RESOLUCIÓN EXT/2234/2024, de 13 de junio, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo en la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea (convocatoria de provisión núm. EXT/03/24).

Considerando lo previsto en el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, y en el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y otras disposiciones complementarias;

Visto que está vacante un puesto de trabajo en la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea;

Vista la relación vigente de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la descripción del puesto de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización de dicho Departamento;

Visto el informe propuesta de la subdirectora general de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior relativo a la convocatoria para proveer, por el sistema de libre designación, un puesto de trabajo en la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el trámite de intervención correspondiente;

Considerando el artículo 94 del Decreto 123/1997, la persona titular del departamento donde esté adscrito el puesto de trabajo a proveer será la competente para efectuar la resolución que apruebe la convocatoria de libre designación;

Considerando la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

Haciendo uso de las atribuciones que me han sido delegadas por la Resolución EXI/404/2019, de 18 de febrero, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento en varios órganos,

 

Resuelvo:

 

―1 Convocar, por el sistema de libre designación, la provisión de un puesto de trabajo en la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea (convocatoria de provisión núm. EXT/03/24), cuyas características se detallan en el anexo 2 de la presente Resolución.

 

―2 Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de la presente Resolución.

 

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, así como en el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 8, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

 

Barcelona, 13 de junio de 2024

 

P. d. (Resolución EXI/404/2019, de 18.2.2019, DOGC núm. 7819, de 27.2.2019)

Bernat Costas Castilla

Secretario general

 

 

Anexo 1

Bases

 

―1 Puesto de trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, la provisión de un puesto de trabajo en la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de la presente Resolución.

 

―2 Contenido funcional

El contenido funcional del puesto de trabajo a proveer es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de la presente Resolución.

 

―3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalitat de Catalunya que cumpla los requisitos y las condiciones establecidos en la normativa vigente y, en concreto, los determinados en la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede encontrarse, respecto de la Administración de la Generalitat de Catalunya, en cualquiera de las situaciones administrativas reguladas por la normativa.

3.1.2 También puede participar el personal funcionario no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalitat de Catalunya y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en el que está clasificado el puesto de trabajo objeto de convocatoria, siempre y cuando cumpla los requisitos y las condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, puede participar el personal funcionario de la Generalitat de Catalunya que pertenezca a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en el que está clasificado el puesto de trabajo convocado a los que no se exigió la titulación indicada en el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.2 El personal funcionario con discapacidad podrá participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria, es necesario tener los conocimientos orales y escritos de lengua catalana correspondientes al nivel de la Secretaría de Política Lingüística señalados en el apartado 3 del anexo 2, o equivalentes.

En caso de que las personas aspirantes no dispongan del certificado acreditativo correspondiente al nivel señalado en el párrafo anterior o un nivel superior, y tampoco uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, el órgano competente evaluará, mediante una prueba, dichos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de personas aspirantes admitidas y excluidas prevista en esta convocatoria.

En este último caso, una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán, en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.seu.cat), el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

Las personas aspirantes convocadas a la prueba de conocimientos de lengua catalana que no comparezcan o las que, una vez realizada, se evalúe que no poseen el nivel necesario para ocupar el puesto de trabajo objeto de provisión, serán excluidas de la convocatoria.

No obstante, estarán exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalitat de Catalunya, en las que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en esta convocatoria. En este supuesto, la persona aspirante adjuntará a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

3.4 En ningún caso puede participar el personal funcionario que esté en suspensión de ocupación, ni el trasladado de puesto de trabajo, ni el destituido de cargos de mando a consecuencia de expediente disciplinario mientras duren los efectos correspondientes. Tampoco puede participar el personal funcionario en situación diferente de servicio activo si no ha transcurrido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.5 Los requisitos de participación deberán reunirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes establecido en la base 4.1 de esta convocatoria.

 

―4 Solicitudes

4.1 La solicitud para participar en el concurso se presentará exclusivamente por vía telemática, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), mediante el área privada del portal del empleado público (ATRI), apartado Mobilitat > Concursos específics i lliure designació > Participació.

4.1.1 Las personas funcionarias que no dispongan de acceso al portal del empleado público ATRI deberán solicitar al último departamento en el que estuvieron destinadas que se les facilite dicho acceso.

4.2 La solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:

   - Anexo a la solicitud de participación en convocatorias de provisión de puestos de trabajo. Hay que indicar la plaza o las plazas solicitadas. El anexo debe descargarse del apartado "Enllaç" del mismo formulario de participación.

   - Currículum de ATRI y/o una declaración detallada de datos profesionales que se consideren relevantes en relación con el puesto de trabajo a proveer.

Asimismo, la unidad gestora podrá requerir en cualquier momento, mediante ATRI, las justificaciones o aclaraciones necesarias para verificar la documentación aportada. La persona participante recibirá un aviso que podrá consultar en el apartado "Avisos" de ATRI.

4.3 Las personas aspirantes a las que se refiere la base 3.2 deberán adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo de valoración multiprofesional de la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad del Departamento de Derechos Sociales para que pueda evaluarse que la persona funcionaria puede desarrollar de manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado al que opta.

Sin embargo, la persona aspirante podrá autorizar al Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea para que solicite en su nombre el informe, mediante un escrito anexo a la solicitud de participación.

Asimismo, las personas aspirantes mencionadas podrán solicitar la adaptación del puesto solicitado, siempre que dicha adaptación no suponga una modificación drástica en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puestode trabajo y el servicio público a prestar.

4.4 La presentación de la solicitud de participación conllevará que los datos facilitados por las personas interesadas para la tramitación de este proceso tengan el tratamiento que se especifica en esta página.

Con la presentación de la solicitud, la persona aspirante da el consentimiento para que el órgano convocante y el Servicio de Recursos Humanos realicen las comprobaciones pertinentes y consulten de oficio las acreditaciones que se consideren oportunas en el catálogo de datos y documentos electrónicos. En los supuestos en los que no sea posible realizar las correspondientes comprobaciones, las personas participantes tendrán que presentar la documentación acreditativa en los términos previstos en la base 4.1 para la presentación de solicitudes de participación.

4.5 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para las personas participantes y solo se admitirán renuncias a la participación cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a menos que el órgano competente decida aceptarlas, una vez transcurrido este plazo, por causas debidamente justificadas.

Las renuncias también deberán presentarse mediante la parte privada del portal del empleado público ATRI, en el apartado Mobilitat > Concursos específics i lliure designació > Participació, haciendo clic sobre la opción "Renúncia convocatòria lliure designació".

Las personas candidatas son responsables de comprobar y verificar la exactitud de su solicitud y los datos que constan en ella. Al confirmarla, declaran que los datos que incluye el documento son ciertos y son los únicos que quieren alegar a efectos de esta convocatoria.

En caso de incurrir en inexactitudes o falsedades, la persona candidata podrá ser excluida de la convocatoria en cualquier momento.

 

―5 Criterios profesionales

5.1 Se tendrán en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de las personas candidatas para ocupar el puesto de trabajo al que optan, de acuerdo con la descripción del puesto de trabajo a proveer que consta en el anexo 2 de la presente convocatoria.

5.2 Los datos profesionales de las personas participantes deberán referirse a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC.

 

―6 Procedimiento

6.1 Esta convocatoria se resolverá dentro del plazo máximo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de que no se resuelva dentro del plazo mencionado por causas motivadas, este plazo quedará automáticamente prorrogado por otro mes.

6.2 Las actuaciones de este proceso que requieran notificación a las personas aspirantes se harán públicas en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.seu.cat) y en la intranet del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea, con carácter complementario.

 

―7 Propuesta de resolución

La propuesta de resolución recaerá, si procede, en la persona candidata que se considere más adecuada, según el informe preceptivo y previo de la persona titular del centro directivo o el organismo correspondiente al que esté adscrito el puesto convocado, quien tendrá en cuenta la idoneidad de la persona candidata para las funciones y tareas a desarrollar.

 

―8 Resolución de la convocatoria

8.1 La resolución de la convocatoria se publicará en el DOGC y en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.seu.cat).

8.2 Las personas aspirantes que no obtengan destino en esta convocatoria permanecerán en el puesto que ocupan actualmente o en la situación administrativa que corresponda.

8.3 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo que se haya obtenido otro destino definitivo mediante convocatoria pública realizada en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación diferente a la de servicio activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

8.4 Antes de la toma de posesión, la persona interesada deberá acreditar que tiene reconocida la compatibilidad respecto del nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluida en ninguno de los motivos de incompatibilidad previstos en la normativa.

No obstante, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible, deberá solicitar la autorización de compatibilidad dentro de los 10 días siguientes a contar desde el comienzo del plazo de toma de posesión. Este plazo se entenderá prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.

 

―9 Plazos de formalización del cese y toma de posesión

9.1 La resolución de nombramiento supondrá, si procede, el cese en el puesto de trabajo anterior.

9.2 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de 2 días hábiles si no conlleva cambio de localidad de residencia de la persona funcionaria, o de 15 días si conlleva cambio de localidad de residencia, lo cual deberá acreditarse documentalmente.

9.3 Este plazo se computará a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC. Cuando la resolución mencionada suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se contará desde la fecha de publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC.

9.4 A efectos del cómputo de los plazos de toma de posesión, se considerarán la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.

 

 

Anexo 2

Descripción del puesto de trabajo

 

―1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto: Subdirección General de Organización y Administración Digital

Departamento: Departamento de Acción Exterior y Unión Europea

Unidad directiva: Dirección de Servicios

Localidad: Barcelona

Nivel: 30.1

Complemento específico: 43.567,08 €

Horario: dedicación especial; incompatibilidades

Tipo de puesto: cargo

Forma de provisión: libre designación

 

―2 Requisitos de participación

Grupo: A

Subgrupo: A1

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya

Colectivo de cuerpos: cuerpos y escalas de administración general y de administración especial

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración y todos los cuerpos de administración especial del subgrupo A1 de la Administración de la Generalitat de Catalunya

 

―3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (nivel C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

 

―4 Contenido funcional

Misión:

Planificar, elaborar e implantar las medidas de racionalización organizativa, de simplificación administrativa, de administración digital, transparencia y participación ciudadana en las unidades y organismos de los Departamento de Acción Exterior y Unión Europea e implantar el sistema de gestión documental, de atención ciudadana y gestión de web e intranet en el Departamento.

Finalidades y funciones:

   a) Impulsar la elaboración de los planes de actuación departamentales en materia de organización y administración digital, realizar el seguimiento y evaluarlos, así como coordinar y hacer el seguimiento de los planes correspondientes a su sector público.

   b) Analizar, estudiar y elaborar las propuestas de creación, modificación y optimización de las estructuras orgánicas y funcionales y de los planes de actuación en materia de organización y dimensionamiento de recursos del Departamento, así como asegurar su implementación y evaluación, y coordinar su sector público institucional en estas materias y realizar su seguimiento.

   c) Impulsar la elaboración de propuestas de racionalización, simplificación e implementación de servicios digitales, procesos, circuitos administrativos y técnicas de gestión, de conformidad con el modelo corporativo de administración digital y en coordinación con las unidades transversales competentes.

   d) Emitir informes en relación con las disposiciones que regulan aspectos relativos a la tramitación digital y a la atención ciudadana tanto de las unidades del Departamento como de las entidades adscritas.

   e) Ejercer la dirección técnica de la implementación de la administración digital en el Departamento, en coordinación con el Área de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y dar apoyo técnico al sector público departamental en este ámbito, de acuerdo con los criterios corporativos.

   f) Impulsar los proyectos de implantación de sistemas de mejora y gestión de la calidad de los servicios; de definición de procesos, procedimientos, instrucciones internas y modelos de documentos administrativos, y velar por su mantenimiento.

   g) Impulsar y facilitar la implementación de las políticas corporativas de fomento de la innovación en el ámbito del diseño de los servicios y de la administración digital, en coordinación con el órgano transversal competente en la materia.

   h) Proponer la realización de actividades formativas, de información y de divulgación en materia de organización y para la capacitación digital, y colaborar en desarrollarlas.

   i) Desplegar el modelo corporativo de gobierno del dato.

   j) Impulsar y coordinar las medidas organizativas necesarias para adecuar el Departamento a la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y de seguridad de la información, prestar asistencia técnica y asesoramiento en materia de protección de datos de carácter personal en coordinación con las otras unidades con responsabilidades sobre la materia, y dar apoyo en esta materia a su sector público.

   k) Implementar y mantener el sistema de gestión documental y el archivo del Departamento, así como llevar a cabo todas las funciones que la normativa vigente asigna a los archivos centrales administrativos.

   l) Supervisar y coordinar el funcionamiento de los registros de entrada y de salida de documentos y el sistema de información y atención a la ciudadanía en relación con los servicios y trámites del Departamento.

   m) Impulsar y promover las herramientas de gestión del conocimiento y gestionar la intranet del Departamento.

   n) Impulsar y coordinar la implementación de las políticas corporativas para las webs del Departamento y su sector público, así como asesorar y coordinar las unidades departamentales y los entes vinculados en relación con este ámbito y con el uso de otros canales de comunicación mediante internet, como boletines y redes sociales, entre otros, y coordinar y gestionar los buzones de quejas, consultas y sugerencias.

   o) Supervisar y garantizar la aplicación de la normativa de accesibilidad en las webs y al entorno digital de comunicación del Departamento y de las entidades de su sector público.

   p) Ejercer como unidad de información en materia de transparencia e información pública del Departamento y de las unidades dependientes, de acuerdo con el Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública.

   q) Supervisar, en coordinación con otras unidades competentes en materia de comunicación, las actuaciones del Departamento en materia de identidad visual, información y difusión, y garantizar la coherencia de la imagen corporativa del Departamento.

   r) Actuar como referente departamental en materia de participación ciudadana y coordinar las actuaciones del Departamento y de su sector público en este ámbito.

   s) Velar por la adecuación de los proyectos del ámbito de organización, administración digital, atención ciudadana, web, comunicación, transparencia, gestión documental y protección de datos en el ámbito de las delegaciones del Gobierno en el exterior e impulsarlos.

   t) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

Además, las propias del cuerpo o escala a la que debe pertenecer la persona funcionaria que lo ocupe (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre).

Actividades básicas:

   1. Impulsa la elaboración, el seguimiento y la evaluación de los planes en materia de organización y administración digital del Departamento.

   2. Dirige técnicamente la implementación de la administración digital en el Departamento.

   3. Impulsa proyectos de estandarización de procesos internos, circulares, instrucciones y normativa interna para unificar las actuaciones de las diferentes unidades que gestionan estos procesos, con criterios de simplificación y racionalización.

   4. Dirige la implantación de proyectos corporativos de administración digital en el Departamento.

   5. Coordina la elaboración de las disposiciones de carácter general que afectan la estructura y la organización del Departamento.

   6. Informa y asesora a los responsables de las unidades directivas sobre las iniciativas en materia de estructuras orgánicas y de dimensionamiento y optimización de los recursos humanos, en coordinación con la Subdirección General de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior.

   7. Impulsa el despliegue del modelo corporativo de gobierno del dato en el Departamento.

   8. Impulsa la elaboración de cartas de servicio y sistemas de gestión de calidad de los servicios en el Departamento y entes vinculados.

   9. Emite informes en relación con las disposiciones que regulan aspectos relativos a la tramitación digital y la atención ciudadana.

   10. Impulsa la elaboración, el seguimiento y la evaluación del plan de capacitación digital del Departamento.

   11. Coordina a los diversos responsables de seguridad en el ámbito de la protección de datos de carácter personal del Departamento y de los entes adscritos.

   12. Participa en los proyectos relacionados con la gestión de la seguridad de la información del Departamento y en el Comité de Seguridad de la Información y Protección de Datos de carácter personal del Departamento.

   13. Impulsa políticas de innovación y uso de herramientas de gestión del conocimiento en el sí del Departamento.

   14. Supervisa la gestión documental y de archivo, siguiendo el modelo establecido a nivel corporativo.

   15. Supervisa las pautas de trabajo y organización de la documentación electrónica en el Departamento, siguiendo las recomendaciones y directrices del Departamento de Cultura.

   16. Supervisa las políticas de conservación de la documentación y promueve la evaluación de series documentales.

   17. Impulsa y supervisa las actuaciones de difusión mediante web, intranet, redes sociales, boletines y otras herramientas.

   18. Supervisa y coordina la información y atención que se da a la ciudadanía a través de los canales digital, presencial y telefónico, así como la actividad del registro de entrada y salida de documentos.

   19. Supervisa la gestión de las solicitudes de acceso a la información pública y de los datos abiertos en el Departamento.

   20. Supervisa las actuaciones del Departamento en materia de identidad visual, información y difusión.

   21. Coordina las actuaciones en materia de participación ciudadana en el Departamento y en su sector público.

   22. Ejerce la interlocución a nivel departamental e interdepartamental en materia de organización, de mejora de procesos y servicios y de administración digital, de atención ciudadana, de transparencia, participación ciudadana, datos abiertos, y webs e intranet.

   23. Participa en las reuniones de coordinación de la Dirección de Servicios.

   24. Asesora y da asistencia al/a la director/a de Servicios en el ejercicio de sus funciones relacionadas con su ámbito de actuación.

   25. Impulsa la realización de actividades formativas, de información y de divulgación en materia de organización y para la capacitación digital, y colabora en su desarrollo.

   26. Dirige la aplicación de la normativa de accesibilidad en las webs y en el entorno digital de comunicación del Departamento y de las entidades de su sector público.

   27. Vela por la adecuación de los proyectos del ámbito de organización, administración digital, atención ciudadana, web, comunicación, transparencia, gestión documental y protección de datos en el ámbito de las delegaciones del Gobierno en el exterior y los impulsa.

 

―5 Otras características

5.1 Conocimientos básicos:

   - Conocimientos en gestión de proyectos complejos y gestión del cambio.

   - Conocimientos en organización administrativa y estructura de la Generalitat.

   - Conocimientos sobre la normativa en materia de protección de datos.

   - Conocimiento sobre procedimiento administrativo.

   - Conocimientos en organización de la Administración pública y en administración digital.

   - Conocimientos en tecnologías de la información y la comunicación.

   - Conocimientos en e-Govern.

   - Conocimientos en gestión documental y archivo.

   - Conocimientos en atención ciudadana.

   - Conocimientos sobre difusión y transparencia.

   - Conocimientos de nivel básico de inglés y francés.

5.2 Otros conocimientos:

   - Conocimientos de ofimática.

5.3 Experiencia:

   - Experiencia en análisis de problemas complejos y toma de decisiones.

   - Experiencia en gestión de proyectos.

   - Experiencia en organización administrativa.

   - Experiencia en gestión de equipos.

   - Experiencia en simplificación administrativa y administración digital.

   - Experiencia en gestión de proyectos de gestión documental y de atención ciudadana.

   - Experiencia en gestión de proyectos de difusión.

5.4 Perfil competencial:

5.4.1 Aptitudes:

   - Razonamiento analítico.

   - Razonamiento verbal.

5.4.2 Habilidades:

   - Planificación y organización.

   - Gestión de la información.

   - Trabajo en equipo.

   - Iniciativa, autonomía y proactividad.

   - Flexibilidad y adaptabilidad.

   - Creatividad e innovación.

5.4.3 Competencias profesionales:

   - Dirección y desarrollo de las personas.

   - Visión estratégica.

   - Flexibilidad y gestión del cambio.

   - Trabajo en equipo y trabajo en red.

   - Orientación a la ciudadanía.

   - Actualización profesional y mejora continua.

   - Análisis de problemas y toma de decisiones.

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