puntual en relación con sus respectivas competencias, así como sobre el alcance y el grado de especificación del estudio ambiental estratégico eventual.

Una vez finalizado el plazo para los pronunciamientos y analizada la propuesta, la Oficina Territorial emitió el informe, el 22 de junio de 2023, en el que se proponía formular el informe ambiental estratégico en el sentido de que la Modificación puntual del Plan de ordenación urbanística municipal ha de someterse a la evaluación ambiental estratégica ordinaria, teniendo en cuenta las consultas efectuadas y los criterios definidos en el anexo V de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

En concreto, se especifica que la propuesta tiene por objeto definir una nueva ordenación del sector industrial de Can Valls, situado al suroeste del término municipal de Palau-solità i Plegamans, para permitir la implantación del uso logístico, así como mejorar la posición del equipamiento y la estructura de los espacios libres, concentrándolos y estructurándolos de una forma más correcta y eficiente.

El ámbito de actuación abarca una superficie de 231.952 m² de suelo urbanizable delimitado, donde la planificación vigente prevé un sector industrial de parcela pequeña-mediana, con un 15,5% de la superficie ocupada por vialidad, necesaria para acceder a todas las parcelas. Además, también contempla un equipamiento y un aparcamiento situados al norte.

Con la propuesta, se contempla una parcela única indivisible, con una edificabilidad de 80.224,32 m² de techo industrial, una ocupación máxima del 70% y una altura reguladora máxima del volumen edificable de 16,00 m.

De acuerdo con esto, por un lado, en el informe-propuesta mencionado se evidencia que la documentación aportada incluye un documento ambiental estratégico, cuyo contenido se ajusta a las determinaciones del artículo 29 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En concreto, contiene un diagnóstico ambiental del ámbito de actuación, los objetivos y criterios ambientales establecidos, la descripción de las alternativas estudiadas, justificando la elección de la alternativa seleccionada, la identificación de los posibles efectos de la propuesta sobre el medio ambiente y la definición de las medidas preventivas y correctoras a fin de minimizarlos, así como las medidas de seguimiento ambiental previstas.

Por otro lado, se analiza el valor y la vulnerabilidad del área de estudio atendiendo a las determinaciones ambientales de la planificación territorial y urbanística vigente, así como los vectores de espacios protegidos y biodiversidad, la conectividad, el medio hídrico, la morfología del suelo, el paisaje, los riesgos de incendio, geológicos y de inundabilidad, el cambio climático, y la contaminación acústica, lumínica y del aire, entre otros.

De acuerdo con esto, en el informe-propuesta se concluye que, teniendo en cuenta la sensibilidad ambiental y paisajística del entorno en el que se emplaza la actuación, y atendiendo a las afectaciones topográficas y paisajísticas importantes de la propuesta, se considera que la presente Modificación puntual supondrá efectos significativos sobre el medio ambiente, de modo que se propone someterla al proceso de evaluación ambiental estratégica ordinaria.

 

Fundamentos de derecho

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, establece las bases que deben regir la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos en el medio ambiente.

La disposición adicional octava de la Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalitat y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica, establece que, mientras no se lleve a cabo la adaptación de la Ley 6/2009, de 28 de abril, de evaluación ambiental de planes y programas, a la normativa básica contenida en la Ley del Estado 21/2013, de 9 de diciembre, deben aplicarse las prescripciones de la Ley 6/2009 que no contradigan la normativa básica mencionada, de acuerdo con las reglas contenidas en la misma disposición.

El apartado 6.b) cuarto de la disposición adicional octava de la Ley 16/2015, de 21 de julio, determina que son objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada las modificaciones de los planes urbanísticos que no constituyan variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de la cronología del plan, pero que produzcan diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

Los artículos 29 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, regulan el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada para emitir el informe ambiental estratégico.

El artículo 12 de la Ley 6/2009, de 28 de abril, establece que el órgano ambiental en relación con todos los planes y programas objeto de esta Ley es el departamento de la Administración de la Generalitat competente en materia de medio ambiente.

El artículo 6.3 del Decreto 253/2021, de 22 de junio, de reestructuración del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, establece que la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural mantiene las funciones y estructura previstas en el Decreto 277/2016, de 2 de agosto.

El artículo 103 del Decreto 277/2016, de 2 de agosto, de reestructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, establece que corresponde a la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural ejercer las competencias que corresponden al Departamento como órgano ambiental en materia de evaluación ambiental de planes y programas.

El punto 2 de la Resolución TES/120/2015, de 26 de enero, de delegación de competencias de la persona titular de la Dirección General de Políticas Ambientales a favor de las personas titulares de la Subdirección General de Evaluación Ambiental y de las direcciones de los servicios territoriales del Departamento de Territorio y Sostenibilidad en materia de evaluación ambiental estratégica, dispone que se delega en estas últimas la competencia que el artículo 31 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, atribuye al órgano ambiental en los siguientes supuestos: modificaciones de planificación urbanística general, salvo las relativas a planes directores urbanísticos y normas de planificación urbanística, e instrumentos de planificación urbanística derivada, salvo en los casos en que su ámbito afecte a más de un servicio territorial.

 

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos anteriormente,

 

Resuelvo:

 

—1 Emitir el informe ambiental estratégico en el sentido de que la Modificación puntual del Plan de ordenación urbanística municipal en el ámbito del SUD-09 Can Valls, en el término municipal de Palau-solità i Plegamans, debe someterse al proceso de evaluación ambiental estratégica ordinaria dado que tiene efectos ambientales significativos.

 

—2 Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Palau-solità i Plegamans y a la Comisión Territorial de Urbanismo del Arco Metropolitano de Barcelona,​ y publicarla en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la web del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.

 

Contra esta Resolución no se puede interponer recurso alguno, sin perjuicio de los que sean procedentes en la vía judicial contra la disposición de carácter general que haya aprobado la Modificación, o bien sin perjuicio de los que sean procedentes en la vía administrativa contra el acto de aprobación de la Modificación, de conformidad con el artículo 31 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

 

Barcelona, 4 de julio de 2023

 

P. d. (Resolución TES/120/2015, DOGC núm. 6804, de 5.2.2015)

Josep Pena Sant

Director de los Servicios Territoriales en Barcelona

381585 {"title":"RESOLUCIÓN ACC\/4718\/2023, de 4 de julio, por la que se emite el informe ambiental estratégico de la Modificación puntual del Plan de ordenación urbanística municipal en el ámbito del SUD-09 Can Valls, en el término municipal de Palau-solità i Plegamans (exp. OTAABA20230040).","published_date":"2024-08-08","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya.png","id":"381585"} catalunya Anuncios;Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural;DOGC;DOGC 2024 nº 9222 https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2024-08-08/381585-resolucion-acc-4718-2023-4-julio-se-emite-informe-ambiental-estrategico-modificacion-puntual-plan-ordenacion-urbanistica-municipal-ambito-sud-09-can-valls-termino-municipal-palau-solita-plegamans-exp-otaaba20230040 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.