RESOLUCIÓN REU/2324/2024, de 21 de junio, por la que se abre la convocatoria de los Premios de Investigación Joven para fomentar el espíritu científico de los jóvenes (PRJ) para el año 2024 (ref. BDNS 770784).

 

La Ley 7/2001, de 31 de mayo (DOGC n.º 3407, de 12.6.2001), crea la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR), como entidad de derecho público que ajusta su actuación al derecho privado, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y patrimonio propio para el cumplimiento de sus funciones.

Corresponde a la AGAUR la ejecución de programas de becas, préstamos, subvenciones y otras actividades de fomento del estudio universitario, la investigación científica y técnica, y la innovación tecnológica en Cataluña.

La AGAUR está adscrita al Departamento de Investigación y Universidades, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 115/2022, de 14 de junio, de reestructuración del Departamento de Investigación y Universidades.

Es de aplicación lo dispuesto en el capítulo ix del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y las transferencias de la Generalitat de Catalunya; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Es de aplicación la Orden VEH/79/2020, de 9 de junio, por la que se modifica la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de las subvenciones.

Es aplicable la Orden REU/178/2022, de 19 de julio, por la que se aprueba la tramitación electrónica obligatoria de los procedimientos de ayudas y de subvenciones de concurrencia pública de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.

El artículo 11 de los Estatutos de la AGAUR, aprobados por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya mediante el Decreto 168/2002, de 11 de junio, dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como resolverlas. Estas facultades se han delegado, en fecha 28 de abril de 2022, en el presidente o la presidenta de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación (CEAR).

En fecha 28 de abril de 2017, se publicó la Resolución EMC/900/2017, de 25 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios de Investigación Joven para fomentar el espíritu científico de los jóvenes (PRJ). Esta Resolución ha sido modificada por la Resolución EMC/878/2018, de 27 de abril.

Por todo ello,

 

Resuelvo:

 

Artículo 1

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para los Premios de Investigación Joven para fomentar el espíritu científico de los jóvenes (PRJ) para el año 2024.

 

Artículo 2

2.1 Esta convocatoria está financiada por la Dirección General de Investigación (DGR) del Departamento de Investigación y Universidades (REU) con 84.500,00 (ochenta y cuatro mil quinientos) euros; por el Instituto Catalán de las Mujeres (ICD) con 3.350,00 (tres mil trescientos cincuenta) euros; por el Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC) con 850,00 (ochocientos cincuenta) euros; por el Instituto Catalán Internacional por la Paz (ICIP) con 1.700,00 (mil setecientos) euros; por la Escuela de Administración Pública de Cataluña (EAPC) con 1.700,00 (mil setecientos) euros; por el Instituto Ramon Muntaner, Fundación Privada de los Centros de Estudios de Habla Catalana (IRMU) con 850,00 (ochocientos cincuenta) euros, y por la Fundación TIC Salud Social con 850,00 (ochocientos cincuenta). El importe global es de 93.800,00 euros, que corren a cargo de las partidas presupuestarias 470.0001, 480.0001 y 482.0001 del presupuesto de la AGAUR para el año 2024.

2.2 Esta dotación máxima se puede ampliar en un importe aproximado de 3.000,00 euros antes de la resolución de adjudicación de las ayudas, sin necesidad de publicar una nueva convocatoria.

2.3 La concesión de estas ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. En el supuesto de que alguna entidad financiadora no pueda hacer frente a la disposición y entrega de su premio, este quedará desierto.

2.4 La subvención podrá reducirse total o parcialmente antes de que se dicte la resolución definitiva como consecuencia de las restricciones derivadas del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

2.5 Una vez resuelta esta convocatoria, en caso de que no se haya agotado el importe máximo fijado en este artículo 2, o bien en caso de que se generen remanentes derivados de las renuncias o revocaciones de las ayudas concedidas, se podrán asignar nuevos otorgamientos a las solicitudes estimadas finalmente como consecuencia de la interposición de un recurso administrativo o contencioso-administrativo.

 

Artículo 3

3.1 Por decimoquinto año consecutivo, se incluye en la convocatoria de los PRJ el Premio Reginó del Instituto Catalán de las Mujeres (ICD), con el objetivo de fomentar el interés por la investigación en relación con las mujeres y sus aportaciones a la sociedad. Este premio reconoce el mejor trabajo y centro que trate cuestiones de género en relación tanto con la temática como con el planteamiento, que promueva la igualdad de mujeres y hombres y que, a tal efecto, visibilice la lucha feminista, la invisibilización y la especial problemática y las necesidades de las mujeres en varios ámbitos, las aportaciones de las mujeres a los distintos campos de pensamiento y participación, el análisis de los estereotipos y los roles de género, las discriminaciones de género u otras discriminaciones relacionadas, y cualquier otra temática ligada a los estudios de género.

3.2 Por noveno año consecutivo, se incluye en esta convocatoria el Premio INEFC (Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña), con el objetivo de fomentar el interés por la investigación en temas relacionados con las ciencias de la actividad física y el deporte, que reconoce el mejor trabajo de investigación en este ámbito. En este sentido, pueden optar a este premio los trabajos que temáticamente traten cuestiones relacionadas con aspectos sociales, educativos, de rendimiento y de salud dentro del ámbito de la actividad física y del deporte, y los referidos a las implicaciones para el bienestar general de la población u otros temas asociados, y que puedan ser tratados en los trabajos de investigación de alumnos de enseñanza secundaria.

3.3 Además, se incluye, por octavo año consecutivo, el Premio ICIP Alfons Banda, del Instituto Catalán Internacional por la Paz (ICIP), con el objetivo de promover la cultura de paz. Se otorgarán dos premios entre los trabajos de investigación que traten cuestiones relacionadas con los conflictos armados o la construcción de la paz, la vulneración o la defensa de los derechos humanos y el uso de la no violencia como herramienta de transformación social, entre otros.

3.4 También, por octavo año consecutivo, se incluye en esta convocatoria el Premio Ramon Muntaner del Instituto Ramon Muntaner, Fundación Privada de los Centros de Estudios de Habla Catalana, con el objetivo de reconocer el mejor trabajo en ciencias humanas, sociales o naturales que plantee una propuesta de aplicabilidad en el ámbito de la educación, de la promoción turística o del territorio, de la conservación y la gestión del patrimonio o en cualquier otro, y que proponga algún elemento o recurso que pueda contribuir al desarrollo local. Se valorará especialmente que el trabajo se haya realizado en colaboración con un centro o instituto de estudios de investigación local o comarcal.

3.5 Este año, además, los PRJ incluyen por séptimo año consecutivo el Premio EAPC Luciana Calvo sobre lengua y derecho, un reconocimiento para los mejores trabajos en este ámbito. Esta iniciativa se ha desarrollado conjuntamente con la Escuela de Administración Pública de Cataluña y tiene como objetivo fomentar el espíritu de investigación de los jóvenes en los campos de la lingüística, los derechos lingüísticos, la sociolingüística y la política lingüística, y para ello distingue con una dotación económica los dos mejores trabajos de investigación en estos campos. Vivimos en un mundo globalizado y en una sociedad cada vez más multilingüe, pluricultural y tecnológica. Cada día estamos en contacto con varias lenguas —en la escuela, en casa, con los amigos— y tomamos decisiones sobre cómo las utilizamos. Nuestras decisiones y las de las instituciones públicas están relacionadas con que las lenguas sean a la vez vehículos de comunicación y de identidad. Y tanto la comunicación como la identidad generan derechos, como el derecho a recibir comunicaciones de las administraciones en lenguaje comprensible o el derecho a relacionarse con las instituciones y empresas en determinadas lenguas. El Premio EAPC Luciana Calvo quiere estimular la reflexión en este ámbito y premiará dos trabajos de investigación sobre temas como la diversidad lingüística, la gestión del multilingüismo, el aprendizaje de lenguas, la traducción y la interpretación, los lenguajes especializados (como el lenguaje jurídico), el estudio de los usos lingüísticos en la sociedad (en la escuela, en la justicia, en la Administración o en la empresa, entre muchos otros), los derechos lingüísticos y la normativa que regula y protege las lenguas, o bien el papel que desempeñan las tecnologías en el futuro de las lenguas.

3.6 Este año, además, los PRJ incluyen por sexta vez el Premio TIC Salud Social, un reconocimiento para el mejor trabajo en este ámbito. Esta iniciativa se ha desarrollado conjuntamente con la Fundación TIC Salud Social y tiene el objetivo de reconocer el mejor trabajo de investigación que trate cuestiones relacionadas con el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) o las nuevas tecnologías en el sector salud o social. En concreto, el Premio TIC Salud Social tiene la finalidad de reconocer los trabajos de investigación que aporten una idea o proyecto innovador en el ámbito de las TIC y que surja de una necesidad real identificada en el sector sanitario o social. Este premio valorará el planteamiento y el valor de la propuesta para la comunidad social y sanitaria y busca poder dar visibilidad a las aplicaciones de las nuevas tecnologías en estos ámbitos del conocimiento, dada su importancia y la evolución trepidante de la transformación digital en nuestra sociedad. En la categoría TIC podemos incluir estudios de desarrollo y uso de la telemedicina y la teleasistencia médica, realidad virtual (RV), internet de las cosas (o IoT, del inglés Internet of Things), inteligencia artificial (IA), macrodatos (big data), robótica, impresión en 3D o fabricación aditiva, comunidades virtuales de pacientes, nuevas competencias digitales para el ámbito profesional, integración sanitaria y social, o movilidad (aplicaciones y dispositivos portables, o wearables). En definitiva, cualquier temática relacionada con la salud digital o la salud móvil (e-health o m-health) en el campo sanitario o social que sitúe a los pacientes o a la ciudadanía en el centro del sistema como agentes de la transformación digital. Se valorará especialmente que el trabajo sea integrador, y podrá hacer referencia al ámbito catalán o internacional. En este sentido, la Fundación TIC Salud Social participa en la convocatoria con la aportación de la correspondiente dotación económica.

3.7 Asimismo, este año los PRJ incluyen por sexta vez unas menciones especiales dentro de los premios PRJ, las menciones Personas Sabias. Estas menciones, que se otorgan entre los trabajos presentados en esta convocatoria a las temáticas generales, surgen a propuesta de la Dirección General de Investigación como reconocimiento a personalidades catalanas de especial relevancia en el ámbito del conocimiento. En el marco de la política conmemorativa de la Generalitat, en esta edición de los PRJ se otorgará la Mención Personas Sabias Luisa Granero al mejor trabajo relacionado con la figura de Luisa Granero (1924-2012) y su ámbito de trabajo, coincidiendo con la celebración del Año Luisa Granero. Pueden optar al premio los trabajos de investigación que traten cuestiones relacionadas con la artista o bien con el objeto de su actividad: como la escultura o las bellas artes.

Luisa Granero fue la primera catedrática de Escultura del Estado y está considerada la primera escultora catalana profesional. Fue miembro de la Real Academia Catalana de Bellas Artes de Sant Jordi (Barcelona), la National Sculpture Society (Nueva York) y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando (Madrid).

 

Artículo 4

Los trabajos deben haberse elaborado durante el curso académico 2023-2024.

 

Artículo 5

5.1 Se concederán un máximo de 78 premios, de 850,00 (ochocientos cincuenta) euros cada uno, a los mejores trabajos presentados, teniendo en cuenta los criterios de valoración previstos en el artículo 8 y, en especial, el esfuerzo de los participantes en relación con su curso o nivel. De entre los trabajos premiados, podrá acordarse editar una de las obras.

5.2 Todos los premios temáticos y las menciones se otorgarán a propuesta de las entidades promotoras y se propondrán entre los trabajos mejor valorados y que hayan obtenido una puntuación igual o superior a 7,00 en el proceso de evaluación que establece esta convocatoria.

5.3 Además, en reconocimiento a los centros como impulsores de la participación en estos premios, se conceden un máximo de once premios entre los centros participantes, consistentes en una dotación de 2.500,00 (dos mil quinientos) euros para cada centro galardonado, que se destinará a la adquisición de libros y publicaciones para la biblioteca o de equipamiento científico-docente para el centro, lo que se justificará debidamente según el artículo 9 de esta convocatoria y el resto de normativa aplicable.

 

Artículo 6

6.1 El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC y finalizará a las 14:00 horas (hora local de Barcelona) del día 19 de septiembre de 2024.

6.2 Las solicitudes se podrán presentar de acuerdo con lo que prevé la base 5 de la Resolución EMC/900/2017, de 25 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios de Investigación Joven para fomentar espíritu científico de la juventud (PRJ).

 

Artículo 7

Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se rigen por:

a) La Resolución EMC/900/2017, de 25 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios de Investigación Joven para fomentar el espíritu científico de la juventud (PRJ).

b) La Resolución EMC/878/2018, de 27 de abril, por la que se modifica la Resolución EMC/900/2017, de 25 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios de Investigación Joven para fomentar el espíritu científico de la juventud (PRJ).

c) Las disposiciones sobre subvenciones del capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, así como a la normativa básica en materia de subvenciones y el resto de la normativa aplicable.

 

Artículo 8

8.1 Los trabajos los evaluarán órganos externos y expertos, y se tendrán en cuenta los siguientes criterios y puntuaciones (valoración del 1 al 100):

   - La originalidad y el interés del tema (20/100).

   - El carácter interdisciplinar del trabajo (10/100).

   - La corrección metodológica y el rigor científico de las conclusiones (25/100).

   - La calidad lingüística y la presentación general del trabajo y del resumen (15/100).

   - Se valorarán más los trabajos de aplicaciones de técnicas de investigación en ámbitos y objetivos alcanzables por el alumnado de estos niveles y sobre los que puedan realizar aportaciones propias que el intento de abarcar temas demasiado generales o complejos, sobre los que únicamente puedan realizar recopilaciones o recensiones de teorías o experimentaciones ya hechas, o en los que la intervención del tutor o tutora haya excedido la función de estimulación y orientación de la tarea propia de los autores o autoras de los trabajos (15/100).

   - Se valorarán más los trabajos que hayan implicado un esfuerzo suplementario en la tarea habitual de las materias, créditos o actividades propias del curso académico (15/100).

Se incorpora transversalmente a esta evaluación (sobre todo en lo que se refiere a los trabajos de investigación que opten al Premio Reginó) la perspectiva de género en la valoración de cada uno de los criterios de evaluación mencionados, y a tal efecto se valorará, en su caso, el uso no androcéntrico ni sexista del lenguaje escrito y visual, la aplicación de la perspectiva de género en el enfoque y el desarrollo del tema, y el impacto y la originalidad de las aportaciones en el ámbito de la temática de género o de la igualdad entre mujeres y hombres.

8.2 El jurado podrá disponer del soporte de especialistas y pedagogos y pedagogas para seleccionar los trabajos presentados. Además, el jurado podrá acordar, entre los trabajos mejor puntuados, editar una de las obras.

8.3 Los criterios para otorgar el premio a los centros son los siguientes:

   a) Calidad histórica de la participación del centro en los PRJ: se valorará la ratio de trabajos presentados (a partir de un mínimo de dos) y premiados del centro entre los cursos 2013-2014 y 2022-2023; es decir, en los últimos 10 cursos.

   b) Participación en la convocatoria PRJ 2024 (curso 2023-2024): se valorará el número de trabajos presentados a partir de un mínimo de dos y la media de las notas de evaluación obtenidas en los trabajos presentados.

No optarán al premio a los centros aquellos que hayan sido galardonados en alguna de las convocatorias de los tres años anteriores (convocatorias PRJ 2021-2023) ni los centros que no tengan ningún trabajo premiado en esta convocatoria 2024.

El jurado, para reconocer el esfuerzo de los centros, puede dar prioridad en la selección de los centros valorando:

   - Que en la convocatoria 2024 se presenten por primera o segunda vez con un mínimo de tres trabajos de calidad.

   - Criterios de distribución territorial.

   - Que presenten trabajos de investigación de alumnado de cursos distintos a segundo de bachillerato.

   - Que a lo largo de las 42 ediciones de esta convocatoria no hayan obtenido nunca un premio a los centros.

Por lo que respecta al Premio Reginó de centro, se valorará el impulso, por parte del centro, de actividades que promuevan un enfoque en equidad de género, como la inclusión explícita de la perspectiva de género en el proyecto educativo del centro; disponer de una persona referente de género; integrar la perspectiva de género en la comunicación del centro; disponer de una sección de género en la biblioteca del centro; llevar a cabo actividades anuales de formación y sensibilización en equidad de género y de lucha contra la violencia machista dirigidas a profesorado y alumnado del centro; y cualquier otra actividad de promoción de la investigación en cuestiones de género que el centro lleve a cabo. A tal efecto, los centros que quieran participar en esta modalidad deben redactar y presentar, anexa a alguna de las solicitudes de sus alumnos que participen en esta convocatoria, una breve memoria expositiva de los méritos con los que se puedan valorar las actividades mencionadas del centro en cuestiones de género, según modelo normalizado disponible en la web de la AGAUR.

El jurado, si lo considera necesario, podrá entrevistar a los tutores o tutoras, o a los autores o autoras, de los trabajos.

Teniendo en cuenta los criterios previstos en este artículo, el jurado fijará la nota de corte mínima para acceder a los premios.

8.4 El jurado está formado por:

a) El director o directora general de Investigación o la persona en quien delegue esta tarea, que actuará como presidente o presidenta del jurado y que nombrará a las personas que actuarán de vocales.

b) Una persona vocal designada por el Instituto Catalán de las Mujeres.

c) Una persona vocal designada por el Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña.

d) Una persona vocal designada por la Dirección General de Investigación.

e) Una persona vocal designada por el Departamento de Enseñanza.

f) Una persona vocal designada por el Instituto Catalán Internacional por la Paz.

g) Una persona vocal designada por la Escuela de Administración Pública de Cataluña.

h) Una persona vocal designada por el Instituto Ramon Muntaner, Fundación Privada de los Centros de Estudios de Habla Catalana.

i) Una persona vocal designada por la Fundación TIC Salud Social.

j) El director ejecutivo o la directora ejecutiva de la AGAUR, o la persona en quien delegue esta tarea, que actuará como secretario o secretaria del jurado, con voz, pero sin voto.

La AGAUR velará por la paridad de género del jurado.

 

Artículo 9

El período de ejecución en los centros de los gastos asociados a los premios estará comprendido entre el 1 de enero y el 30 septiembre de 2025. La justificación de estos gastos de ejecución se realizará mediante el modelo normalizado que se puede obtener en el sitio web de la AGAUR(<http://www.gencat.cat/agaur>) y, a más tardar, hasta el 30 de octubre de 2025.

Esta justificación, en el caso del centro que obtenga el Premio Reginó, incluirá, junto con el modelo normalizado, una explicación breve que detalle a qué se ha destinado el premio, que debe servir para la promoción de la coeducación en el centro, con actuaciones como la adquisición de libros y publicaciones que promuevan la investigación en género y la visibilización de las mujeres, así como actividades de formación y sensibilización en cuestiones de género e igualdad de mujeres y hombres.

En todo caso, no se aceptarán ampliaciones del plazo de ejecución del proyecto sin una justificación previa, que debe aceptar el director ejecutivo o la directora ejecutiva de la AGAUR. En caso de que se solicite la ampliación, la solicitud debe presentarse antes de que finalice el periodo inicial de ejecución.

 

Artículo 10

10.1 El órgano competente para la ordenación y la instrucción de la presente convocatoria es la persona titular de la AGAUR.

10.2 La resolución de la convocatoria corresponde al Consejo de Dirección de la AGAUR y, por delegación, a la CEAR o a la persona que ocupe su presidencia, según el Acuerdo del Consejo de Dirección de 28 de abril de 2022 (Resolución REU/1421/2022, de 10 de mayo, DOGC n.º 8668, de 16.5.2022).

10.3 El procedimiento de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva.

10.4 El plazo legal máximo para resolver esta convocatoria es de seis meses, a contar desde que se publique en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC). Trascurrido ese plazo sin resolución expresa, la ayuda solicitada se entenderá desestimada por silencio administrativo.

10.5 La resolución de concesión de las ayudas se notificará mediante su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Para una mayor difusión, y a efectos informativos, podrá consultarse el resultado de la resolución en el sitio web de la AGAUR.

10.6 Contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el presidente o la presidenta de la CEAR, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, o bien podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Artículo 11

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el presidente o la presidenta de la CEAR, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el DOGC; o bien podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

 

Barcelona, 21 de junio de 2024

 

 

Joan Gómez Pallarès

Presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación

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