ANUNCIO sobre aprobación de las bases reguladoras del concurso de diseño de la portada de la Fiesta Mayor.
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Anuncio por el que hace público el acuerdo del Pleno celebrado en sesión ordinaria en fecha 25.03.2024, por el cual se aprueban las Bases Reguladoras del concurso de diseño de la imagen gráfica de la Fiesta Mayor, cual parte dispositiva es como sigue:
Primero.- Aprobar las Bases específicas del concurso de diseño de la portada del programa de la Fiesta Mayor, el texto íntegro de las cuales es como sigue:
BASES REGULADORAS DEL CONCURSO DE DISEÑO DE LA IMAGEN GRÁFICA DE LA FIESTA MAYOR
1. Objeto
El objeto de estas bases es regular y fijar los criterios y el procedimiento de concesión del premio del Concurso de diseño de la imagen gráfica de la Fiesta Mayor y todas las aplicaciones que se crean necesarias para reproducir esta imagen, de manera que sea lo más representativo del espíritu cohesionador y participativo de la fiesta, promovido y organizado por la Concejalía de Cultura y Fiestas de este Ayuntamiento, con el ánimo de favorecer la creatividad, sin exclusiones, de cualquier persona que se quiera presentar.
2. Carácter del premio
El premio objeto de estas bases tiene carácter voluntario y eventual i se concede a criterio del jurado.
3. Requisitos de las personas participantes
Pueden participar en este concurso las personas físicas que, independientemente de su edad o formación, tengan interés en el diseño y la creación artística, quieran mostrar sus trabajos y no se encuentren en ninguna de las circunstancias previstas por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
4. Documentación requerida
La inscripción será gratuita y deberá aportar la siguiente documentación:
a) Ficha de inscripción debidamente cumplimentada de forma legible (disponible en la sede electrónica, que se indica en el punto 5 de estas bases.
b) En el caso de un menor de edad, autorización de los padres o tutores del menor. (Disponible igualmente en la sede electrónica).
c) Un sobre cerrado sin datos de carácter personal que incluya:
- Hoja con el título y / o seudónimo.
- El original o la impresión en papel del diseño.
Posteriormente, la persona ganadora deberá aportar el formulario de solicitud de transferencia bancaria para pagos a la tesorería del Ayuntamiento de Matadepera a acreedores y acreedoras.
Los trabajos presentados deberán reunir las siguientes características:
a) Los trabajos se presentarán sin firma, si bien la obra ganadora podrá ser firmada por el autor / a antes de su reproducción.
b) Cada participante presentará un diseño original e inédito que podrá ser en cualquier técnica (no se admiten imágenes bajadas o copiadas de Internet).
c) Su medida y formato se concretarà en cada convocatoria (el Ayuntamiento podrá ajustar el formato a sus necesidades).
d) Se presentará en papel, el diseño ganador deberá presentarse posteriormente en formato digital
- Formato de archivo PDF, TIFF o JPG, en JPG con nivel de compresión 8 o superior (calidad alta).
- Formato de color RGB o CMYK.
- Dimensiones mínimas en píxeles: 1937 x 1780.
- Resolución mínima: 200 píxeles / pulgada (79 píxeles / cm).
e) La portada debe incluir el texto: de la fecha de la Fiesta Mayor que se facilitará en cada convocatoria (Del.... al... de ...).
Los servicios técnicos podrán solicitar los documentos complementarios que estimen necesarios para la comprobación de las circunstancias alegadas, los cuales serán de obligada presentación en un plazo de 10 días hábiles desde su requerimiento.
5 Lugar y plazo de inscripción
Para participar en la convocatoria regulada en estas bases será necesario acreditar los requisitos que se especifican en el punto 3 i presentar, dentro del plazo que establezca la convocatoria, el modelo de solicitud que estará disponible en la oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Matadepera y se podrá descargar desde la sede electrónica: https://www.seu-e.cat/web/matadepera/seu-electronica, en el apartado de trámites y gestiones, juntamente con el resto de la documentación exigida en el punto 4
La solicitud se podrá presentar en la misma OAC, situada a la Pl. del Ayuntamiento, 1, 08230 de Matadepera. No obstante, también se admitirá la presentación per cualquier otro medio admitido por el artículo 16.4 de la LPAC.
Pueden hacerse consultas a la Concejalía de Cultura y Fiestas, teléfono 93 730.01.32 y correo electrónico: cultura@matadepera.cat
Los trabajos presentados quedaran expuestos en el Casal de Cultura, durante una semana a partir de la fecha del veredicto del jurado. Finalizada la exposición se podrán recoger las obras no premiadas en el mismo Casal. Las obras no recogidas quedarán a la libre disposición del Ayuntamiento, sin ninguna obligación de custodia.
6. Supuestos de exclusión
Se considerará motivo de exclusión del concurso:
- El incumplimiento o la falta de acreditación, en los plazos establecidos, de alguno de los requisitos de acceso fijados en el punto 3 de estas Bases.
- Incurrir en falsedad en la solicitud o en el resto de documentación exigida.
- No aportar, en el plazo otorgado, la documentación exigida o que ésta resulte insuficiente.
7. Funcionamiento del concurso
Todas las obras presentadas serán sometidas a una selección previa de un jurado específico formado por 6 personas. Una de estas será la concejala de Fiestas y las otras serán elegidas entre los miembros de la Comisión de Fiesta Mayor. Este jurado será presidido por el/la alcalde/sa de Matadepera o concejal/a en quien delegue. En caso de que delegue su representación en la concejala de Cultura y Fiestas, se elegirá otro miembro de la Comisión de Fiestas. Actuará como secretaria, con voz y sin voto, la técnica de la concejalía de Cultura y Fiestas.
Cada miembro del jurado dará su puntuación individual y la suma total de todos los miembros que lo forman será el valor definitivo. La votación será secreta. En caso de empate el Presidente tendrá el voto de calidad.
El jurado aplicará los criterios de valoración fijados en el punto 9 de estas bases a las solicitudes presentadas en tiempo y forma, y se levantará acta donde constará el nombre del ganador del premio.
El veredicto del jurado será inapelable
8. Criterios de valoración de las obras
Los criterios para seleccionar a los ganadores se basarán en:
a. El diseño y la originalidad (de 1 a 10 puntos).
b. La capacidad de comunicación ligada a la finalidad de la convocatoria (de 1 a 10 puntos).
9. Cuantía del premio
Habrá un único diseño seleccionado. La persona ganadora recibirá un premio en metálico que se establecerá en la convocatoria correspondiente.
10. Resolución
La decisión del jurado se elevará en forma de propuesta de la concejalía de Fiestas a la Junta de Gobierno Local, órgano competente para acordar la aprobación de la concesión del premio.
11. Pago del premio
El pago del premio se hará efectivo mediante transferencia bancaria al número de cuenta facilitado por el ganador. En el caso de ser el ganador un menor de edad se transferirá el premio a la cuenta corriente facilitada por los padres o tutores del menor.
12. Consignación presupuestaria
El importe destinado a la concesión del premio regulado en estas bases será el dispuesto en la aplicación presupuestaria de los presupuestos del Ayuntamiento que prevea la convocatoria de aquel año.
13. Publicaciones
Disponer que los acuerdos adoptados en el procedimiento de adjudicación regulado por estas bases específicas se publicarán y podrán consultarse en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Matadepera, https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=812060009 al que se puede acceder también desde la sede electrónica https://www.seu-e.cat/web/matadepera/seu-electronica.. Estas publicaciones tendrán efectos de notificación de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC).
Además se comunicará individualmente la resolución de la concesión del premio, una vez aprobada, al ganador / a del premio
14. Acceptación de las bases y reserva de los derechos de reproducción
La libre inscripción al concurso implica:
a) La aceptación plena de estas bases reguladoras.
b) La cesión al Ayuntamiento de Matadepera del derecho a la reproducción de las obras presentadas y realizar su comunicación pública para fines no comerciales, en otras actividades organizadas por esta corporación.
c) Que la obra ganadora quedará en poder del Ayuntamiento de Matadepera, al que pertenecerán todos los derechos enajenables del autor.
15. Interpretación
El órgano competente para el otorgamiento del premio, se reserva el derecho a modificar las bases, interpretarlas y resolver las dudas o discrepancias que surjan en su aplicación.
16. Régimen Jurídico
En todo lo no previsto en estas Bases será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38 / 2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales y la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Matadepera.
Segundo.- Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Matadepera https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=812060009, al cual se puede acceder tambien desde la sede electrónica https://www.seu-e.cat/web/matadepera/seu-electronica, en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB), y una referencia en el Diario Oficial de la Generalitat de Calalunya (DOGC).
Tercero.- Aprobar el texto de las bases en lengua castellana, que se adjuntan como anexo 1, con el supuesto que en caso de discrepancias prevale la versión en lengua catalana.
Matadepera, 5 de abril de 2024