RESOLUCIÓN INT/1919/2024, de 30 de mayo, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de diecinueve puestos de mando de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos (convocatoria INT/04/24).
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De acuerdo con lo previsto en el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y otras disposiciones complementarias;
Dado que están vacantes diecinueve puestos de mando de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos del Departamento de Interior;
Vista la propuesta del director general de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos;
Vistas la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalitat y las descripciones de los puestos de trabajo a proveer, incluidas en la norma funcional y en el manual de organización del Departamento;
Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención;
Vista la competencia que atribuye al titular del Departamento el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, aprobado por el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, y en uso de las atribuciones que me han sido delegadas por la Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, de delegación de las competencias propias del régimen de personal al servicio del Departamento de Interior,
Resuelvo:
-1 Convocar, por el sistema de libre designación, la provisión de diecinueve puestos de mando de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos del Departamento de Interior (convocatoria INT/04/24), que se detallan en el anexo 2.
-2 Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el DOGC, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, o el correspondiente al lugar de su domicilio, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 30 de mayo de 2024
P. d. (Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, DOGC de 24.1.2011)
Tamara Garcia de la Calle
Secretaria general
Anexo 1
Bases
-1 Puestos de trabajo
Se convoca, por el sistema de libre designación, la provisión de diecinueve puestos de mando de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos del Departamento de Interior (convocatoria INT/04/24), cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2.
-2 Contenido funcional
El contenido funcional de los puestos de trabajo objeto de provisión es el que consta en el apartado 4 del anexo 2.
-3 Requisitos de participación
3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2, de conformidad con lo siguiente:
3.1.1 El personal funcionario puede encontrarse, respecto a la Administración de la Generalitat, en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.
3.1.2 También podrá participar el personal funcionario no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalitat y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en el que están clasificados los puestos objeto de convocatoria, siempre que cumpla las condiciones y los requisitos exigidos en la relación de puestos de trabajo.
Asimismo, podrán participar las personas funcionarias de la Generalitat de Catalunya que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en el que están clasificados los puestos convocados, a las que no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública.
3.1.3 En ningún caso podrán tomar parte las personas funcionarias que se encuentren en suspensión de empleo, ni las trasladadas de puestos de trabajo, ni las destituidas de cargos de mando, como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.
3.1.4 Tampoco podrán participar las personas funcionarias en situación diferente al servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.
3.2 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria es necesario tener el nivel de suficiencia de catalán (nivel C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente, de acuerdo con lo que se señala en el apartado 3 del anexo 2.
En el caso de que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, se evaluarán mediante una prueba oral y escrita estos conocimientos en relación con el correspondiente puesto de trabajo.
En este último caso, transcurridos diez días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya e-Tauler (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1 ) el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.
No obstante, quedan exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalitat, en las que se haya establecido una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria.
En estos supuestos, se tendrá que adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.
3.3 Los requisitos de participación se tienen que reunir en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1.
-4 Solicitudes
4.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se tienen que presentar obligatoriamente a través de medios electrónicos, de acuerdo con el artículo 83 del Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital.
Las personas participantes tienen que presentar las solicitudes, así como la documentación exigida en la convocatoria, a través de ATRI, accediendo a la parte privada, en el apartado Movilidad > Concursos específicos y libre designación > Participación. Las personas funcionarias que no dispongan de acceso al portal del empleado público ATRI tienen que solicitar al último departamento donde hayan estado destinadas que se les facilite este acceso.
En caso de que no sea posible presentar la solicitud de participación o la documentación exigida en la convocatoria mediante ATRI, podrá presentarse a través del registro electrónico de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya mediante petición genérica https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Peticio-generica?evolutiuTramit=1, que se dirigirá a la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos. Para presentar la solicitud por este trámite se adjuntará el modelo de formulario normalizado de solicitud que figura como anexo de la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997), que puede obtenerse en la dirección de internet Movilidad y provisión de puestos de trabajo. Administración y Función Pública (gencat.cat)
El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución de convocatoria en el DOGC.
4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para las personas concursantes y solo se admitirán renuncias a la participación en la convocatoria cuando se presenten dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a menos que se decida aceptarlas, una vez transcurrido el mencionado plazo, por causas debidamente justificadas. Las renuncias a la participación se tienen que presentar en el apartado Movilidad > Concursos específicos y libre designación de la parte privada del portal del empleado público ATRI o, si no fuera posible, a través del registro electrónico de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya mediante petición genérica https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Peticio-generica?evolutiuTramit=1, que se dirigirá a la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos.
4.3 Las personas aspirantes deben adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente declaración de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo, debidamente especificada.
4.4 Las personas aspirantes deben consignar en la solicitud de participación la denominación y el código de la plaza a la que optan. Si se quiere concursar a la vez por más de un puesto de esta convocatoria, deben indicarse las denominaciones y los códigos correspondientes a los que se opta por orden de preferencia.
4.5 La presentación de la solicitud implica el tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para participar en la convocatoria y para gestionar la tramitación del proceso de provisión, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y el resto de normativa de aplicación en materia de protección de datos de carácter personal.
-5 Criterios profesionales
5.1 Se tendrán en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de las personas candidatas para ocupar los puestos convocados, de acuerdo con la descripción de los puestos de trabajo a proveer que consta en el anexo 2.
5.2 Los datos profesionales de las personas participantes tienen que referirse a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el DOGC.
-6 Sistemas de acreditación
Las personas participantes deben acreditar documentalmente los datos profesionales que aleguen, dentro del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base 4.1, sin perjuicio de que se les puedan solicitar las justificaciones o aclaraciones necesarias para su verificación.
-7 Procedimiento
7.1 La presente convocatoria se resolverá dentro del plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
7.2 En general, las actuaciones de este proceso que requieran notificación a las personas aspirantes se harán públicas por diligencia de la persona titular de la Subdirección General de Administración y Recursos Humanos de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya e-Tauler (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1).
-8 Propuesta de resolución
La propuesta de resolución recaerá, si procede, en la persona candidata que se considere más adecuada para cada puesto convocado, según el informe preceptivo y previo del titular de la correspondiente unidad directiva, el cual debe tener en cuenta la idoneidad de la persona candidata para las funciones y tareas a desarrollar.
-9 Resolución de la convocatoria
9.1 La resolución de la convocatoria se publicará en el DOGC.
9.2 Las personas candidatas que no obtengan destino en esta convocatoria permanecerán en el puesto que ocupan actualmente o en la situación administrativa que corresponda.
9.3 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo que se haya obtenido otro destino definitivo mediante convocatoria pública realizada en el mismo período de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por pasar a una situación diferente a la de activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.
9.4 Antes de la toma de posesión, las personas interesadas deben acreditar que tienen reconocida la compatibilidad respecto al nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no están incluidas en ninguno de los motivos de incompatibilidad previstos en la normativa.
No obstante, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible dentro de los diez días siguientes a contar desde el comienzo del plazo de toma de posesión, se tiene que solicitar la autorización de compatibilidad. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.
-10 Plazos de formalización del cese y toma de posesión
10.1 La resolución definitiva de la convocatoria comportará, en su caso, el cese en el puesto anterior.
10.2 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de dos días hábiles si no implica cambio de localidad de residencia de la persona funcionaria, o de quince días si comporta cambio de localidad de residencia, que se tendrá que acreditar documentalmente.
10.3 Este plazo se computará a partir del día siguiente al del cese, que se tendrá que efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC. Cuando esta resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se tendrá que contar desde la fecha de publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC.
10.4 Excepcionalmente, el plazo para la toma de posesión se podrá prorrogar si la persona funcionaria cambia de localidad de residencia, por resolución del secretario o secretaria general del departamento al que irá destinada la persona funcionaria, como máximo por quince días más, cuando concurran circunstancias debidamente motivadas.
10.5 Asimismo, y según lo que establece el artículo 76.1 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, se podrá prorrogar el plazo del cese hasta un máximo de tres meses, siempre que esta prórroga sea indispensable y motivada por las necesidades del servicio.
10.6 A efectos de cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transporte urbano colectivo comunes.
10.7 Las diligencias de cese y toma de posesión de las personas funcionarias que accedan a un puesto de trabajo deberán comunicarse al Registro general de personal dentro de los tres días hábiles siguientes a su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos.
Anexo 2
Descripción de los puestos de trabajo
-1 Características de los puestos de trabajo
Identificación puesto | Nombre puesto | Localidad | Nivel | Complemento específico | Complemento prestación servicios |
INT/04/24-1 | Jefe/a de Parque | Banyoles | 22 | 34.142,16 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-2 | Jefe/a de Parque | Falset | 22 | 34.142,16 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-3 | Jefe/a de Parque | Martorell | 22 | 34.142,16 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-4 | Jefe/a de Parque | Mollerussa | 22 | 34.142,16 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-5 | Jefe/a de Parque | Rubí | 22 | 34.142,16 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-6 | Jefe/a de Parque | Sant Feliu de Llobregat | 22 | 34.142,16 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-7 | Jefe/a de Parque | Santa Coloma de Gramenet | 22 | 34.142,16 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-8 | Jefe/a de Parque | Torelló | 22 | 34.142,16 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-9 | Jefe/a de Parque | El Pont de Suert | 22 | 34.142,16 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-10 | Jefe/a de Parque | Olot | 20 | 34.124,64 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-11 | Jefe/a de Parque | Cassà de la Selva | 20 | 34.124,64 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-12 | Jefe/a de Parque | Torroella de Montgrí | 20 | 34.124,64 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-13 | Jefe/a de Parque | Granollers | 20 | 34.124,64 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-14 | Jefe/a de Parque | Móra d'Ebre | 20 | 34.124,64 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-15 | Jefe/a de Parque | Berga | 20 | 34.124,64 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-16 | Jefe/a de Parque | Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant | 20 | 34.124,64 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-17 | Jefe/a de Parque | La Seu d'Urgell | 20 | 34.124,64 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-18 | Jefe/a de Parque | Tortosa | 20 | 34.124,64 € | 1.587,96 € |
INT/04/24-19 | Jefe/a de Parque | Ascó | 20 | 34.124,64 € | 1.587,96 € |
Para todos los puestos de trabajo:
Departamento: Interior.
Unidad directiva: Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos.
Jornada: especial.
Horario: especial.
Forma de provisión: libre designación.
Tipo de puesto: mando.
Norma funcional: Decreto 12/2023, de 24 de enero, de reestructuración del Departamento de Interior (DOGC núm. 8841, de 26.1.2023).
-2 Requisitos de participación
Grupo: C.
Movilidad: Administración de la Generalitat.
Colectivo de cuerpos: cuerpo de Bomberos.
Para los puestos INT/04/24-1 a INT/04/24-9:
Especificación de cuerpos: oficial/a de la escala técnica.
Para los puestos INT/04/24-10 a INT/04/24-19:
Especificación de cuerpos: sargento/a de la escala técnica.
-3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana
Nivel de suficiencia de catalán (nivel C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.
-4 Contenido funcional
Para todos los puestos de trabajo:
Misión:
Garantizar la disponibilidad operativa de los recursos humanos y materiales adscritos al parque de bomberos con el fin de conseguir su máxima efectividad y optimización en la extinción de incendios y salvamentos dentro de su ámbito territorial de actuación, así como llevar a cabo las gestiones técnicas y administrativas necesarias para su correcto funcionamiento, bajo las directrices del superior jerárquico.
Funciones:
Realizar las salidas derivadas de los siniestros dentro de su ámbito territorial de actuación, así como las asignadas por la región de emergencias.
Gestionar los recursos humanos y materiales adscritos al parque.
Comunicar a la unidad de sala de control de la región correspondiente todas las incidencias del servicio.
Velar por la conservación y mantenimiento del parque, de los vehículos, equipamiento y medios de intervención asignados de acuerdo con las instrucciones que se determinen.
Realizar las actividades de formación y prácticas programadas para garantizar que todo el personal del parque conozca las normas, instrucciones y procedimientos de actuación operativa y de uso y conservación de los recursos materiales disponibles.
Efectuar, en su ámbito de actuación, todas las actividades preventivas de acuerdo con la normativa establecida y las instrucciones derivadas de las unidades responsables.
Llevar a cabo las actividades necesarias para conocer la totalidad de los núcleos urbanos, las áreas rurales, las vías de comunicación, las infraestructuras y las instalaciones de su área territorial de actuación en primera salida y mantener actualizado el catálogo de ubicación, tipológico y de intensidad del riesgo derivado.
Mantener, en el ejercicio de las funciones asignadas, las relaciones de colaboración correspondientes con los municipios y demás entidades locales con competencia en su ámbito territorial.
Participar en las actividades de información y formación a la población de acuerdo con la programación que se establezca.
Gestionar la acción preventiva de riesgos laborales en su ámbito.
Ejecutar las órdenes e instrucciones encomendadas por sus superiores jerárquicos e informarles de las actuaciones en las que participe.
Proponer mejoras respecto a los procedimientos y recursos disponibles.
Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.
Además, las propias del cuerpo o la escala a que debe pertenecer la persona funcionaria que lo ocupe (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997).
Tareas básicas:
Coordina, de acuerdo con los turnos de guardia y niveles establecidos, los recursos operativos de lucha contra siniestros.
Tramita la documentación administrativa generada en el ámbito de su parque.
Supervisa los recursos humanos contratados para la campaña forestal.
Aplica las instrucciones y reglamentos necesarios para el correcto desarrollo de las actuaciones de acuerdo con la tarea asignada.
Hace las comprobaciones pertinentes para asegurar la correcta prestación de los servicios y adoptar las medidas correctoras correspondientes.
Adopta las medidas necesarias para garantizar la acción preventiva de riesgos laborales en su ámbito territorial de actuación.
Asiste a las reuniones de coordinación en el ámbito de las emergencias y protección civil con los municipios y otras entidades implicadas de su ámbito territorial de actuación.
Cuida del correcto mantenimiento de los vehículos y dependencias del parque.
Lleva a cabo las actividades preventivas y las referentes a la aplicación de los planes de protección civil que establece la normativa.
Fomenta actividades de información y formación a la población en las materias asignadas al cuerpo de Bomberos de la Generalitat para mejorar la autoprotección.
Asiste a los siniestros que por su naturaleza y magnitud se requiera o bien por instrucción del superior jerárquico.
Participa en el turno de guardia de cualquiera de los ámbitos.
Asume el mando de intervenciones de nivel II del SISCOM (Sistema de Mando).
-5 Otras características
5.1 Conocimientos convenientes:
Conocimientos de los circuitos administrativos.
Conocimientos de la normativa aplicable al cuerpo de Bomberos.
Conocimientos especializados en materia de prevención y extinción de incendios.
5.2 Experiencia conveniente:
Experiencia en la lucha contra incendios y siniestros.
Experiencia en gestión de recursos humanos.
Experiencia en la organización operativa de las intervenciones del cuerpo de Bomberos.
5.3 Otros conocimientos:
Conocimientos sobre la gestión y dirección de recursos en situaciones de emergencia y siniestros.
Conocimientos de aplicaciones informáticas (Autocad, GIS, Office).
5.4 Aptitudes:
Razonamiento espacial.
Razonamiento verbal.
Razonamiento numérico.
Razonamiento analítico.
5.5 Habilidades:
Planificación y organización.
Resolución de problemas y toma de decisiones.