RESOLUCIÓN por la que se da publicidad al Convenio entre PIMEC, Pequeña y Mediana Empresa de Cataluña, y el Patronat Catalunya Món - Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM-DIPLOCAT), y su adenda.

En fecha 14 de mayo de 2024 se ha firmado el Convenio entre PIMEC, Pequeña y Mediana Empresa de Cataluña y el Patronat Catalunya Món- Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM-DIPLOCAT) para establecer los términos de la colaboración entre PIMEC y DIPLOCAT para hacer el Premio DIPLOCAT a la Proyección Empresarial Catalana en el marco de los PREMIOS PIME.

En fecha 17 de mayo de 2024 se ha firmado la adenda al citado convenio para llevar a cabo el Premio DIPLOCAT a la proyección empresarial en 2024.

En cumplimiento de lo que establece el artículo 112.2 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

 

Resuelvo:

 

Hacer públicos el convenio y la adenda entre PIMEC y el PCM-DIPLOCAT que se transcriben en el anexo de esta resolución.

 

Barcelona, 14 de junio de 2024

 

Laura Foraster i Lloret

Secretaria general de DIPLOCAT

 

 

CONVENIO ENTRE PIMEC, PETITA I MITJANA EMPRESA DE CATALUNYA I EL PATRONAT CATALUNYA MÓN - CONSELL DE DIPLOMÀCIA PÚBLICA DE CATALUNYA (PCM-DIPLOCAT)

 

En Barcelona,

 

REUNIDOS

De una parte y en representación de PIMEC, Petita i mitjana empresa de Catalunya:

El Sr. Josep Ginesta Vicente, secretario general, actuando en nombre y representación de esta patronal, con domicilio en la calle Viladomat 174, 08015 Barcelona, y actuante de acuerdo con las facultades de representación que le confieren los poderes, Protocolo N.º 4133 y fecha 4 de noviembre de 2021, de la Notaría Borja Criado Malagarriga.

De la otra, y en representación del Patronat Catalunya Món - Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM-DIPLOCAT):

La Sra. Laura Foraster i Lloret, como secretaria general, que actúa en nombre y representación del consorcio, que tiene la sede social en La Rambla, 14, principal, 08002 Barcelona, con número de identificación fiscal Q5856401D, de acuerdo con el Nombramiento publicado en el DOGC n.º 8819, de 23 de diciembre de 2022 y los Acuerdos de 28 de julio de 2020 del Pleno de la entidad de delegación de funciones en favor de la secretaria general publicado en el DOGC n.º 8196, de 7 de agosto de 2020 (en lo sucesivo DIPLOCAT).

 

MANIFIESTAN


1. Que PIMEC, Petita i mitjana empresa de Catalunya, es la patronal que representa las micro, pequeñas y medianas empresas y los autónomos de Cataluña. Su objetivo social constituye la coordinación, representación, gestión y fomento de los intereses sociales y profesionales comunes a sus socios; el fomento y la incentivación del desarrollo técnico, económico y social de la empresa en general y, especialmente, de las pyme, las microempresas y el artesanado; y la prestación de servicios que contribuyan al progreso técnico, económico y social de sus socios.
Como organización empresarial más representativa de Cataluña, representa y defiende los intereses y los valores de las pyme y de los autónomos ante las administraciones públicas, el resto de agentes sociales y la sociedad en general, contribuyendo activamente a su crecimiento y su competitividad en un mercado global y sin fronteras.

 

2. Que PIMEC es miembro del Pleno y del Consorci del Patronat Catalunya Món - Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM-DIPLOCAT), de acuerdo con el artículo 6 de los Estatutos (DOGC, n.º 6259, de 22.11.2012) y última actualización de los miembros del Consorcio (DOGC, n.º 6929, de 6.8.2015).

 

3. Que el Patronat Catalunya Món - Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM-DIPLOCAT), de ahora en adelante DIPLOCAT, es una entidad que tiene carácter consorcial dotada de personalidad jurídica propia y sometida al ordenamiento jurídico público. El artículo 2 de los estatutos de DIPLOCAT establece que tiene que contribuir a impulsar iniciativas que permitan el conocimiento directo de Cataluña en el ámbito internacional posicionando la imagen, la reputación y la proyección internacional de Cataluña intermediando la exportación del mejor conocimiento de la realidad del país y sus activos y valores únicos, para fomentar su internacionalización. El cumplimiento de este objetivo repercute directamente en una mayor atracción de inversiones, conocimiento, instituciones y personas, y contribuye a generar opinión pública positiva en el extranjero y establece relaciones de confianza en el mundo.

 

El artículo 4 de sus estatutos dispone que, entre otros de otras funciones, DIPLOCAT tiene competencias para asesorar las administraciones catalanas, así como cualquier otra entidad pública o privada de Cataluña; organizar, promover y coordinar cursos, conferencias, seminarios y, en general, organizar o participar en cualquier otra actividad que, dentro de su ámbito de trabajo, interese a sus miembros o, directamente a la sociedad catalana.

 

4. Dado que ambas entidades coinciden en la finalidad de promover los intereses y, de hecho, PIMEC forma parte de DIPLOCAT, han acordado establecer un marco de colaboración estable para el logro de las finalidades compartidas, mediante la formalización del presente convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

 


CLÁUSULAS

 

PRIMERA. OBJETO

El presente Convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre PIMEC y DIPLOCAT en relación con la realización de actividades que sean de mutuo interés.

Una de las actividades detectadas que genera mutuo interés es el premio DIPLOCAT a la Proyección Empresarial Catalana en el marco de los PREMIOS PIME.

En este sentido, DIPLOCAT y PIMEC deciden colaborar en las actuaciones necesarias para organizar y entregar el premio DIPLOCAT a la Proyección Empresarial Catalana en el marco de los PREMIOS PIME, donde se otorgará un premio a la empresa ganadora y un diploma a las empresas finalistas.

El premio no es dinerario.

La actividad se financiará conjuntamente entre ambas partes y, a tal efecto, la dotación económica que irá a cargo de cada una de las partes se determinará en la adenda correspondiente. Esta adenda forma parte integrante de este convenio.


SEGUNDA. COMPROMISOS QUE ASUME DIPLOCAT

DIPLOCAT se compromete a:

a) Hacer la aportación económica para financiar la actividad consistente en la organización y entrega del premio, aportación que se definirá en la Adenda que se firme anualmente y hasta agotar la vigencia del presente Convenio, imputada a la partida presupuestaria 226.0005 (Organización de reuniones, conferencias y cursos) para el desarrollo de la organización del Premio DIPLOCAT a la Proyección Empresarial Catalana en el marco de los Premios PIME, mediante transferencia bancaria al número de cuenta de PIMEC que se especifique a la adenda.

b) Colaborar en la selección de empresas finalistas y participar en el jurado de selección de la empresa ganadora.


TERCERA. COMPROMISOS QUE ASUME PIMEC

PIMEC adquiere, en concreto y de forma no exhaustiva, los siguientes compromisos hacia DIPLOCAT:

a) Organizar el premio DIPLOCAT a la Proyección Empresarial Catalana en el marco de los Premios PIME por encargo de DIPLOCAT.

b) Organizar el proceso de selección de las empresas finalistas.

c) Entregar el premio DIPLOCAT a la Proyección Empresarial Catalana.

d) Fomentar el conocimiento de Cataluña sensibilizando y mejorando la capacidad de internacionalización de la sociedad empresarial catalana.

e) Hacer la aportación económica para financiar la actividad consistente en la organización y entrega de los premios, aportación que se definirá en la Adenda que se firme anualmente y hasta agotar la vigencia del presente Convenio.

f) Informar a DIPLOCAT, antes de que finalice la vigencia del presente acuerdo, del correcto destino de su aportación económica según las finalidades establecidas en la cláusula segunda. En todo caso, el gasto se tiene que justificar con una factura o documento equivalente.

g) En el supuesto de que se incumpla la cláusula TERCERA a) se devolverá a DIPLOCAT el importe transferido.

 

CUARTA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Ambas entidades mantendrán una interlocución constante para coordinar sus actividades, a través de los representantes que designen al efecto.

 

QUINTA. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

Para el adecuado desarrollo del presente convenio se constituirá una comisión mixta compuesta por una representación paritaria de cada una de las partes, designada a tal efecto por cada entidad.
La comisión se reunirá presencialmente, como mínimo, una vez al año.


SEXTA. VIGENCIA

Este convenio tendrá una vigencia de 4 años, que se iniciarán a la firma del mismo. Antes de la finalización de este plazo los firmantes pueden acordar, de forma exprés y por unanimidad, la prórroga para un periodo de 4 años adicionales o su extinción según determina el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.


SÉPTIMA. CAUSAS DE RESOLUCIÓN

Las causas de resolución del presente convenio serán:

a) La expiración del plazo de vigencia.

b) El mutuo acuerdo de las partes, manifestado por escrito.

c) La imposibilidad sobrevenida legal o material de dar cumplimiento al objeto de este convenio.

d) El incumplimiento de las obligaciones y los compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

e) Las causas previstas a la legislación aplicable.

La resolución del convenio tendrá que seguir el procedimiento que establece el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.


OCTAVA. BUENA FE CONTRACTUAL

Las partes signatarias se obligan a cumplir y ejecutar el presente convenio bajo el principio de buena fe contractual, para conseguir los objetivos propuestos en los antecedentes, por lo que colaborarán en todo el que sea necesario y se abstendrán de hacer cualquier acto que lesione de manera injustificada los intereses de la otra parte.


NOVENA. RÉGIMEN JURÍDICO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Cualquier duda o divergencia derivada de la interpretación o ejecución del Convenio, se resolverá por mutuo acuerdo de las partes. Si esto no es posible, las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los juzgados y tribunales de la ciudad de Barcelona que resulten competentes.


DÉCIMA. PROTECCIÓN DE DATOS

Los firmantes del Convenio (PIMEC y DIPLOCAT) se obligan al cumplimiento de todo aquello que establece la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales en relación con los datos personales a los que tenga acceso con ocasión del convenio; y lo que establece el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

La documentación y la información que se desprenda o a la que se tenga acceso con ocasión de la ejecución de este convenio tiene carácter confidencial y no podrá ser objeto de reproducción total o parcial por ningún medio o soporte. Por lo tanto, no se podrá hacer ni tratamiento ni edición informática, ni transmisión a terceras personas fuera del estricto ámbito de la ejecución directa del convenio.


UNDÉCIMA. TRANSPARENCIA

De acuerdo con el artículo 14.3 de la ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el presente Convenio se publicará en el web del Registro de convenios de colaboración y cooperación de la Generalitat, que es accesible desde el Portal de la Transparencia.


Y, para que así conste y en prueba de conformidad, ambas partes firman electrónicamente este convenio.

 

P. d. del Pleno (DOGC núm. 8196, de 7.08.2020)

 

Josep Ginesta Vicente

El secretario general de PIMEC

 

Laura Foraster i Lloret

La secretaria general de DIPLOCAT

 

 

ADENDA AL CONVENIO ENTRE PIMEC, PETITA I MITJANA EMPRESA DE CATALUNYA I EL PATRONAT CATALUNYA MÓN - CONSELL DE DIPLOMÀCIA PÚBLICA DE CATALUNYA (PCM-DIPLOCAT)

 

REUNIDOS

De una parte y en representación de PIMEC, Petita i mitjana empresa de Catalunya, el señor Josep Ginesta Vicente, secretario general, actuando en nombre y representación de esta patronal, con domicilio en la calle Viladomat 174, 08015 Barcelona, actuando de acuerdo con las facultades de representación que le confieren los poderes, Protocolo N.º 4133 y fecha 4 de noviembre de 2021, de la Notaría Borja Criado Malagarriga.

De la otra, la señora Laura Foraster Lloret, como secretaria general, que actúa en nombre y representación del Patronat Catalunya Món - Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM-DIPLOCAT), que tiene la sede social en La Rambla, 14, principal, 08002 Barcelona, con número de identificación fiscal Q5856401D, de acuerdo con el Nombramiento publicado en el DOGC n.º 8819, de 23 de diciembre de 2022 y los Acuerdos de 28 de julio de 2020 del Pleno de la entidad y de 9 de julio de su Comité Ejecutivo, de delegación de funciones en favor de la secretaria general publicado en el DOGC n.º 8196, de 7 de agosto de 2020.


MANIFIESTAN

 

1. Que DIPLOCAT y PIMEC firmaron un Convenio en fecha 14 de mayo de 2024.

 

2. Que en la cláusula 2.a del mencionado Convenio establece que DIPLOCAT se compromete a hacer una aportación económica anual, imputada a la partida presupuestaria 226.0005 (Organización de reuniones, conferencias y cursos) para la organización del Premio DIPLOCAT a la Proyección Empresarial Catalana en el marco de los Premios PIME, mediante transferencia bancaria al número de cuenta de PIMEC ES78 2100 1058 0202 0003 6708.

 

3. Que para el año 2024 se fija en 15.000 € (IVA incluido) la mencionada aportación económica.

 

4. Que DIPLOCAT colaborará en la selección de empresas finalistas y participará en el jurado de selección de la empresa ganadora.

 

5. Que PIMEC se compromete a cumplir con la cláusula tercera del Convenio firmado el 14 de mayo de 2024 y, en concreto, realiza una aportación económica para financiar la actividad consistente en la organización y entrega de los Premios Pymes al cumplimiento del objeto del convenio, que será de 228.800,00 euros.

 

Y, para que así conste y en prueba de conformidad, las partes firman este documento, a la fecha indicada a la firma.

 

P. d. del Pleno (DOGC núm. 8196, de 7.08.2020)

 

Josep Ginesta Vicente

Secretario general de PIMEC

 

Laura Foraster Lloret

Secretaria general de DIPLOCAT

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