RESOLUCIÓN TER/2824/2024, de 30 de julio, por la que se publica la convocatoria de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición para el año 2022 de Puertos de la Generalidad mediante el sistema selectivo de concurso-oposición (convocatoria 003).
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El artículo 20.2 en relación con la Disposición Adicional decimoséptima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2022, establece que las entidades públicas empresariales tendrán una tasa de reposición de efectivos ordinaria del 110 % para el año 2022.
El artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado público, dispone que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que tengan que proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta pública de empleo.
En fecha 27 de diciembre de 2022 se publicó en el DOGC el anuncio sobre la aprobación de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat.
El Comité Ejecutivo de Puertos de la Generalitat ha sido informado sobre el impulso de la convocatoria de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición, mediante el sistema selectivo de concurso oposición, a propuesta de la directora general, quien ejerce las competencias atribuidas por el artículo 22 de la Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transportes en aguas marítimas y continentales.
El máximo órgano de gobierno de la entidad es la presidencia, en virtud del que dispone el artículo 19.1 en conexión con el artículo 20.3.h), 22.3.a) y 28.3 de la Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transportes en aguas marítimas y continentales.
El presidente de Puertos de la Generalitat ha resuelto aprobar la convocatoria, en fecha 25 de julio de 2024, a propuesta de la directora general, de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición 2022 regido por el sistema selectivo de concurso oposición.
Atendido todo el expuesto y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 22 de la Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transportes en aguas marítimas y continentales.
Resuelvo:
—1 Hacer pública la convocatoria de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición para el año 2022 de Puertos de la Generalitat, mediante el sistema selectivo de concurso oposición, que afecta a 29 plazas.
—2 Estos procesos se rigen por la normativa referenciada en la parte expositiva, por las bases comunes contenidas a los Anexos 1 y 2 y por las bases específicas contenidas en los Anexos 3 y siguientes de la presente Resolución.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer demanda ante los Juzgados Sociales en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con las previsiones establecidas en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social -LRJS-, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que considere conveniente para la defensa de sus intereses.
Por todo aquello que no prevén las bases será de aplicación el Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el cual se aprueba la Refundición en un texto único de la Ley de la Función Pública de la Administración de la Generalitat de Cataluña, y el Real decreto legislativo 2/2015, del 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Barcelona, 30 de julio de 2024
Annabel Moreno i Nogué
Directora general de Puertos de la Generalidad
Anexo 1
Bases comunes
-1. Objeto
Las presentes bases comunes tienen por objeto regir los procesos de selección que se convocan mediante el sistema de concurso oposición, en relación con los puestos de trabajo de Puertos de la Generalitat que constan en los Anexos 3 y siguientes de la presente Resolución, y sin perjuicio de las especificidades que se contienen.
-2. Requisitos de participación
Para participar en estos procesos de selección se tienen que cumplir los requisitos que se indican a continuación:
1. Nacionalidad
Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea.
También pueden participar, cualquier que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendentes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de esta edad dependientes.
Igualmente, pueden participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales subscritos por la Unión Europea y ratificados por España en qué sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
2. Edad
Tener cumplidos 16 años y no exceder, si procede, la edad máxima de jubilación forzosa legalmente establecida.
3. Titulación
Estar en posesión, o en condiciones de obtener, alguno de los títulos académicos oficiales que, para cada grupo profesional, se indican en los Anexos 3 y siguientes de la presente Resolución.
A tal efecto, el acceso a las categorías profesionales laborales requiere, en función de su grupo de clasificación, el nivel de titulación siguiente:
Puestos de trabajo del grupo A: Título universitario de grado superior o equivalente.
Puestos de trabajo del grupo B: Título universitario de grado medio o equivalente.
Puestos de trabajo del grupo C: Título de bachillerato, título de técnico/a superior correspondiente a ciclos formativos de grado superior, título de técnico/a especialista correspondiente a Formación Profesional de 2º grado, o equivalente.
Puestos de trabajo del grupo D: Título de Graduado/ada en educación secundaria, graduado/ada escolar, técnico/a correspondiente a ciclos formativos de grado medio, Técnico/a Especialista correspondiente a Formación Profesional de 1º grado o equivaliendo
Puestos de trabajo del grupo E: Certificado de Escolaridad
Si se trata de un título obtenido en el extranjero, se tendrá que estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
4. Capacidad funcional
Poseer la capacidad funcional para cumplir las funciones del puesto de trabajo respecto del cual se solicita la participación.
5. No haber sido separado del servicio por expediente disciplinario o inhabilidad judicialmente.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que ejercían en el caso del personal laboral, del cual haya sido separado o inhabilidad.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no tiene que estar inhabilitado o en situación equivalente ni tiene que haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, acceder a la ocupación pública.
6. Conocimientos de lengua catalana
Poseer los conocimientos de lengua catalana del nivel que, para cada puesto de trabajo se indican en los Anexos 3 y siguientes de la presente Resolución, de conformidad con lo que establece el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, modificado por el Decreto 3/2014, de 7 de enero, y el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña.
7. Conocimientos de lengua castellana
En relación con las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española, poseer los conocimientos de lengua castellana del nivel que, para categoría y puesto de trabajo, se indican en los Anexos 3 y siguientes de la presente Resolución.
8. Tasa de participación
Las persones participantes tienen que efectuar el pago de la tasa de participación correspondiente, de acuerdo con lo previsto en la base común 4, salvo los supuestos de exención.
-3 Solicitud de participación
3.1 La solicitud de participación en estos procesos de selección es única en relación con cada uno de los puestos de trabajo que constan en los Anexos 3 y siguientes de la presente Resolución.
3.2 Las solicitudes de participación se tendrán que dirigir a la dirección general de Puertos de la Generalitat y presentar en el plazo de 20 días hábiles a contar del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC).
La presentación de estas solicitudes se efectuará telemáticamente mediante el formulario de petición genérica del registro de entrada y salida electrónico de la oficina virtual de trámites de la Generalitat de Cataluña https://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/peticio-generica?category=72461610-a82c-11e3-a972000c29052e2c
dirigida al ente destinatario Puertos de la Generalitat de Cataluña, Tema: Movilidad y Transportes, Subtema: Puertos e indicando en el campo asunto: tasa de reposición. A la petición genérica se adjuntará el modelo de solicitud normalizado previsto en el Anexo 2.a) de esta Resolución y, si procede, el resto de documentación que según esta convocatoria sea necesaria.
Este formulario y canal de presentación son de uso obligatorio para la admisión a la participación en la convocatoria, y no se considerarán válidamente presentadas aquellas solicitudes que se efectúen con otro formulario o formato y/o que se envíen por otro canal, de acuerdo con lo que prevén los artículos 16.8 y 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 85.1 del Decreto 76/2020, de 4 de agosto.
Con la solicitud de participación, las persones aspirantes declaran responsablemente:
- Que cumplen los requisitos de participación del proceso de selección respecto del cual solicitan la participación, sin perjuicio de su posterior comprobación o acreditación.
- Dan el consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso de selección, de acuerdo con el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, vuestros datos serán tratados por parte de Puertos de la Generalitat, como responsable de estas:
Responsable del tratamiento: Puertos de la Generalitat
Dirección postal: Avenida de Josep Tarradellas, 2-6 (08029 Barcelona)
Teléfono 93 206 09 30
Dirección electrónica de contacto: generalitat.ports@gencat.cat
Contacto DPD: dpd.territori@gencat.cat
Finalidad: Gestión de los candidatos con el fin de la cobertura de un puesto de trabajo que se produzca a Puertos de la Generalitat.
Legitimación: Consentimiento de la persona interesada.
Destinatarios: Los datos no se cederán a terceros.
Conservación de datos: Los datos recogidos se conservarán durante 2 años, y siempre que sean necesarias para cumplir con la legislación vigente.
Derechos: Podéis ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación u oposición, así como el derecho a la portabilidad de los datos, mediante un escrito dirigido a Puertos de la Generalitat o a través de la dirección electrónica atenciousuaris.ports@gencat.cat
En caso de considerar que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, podréis presentar una reclamación ante la autoridad de control a www.apdcat.cat.
-4 Tasa de participación.
4.1 Importe de la tasa.
Los importes de la tasa que tienen que satisfacer las personas que participen en estos procesos de selección son los que, en cada caso, de acuerdo con, el Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña y el resto de normativa vigente, se indican a continuación.
a) Categorías profesionales del grupo A:
- Tasa general: 72,05 euros.
- Con una bonificación del 30 % sobre la tasa para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría general: 50,46 euros.
- Con una bonificación del 50 % para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría especial, y para las mujeres que acrediten la condición de víctima de violencia machista, y también para los hijos que dependan: 36,05 euros.
b) Categorías profesionales del grupo B:
- Tasa general: 56,70 euros.
- Con una bonificación del 30 % sobre la tasa para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría general: 39,70 euros.
- Con una bonificación del 50 % para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría especial, y para las mujeres que acrediten la condición de víctima de violencia machista, y también para los hijos que dependan: 28,35 euros.
c) Categorías profesionales del grupo C:
- Tasa general: 41,35 euros.
- Con una bonificación del 30 % sobre la tasa para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría general: 28,95 euros.
- Con una bonificación del 50 % para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría especial, y para las mujeres que acrediten la condición de víctima de violencia machista, y también para los hijos que dependan: 20,70 euros.
d) Para acceder a un puesto de trabajo del grupo D:
- Tasa general: 31,05 euros.
- Con una bonificación del 30 % sobre la tasa para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría general: 21,75 euros.
- Con una bonificación del 50 % para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría especial, y para las mujeres que acrediten la condición de víctima de violencia machista, y también para los hijos que dependan: 15,55 euros.
e) Para acceder a un puesto de trabajo del grupo E:
- Tasa general: 25,90 euros.
- Con una bonificación del 30 % sobre la tasa para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría general: 18,15 euros.
- Con una bonificación del 50 % para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría especial, y para las mujeres que acrediten la condición de víctima de violencia machista, y también para los hijos que dependan: 12,95 euros.
4.2 Exenciones
En todo caso, están exentas de esta tasa las personas que, dentro del plazo de presentación de solicitudes y con la justificación documental previa de su situación:
a) Se encuentran en situación de paro, inscritos/as en la oficina de trabajo del Departamento de Trabajo y/o, si procede, del INEM, y no perciben ninguna prestación económica. En este caso, el aspirante solo tendrá que señalar al epígrafe correspondiente de su solicitud esta circunstancia.
b) Se encuentran jubilados. En este supuesto, el aspirante tendrá que presentar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la documentación que acredite esta circunstancia, emitida por el órgano competente.
c) Acreditan una discapacidad igual o superior al 33 %. El aspirante tendrá que presentar, dentro de este plazo, la documentación que acredite esta circunstancia.
4.3 Pago de la tasa.
El pago de la tasa, que se tiene que efectuar durante el plazo de presentación de solicitudes en relación con cada una de las solicitudes de participación, por el medio que se indica a continuación:
A través de CaixaBank Now:
Cuentas / transferencias / otros pagos / Hacer un pago terceros/a una entidad / indicando el CÓDIGO que consta en el Anexo 3 y siguientes de esta convocatoria, en función del puesto de trabajo por el cual se presente la candidatura.
A través de cajero automático con tarjeta.
Pagos e impuestos/pago sin código de barras/colegios, universidades y comunidad de vecinos/con código de entidad indicando el CÓDIGO que consta en el Anexo 3 y siguientes de esta convocatoria, en función del puesto de trabajo por el que se presente la candidatura.
La carencia de pago, el pago incompleto de la tasa o la no acreditación a efectos de exención comporta la exclusión de la persona solicitante en las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas respecto del proceso de selección en el cual haya solicitado la participación, y restarán sin efectos los derechos asociados a su participación.
4.4 Devolución.
No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
-5 Participación de personas aspirantes con discapacidad y adaptaciones
Las persones aspirantes con la condición legal de discapacitadas, con un grado igual o superior al 33 %, tienen derecho a participar por la vía de reserva y a la adaptación de las pruebas y del puesto de trabajo adjudicado, con las condiciones que establece el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multi profesional, y las que se especifican a continuación.
Para acceder a las plazas por la vía de reserva y para obtener la adaptación de las pruebas y/o del puesto de trabajo, hay que disponer de un dictamen favorable de los equipos de valoración multi profesional de la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad del Departamento de Derechos Sociales o del órgano que ejerza esta función (o órgano competente equivaliendo del resto de comunidades autónomas), emitido con ocasión de esta convocatoria, que declare que la persona aspirante cumple las condiciones para ejercer las funciones de la categoría y puesto de trabajo respecto del cual ha solicitado la participación, y que informe, si procede, sobre las adaptaciones necesarias para hacer las pruebas y/o sobre la necesidad de adaptar el puesto de trabajo.
La carencia de dictamen por causa imputable a la persona aspirante comporta la exclusión de la vía de reserva.
-6 Órgano Técnico de Selección.
6.1. Composición.
La composición del Órgano Técnico de Selección es única para todos los procesos de selección objeto de la presente convocatoria.
Componen el Órgano Técnico de Selección de estos procesos de selección las personas siguientes:
Presidenta titular: Esther Roca Isart, directora adjunta
Secretario titular: Carles Castellarnau Marí
Presidenta suplente: Carme Teixidó Baldomà
Secretaria suplente: Daniela Millet Eades
Vocales titulares:
Carme Teixidó Baldomà
Joan Pere Darbra Román
Enric Martínez Sastre
Daniela Millet Eades
Vocales suplentes:
Montserrat Ferré Cervera
Javier Manzanas Garcia
Juan Antonio Codes Tripiana
Imma Solés Parnau
Los representantes de las personas trabajadoras de la Zona donde se encuentre adscrito el puesto de trabajo a seleccionar, por decisión propia, podrán asistir sin derecho a voto. En caso de incompatibilidad o ausencia podrá delegar la asistencia en el delegado/da de los trabajadores de otra Zona Portuaria.
El Órgano Técnico de Selección tiene como sede de actuaciones la sede de Puertos de la Generalitat en la avenida de Josep Tarradellas, 2-6 (08029 Barcelona).
De acuerdo con lo que determinan el artículo 13 y siguientes de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se establece, en relación con el funcionamiento de este Órgano Técnico de Selección, que:
En los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada de la persona que ocupe la presidencia del Órgano Técnico de Selección, esta será sustituida, en función de su disponibilidad, por la correspondiente persona suplente o por el vocal o la vocal de más antigüedad y, si dos o más tienen la misma antigüedad, por el de más edad.
En cuanto a la persona que ocupe la secretaría del Órgano Técnico de Selección, esta será sustituida, en función de su disponibilidad, por la correspondiente persona suplente o por el vocal o la vocal más joven.
En los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada de alguno de los miembros vocales titulares del Órgano Técnico de Selección, este puede ser sustituido por cualquier de los vocales suplentes, en función de su disponibilidad.
6.2. El funcionamiento del Órgano Técnico de Selección se adecuará a las normas propias de los órganos colegiados.
6.3 El Órgano Técnico de Selección podrá acordar, si lo creen conveniente, la incorporación de asesores especialistas, con voz pero sin voto, para que colaboren, con su especialización técnica, en la realización y el desarrollo de una o de varias pruebas.
6.4. Los miembros del Órgano Técnico de Selección y las personas asesoras están sujetas al régimen de abstención y recusación establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
6.5 Los miembros del Órgano Técnico de Selección tendrán que observar la oportuna confidencialidad y el secreto profesional en todo lo que hace referencia a las cuestiones tratadas en las sesiones que se celebren.
6.6 El Órgano Técnico de Selección, por sí mismo o a propuesta de la presidencia, puede requerir, a los efectos oportunos, la acreditación de los aspectos necesarios cuando crea que las persones aspirantes han podido incurrir en inexactitudes o falsedades, las cuales pueden ser excluidas en cualquier momento del proceso de selección en que participan, restante sin efectos los derechos asociados a su participación.
En todo caso, se tienen que poner en conocimiento de las autoridades competentes las inexactitudes o falsedades comprobadas, a los efectos pertinentes.
El Órgano Técnico de Selección puede proponer al/la presidente de Puertos de la Generalitat la exclusión del proceso de selección de cualquier participante que realice alguna conducta contraria a la buena fe u orientada a desvirtuar los principios de igualdad y equidad u otros comportamientos que alteren el desarrollo normal de cualquier de las fases establecidas en la convocatoria.
Así mismo, en cualquier momento puede requerir las personas participantes la acreditación de su identidad personal mediante la presentación de cualquier documento identificativo
6.7 El Órgano Técnico de Selección puede elevar al/la presidente de Puertos de la Generalidad las dudas que puedan surgir en la aplicación de las bases, así como lo que haya que hacer en los casos no previstos.
6.8 El Órgano Técnico de Selección podrá subsanar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los fallos de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
6.9 El Órgano Técnico de Selección extenderá acta de todas las sesiones que celebre. Toda la documentación del proceso selectivo permanecerá custodiada por la dirección General de Puertos de la Generalidad y no se podrá disponer de ella fuera de este ámbito.
6.10 El Órgano Técnico de Selección extenderá acta de todas las sesiones que se celebren.
6.11 Los miembros del Órgano Técnico de Selección, así como las personas que forman parte o se incorporan como asesoras especialistas, tienen derecho a percibir las asistencias previstas en el Decreto 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones por razón de servicios.
A efectos del derecho a la percepción de las asistencias, las sesiones del Tribunal Calificadores deberán producirse fuera de la jornada obligatoria establecida en los Acuerdos de la Comisión de Seguimiento de Puertos de la Generalidad.
-7 Calendario, lugar de convocatoria de realización de las pruebas.
7.1. Calendario.
Las personas aspirantes serán convocadas para las pruebas escritas en llamamiento único y quedarán excluidas del proceso de selección las que no comparezcan, restando sin efectos los derechos asociados a su participación. La convocatoria de las pruebas se realizará mediante publicación en la web de Puertos de la Generalidad, y en un plazo no inferior a 2 meses de la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC.
7.2. Lugar de realización de la prueba.
Los ejercicios de estos procesos de selección tendrán lugar en Barcelona.
La resolución por la que se hace pública la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas establecerá el lugar, día, hora y condiciones de realización de la prueba.
7.3. Convocatoria a la prueba.
Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio de la prueba de fase de oposición en llamamiento único y quedarán excluidas del proceso de selección las personas que no comparezcan a la prueba o a alguno de los ejercicios que conforman esta prueba.
No obstante, en casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Órgano Técnico de Valoración, las personas aspirantes pueden solicitar el aplazamiento de la prueba, en el plazo máximo de los tres días hábiles siguientes al hecho causante, a lo que deben presentar la justificación correspondiente.
En los casos de aplazamiento de prueba, se realizará una única segunda convocatoria o, en su caso, se modificará la fecha de la convocatoria única establecida.
En caso de una segunda convocatoria, el tribunal calificador correspondiente fijará la fecha de realización de la prueba aplazada de forma que este aplazamiento no menoscabe los derechos de las demás personas aspirantes.
La prueba aplazada debe celebrarse antes de la publicación de los resultados de la prueba a la que no se ha podido asistir, y el tribunal calificador correspondiente debe garantizar la uniformidad en el nivel de dificultad y en los criterios de corrección.
Las aspirantes embarazadas, a las que les coincida la fecha de realización de la prueba con la fecha del parto o los días inmediatamente anteriores o posteriores, de tal modo que les impida asistir a la prueba el día de celebración acordado, pueden solicitar al Tribunal Calificador correspondiente el aplazamiento de la prueba en el plazo de los tres días hábiles siguientes al nacimiento, para lo que deben presentar el justificante médico correspondiente. El Tribunal Calificador correspondiente fijará la fecha de realización de la prueba aplazada de forma que este aplazamiento no menoscabe los derechos de las demás personas aspirantes. En todo caso, la prueba debe celebrarse antes de la publicación de las calificaciones de la fase de oposición.
-8 Desarrollo de los procesos de selección
8.1. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección será el de concurso oposición.
8.2. Admisión de las personas aspirantes
8.2.1. Lista provisional de personas admitidas y excluidas
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Presidencia de Puertos de la Generalidad dictará resolución en el plazo máximo de un mes, con la lista provisional de personas admitidas y excluidas en relación con el proceso selectivo convocado en virtud de la presente Resolución.
8.2.2. Alegaciones a la lista provisional de personas admitidas y excluidas
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la resolución indicada para subsanar los defectos de su solicitud inicial o para complementar la documentación requerida en la convocatoria.
Las personas aspirantes que figuren como excluidas en esta lista provisional, que no subsanen dentro de este plazo el defecto a ellas imputable que haya motivado su exclusión, se considerará que desisten de su petición.
8.2.3 Lista definitiva de personas admitidas y excluidas
Transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde la expiración del plazo previsto en el apartado anterior, la persona titular de la Presidencia de Puertos de la Generalidad aprobará, mediante resolución, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
8.3. Fase de oposición
8.3.1 La puntuación máxima de la fase de oposición es de 67 puntos, y está constituida por una prueba con dos ejercicios.
Para superar la prueba, será necesario obtener una puntuación mínima de 33,50 puntos en la suma de los dos ejercicios.
Para superar cada ejercicio será necesario obtener la puntuación mínima que se indica en cada apartado.
a) Primer ejercicio: Test de conocimientos
De carácter obligatorio y eliminatorio
Consiste en responder a un cuestionario tipo test sobre el temario general y específico, que incluirá en los grupos profesionales A y B cincuenta (50) preguntas, en los grupos profesionales C y D treinta (30) preguntas y en el grupo E veinte y cinco (25) preguntas, con cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una es correcta, sobre el contenido de la parte general y específica del temario, de acuerdo con lo que prevé el anexo 3 y siguientes de esta resolución. En todos los grupos se añadirán 5 preguntas de reserva.
En caso de que el Órgano Técnico de Selección acuerde la anulación de alguna pregunta por incorrección en el planteamiento, incorrección de todas las respuestas planteadas o corrección de más de una, se incluirá, a efectos del cálculo de la calificación resultante, la primera de las preguntas de reserva, y así sucesivamente.
Las preguntas sin respuesta o con más de una respuesta no se contemplan. Para cada respuesta errónea se descuenta una cuarta parte del valor de una respuesta acertada. Para calcular la puntuación del primer ejercicio se aplica la siguiente fórmula:
(A - E/4) x P
Q = -------------------------------
N
Q = calificación resultante
A = número de aciertos
E = número de errores
P = puntuación máxima del ejercicio
N = número de preguntas
El tiempo máximo para realizar este ejercicio será de 1 hora 30 minutos.
La calificación del ejercicio es de 0 a 26,80 puntos.
Para superar el test de conocimientos será necesario obtener la puntuación mínima de 10,72 puntos.
b) Segundo ejercicio: supuesto práctico
De carácter obligatorio y eliminatorio
Consiste en resolver dos supuestos prácticos con cuatro (4) preguntas más dos (2) preguntas de reserva sobre el contenido de la parte del temario específico que se detalla en el anexo correspondiente. Cada una de las preguntas tendrá el mismo valor.
Este ejercicio puede incluir distintas situaciones profesionales sobre los conocimientos requeridos y relacionados con las funciones del puesto de trabajo.
En caso de que el Órgano Técnico de Selección acuerde la anulación de alguna pregunta por incorrección en el planteamiento, a efectos del cálculo de la calificación resultante, se incluirá la primera de las preguntas de reserva, y así sucesivamente .
El tiempo para realizar este ejercicio será de 2 horas.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 40,20 puntos.
Para superar el supuesto práctico será necesario obtener la puntuación mínima de 16,08 puntos.
8.3.2. Calificación de la fase de oposición
La calificación de la fase de oposición será el resultado de la suma obtenida de los dos ejercicios de la prueba.
8.4. Fase de concurso.
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 33 puntos. Únicamente se valorarán los méritos que se indican a continuación y que hayan alcanzado hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.
8.4.1 Méritos que se valoran
8.4.1.1 Servicios prestados.
Se valoran los servicios prestados hasta un máximo de 19 puntos de acuerdo con la siguiente distribución:
a) Servicios prestados con vinculación de funcionario de carrera, interino o de personal estatutario fijo o temporal respecto al mismo puesto de trabajo en el que se concursa, en el que se hayan desarrollado las funciones propias del puesto en el ámbito de la Administración de la Generalidad de Cataluña y su sector público: 0,53 puntos por mes completo.
b) Servicios prestados con vinculación de funcionario de carrera, interino o de personal estatutario fijo o temporal respecto al mismo puesto de trabajo en el ámbito de otras administraciones no mencionadas en el apartado anterior: 0,40 puntos por mes completo.
c) Servicios prestados, en empresas privadas en el mismo puesto de trabajo respecto al que se solicita la participación: 0,32 puntos por mes completo.
En los apartados anteriores, en relación a la prestación de servicios en días, se computará como un mes completo 30 días naturales.
8.4.1.2 Titulaciones
Se valorarán las titulaciones académicas con la puntuación máxima y de acuerdo con los criterios que se establecen a continuación:
8.4.1.3 Titulaciones académicas oficiales hasta un máximo de 6 puntos.
-. Personas aspirantes que participen en los grupos profesionales A, B y C:
Se valorarán hasta 2 titulaciones académicas oficiales por cada nivel de estudios acreditado superior al requerido para acceder al puesto de trabajo. No se valorará la titulación establecida como requisito.
Máster:
3 puntos: cuando tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, a criterio del Órgano Técnico de Selección.
2 puntos, cuando no tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, a criterio del Órgano Técnico de Selección.
Postgrado:
2 puntos: cuando tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, a criterio del Órgano Técnico de Selección.
1 punto: cuando no sean relevantes, a criterio del Órgano Técnico de Selección, en relación con las funciones del puesto de trabajo convocado.
Licenciatura:
1 punto: cuando tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, a criterio del Órgano Técnico de Selección.
0,5 puntos: cuando no sean relevantes, a criterio del Órgano Técnico de Selección, en relación con las funciones del puesto de trabajo convocado.
-. Personas aspirantes que participen en los grupos profesionales D y E:
Se valorarán hasta 2 titulaciones académicas oficiales por cada nivel de estudios acreditado superior al requerido para acceder al puesto de trabajo. No se valorará la titulación establecida como requisito.
Titulación académica reglada superior a la requerida para ocupar el puesto de trabajo a proveer:
- Licenciatura o grado:
3 puntos: cuando tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, a criterio del Órgano Técnico de Selección.
2 puntos, cuando no tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, a criterio del Órgano Técnico de Selección.
- Diplomatura:
2 puntos: cuando tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, a criterio del Órgano Técnico de Selección.
1 punto: cuando no sean relevantes, a criterio del Órgano Técnico de Selección, en relación con las funciones del puesto de trabajo convocado.
- Bachillerato o FP II
1 punto: cuando tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, a criterio del Órgano Técnico de Selección.
0,5 puntos: cuando no sean relevantes, a criterio del Órgano Técnico de Selección, en relación con las funciones del puesto de trabajo convocado.
8.4.1.4 Formación hasta un máximo de 4 puntos.
En este apartado se valorará tanto la formación de aprovechamiento como la de asistencia relacionada con el puesto de trabajo, teniendo en cuenta la duración de la formación.
Por cada hora de formación: 0,02 puntos.
En caso de que no se acredite el número de horas lectivas de algún curso, seminario o jornada, se entenderá que su duración es de 2 horas.
Al ser objeto de valoración específica en los apartados 8.4.1.5 y 8.4.1.6 no se valorará la formación en lengua catalana y ofimática.
8.4.1.5. Conocimiento de lengua catalana hasta un máximo de 2 puntos.
En los procesos selectivos de los grupos A, B y C objeto de convocatoria, se valora con 2 puntos disponer de un certificado de nivel superior (C2) de conocimientos de lengua catalana.
En los procesos selectivos de los grupos D I E objeto de convocatoria, se valora con 2 puntos disponer de un certificado de nivel de suficiencia (C1) de conocimientos de lengua catalana.
Sin perjuicio de lo previsto en los apartados anteriores de esta base común 8.4.1, deben tenerse en cuenta las especificidades previstas, si procede, en las bases específicas contenidas en los Anexos 3 y siguientes de la presente Resolución.
8.4.1.6 Competencias en tecnologías de la información y la comunicación hasta un máximo de 2 puntos.
Los certificados de acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC) y los certificados declarados equivalentes se valoran con un máximo de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente distribución:
a) Certificado de nivel avanzado: 2 puntos
b) Certificado de nivel medio: 1 punto
c) Certificado de nivel básico: 0,5 puntos
En caso de disponer de varios certificados, se valorará únicamente el de mayor nivel.
8.5.- Alegación y acreditación de los méritos.
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos alegados y acreditados documentalmente por los/las aspirantes de acuerdo con el baremo expuesto para cada grupo profesional.
Los méritos se computarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de forma que no se tendrán en cuenta los obtenidos después de esa fecha.
No se valorarán los méritos alegados que no se acrediten debidamente.
Se valorarán los méritos alegados por las personas aspirantes según la documentación presentada y reflejada en la hoja de méritos y en el Curriculum Vitae que acompaña a la solicitud, de acuerdo con los baremos que se indican.
a) Servicios prestados:
Los servicios prestados se acreditarán mediante la aportación, por la persona aspirante, del certificado normalizado que se establece en el Anexo 2 de la presente Resolución.
Los servicios prestados en Puertos de la Generalidad, se comprobarán de oficio, a partir de los datos que consten en los expedientes de personal de Puertos de la Generalidad, salvo que se incorporen a la documentación presentada.
En caso de que lo considere necesario, el Tribunal Calificador podrá solicitar una descripción de las tareas desarrolladas.
b) Titulación:
La titulación académica requerida se acreditará mediante el documento acreditativo de la superación de los estudios oficiales con validez en todo el territorio nacional.
Si se trata de un título obtenido en el extranjero, deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
c) Formación:
La formación se acreditará mediante el correspondiente certificado de aprovechamiento o asistencia.
d) Conocimientos de lengua catalana
En cuanto al nivel de conocimientos de lengua catalana exigido, como requisito de participación, en la convocatoria, a la que se refiere el apartado 2.6 del Anexo 1, se acreditará mediante la aportación, por la persona aspirante, de algún de los certificados de la Secretaría de Política Lingüística, o uno de los títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril , por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística.
En cuanto al nivel de conocimientos de lengua catalana superior al exigido en la convocatoria, a que se refiere la base 8.4.1.5 se acreditará mediante la aportación, por la persona aspirante, de alguno de los certificados de la Secretaría de Política Lingüística , o uno de los títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, por la que se refunden y se actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística.
e) Competencias (certificados ACTIC y equivalentes):
Se acreditará mediante la aportación, por la persona aspirante, de alguno de los certificados de acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC) o los declarados equivalentes, de acuerdo con la información contenida en los enlaces web siguientes:
https://actic.gencat.cat/ca/actic_informacio/actic_competencies_i_nivells/
https://actic.gencat.cat/ca/actic_informacio/actic_documentacio_de_referencia/
8.6 Publicación de la valoración provisional de méritos.
Transcurrido el plazo anterior, el Órgano Técnico de Selección publicará el Acuerdo de valoración provisional de méritos.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la valoración provisional para presentar ante el Tribunal Calificador las alegaciones y documentación acreditativa que consideren oportunas.
En cualquier caso, el Órgano Técnico de Selección podrá solicitar a las personas aspirantes o al órgano competente la información necesaria, quien expedirá, a tal efecto, los certificados que corresponda.
En este trámite no se admitirá la alegación de méritos no alegados previamente, y cualquier documentación aportada por las personas aspirantes que no tenga por objeto los méritos alegados previamente no será tenida en cuenta por parte del Órgano Técnico de Selección y, por tanto, no deberá pronunciarse expresamente al respecto.
8.7 Publicación de la valoración definitiva de los méritos y propuesta de contratación.
Una vez analizadas las alegaciones presentadas en la valoración provisional de méritos, se publicará de forma conjunta la valoración definitiva de méritos, los resultados del concurso oposición, con la puntuación final ordenada, y la propuesta de nombramiento de personas aspirantes en relación con el número de plazas convocadas en cada proceso de selección.
-9 Resolución de empates
En caso de empate en la puntuación total, el orden se establecerá a favor del aspirante que haya obtenido la puntuación más alta en la fase de oposición. Si persiste el empate, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:
En primer lugar, la persona aspirante que haya obtenido la puntuación más alta en el ejercicio práctico de la fase de oposición.
En segundo lugar, la persona aspirante que haya obtenido la puntuación más alta en el ejercicio teórico de la fase de oposición.
En tercer lugar, la persona aspirante que haya obtenido la puntuación más alta en el mérito de servicios prestados.
Finalmente, si todavía persistiera el empate, el Órgano Técnico de selección realizará a las personas afectadas una prueba relacionada con la misión, funciones y tareas que deben llevar a cabo las personas en el puesto de trabajo convocado.
-10 Acreditación de requisitos
Junto con la propuesta de nombramiento, se hará pública la relación de personas aspirantes respecto de las cuales no se haya podido comprobar de oficio los requisitos para participar en el correspondiente proceso de selección, a fin de que presenten, dentro del plazo de 20 días hábiles, a contar desde la fecha de publicación de la propuesta de nombramiento, la correspondiente documentación acreditativa.
Las personas aspirantes deben presentar la documentación acreditativa de los requisitos de participación, exclusivamente, mediante el trámite electrónico indicado en la base común 3.2. No se admitirá a trámite la documentación acreditativa de requisitos de participación no presentada mediante este trámite electrónico específico.
Las personas aspirantes propuestas para la contratación como personal laboral fijo que no presenten la documentación requerida, así como aquéllas que, una vez efectuada la oportuna comprobación, no cumplan las condiciones y los requisitos de participación exigidos, no podrán ser contratadas como personal laboral fijo, siendo excluidas del correspondiente proceso de selección y restando sin efectos los derechos asociados a su participación.
Esta exclusión determinará que el Órgano Técnico de Selección deba efectuar la correspondiente nueva propuesta de contratación como personal laboral fijo, de conformidad con lo previsto en la base común 7.5.4 y 8.
-11 Prueba acreditativa de los requisitos de participación de conocimientos de lengua catalana o castellana.
En caso de que la persona o personas que por la puntuación obtenida en la valoración del conjunto del concurso oposición les corresponda ser propuestas para la contratación no hayan acreditado los conocimientos de catalán o castellano, el Órgano Técnico de Selección debe convocarlo para realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana o castellana, con la única finalidad de acreditar los requisitos de participación relativos a los conocimientos de estas lenguas por parte de las personas aspirantes que no están exentas.
El Órgano Técnico de Selección puede determinar incrementar el número de personas aspirantes que son convocadas a esta prueba en relación con cada proceso de selección, atendiendo a la puntuación obtenida en la valoración final y en función del número de plazas convocadas en cada caso, a fin de garantizar la ágil resolución de estos procesos de selección.
11.1 Convocatoria para la realización de la prueba.
Esta prueba se realizará, en convocatoria única, en el día, hora y localidad que señala por Acuerdo el Órgano Técnico de Selección.
La no comparecencia en la prueba comporta la exclusión del proceso de selección en el que se participa y quedan sin efectos los derechos asociados a su participación.
11.2 Desarrollo de la prueba.
Consta de dos ejercicios: conocimientos de lengua catalana y conocimientos de idioma castellano.
11.2.1 Ejercicio de conocimientos de lengua catalana.
De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que no estén exentas de realizarlo.
a) En el caso de los puestos de trabajo laborales que requieren conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1):
Consiste en realizar, ante el Órgano Técnico de Selección y, en su caso, de los asesores especialistas designados, un ejercicio que consta de dos partes.
Primera parte. Se evalúa el dominio de la expresión escrita, mediante la redacción de un texto de 200 palabras, como mínimo; la comprensión lectora, mediante la lectura de un texto escrito y la respuesta a preguntas sobre este texto, y la gramática y el vocabulario, mediante ejercicios de evaluación del conocimiento de la ortografía, la morfología, la sintaxis y el léxico .
Segunda parte. Se evalúa la expresión oral mediante la lectura en voz alta de un texto y una conversación o exposición sobre temas generales de actualidad.
El tiempo para realizarla será de 1 hora y 30 minutos, para la primera parte, y de 30 minutos, para la segunda, sin perjuicio de posibles adaptaciones.
El resultado de este ejercicio es de apto/a o no apto/a. Para ser declarado apto/a en este ejercicio debe obtenerse una puntuación total mínima del 70 %, de conformidad con el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y conocimiento del catalán, modificado por el Decreto 3/2014, de 7 de enero.
b) En el caso de los puestos de trabajo laborales que requieren conocimientos de lengua catalana de nivel elemental (B1):
Consiste en realizar, ante el Órgano Técnico de Selección y, en su caso, de los asesores especialistas designados, un ejercicio que consta de dos partes.
Primera parte: Se evalúan los conocimientos prácticos de lengua catalana mediante la redacción de una carta formal de un mínimo de 100 palabras, la redacción de una nota de 50 palabras, como mínimo, y la realización de ejercicios de gramática y léxico sobre aspectos lingüísticos relacionados con las funciones o actividades de los puestos convocados.
Segunda parte: Se evalúa la expresión oral por medio de la lectura en voz alta de un texto y de una conversación guiada.
El tiempo para realizarla no será superior a 1 hora para la primera parte y 10 minutos para la segunda, sin perjuicio de posibles adaptaciones.
El resultado de este ejercicio es de apto/a o no apto/a. Para ser declarado apto/a en este ejercicio debe obtenerse una puntuación total mínima del 60 %, de conformidad con el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y conocimiento del catalán, modificado por el Decreto 3/2014, de 7 de enero.
Están exentas de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que acrediten estar en posesión de los certificados que constan en el apartado 2.6
11.3 Resultados de la prueba.
Con posterioridad a su realización, el Órgano Técnico de Selección publicará el Acuerdo relativo al resultado de la prueba acreditativa de los requisitos de participación de conocimientos de lengua catalana o castellana, en relación con los procesos en los que ésta haya sido realizada, y abrir un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones, antes de publicar su lista definitiva.
11.4 Ejercicio de conocimientos de lengua castellana.
De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que carezcan de la nacionalidad española y que no estén exentas de realizarlo.
En el caso de puestos de trabajo laborales que requieren conocimientos de lengua castellana del nivel B1:
Con el fin de acreditar los conocimientos de lengua castellana, las personas aspirantes deben realizar un ejercicio, que consiste en una redacción de 150 palabras, como mínimo, y en mantener una conversación con miembros del Órgano Técnico de Selección y, en su caso , con los asesores especialistas que éste designe.
El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá ser superior a 45 minutos para la primera parte y 15 minutos para la segunda, sin perjuicio de posibles adaptaciones.
El resultado de este ejercicio es de apto/a o no apto/a.
Están exentas de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua castellana las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española que acrediten estar en posesión de los siguientes niveles de conocimientos de lengua castellana:
b) Puestos de trabajo laborales que requieren conocimientos de lengua castellana del nivel (B1):
- Haber cursado la primaria y la secundaria en el Estado español. En este caso, la persona candidata debe aportar certificado acreditativo de haber cursado la primaria, secundaria y/o bachillerato en el Estado español, emitido por la autoridad docente.
- Estar en posesión del diploma de español como lengua extranjera (DELE) de nivel B2 o superior establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero.
También exime de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua castellana el certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas.
Igualmente quedan exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que hayan cursado en lengua castellana sus estudios conducentes a la obtención de la titulación exigida como requisito de acceso.
11.5 Resultados de la prueba.
Con posterioridad a su realización, el Órgano Técnico de Selección publicará el Acuerdo relativo al resultado de la prueba acreditativa de los requisitos de participación de conocimientos de lengua catalana o castellana, en relación con los procesos en los que ésta haya sido realizada, y abrir un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones, antes de publicar su lista definitiva.
-12 Adjudicación de puestos de trabajo, contratación como personal laboral fijo y período de prueba
12.1 Aspectos generales
La convocatoria de estos procesos de selección se refieren a los puestos de trabajo específicamente identificados, de acuerdo con lo que consta, en cada caso, en los Anexos 3 y siguientes de la presente Resolución.
12.2. Adjudicación de puestos de trabajo
A las personas aspirantes propuestas para contratación como personal laboral fijo y en relación con las que ya estén efectuadas la totalidad de las comprobaciones de cumplimiento de los requisitos de participación se les adjudicará, con carácter definitivo, el puesto de trabajo respecto del que hayan solo solicitado su participación y hayan sido propuestas.
12.3 Contratación como personal laboral fijo
Realizadas las actuaciones de adjudicación, la persona titular de presidencia de Ports de la Generalitat dictará resolución con la relación de las personas que han superado el proceso de selección correspondiente y el puesto de trabajo adjudicado.
En el plazo máximo de un mes desde la resolución, se procederá a la formalización por escrito del contrato de trabajo como personal laboral fijo a realizar.
12.4 Periodo de prueba
Las personas a las que se formalice el contrato de trabajo como personal laboral fijo deberán superar los siguientes períodos de prueba, según el grupo de clasificación del puesto de trabajo:
- Trabajadores/ras del grupo A: 6 meses
- Trabajadores/ras del grupo B: 6 meses
- Trabajadores/ras del grupo C: 2 meses
- Trabajadores/ras del grupo D: 2 meses
- Trabajadores/ras del grupo E: 2 meses
Este período de prueba no será de aplicación en caso de que la persona haya desarrollado las mismas funciones con anterioridad en Puertos de la Generalidad mediante cualquier modalidad de contrato.
-13 Publicaciones, información del desarrollo de los procesos de selección y presentación de escritos y documentación
Las publicaciones oficiales relativas a la convocatoria se realizan a través del Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC), en los supuestos que así lo requiera la presente convocatoria, en el apartado Información Pública, y en el apartado "Ofertas de trabajo" en la web https://ports.gencat.cat.
-14 Régimen de alegaciones e impugnaciones
14.1. Resoluciones de la Presidencia de Puertos de la Generalitat
Contra las resoluciones del órgano facultado para hacer pública la convocatoria, aprobar la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas y la relación de personas que han superado el proceso de selección correspondiente, u otras resoluciones definitivas, las personas interesadas pueden interponer demanda ante los Juzgados de lo Social en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación/comunicación, de acuerdo con las previsiones establecidas en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social -LRJS-, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que considere conveniente en la defensa de sus intereses.
14.2 Acuerdos del Órgano Técnico de Selección
Contra el resto de actos de trámite del Órgano Técnico de Selección, las personas aspirantes pueden presentar las alegaciones que consideren convenientes ante el Órgano Técnico de Selección, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la notificación o publicación de este acto, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Anexo 2
A.- Solicitud para ser admitido/a en el proceso de selección la convocatoria de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición para el año 2022 de Puertos de la Generalitat. (convocatoria 003).
—1 Datos personales:
Apellidos y Nombre:
DNI/NIF/NIE/Pasaporte Nacionalidad:
Fecha de nacimiento:
Dirección Código postal Municipio:
Teléfono:
Dirección electrónica:
—2 Datos de la Convocatoria 003. Tasa de reposición mediante el sistema selectivo de concurso-oposición
DOGC número y fecha:
Puesto de trabajo al cual se presenta:
Código de pago:
DECLARO no sufrir enfermedad ni estar afectado/da por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desarrollo de las funciones inherentes en la plaza.
DECLARO no estar separado/da del servicio por sanción disciplinaria, inhabilidad/da para el desarrollo de funciones al sector público.
DECLARO que son ciertas todos los datos consignados en la solicitud y que reúno las condiciones exigidas para participar en el presente proceso de selección, de acuerdo con las bases de esta convocatoria.
DECLARO que conozco íntegramente el contenido de las bases de la convocatoria.
—3 Documentación que aporta
Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos relativos a la nacionalidad.
Documento acreditativo de haber hecho efectiva la tasa de participación o acreditación del derecho a la bonificación de la tasa para la categoría profesional a la que se presenta.
Curriculum vitae.
Certificación oficial correspondiente a la titulación que se requiere para la categoría profesional laboral a la que se presenta.
Certificación oficial correspondiente a los conocimientos de lengua catalana del nivel que se requiere para la categoría profesional a la que se presenta.
Certificación de servicios prestado en otras administraciones (anexo 2.B. de la convocatoria).
Otra documentación relacionada con la convocatoria para la categoría profesional laboral a la que me presento.
En conformidad con los apartados 2.8. y 4 de la convocatoria, la carencia de pago, el pago incompleto de la tasa o la no acreditación a efectos de exención comporta, en caso de que no se enmiende en los términos de la base común 7.2.2, la exclusión de la persona aspirando respecto del proceso de selección en el cual haya solicitado la participación, y restarán sin efectos los derechos asociados a su participación.
—4 Protección de datos
Con la solicitud de participación, las personas aspirantes declaran responsablemente:
Que cumplen los requisitos de participación del proceso de selección respecto del cual solicitan la participación, sin perjuicio de su posterior comprobación o acreditación.
Dan el consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal necesarias para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso de selección, de acuerdo con el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en el que respeta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, vuestros datos serán tratados por parte de Puertos de la Generalitat, como responsable de estas:
Responsable del tratamiento: Puertos de la Generalitat
Dirección postal: Avenida de Josep Tarradellas, 2-6, 08029 Barcelona.
Teléfono 93 206 09 30
Dirección electrónica de contacto: generalitat.ports@gencat.cat
Contacto DPD: dpd.territori@gencat.cat
Finalidad: Gestión de los candidatos con el fin de la cobertura de un puesto de trabajo que se produzca en Puertos de la Generalitat.
Legitimación: Consentimiento de la persona interesada.
Destinatarios: Los datos no se cederán a terceros.
Conservación de datos: Los datos recogidos se conservarán durante 2 años, y siempre que sean necesarias para cumplir con la legislación vigente.
Derechos: Podéis ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación u oposición, así como el derecho en la portabilidad de los datos, mediante un escrito dirigido a Puertos de la Generalitat o a través de la dirección electrónica atenciousuaris.ports@gencat.cat
En caso de considerar que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, podréis presentar una reclamación ante la autoridad de control a www.apdcat.cat.
La presentación de estas solicitudes se efectuará mediante el formulario de petición genérica del registro de entrada y salida electrónico (s@rcat) dirigida a Puertos de la Generalitat, (Tema: Movilidad y Transportes, Subtema: Puertos) e indicando en el campo asunto tasa de reposición.
A la petición genérica se adjuntará este modelo de solicitud y, si se tercia, el resto de documentación que según esta convocatoria sea necesaria.
Este formulario es de uso obligatorio para la admisión a la participación en la convocatoria, y no se considerarán válidamente presentadas aquellas solicitudes que se efectúen con otro formulario o formato.
Firma de la persona solicitante. Localidad y fecha:
B.- Certificación de servicios prestados en otras administraciones públicas
A efectos del cómputo del mérito de servicios prestados en otras administraciones públicas, previsto en la base común 7.4.1.1. del Anexo 1, las persones aspirantes los tienen que acreditar mediante la aportación de certificado emitido en el formulario normalizado.
Datos de la administración pública y del órgano competente que expide el certificado
Administración pública:
Nombre y apellidos de la persona que firma:
Cargo:
Si actúa por delegación, indicar el boletín oficial donde se ha publicado: BOE, DOGC, BOP, nº y fecha.
Norma
Certifico la exactitud de los datos siguientes, que concuerdan con los antecedentes que constan en esta administración pública:
Datos personales y profesionales de la persona que ha solicitado el certificado:
Nombre y apellidos
NIF/NIE
Categoría profesional
Grupo y/o subgrupo / puesto de trabajo
Fecha inicio y fecha final de prestación de servicios
Número meses/días servicios prestados
Descripción de las funciones desarrolladas, con referencia a la norma funcional, en cada caso:
Firma del certificado por parte del órgano competente para que conste a efectos de la valoración en la convocatoria especificada.
Indicar lugar y fecha en caso de firma no electrónica.
Anexo 3
Bases específicas del puesto de trabajo: Responsable de contabilidad y Facturación (A-2)
— Se convoca
1 puesto de trabajo
Centro de trabajo de adscripción: Barcelona (08029)
—2 Titulación
Titulación universitaria de licenciatura en Económicas o equivalente.
—3 Funciones
- Realizar la contabilización de las operaciones derivadas de la ejecución del presupuesto de gastos, de los ingresos y de las operaciones no presupuestarías.
- Controlar y verificar la facturación, la recaudación, los deudores y la tramitación de certificaciones de pagos del ente.
- Planificar a corto plazo, controlar y conciliar la tesorería del ente, realizando la operativa bancaria.
- Realizar y presentar las declaraciones de impuestos y su pago, si se tercia.
- Supervisar y verificar el inventario del ente.
- Asesorar y tramitar las pólizas de seguros.
- Participar en la elaboración de estudios técnicos económicos.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen a su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
—4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las persones aspirantes tienen que tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Las persones aspirantes que no tengan la nacionalidad española tienen que tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
—5 Código de pago:
Responsable de contabilidad y Facturación: 0796604
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?emisora=0796604
-6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la cual se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat. (DOGC N.º 9215 - 30.07.2024)
Anexo 4
Bases específicas del puesto de trabajo: Responsable de Obras y Mantenimiento (A-2)
—1 Se convocan
1 puesto de trabajo
Centros de trabajo de adscripción: Vilanova i la Geltrú (08800)
—2 Titulación
Titulación universitaria de Ingeniería de Caminos, canales y puertos o equivalente.
—3 Funciones
- Elaborar y gestionar la documentación relativa a la contratación del ente, que le sea requerida.
- Realizar el seguimiento técnico, económico y administrativo de las ejecuciones de obras en todas sus fases.
- Elaborar y desarrollar el programa de mantenimiento de las infraestructuras portuarias, y realizar su seguimiento.
- Elaborar y gestionar informes, proyectos y presupuestos relacionados con su actividad y la documentación que se derive.
- Gestionar y actualizar la información gráfica y documental de las infraestructuras portuarias.
- Realizar el seguimiento y control de las obras ejecutadas por terceros.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen a su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
—4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las persones aspirantes tienen que tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las persones aspirantes que no tengan la nacionalidad española tienen que tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
—5 Código de pago
Responsable de Obras y Mantenimiento: 0796616
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?emisora=0796616
-6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la cual se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat. (DOGC N.º 9215 - 30.07.2024)
Anexo 5
Bases específicas del puesto de trabajo: Técnico/a especialista de contratación (A-3), indicado por error en el DOGC N.º 8820 - 27.12.2022, como A-2)
—1 Se convoca 1 puesto de trabajo
Centro de trabajo de adscripción: Barcelona (08029)
—2 Titulación
Titulación universitaria de Licenciatura en derecho o equivalente.
—3 Funciones
- Diseñar y supervisar los procedimientos contractuales de la organización de acuerdo con la normativa reguladora de la contratación pública, garantizando la transparencia.
- Realizar la valoración, tramitación y seguimiento de los expedientes de contratación tramitados por el procedimiento abierto, negociado o sujeto a regulación armonizada, así como los de los expedientes de concesiones, autorizaciones administrativas y convenios de colaboración administrativa.
- Preparar los expedientes administrativos y la propuesta de acuerdos de los aspectos a tratar en el Comité Ejecutivo, en relación a las concesiones y autorizaciones demaniales, así como de la contratación pública, así como apoyar técnico a la Secretaría del Comité Ejecutivo.
- Asistir y participar en todos aquellos actos, comisiones, comités y reuniones en las que esté requerido/*da, así como ejercer como Secretaría en la Mesa de Contratación del ente.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen a su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
—4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las persones aspirantes tienen que tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las persones aspirantes que no tengan la nacionalidad española tienen que tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
—5 Código de pago
Técnico/a especialista de contratación: 796628
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?emisora=0796628
-6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la cual se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat. (DOGC N.º 9215 - 30.07.2024)
Anexo 6
Bases específicas del puesto de trabajo: Técnico/a gestión económica (A-3)
—1 Se convocan
3 puestos de trabajo
Centro de trabajo de adscripción: Barcelona (08029)
—2 Titulación
Titulación universitaria de licenciatura en Económicas o equivalente.
—3 Funciones
- Dar soporte al Área en materia contable y de facturación.
- Ejecutar y controlar la contabilización y amortización del inmovilizado del ente.
- Tratar, verificar y hacer el seguimiento de los estados contables de los Concesionarios.
- Hacer el seguimiento de las subvenciones recibidas y otorgadas por el ente.
- Hacer el seguimiento de los indicadores económicos y de la Carta de servicios del ente.
- Elaborar los datos para la realización de estudios, apoyando económico y estadístico.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen a su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
—4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las persones aspirantes tienen que tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las persones aspirantes que no tengan la nacionalidad española tienen que tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
—5 Código de pago
Técnico/a gestión económica: 0796630
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.HTML?*EMISORA=0796630
-6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la cual se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat. (DOGC N.º 9215 - 30.07.2024)
Anexo 7
Bases específicas del puesto de trabajo: Técnico/a gestión jurídica (A-3)
—1 Se convocan
2 puestos de trabajo
Centro de trabajo de adscripción: Barcelona (08029)
—2 Titulación
Titulación universitaria de licenciatura en derecho o equivalente.
—3 Funciones
- Realizar los trámites relacionados con expedientes sancionadores.
- Gestionar los expedientes de responsabilidad patrimonial de la administración.
- Gestionar expedientes de responsabilidad por daños al dominio público portuario y expedientes informativos.
- Realizar acuerdos de suspensión de servicios.
- Realizar reclamaciones judiciales de cantidad.
- Gestionar expedientes de declaración de estado legal de abandono de bienes.
- Realizar el seguimiento de la normativa, jurisprudencia y doctrina jurídica que pueda afectar la gestión de la actividad del ente.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen a su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
—4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las persones aspirantes tienen que tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las persones aspirantes que no tengan la nacionalidad española tienen que tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
—5 Código de pago
Técnico/a gestión jurídica: 0796641
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?emisora=0796641
-6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la cual se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat. (DOGC N.º 9215 - 30.07.2024)
Anexo 8
Bases específicas del puesto de trabajo: Responsable de gestión operativa y atención al cliente (B-1)
—1 Se convoca
1 puesto de trabajo
Centro de trabajo de adscripción: La Ràpita (43540)
—2 Titulación
Titulación universitaria de diplomatura, preferentemente en Economía, marketing, logística, gestión portuaria o similar.
—3 Funciones
- Identificar y proponer nuevos aprovechamientos y/u ocupaciones del dominio público portuario.
- Realizar la prospección de mercado para localizar posibles interesados/dic.
- Hacer el seguimiento del desarrollo de las actividades portuarias.
- Atender, informar y asesorar a los clientes de los requisitos, normativa y trámites a seguir para desarrollar cualquier actividad en las instalaciones portuarias.
- Realizar el seguimiento económico de la zona.
- Hacer el seguimiento de los indicadores establecidos a la Carta de servicios, analizando los datos y proponiendo mejoras para prestar un servicio con un estándar de calidad óptimo a la Zona de adscripción.
- Valorar la demanda del servicio propuesto, así como la idoneidad, compatibilidad con el resto de actividades que se desarrollen en el puerto, entre otros.
- Velar por la correcta implementación del Plan de identificación visual del ente. Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen a su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
—4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las persones aspirantes tienen que tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las persones aspirantes que no tengan la nacionalidad española tienen que tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
—5 Código de pago
Responsable de gestión operativa y atención al cliente: 0796653
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?emisora=0796653
-6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la cual se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat. (DOGC N.º 9215 - 30.07.2024)
Anexo 9
Bases específicas del puesto de trabajo: Técnico/a de Mantenimiento (B-1)
—1 Se convocan
2 puestos de trabajo
Centros de trabajo de adscripción:
1 puesto de trabajo en Palamós (17720)
1 puesto de trabajo a La Ràpita (43540)
—2 Titulación
Titulación universitaria de grado en Ingeniería civil o equivalente.
—3 Funciones
- Elaborar y gestionar la documentación relativa a la contratación del ente, que le sea requerida.
- Realizar el seguimiento técnico, económico y administrativo de las actuaciones de mantenimiento en todas sus fases.
- Elaborar y desarrollar el programa de mantenimiento de las infraestructuras portuarias, y realizar su seguimiento.
- Elaborar y gestionar informes, proyectos y presupuestos relacionados con su actividad y la documentación que se derive.
- Gestionar y actualizar la información gráfica y documental del mantenimiento de las instalaciones así como de legalización de las redes portuarias.
- Realizar el seguimiento y control de las obras de mantenimiento e instalaciones de servicio ejecutadas por terceros.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen a su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
—4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las persones aspirantes tienen que tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las persones aspirantes que no tengan la nacionalidad española tienen que tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
—5 Código de pago
Técnico/a de Mantenimiento: 0796665
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?emisora=0796665
- 6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la cual se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat. (DOGC N.º 9215 - 30.07.2024)
Anexo 10
Bases específicas del puesto de trabajo: Técnico/a de RRHH (B-2)
—1 Se convoca
1 puesto de trabajo
Centros de trabajo de adscripción: Barcelona (08029)
—2 Titulación
Titulación universitaria de diplomatura en Relaciones Laborales o equivalente.
—3 Funciones
- Administrar y controlar las incidencias derivadas de la administración del personal.
- Apoyar en la ejecución del Plan de Formación de personal aprobado.
- Apoyar en la gestión de la Prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la normativa vigente.
- Colabora en la gestión de RRHH
- Asistir y participar en todos aquellos actos, comisiones, comités y reuniones en las que esté requerido/*da.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen a su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
—4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las persones aspirantes tienen que tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las persones aspirantes que no tengan la nacionalidad española tienen que tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
—5 Código de pago
Técnico/a de RR.HH: 0837230
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?emisora=0837230
- 6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la cual se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat. (DOGC N.º 9215 - 30.07.2024)
Anexo 11
Bases específicas del puesto de trabajo: Técnico/a de apoyo operativo y atención al cliente (C-1)
— 1 Se convoca
1 puesto de trabajo.
Centro de trabajo de adscripción: La Rápita (43540)
— 2 Titulación
Ciclo formativo de grado superior o equivalente, título de técnico/a superior.
— 3 Funciones
- Identificar y proponer nuevos aprovechamientos y/u ocupaciones del dominio público portuario.
- Colaborar en la prospección de mercado para localizar posibles interesados/dic.
- Hacer el seguimiento del desarrollo de las actividades portuarias.
- Atender, informar y asesorar a los clientes de los requisitos, normativa y trámites a seguir para desarrollar cualquier actividad en las instalaciones portuarias.
- Apoyar en el seguimiento económico de la zona.
- Hacer el seguimiento de los indicadores establecidos a la Carta de servicios, analizando los datos y proponiendo mejoras para prestar un servicio con un estándar de calidad óptimo a la Zona de adscripción.
- Valorar la demanda del servicio propuesto, así como la idoneidad, compatibilidad con el resto de actividades que se desarrollen en el puerto, entre otros.
- Velar por la correcta implementación del Plan de identificación visual del ente.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen a su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
— 4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las persones aspirantes tienen que tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las persones aspirantes que no tengan la nacionalidad española tienen que tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
— 5 Código de pago
Técnico/a de apoyo operativo y atención al cliente: 0796525
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?emisora=0796525
— 6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la cual se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat. (DOGC N.º 9215 - 30.07.2024)
Anexo 12
Bases específicas del puesto de trabajo: Técnico/a de apoyo gráfico (Delineando Obra Civil) (C-1)
— 1 Se convocan: 2 puestos de trabajo.
Centros de trabajo de adscripción:
1 puesto de trabajo en Palamós (17220)
1 puesto de trabajo en Vilanova i la Geltrú (08800)
— 2 Titulación
Ciclo Formativo de Grado Superior de la Familia profesional de Edificación y Obra Civil o equivalente, preferentemente en Proyectos de Obra Civil.
— 3 Funciones
- Realizar la gestión de la documentación gráfica de todas las instalaciones portuarias de la Zona.
- Colaborar en la planificación y seguimiento del mantenimiento y conservación de cada puerto de acuerdo con el presupuesto asignado.
- Colaborar en la redacción de proyectos.
- Supervisar las tareas de seguimiento de las obras de mantenimiento.
- Gestionar la documentación administrativa y el archivo que se derive de su actividad.
- Colaborar en las tareas de coordinación de actividades empresariales.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen a su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
— 4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las persones aspirantes tienen que tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las persones aspirantes que no tengan la nacionalidad española tienen que tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
— 5 Código de pago
Técnico/a de apoyo gráfico (Delineando Obra Civil): 0796537
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?emisora=0796537
— 6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la cual se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalitat. (DOGC N.º 9215 - 30.07.2024)
Anexo 13
Bases específicas del puesto de trabajo: Administrativo/va (C-2)
— 1 Se convocan: 2 puestos de trabajo.
Centros de trabajo de adscripción:
1 en Palamós (17220),
1 en Barcelona (08029)
— 2 Titulación
Ciclo formativo de grado superior o equivalente, especialidad en Administración
— 3 Funciones
- Introducir los datos de proveedores y/o clientes, de facturación (tanto emitida como recibida), seguimiento de expedientes (sancionadores, concesiones, etc.), en los correspondientes programas informáticos de gestión.
- Realizar los trámites administrativos de carácter técnico, económico o legal, así como de las estadísticas que le sean solicitadas por sus superiores.
- Realizar la gestión documental y el archivo de la documentación ejecutada y recibida.
- Recepcionar y atender a los usuarios/as en las oficinas, telefónicamente y/o por cualquier otro canal establecido y canalizar la información.
- Llevar el registro, envío y distribución de la documentación.
- Realizar el seguimiento del presupuesto asignado a la Zona.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen en su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
— 4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las personas aspirantes deben tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española deben tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
— 5 Código de pago
Código de pago Administrativo/va: 0796562
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?EMISORA=0796562
— 6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la que se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalidad. (DOGC Núm. 9215 - 30.07.2024)
Anexo 14
Bases específicas del puesto de trabajo: Técnico/a de Comunicación (C-2)
— 1 Se convoca:
1 puesto de trabajo.
Centro de trabajo de adscripción: Barcelona (08029)
— 2 Titulación
Ciclo Formativo de Grado Superior familia Informática y comunicaciones
— 3 Funciones
- Actualizar, modificar y revisar la publicación de contenidos en la página web del ente y en las redes sociales.
- Colaborar en el diseño y desarrollo de programas y aplicaciones informáticas necesarias para la actividad comunicativa.
- Gestionar el archivo fotográfico y la base de datos de fotografías.
- Con respecto al tratamiento de datos de carácter personal, adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para dar cumplimiento a la normativa vigente en la materia, así como mantener el deber de secreto y confidencialidad (que se mantendrán una vez terminada su vinculación con el ente).
- Todas aquellas otras funciones que se deriven del ejercicio de su puesto de trabajo
— 4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las personas aspirantes deben tener los conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
Lengua castellana
Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española deben tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
— 5 Código de pago:
Técnico/a de Comunicación: 0796574
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?EMISORA=0796574
— 6 Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la que se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalidad. (DOGC Núm. 9215 - 30.07.2024)
Anexo 15
Bases específicas del puesto de trabajo: Guardamuelles (D-1)
— 1 Se convocan 6 puestos de trabajo
Centros de trabajo de adscripción:
2 puestos de trabajo en Palamós (17230) - El guardamuelles de Zona Portuaria Norte debe desplazarse a los otros centros de trabajo adscritos a la zona portuaria.
1 puesto de trabajo en Sant Feliu de Guíxols (17220).
1 puesto de trabajo en Vilanova i la Geltrú (08800) - El guardamuelles de la Zona Portuaria Centro debe desplazarse a los otros centros de trabajo de la zona portuaria.
1 puesto de trabajo en L'Ampolla (43895) y Deltebre (43580), se desplazará a los embarcaderos de Deltebre, Tortosa, Amposta y Sant Jaume d'Enveja.
1 puesto de trabajo en La Ràpita (43540) -El guardamuelles de la Zona Portuaria Sur debe desplazarse a los otros centros de trabajo adscritos a la zona portuaria.
— 2 Titulación
Ciclo formativo de grado medio, bachillerato o equivalente.
— 3 Funciones
- Inspeccionar y controlar todas las instalaciones (públicas y privadas), servicios y bienes del ente, velando por el normal funcionamiento del puerto.
- Dar cuenta de las incidencias detectadas y/o informar de las infracciones observadas, aportando la información necesaria para su tramitación.
- Controlar el palco y el cumplimiento de la normativa portuaria en la actividad pesquera.
- Realizar el seguimiento y control del estado del mantenimiento de las instalaciones, proponiendo las mejoras necesarias.
- Garantizar el correcto estado de orden y limpieza de las instalaciones.
- Atender y supervisar las peticiones de servicios portuarios, su control y gestión de datos para su facturación.
- Atender las solicitudes y consultas de los usuarios/as del puerto, gestionar las comunicaciones previas de actividades.
- Coordinar las tareas de los ayudantes de guardamuelles, en su caso.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen en su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
— 4. Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las personas aspirantes deben tener los conocimientos de lengua catalana de Nivel elemental B1 de la Dirección General de Política Lingüística, o el equivalente.
Lengua castellana
Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española deben tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
- 5. Código de pago.
Código de pago guardamuelles: 0796586
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?EMISORA=0796586
- 6. Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la que se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalidad. (DOGC Núm. 9215 - 30.07.2024)
Anexo 16
Bases específicas del puesto de trabajo: Ayudante/a de guardamuelles (E)
— 1 Se convocan 5 puestos de trabajo
Centros de trabajo de adscripción:
1 puesto de trabajo en Roses (17480)
1 puesto de trabajo en Palamós (17220) - El Ayudante de guardamuelles de la Zona Portuaria Norte debe desplazarse a los otros centros de trabajo adscritos a la zona portuaria.
1 puesto de trabajo en Arenys de Mar (08350)
1 puesto de trabajo en Vilanova i la Geltrú (08800) - El Ayudante de guardamuelles de la Zona Portuaria Centro debe desplazarse a los otros centros de trabajo adscritos a la zona portuaria.
1 puesto de trabajo en La Ràpita (43540) - El Ayudante de guardamuelles de la Zona Portuaria Sur debe desplazarse a los otros centros de trabajo adscritos a la zona portuaria.
— 2 Titulación
Graduado en ESO o equivalente.
— 3 Funciones
- Realizar las tareas de limpieza y cuidar las instalaciones y equipamiento portuario.
- Supervisar y cuidar los útiles y productos de mantenimiento y limpieza de las instalaciones.
- Realizar labores de mantenimiento de las instalaciones y equipamientos portuarios bajo las indicaciones de su superior.
- Controlar el correcto estado de las instalaciones y equipamientos portuarios.
- Dar cuenta a su superior de las infracciones observadas en el uso de las instalaciones portuarias.
- Dar soporte al/a la "guardamolls en cap" o guardamuelles.
- Velar por el cumplimiento de las políticas de transparencia, gestión documental, seguridad, prevención de riesgos, protección de datos, calidad, medio ambiente y otras derivadas de la normativa legal, que apliquen en su ámbito de actuación.
- Otras tareas de similar naturaleza y calificación relacionadas con su puesto de trabajo.
— 4 Especificaciones sobre determinados requisitos de participación:
Lengua catalana
Las personas aspirantes deben tener los conocimientos de lengua catalana de nivel elemental B1 de la Dirección General de Política Lingüística, o el equivalente.
Lengua castellana
Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española deben tener los conocimientos de lengua castellana de nivel B1.
— 5 Código de pago
Código de pago Ayudante de guardamuelles: 0796598
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_ca.html?EMISORA=0796598
- 6. Temario:
Resolución TER/2761/2024, de 25 de julio, por la que se aprueban los temarios de las pruebas selectivas de la oferta pública de empleo derivada de la tasa de reposición de Puertos de la Generalidad. (DOGC Núm. 9215 - 30.07.2024)