RESOLUCIÓN EMT/2783/2024, de 29 de julio, que da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección de 26 de julio de 2024, por el que se modifica parcialmente la oferta de empleo público de las plazas del personal laboral al servicio de la Agencia Catalana de Turismo correspondientes a la tasa adicional específica autorizada por el Estado (Real decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo) y la tasa de reposición ordinaria para 2022, publicada en el DOGC núm. 8823, de 30.12.2022.
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El Consejo de Dirección de la Agencia Catalana de Turismo, en la sesión que ha tenido lugar el día de hoy, 26 de julio de 2024, ha aprobado modificar cuatro puestos de trabajo de la oferta pública del empleo temporal del personal laboral al servicio de la Agencia Catalana de Turismo, correspondientes a la tasa adicional específica autorizada por el Estado (Real decreto ley 32/2021) y a la tasa de reposición ordinaria para 2022.
Dadas las facultades que me confieren el artículo 10 de la Ley 15/2007, de 5 de diciembre, de la Agencia Catalana de Turismo (DOGC núm. 5030, de 17.12.2007) y el artículo 13 del Decreto 192/2009, de 9 de diciembre, de aprobación de los Estatutos de la Agencia Catalana de Turismo (DOGC núm. 5524, de 11.12.2009),
Resuelvo:
Dar publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección de fecha 26 de julio de 2024, por el que se modifican cuatro puestos de trabajo de la oferta de empleo público de las plazas del personal laboral al servicio de la Agencia Catalana de Turismo, correspondientes a la tasa adicional específica autorizada por el Estado (Real decreto ley 32/2021) y a la tasa de reposición ordinaria para 2022, que constan en el anexo de esta Resolución.
Contra esta Resolución, las personas interesadas pueden interponer una demanda ante los juzgados de lo social en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con las previsiones establecidas en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (LRJS), sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.OK240423
Barcelona, 29 de julio de 2024
Narcís Ferrer i Ferrer
Director
Anexo 1
Acuerdo del Consejo de Dirección de 26 de julio de 2024, por el que se modifica parcialmente la oferta de empleo público de las plazas del personal laboral al servicio de la Agencia Catalana de Turismo correspondientes a la tasa adicional específica autorizada por el Estado (Real decreto ley 32/2021) y a la tasa de reposición ordinaria para 2022, publicada en el DOGC núm. 8823, de 30.12.2022.
Visto que en fecha 13 de octubre de 2022 se aprobó la oferta de empleo público de las plazas del personal laboral al servicio de la Agencia Catalana de Turismo correspondientes a la tasa adicional específica autorizada por el Estado (Real decreto ley 32/2021) y a la tasa de reposición ordinaria para 2022;
Visto que la citada oferta se publicó en el DOGC núm. 8823, de 30.12.2022;
Visto que se ha modificado el contenido de cuatro puestos de trabajo de los que fueron aprobados;
De acuerdo con las facultades previstas en el artículo 6 de la Ley 15/2007, de 5 de diciembre, de la Agencia Catalana de Turismo, y el artículo 7 del Decreto 192/2009, de 9 de diciembre, de aprobación de los Estatutos de la Agencia Catalana de Turismo, el Consejo de Dirección de la Agencia Catalana de Turismo, reunido en la sesión de fecha 26 de julio de 2024, adopta el siguiente Acuerdo:
1. Modificar cuatro plazas de las aprobadas en la oferta pública, que quedan de la siguiente forma:
- Cambio de una plaza con categoría B nivel 2 a una plaza de categoría A/B jefe/a de sección 1.
- Cambio de dos plazas con categoría B nivel 3 a B nivel 2.
- Cambio de una plaza C/B nivel 2 a C nivel 1.
2. Informar de ello, mediante la publicación de este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, a las personas interesadas.