RESOLUCIÓN PRE/2159/2024, de 11 de junio, por la que se prorroga la vigencia del Programa temporal para el desarrollo de los proyectos UNICO en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.

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Por la Resolución del secretario general del Departamento de la Vicepresidencia y de Políticas Digitales y Territorio de fecha 16 de junio de 2022, se creó el Programa temporal para el desarrollo de los proyectos UNICO en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR), de conformidad con lo que establece el Decreto ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU para la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público.

El artículo 3.1 del Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, asignó al Departamento de la Presidencia las atribuciones de las telecomunicaciones, y las políticas de ciberseguridad y de servicios de identificación electrónica, y de identidad y confianza digital. Por consiguiente, el programa temporal indicado quedó adscrito al Departamento de la Presidencia.

Tal y como consta en la resolución por la que se aprobó, el objeto del programa es apoyar las medidas que impulsan la transformación digital y el crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo, incluyendo actuaciones dirigidas a reforzar la conectividad en el marco de los objetivos generales del Plan de recuperación, transformación y resiliencia y llevar a cabo las actuaciones necesarias para el desarrollo de las acciones que prevé cada una de las líneas de subvención descritas. En este sentido, entre los objetivos generales del Plan de recuperación, transformación y resiliencia figuran el impulso de la transformación digital y el crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo, incluyendo actuaciones dirigidas a reforzar la conectividad.

En este sentido, en el marco de este programa, se han aprobado distintas líneas de subvención, para diferentes actividades relacionadas con las políticas en telecomunicaciones y sociedad digital: centros públicos de referencia (Real decreto 987/2021), infraestructuras de telecomunicaciones en edificios (Real decreto 990/2021), polígonos industriales y centros logísticos (Real decreto 988/2021) y emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables (Real decreto 989/2021).

Actualmente, todos los reales decretos reguladores mencionados se han prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2024 en lo que se refiere a la ejecución, y hasta el 31 de marzo de 2025 en lo que se refiere a la justificación.

En estos momentos, ni el Servicio de Telecomunicaciones ni el Área de Asesoramiento Jurídico de la Secretaría de Políticas Digitales no disponen de recursos humanos suficientes para poder hacer la gestión y el seguimiento del gran volumen de actuaciones relacionadas con el Plan de recuperación, transformación y resiliencia, aprobadas vía los reales decretos 987/2021, 988/2021, 989/2021 y 990/2021, de 16 de noviembre, porque estas tareas son necesidades estrictamente relacionadas con los proyectos UNICO y no pueden llevarse a cabo con los efectivos ordinarios, dado que dan respuesta a una actividad independiente y diferente a la ordinaria.

De conformidad con lo que establece el Decreto ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU para la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público, la gestión y ejecución de las operaciones financiadas con fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU se pueden llevar a cabo mediante la creación de programas de una duración máxima de cuatro años, siempre que se acredite la imposibilidad de asumir los objetivos asignados al programa mediante la estructura orgánica y funcional de la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público.

Así, mediante la Resolución del secretario general del Departamento de la Vicepresidencia y de Políticas Digitales y Territorio de fecha 16 de junio de 2022, se creó el Programa temporal para el desarrollo de los proyectos UNICO en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (en adelante, PRTR) el cual finaliza el próximo 15.06.2024 (fecha de finalización de la vigencia), tal y como prevé la resolución de creación. En cuanto a la duración, la memoria justificativa del programa preveía expresamente la posibilidad de que en un futuro se pudiera acordar una prórroga del programa, en caso de que se alargaran los plazos dictados por los reales decretos reguladores de las diferentes líneas de subvención (reales decretos 987/2021, 988/2021, 989/2021 y 990/2021, de 16 de noviembre) para diferentes actividades relacionadas con las políticas en telecomunicaciones y sociedad digital de conformidad con lo que establece el Decreto ley 5/2021, de 2 de febrero.

Con la aprobación de la adenda de la Comisión Europea al PRTR del 2 de octubre de 2023 también se modifican el calendario y la definición de algunos hitos que el PRTR establecía originalmente. En concreto, se extiende el plazo de ejecución al 31 de diciembre de 2024, y se prevé un período de justificación hasta el 31 de marzo de 2025, para llevar a cabo las actuaciones necesarias: el Real decreto 1135/2023, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real decreto 987/2021, de 16 de noviembre; el Real decreto 1136/2023, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real decreto 988/2021, de 16 de noviembre, y el Real decreto 1137/2023, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real decreto 990/2021, de 16 de noviembre.

Por todo ello, resulta necesario prorrogar el programa, para desarrollar los proyectos UNICO en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, para finalizar el proceso de ejecución de las citadas metas, y para llevar a cabo el proceso de justificación, que mantiene ocho de las dotaciones que este programa preveía inicialmente.

Por todo lo expuesto,

 

Resuelvo:

 

—1 Prorrogar el Programa temporal para el desarrollo de los proyectos UNICO en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia hasta el 31 de marzo de 2025, a partir del día siguiente de la fecha de finalización del período de vigencia del programa temporal actual, el 15 de junio de 2024, dado que resulta del todo necesario para lograr el cumplimiento de los objetivos del Programa el 31 de diciembre de 2024, y también se tiene en cuenta el plazo para justificar este gasto.

 

—2 Durante la prórroga de este programa, debe incorporarse un número máximo de ocho dotaciones, distribuidas de la siguiente forma:

· Tres dotaciones del cuerpo superior de administración, de la escala superior de administración general, o del cuerpo de gestión de administración de la Generalitat (subgrupos A1/A2, nivel 23).

· Tres dotaciones del cuerpo superior de administración, de la escala superior de administración general de la Generalitat (subgrupo A1, nivel 21).

· Dos dotaciones del cuerpo superior de administración, de la escala superior de administración general, o del cuerpo de gestión de administración de la Generalitat (subgrupos A1/A2, nivel 21).

 

—3 La prórroga de este programa se financia, durante el período que va del 16 de junio de 2024 al 31 de diciembre de 2024, con cargo a las transferencias de fondos del MRR para la gestión de la convocatoria que transfirió la Administración general del Estado a la Generalitat de Catalunya y que permite imputar el 100 % de los costes derivados de la aplicación de los programas previstos por los reales decretos 987/2021, 988/2021, 989/2021 y 990/2021.

En cuanto a la financiación de este programa durante el período de justificación, que comienza el 1 de enero de 2025 y finaliza el 31 de marzo de 2025, debe llevarse a cabo al 100 % con fondos propios de la Secretaría de Telecomunicaciones y Transformación Digital desde el 1 de enero de 2025, y debe finalizar el 31 de marzo de 2025.

Sin embargo, si por decisión de la Comisión Europea o de la Administración general del Estado la fecha de finalización de ejecución se prorroga más allá del 31.12.2024, el alargamiento del programa temporal debe financiarse con fondos del MRR hasta el 31.03.2025.

 

—4 La efectividad de la prórroga de los puestos de trabajo adscritos al Programa queda condicionada a la existencia de crédito suficiente en las partidas presupuestarias con cargo a las que se imputan los nombramientos.

 

—5 Se debe valorar la ejecución del Programa, teniendo en cuenta los siguientes indicadores para las diferentes líneas de subvenciones:

- Porcentaje de metas del MMR alcanzadas.

- Porcentaje de importe ejecutado.

 

—6 Disponer la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la publicación, de acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Barcelona, 11 de junio de 2024

 

Laura Vilagrà Pons

Vicepresidenta del Gobierno y consejera de la Presidencia

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