RESOLUCIÓN INT/2338/2024, de 21 de junio, por la que se autoriza a los ayuntamientos de Corbera de Llobregat y de La Palma de Cervelló a firmar el Acuerdo de colaboración para la prestación del servicio de policía local.

La disposición adicional quinta de la Ley orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad, regula la colaboración para la prestación de servicios de policía local, con el siguiente contenido: "En los supuestos en los que dos o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma comunidad autónoma, no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local, podrán asociarse para la ejecución de las funciones asignadas a dichas policías en esta Ley. En todo caso, el acuerdo de colaboración para la prestación de servicios por los cuerpos de policía local dependientes de los respectivos municipios respetará las condiciones que se determinen por el Ministerio del Interior y contará con la autorización de este o, en su caso, de la comunidad autónoma correspondiente con arreglo a lo que disponga su respectivo estatuto de autonomía."

La Orden INT/242/2012, de 3 de agosto, establece el procedimiento de autorización de los acuerdos de colaboración entre municipios para la prestación de los servicios de policía local.

Los ayuntamientos de Corbera de Llobregat y de La Palma de Cervelló han considerado la conveniencia de asociarse para la prestación del servicio de policía local para posibilitar la colaboración y cooperación de las dos policías y para mejorar la eficacia y la prestación de los servicios y la fluidez del tráfico. En consecuencia, han aprobado suscribir un acuerdo de colaboración para la prestación de los servicios de policía local y asociarse para ejercer las funciones asignadas a la policía local, en las sesiones plenarias de 12 de diciembre de 2023 y 19 de enero de 2024, respectivamente.

Vistas la memoria explicativa y la propuesta de acuerdo presentadas por los ayuntamientos, y que se cumple el resto de requisitos establecidos por la normativa mencionada;

Vistos los informes emitidos por la subjefa de la División de Tráfico de la Comisaría General de Movilidad, de la Dirección General de la Policía, el 28 de marzo de 2024, y por la Dirección General de Coordinación de las Policías Locales, el 22 de abril de 2024;

Visto que la Comisión de la Policía de Cataluña, reunida en sesión de 18 de abril de 2024, ha informado favorablemente la propuesta de acuerdo, con las determinaciones contenidas en el informe de la Dirección General de Coordinación de las Policías Locales;

Vista la disposición adicional quinta de la Ley orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad, y en virtud de las competencias exclusivas en materia de régimen local y de seguridad pública establecidas en los artículos 160 y 164 del Estatuto de autonomía de Cataluña y en la Ley 16/1991, de 10 de julio, de las policías locales, así como la Ley 4/2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña,

 

Resuelvo:

 

1. Autorizar la firma del Acuerdo de colaboración para la prestación del servicio de regulación del tráfico entre los ayuntamientos de Corbera de Llobregat y La Palma de Cervelló, que se adjunta como anexo a esta Resolución.

 

2. Comunicar esta Resolución a los ayuntamientos solicitantes, así como al cuerpo de Mossos d'Esquadra, junto con el Acuerdo de colaboración anexo a los efectos del catálogo general de responsabilidades, servicios y actividades.

 

3. El Acuerdo de colaboración autorizado podrá consultarse en las administraciones públicas afectadas de conformidad con la legislación vigente en materia de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo.

 

Barcelona, 21 de junio de 2024

 

Joan Ignasi Elena i Garcia

Consejero de Interior

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