RESOLUCIÓN INT/1821/2024, de 24 de mayo, por la que se aprueba y se hace público el Protocolo de seguridad contra las violencias sexuales en entornos de ocio, espacio público y transportes.
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El Departamento de Interior, como competente en materia de seguridad ciudadana y de espectáculos públicos y actividades recreativas, impulsó el Protocolo de seguridad contra las violencias sexuales en entornos de ocio, que fue aprobado por la Resolución INT/895/2019, de 4 de abril, por la que se aprueba el Protocolo de seguridad contra las violencias sexuales en entornos de ocio, y se publican tanto el Protocolo como los modelos de convenios de colaboración para la adhesión al Protocolo y el símbolo distintivo de entidad adherida al Protocolo (DOGC núm. 7852, de 11.4.2019).
Este Protocolo establece pautas de actuación para prevenir situaciones de violencias sexuales en entornos de ocio, para su detección, así como para darles respuesta mediante la coordinación y colaboración de todos los actores, servicios e instituciones implicados en las actividades de ocio.
La presente resolución obedece a la necesidad de adecuar el Protocolo a la normativa vigente, a las necesidades actuales y a una serie de ámbitos de mejora, detectados durante el análisis de la aplicación del Protocolo desde su aprobación, con la finalidad de conseguir una mayor eficacia y eficiencia.
Por una parte, se han introducido un conjunto de novedades normativas relacionadas con la temática del Protocolo, entre ellas, las modificaciones de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, y de la Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas, y la promulgación de la Ley orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
Por otra parte, los principales cambios introducidos, más allá de los normativos que ya se han mencionado, son, en primer lugar, la ampliación de los ámbitos de aplicación del Protocolo con la introducción del espacio público y los transportes, que se considera que deben ser tratados de manera transversal y dentro del conjunto de ámbitos en donde se producen las violencias sexuales al mismo nivel que los entornos de ocio, ya que muestran similitudes con respecto a los factores de riesgo y a los tipos de actores presentes y porque tienen una lógica de continuidad en el espacio físico debido a los usos compartidos y a los desplazamientos que las personas hacen entre ambos.
En segundo lugar, se ha modificado el procedimiento para la adhesión al Protocolo, que anteriormente se hacía mediante convenio de adhesión con las entidades. Este procedimiento se ha simplificado con el fin de que favorezca las adhesiones y se hará mediante un formulario de adhesión disponible en la página web, en las modalidades indicadas en la misma página.
En tercer lugar, se ha modificado la manera en que se realizaban las formaciones a las entidades adheridas, que ahora se harán de manera centralizada y en colaboración con otros organismos.
El Protocolo es aplicable a toda Cataluña por la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra y es una herramienta de adhesión voluntaria para los ayuntamientos y entidades privadas que quieran dar un paso adelante en la lucha contra las violencias sexuales.
Por todo lo expuesto, de conformidad con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y el artículo 16 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra, así como los artículos 1, 3 y 4 de la Ley 4/2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña, y en uso de las competencias que corresponden al Departamento de Interior en materia de seguridad y de espectáculos públicos y actividades recreativas,
Resuelvo:
—1 Aprobar y publicar el Protocolo de seguridad contra las violencias sexuales en entornos de ocio, espacio público y transportes, que se adjunta en el anexo 1.
—2 El Protocolo es aplicable en toda Cataluña por la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra.
—3 Deben aplicarlo el Protocolo todos los establecimientos, personas, organismos o entidades, tanto públicos como privados, que formalicen su adhesión mediante el procedimiento de adhesión que consta en la página web del Departamento de Interior. La Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra lo aplica sin necesidad de formalizar su adhesión.
—4 Dejar sin efectos la Resolución INT/895/2019, de 4 de abril, porla que se aprueba el Protocolo de seguridad contra las violencias sexuales en entornos de ocio, y se publican tanto el Protocolo como los modelos de convenios de colaboración para la adhesión al Protocolo y el símbolo distintivo de entidad adherida al Protocolo.
—5 Los convenios de colaboración firmados en el marco de la versión anterior del Protocolo siguen vigentes, con todas las responsabilidades, derechos y deberes que se deriven, hasta la finalización de su vigencia.
Barcelona, 24 de mayo de 2024
Joan Ignasi Elena i Garcia
Consejero de Interior
Anexo 1
Protocolo de seguridad contra las violencias sexuales en entornos de ocio, espacio público y transportes
(Véase la imagen al final del documento)