RESOLUCIÓN ACC/1778/2024, de 9 de mayo, por la que se considera no sustancial la modificación de la autorización ambiental B2AAI140091 de la empresa Vidara Life Ingredients, SAU, de una actividad de almacenaje logístico, acondicionamiento y distribución de materia en tránsito, en el término municipal de El Prat de Llobregat (exp. B2ACNS220408).
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Identificación del expediente:
Núm. de expediente: B2ACNS220408.
Unidad que tramita: OGAU Barcelona.
Tipo de expediente: modificación no sustancial.
Fecha de inicio del expediente: 25 de julio de 2022.
Anexo Ley 20/2009: I.2A Apartado: 12 Subapartado 12.1.
Epígrafe RDL 1/2006: -.
IDQA: 04207.
Descripción de la actividad: actividades e instalaciones por la legislación de accidentes graves.
Coordenadas UTM (ETRS89): UTMx 427730 UTMy 4573738.
Ubicación: término municipal de El Prat de Llobregat.
Vista la Propuesta de resolución de la directora general de Cambio Climático y Calidad Ambiental que se adjunta al anexo, y de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 20/2009, del 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades,
Resuelvo:
-1 Considerar como no sustancial las modificaciones comunicadas por la empresa Vidara life ingredientes, SAU, consistentes en la incorporación de dos nuevos focos emisores correspondientes a dos cámaras calientes, una nueva línea de procesados FOOD con un nuevo foco emisor y la actualización de datos generales del establecimiento, e incorporarlas a la autorización ambiental de 6 de julio de 2015 otorgada a la empresa Indukern, SA. (actualmente Vidara life ingredientes, SAU.) con número de expediente B2AAAI140091.
-2 Notificar esta Resolución a las personas interesadas, de conformidad con el artículo 30.1 de la mencionada Ley 20/2009, del 4 de diciembre.
-3 Ordenar la publicación de la parte dispositiva de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. El texto íntegro se puede consultar a la web del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, apartado autorizaciones ambientales, y también a las dependencias de las Oficinas de Gestión Ambiental Unificada y la Oficina de Medio Ambiente, de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, y a la Dirección General de Cambio Climático y Calidad Ambiental.
Barcelona, 9 de mayo de 2024
P. d. (Resolución ACC/469/2022, de 24 de febrero, DOGC núm. 8616, de 1.3.2022)