RESOLUCIÓN INT/2064/2024, de 7 de junio, por la que se modifica la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2024.

El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servició Catalán de Tráfico, y adscrito al Departamento de Interior de acuerdo con lo que dispone el artículo 1.2 del Decreto 12/2023, de 24 de enero, de reestructuración del Departamento de Interior, tiene atribuidas, conjuntamente con otros órganos del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías interurbanas y en las travesías, así como la adopción de las disposiciones necesarias para garantizar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico en toda la red viaria.

Mediante la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2024 (DOGC núm. 9101, de 14.2.2024), se establecieron las restricciones a la circulación durante el año 2024.

Dado que se han detectado omisiones y errores en la citada Resolución, procede realizar las oportunas modificaciones.

Por todo ello, de acuerdo con lo que establece el artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 4.c) de la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de delegación de competencias del consejero de Interior en varios órganos del Departamento,

 

Resuelvo:

 

1. Modificar el apartado "Red de accesos Costa Brava" de la tabla contenida en el anexo B de la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, en el sentido de añadir las vías C-253 y C-35. Por lo tanto, donde dice:

 

Red

A

PK inicial

Lugar

PK final

Lugar

Zona

Red de accesos Costa Brava

C-63

0

Lloret de Mar

13

Vidreres

GIR

GI-681

0

Llagostera

16

Tossa de Mar

GIR

GI-682

3

Límite Barcelona

13

Lloret de Mar

GIR

 

 

Debe decir:

 

Red

A

PK inicial

Lugar

PK final

Lugar

Zona

Red de accesos Costa Brava

C-63

0

Lloret de Mar

13

Vidreres

GIR

GI-681

0

Llagostera

16

Tossa de Mar

GIR

GI-682

3

Límite Barcelona

13

Lloret de Mar

GIR

C-253

39

Sant Feliu deGuíxols

50

Palamós

GIR

C-35

73,4

Enlace Gi-512

83,1

Maçanet de la Selva/enlace AP-7

GIR

 

 

2. Modificar la tabla contenida en el anexo B de la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, en el sentido de eliminar la vía C-31 del apartado "Red Costa Brava" y añadir determinadas restricciones entre los días 21 y 24 de junio, con motivo de la festividad de San Juan, que queda de la siguiente manera:

 

 

RED

Red internacional

Red de accesos a Barcelona

Red Costa Brava

Red Pirineus

 

 

VÍA

AP-7

A-2

AP-2

A-7

C-31

C-32

B-23

A-2

C-58

B-24

C-33

C-16

N-II

C-253

C-35

C-63

GI-681

GI-682

N-145

C-14

N-260

C-35 *

SEMANA SANTA

Jueves Santo 28/03

T

T (L)

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

 

Viernes Santo 29/03

M

M (L)

M

M

M

M

M

M

M

M

M

M

M

M

M

M

M

M

M

M

M

 

Domingo de Pascua 31/03

T

T (B)

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

T

 

Lunes de Pascua 01/04

D

D

D

D

D

D

D

D

D

D

D

D

D

D

D

D

D

D

T

T

T

 

SEGUNDA PASCUA

Lunes 20/05

T

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SAN JUAN

Viernes 21/06

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6 a 20 h.

Sábado 22/06

M

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6 a 20 h.

Domingo 23/06

**

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6 a 20 h.

Lunes 24/06

D

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VERANO

Domingos y festivos del 16/06 al 11/09

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

D

D

D

D

D

 

 

 

 

LA MERCÈ

Martes 24/09

T

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TODOS LOS SANTOS

Domingo 3/11

T

T (B)

 

 

T

T

T

T

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

LA PURÍSIMA

Domingo 8/12

T

T (B)

 

 

T

T

T

T

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INVIERNO

Sábados desde el 06/01 al 30/03 y del 30/11 al 28/12

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

M

M

M

 

Domingos y festivos desde el 07/01 al 24/03 y del 01/12 al 29/12

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

T

T

T

 

ANUAL

Sábados

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

M

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Domingos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

T

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Restricciones: M de 10 a 14 horas, T de 17 a 22 horas y D de 10 a 22 horas. Sentidos: B, hacia Barcelona ; L hacia Lleida; *C-35 del PK 28 al PK 32 dos sentidos; **AP-7 del PK 84 al PK 149 dos sentidos de 9 a 17 h.

 

 

3. Modificar el apartado 7.1 "Restricciones y exenciones de circulación en los accesos a Era Val d'Aran: N-230 y C-28" del anexo "Restricciones y exenciones" de la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, en el siguiente sentido:

Donde dice:

7.1 Los vehículos o conjuntos de vehículos de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA o MMC no pueden circular en la N-230 del PK 116 y todo el tramo catalán hasta Bausen, frontera francesa, y tampoco en la C-28 del PK 23 Vielha e Mijaran al PK 34 Salardú:

- Domingos tarde de 13 a 20 horas de enero a marzo y diciembre sentido Lleida.

- Domingos tarde de 17 a 22 horas de julio y agosto sentido Lleida, solo desde la boca sur del túnel de Vielha.

- Viernes de enero a marzo y diciembre, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.

- Jueves Santo 28/03, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.

- Viernes Santo 29/03, mañana de 8 a 13 horas sentido Francia.

- Lunes de Pascua 01/04, tarde de 13 a 20 horas sentido Lleida.

- Jueves 05/12, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.

Debe decir:

7.1 Los vehículos o conjuntos de vehículos de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA o MMC no pueden circular en la N-230 del PK 116 y todo el tramo catalán hasta el PK 187 en Bausen, frontera francesa, y tampoco en la C- 28 del PK 23 Vielha e Mijaran al PK 34 Salardú:

- Domingos tarde de 13 a 20 horas de enero a marzo y diciembre sentido Lleida.

- Domingos tarde de 17 a 22 horas de julio y agosto sentido Lleida, solo desde el PK 151 en la boca sur del túnel de Vielha.

- Viernes de enero a marzo y diciembre, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.

- Jueves Santo 28/03, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.

- Viernes Santo 29/03, mañana de 8 a 13 horas sentido Francia.

- Lunes de Pascua 01/04, tarde de 13 a 20 horas sentido Lleida.

- Jueves 05/12, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.

 

4. Modificar el apartado 13.1 "Limitaciones" del anexo "Restricciones y exenciones" de la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, en el siguiente sentido:

Donde dice:

13.1 Todos los viernes y domingos en horario de tarde (de 17 a 22 horas) y sábados en horario de mañana (de 10 a 14 horas), los vehículos pesados con MMA igual o superior a 7.500 kg deberán circular por la derecha —sin posibilidad de efectuar adelantamientos— en la AP-7 entre Sant Celoni (PK 111) y Vilafranca del Penedès (PK 200), en ambos sentidos de la marcha.

Estas limitaciones se aplican en los siguientes casos, de forma análoga, con los horarios indicados en el párrafo anterior:

a) Semana Santa: Jueves Santo 28/03 tarde, Viernes Santo 29/03 mañana, Lunes de Pascua 1/04 tarde.

b) Segunda Pascua: viernes 31/05 tarde, sábado 01/06 mañana y lunes 03/06 tarde.

c) San Juan: viernes 21/06 tarde, sábado 22/06 mañana y lunes 24/06 tarde.

d) La Mercè: viernes 20/09 tarde, sábado 21/09 mañana y martes 24/09 tarde.

e) Todos los Santos: jueves 31/10 tarde, viernes 01/11 mañana y domingo 03/11 tarde.

f) La Purísima: jueves 05/12 tarde, viernes 06/11 mañana y domingo 08/11 tarde.

Debe decir:

13.1 Todos los viernes y domingos en horario de tarde (de 17 a 22 horas) y sábados en horario de mañana (de 10 a 14 horas), los vehículos pesados de transporte de mercancías con MMA igual o superior a 7.500 kg deberán circular por la derecha —sin posibilidad de efectuar adelantamientos— en la AP-7 entre Sant Celoni (PK 111) y Vilafranca del Penedès (PK 200), en ambos sentidos de la marcha.

Estas limitaciones se aplican en los siguientes casos, de forma análoga, con los horarios indicados en el párrafo anterior:

a) Semana Santa: Jueves Santo 28/03 tarde, Viernes Santo 29/03 mañana, Lunes de Pascua 1/04 tarde.

b) Segunda Pascua: viernes 31/05 tarde, sábado 01/06 mañana y lunes 03/06 tarde.

c) San Juan: viernes 21/06 tarde, sábado 22/06 mañana y lunes 24/06 tarde.

d) La Mercè: viernes 20/09 tarde, sábado 21/09 mañana y martes 24/09 tarde.

e) Todos los Santos: jueves 31/10 tarde, viernes 01/11 mañana y domingo 03/11 tarde.

f) La Purísima: jueves 05/12 tarde, viernes 06/12 mañana y domingo 08/12 tarde.

5. Esta Resolución produce efectos a los ocho días de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Barcelona, 7 de junio de 2024

 

P. d. (Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, DOGC de 25.3.2011)

Ramon Lamiel Villaró

Director

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