ANUNCIO por el que se somete a información pública la aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la venta no sedentaria en el municipio de Garcia.
El Pleno del Ayuntamiento de Garcia, en sesión ordinaria celebrada el 20 de junio de 2024, aprobó provisionalmente la ordenanza reguladora de la venta no sedentaria en el municipio de Garcia, con el tenor literal siguiente:
"Primero.- Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de la venta no sedentaria en el municipio de Garcia, cuyo texto se adjunta como Anexo.
Segundo.- Someter el presente acuerdo a información pública por un periodo de 30 días hábiles con el fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que consideren oportunas.
El anuncio se expondrá en el Boletín Oficial de la provincia, en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, en uno de los medios de comunicación escrita diaria, en la sede electrónica municipal, así como en el portal de transparencia de este Ayuntamiento.
El periodo de información pública comenzará a contar desde el día siguiente a la última de las publicaciones oficiales antes mencionadas.
Tercero.- Finalizado el periodo de exposición pública, en caso de que no se presenten reclamaciones o alegaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. En este caso, el acuerdo inicial elevado a definitivo junto con el texto íntegro de la ordenanza se publicarán en el BOP, en la sede electrónica municipal, y en el boletín informativo local. También se publicará en el DOGC la referencia del BOP en que se publique el texto íntegro y en el portal de transparencia el texto íntegro de la ordenanza. Asimismo, se deberá remitir el acuerdo de aprobación definitiva y la copia íntegra y fidedigna del texto definitivo de la ordenanza aprobada a la Administración del Estado y a la Generalitat de Cataluña.
La Ordenanza entrará en vigor una vez publicada íntegramente y cuando haya transcurrido el plazo establecido en el art. 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local."
Por este motivo, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se expone al público el acuerdo de aprobación provisional de esta Ordenanza por un periodo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la última publicación oficial que se prevé en el acuerdo plenario, para que cualquier interesado pueda presentar lo que crea oportuno. Las alegaciones, reclamaciones y/o sugerencias se presentarán mediante la sede electrónica del Ayuntamiento de Garcia o presencialmente en la dirección Calle Centro nº18, 43749, Garcia, Tarragona.
Si transcurrido este plazo no se hubiesen presentado reclamaciones o sugerencias, la Ordenanza aprobada provisionalmente se entenderá definitivamente aprobada.
La Ordenanza se podrá consultar en las dependencias del Ayuntamiento de Garcia de lunes a viernes en horario de atención al público de 12h a 14h, o mediante el siguiente enlace:
https://www.seu-e.cat/documents/28665/5035633/Ordenan%C3%A7a+reguladora+de+la+venda
+no+sedent%C3%A0ria+al+municipi+de+Garcia/c3238012-acb7-4360-984e-5c7123efba67
Garcia, 21 de junio de 2024
La alcaldesa