RESOLUCIÓN EXT/1231/2024, de 15 de abril, de convocatoria de un concurso específico de méritos y capacidades para proveer tres puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea (convocatoria de provisión núm. EXT/01/24).

Considerando lo previsto en el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, y en el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y otras disposiciones complementarias;

Visto que están vacantes tres puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea;

Vista la relación vigente de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la descripción de los puestos de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización de dicho Departamento;

Visto el informe propuesta de la subdirectora general de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior relativo a la convocatoria de un concurso específico de méritos y capacidades para proveer tres puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea (convocatoria de provisión núm. EXT/01/24);

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el trámite de intervención correspondiente;

Considerando el artículo 56 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, que establece que la convocatoria de los concursos específicos es competencia de la persona titular del departamento donde esté adscrito el puesto de trabajo a proveer;

Considerando la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

Haciendo uso de las atribuciones que me han sido delegadas por la Resolución EXI/404/2019, de 18 de febrero, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento en varios órganos,

 

Resuelvo:

 

―1 Convocar un concurso específico de méritos y capacidades para proveer tres puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea (convocatoria de provisión núm. EXT/01/24), cuyas características se detallan en el anexo 2 de la presente Resolución.

 

―2 Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

 

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con los artículos 8, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente para la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, 15 de abril de 2024

 

P. d. (Resolución EXI/404/2019, de 18.2.2019, DOGC núm. 7819, de 27.2.2019)

Bernat Costas Castilla

Secretario general

 

 

Anexo 1

Bases

 

―1 Puestos de trabajo

Se convoca un concurso específico de méritos y capacidades para proveer tres puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de la presente Resolución.

 

―2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo objeto de concurso es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de la presente Resolución.

 

―3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalitat de Catalunya que cumpla los requisitos y las condiciones establecidos en la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 de la descripción de cada puesto de trabajo del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede encontrarse, respecto de la Administración de la Generalitat de Catalunya, en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También puede participar el personal funcionario no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalitat de Catalunya y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en el que están clasificados los puestos de trabajo objeto de convocatoria, siempre y cuando cumpla los requisitos y las condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, puede participar el personal funcionario de la Generalitat de Catalunya que pertenezca a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en el que están clasificados los puestos de trabajo convocados al que no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso podrá tomar parte el personal funcionario que esté en suspensión de empleo, ni el trasladado de puesto de trabajo. Tampoco podrá tomar parte el personal funcionario en situación diferente de servicio activo que no haya permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.1.4 Para poder participar, el personal funcionario con destinación definitiva deberá haber permanecido como mínimo un año en puestos de trabajo del mismo nivel desde el que se concursa, a menos que el puesto de trabajo a proveer sea del mismo departamento o cuando se concurse desde un puesto de trabajo de libre designación.

3.2 El personal funcionario con discapacidad podrá participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder tomar parte en esta convocatoria, es necesario tener los conocimientos orales y escritos de lengua catalana correspondientes al nivel C1 de la Secretaría de Política Lingüística que se señala en el apartado 3 de la descripción de cada puesto de trabajo del anexo 2, o equivalentes.

En caso de que las personas aspirantes no dispongan del certificado acreditativo correspondiente al nivel señalado en el párrafo anterior o a un nivel superior, y tampoco uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, la Junta de Méritos y Capacidades evaluará, mediante una prueba, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de personas aspirantes admitidas y excluidas prevista en esta convocatoria.

En este último caso, una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán, en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya tauler.seu.cat), el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

Las personas aspirantes convocadas a la prueba de conocimientos de lengua catalana que no comparezcan o las que, una vez realizada, la Junta de Méritos y Capacidades evalúe que no poseen el nivel necesario para ocupar el puesto de trabajo objeto de provisión, serán excluidas de la convocatoria.

No obstante, estarán exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destinación en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalitat de Catalunya, en las que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en esta convocatoria. En este supuesto, la persona aspirante adjuntará a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

3.4 Los requisitos de participación deberán reunirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes establecido en la base 4.1 de esta convocatoria.

 

―4 Solicitudes

4.1 La solicitud para participar en el concurso se presentará exclusivamente por vía telemática, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), mediante el área privada del portal del empleado público (ATRI), apartado Mobilitat > Concursos específics i lliure designació > Participació.

4.1.1 Las personas funcionarias que no dispongan de acceso al portal del empleado público ATRI deberán solicitar al último departamento en el que estuvieron destinadas que se les facilite dicho acceso.

4.2 La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

   - Anexo a la solicitud de participación en convocatorias de provisión de puestos de trabajo.

Deberá indicarse la plaza o plazas solicitadas. El anexo deberá descargarse del apartado "Enllaç" del mismo formulario de participación.

   - Currículo de ATRI.

   - Certificado de servicios prestados en otras administraciones, si procede.

   - Certificado de funciones (solo en el caso de haber ocupado puestos de trabajo en otros departamentos con funciones relacionadas con el puesto de trabajo al que se opta).

Este certificado deberá solicitarse, a través de ATRI (Expedient > Sol·licituds a recursos humans > Alta sol·licitud > Certificat de funcions), a los departamentos en los que se hayan ocupado los puestos de trabajo indicados y, si hay que adjuntar más de un certificado, deberán agregarse en un único PDF.

Asimismo, la unidad gestora podrá requerir en cualquier momento la documentación que sea necesaria mediante ATRI. La persona participante recibirá un aviso que podrá consultar en el apartado "Avisos" de ATRI.

4.3 Las personas aspirantes a las que se refiere la base 3.2 deberán adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo de valoración multiprofesional de la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad del Departamento de Derechos Sociales con el fin de que la Junta de Méritos y Capacidades pueda evaluar que la persona funcionaria puede desarrollar de manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo al que opta.

Sin embargo, las personas aspirantes podrán autorizar al Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea para que soliciten en su nombre el informe, mediante un escrito anexo a la solicitud de participación.

Asimismo, las personas aspirantes mencionadas podrán solicitar la adaptación del puesto de trabajo , siempre que dicha adaptación no suponga una modificación drástica en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto de trabajo el servicio público a prestar.

Estas personas podrán pedir en la solicitud de participación la adaptación o adecuación de tiempo y medios materiales para la realización de las técnicas de acreditación de los méritos y las capacidades.

4.4 La presentación de la solicitud de participación conllevará que los datos facilitados por las personas interesadas para la tramitación de este proceso tengan el tratamiento que se especifica en esta página.

Con la presentación de la solicitud, la persona aspirante da el consentimiento para que el órgano convocante y el Servicio de Recursos Humanos realicen las comprobaciones pertinentes y consulten de oficio las acreditaciones que se consideren oportunas en el catálogo de datos y documentos electrónicos. En los supuestos en los que no sea posible realizar las correspondientes comprobaciones, las personas participantes deberán presentar la documentación acreditativa en los términos previstos en la base 4.1 para la presentación de solicitudes de participación.

4.5 Las personas aspirantes deberán consignar la denominación del puesto de trabajo al que optan en la solicitud de participación y, si quieren concursar al mismo tiempo por más de un puesto de trabajode esta convocatoria, deberán indicar las denominaciones correspondientes de los puestos de trabajoa los que optan por orden de preferencia.

En caso de que no se manifieste la preferencia del orden de prioridad de las plazas solicitadas, la Junta de Méritos y Capacidades lo determinará en función de los criterios objetivamente deducibles de la solicitud de participación.

4.6 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para las personas concursantes y no se admitirán renuncias a la participación a la convocatoria una vez hayan transcurrido 10 días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a menos que la Junta de Méritos y Capacidades decida aceptarlas, una vez transcurrido el plazo mencionado, por causas debidamente justificadas.

Las renuncias deberán presentarse mediante la parte privada del portal del empleado público ATRI, en el apartado de Mobilitat > Concursos específics i lliure designació > Participació, haciendo clic sobre la opción "Renúncia a la participació en concurs específic (CE)".

Las personas candidatas son responsables de comprobar y verificar la exactitud de su solicitud y los datos que constan en ella. Al confirmarla, declaran que los datos que incluye el documento son ciertos y son los únicos que quieren alegar a efectos de esta convocatoria.

En caso de incurrir en inexactitudes o falsedades, las personas candidatas podrán ser excluidas de la convocatoria en cualquier momento.

 

―5 Fases del concurso y propuesta de resolución

5.1 Los méritos y las capacidades de las personas candidatas a ocupar los puestos de trabajo convocados se valorarán hasta 100 puntos. Este concurso constará de dos fases eliminatorias, que incluirán la totalidad de los méritos y las capacidades especificados en la base 6 de esta convocatoria. La propuesta de resolución recaerá en el candidato o candidata que, habiendo obtenido la puntuación mínima establecida para cada fase, obtenga la mejor valoración global.

5.2 En caso de empate en el conjunto del concurso, se dirimirá atendiendo a la calificación total obtenida en la primera fase de esta convocatoria. Si persiste el empate, se dirimirá de acuerdo con la puntuación más alta obtenida, en primer lugar, por la antigüedad, y en segundo lugar, por el grado personal consolidado.

 

―6 Méritos y capacidades a valorar

La valoración de los méritos y capacidades de las personas aspirantes se realizará en dos fases eliminatorias, de acuerdo con el siguiente baremo:

6.1 Primera fase

Se valorarán, hasta 65 puntos en total, en relación con el puesto de trabajo a proveer, los siguientes méritos y capacidades:

6.1.1 Trabajo desarrollado

Se valorará, hasta un máximo de 25 puntos, el trabajo desarrollado en función de la experiencia adquirida, según el grado de coincidencia de las funciones (mediante una gradación en diferentes intervalos dependiendo de si las tareas son idénticas, muy relacionadas o indirectamente relacionadas con la/las del / de los puesto/s de trabajo convocado/s) y el nivel de destinación del / de los puesto/s de trabajo ocupado/s.

La valoración del trabajo desarrollado por el nivel de destinación del puesto de trabajo ocupado en encargo de funciones, comisión de servicios y otras formas de empleo provisional de los puestos de trabajo para los funcionarios de carrera, así como la ocupación de un puesto de trabajo mediante un nombramiento como personal interino, no se podrá valorar en los concursos más allá de los plazos normativamente previstos.

El trabajo desarrollado más allá del periodo máximo de ocupación se valorará, en primer lugar, en relación con el nivel de destinación del puesto de trabajo reservado; en caso de que la persona funcionaria no tenga un puesto reservado, se tomará como referencia, en segundo lugar, el nivel correspondiente al grado consolidado y, en tercer lugar y finalmente, el nivel mínimo del cuerpo o escala.

Cuando el puesto de trabajo al que se concursa, de acuerdo con la relación de puestos de trabajo, sea de doble subgrupo o esté abierto a diferentes cuerpos, escalas o especialidades, se tendrá en cuenta el grado personal consolidado o el nivel mínimo del cuerpo o escala, según proceda, correspondiente al cuerpo o escala desde el que se participa en el concurso.

En consecuencia:

En el encargo de funciones de puestos de trabajo de mando y en la comisión de servicios de puestos de trabajo singulares, computarán los seis meses en el nivel del puesto de trabajo ocupado provisionalmente, y el resto del tiempo computará en el nivel del puesto de trabajo que se tiene reservado; si no es posible, en el nivel correspondiente al grado consolidado y, si no es posible y finalmente, en el nivel mínimo del cuerpo o escala de pertenencia.

El mismo criterio es aplicable a otras formas de ocupación provisional en puestos de trabajo de mando y puestos de trabajo singulares, así como el nombramiento de interinidad.

En la comisión de servicios y otras formas de ocupación provisional de puestos de trabajo base, así como el nombramiento de interinidad, computarán los dos años en el nivel del puesto de trabajo ocupado provisionalmente, y el resto del tiempo computará en el nivel del puesto de trabajo que se tiene reservado; si no es posible, en el nivel correspondiente al grado consolidado y, si no es posible y finalmente, en el nivel mínimo del cuerpo o escala de pertenencia.

En caso de reclasificación del puesto de trabajo, se tendrán en cuenta los niveles en los que en cada momento haya sido clasificado el puesto de trabajo.

Con respecto al grado de coincidencia de funciones, el tiempo que exceda de los cómputos mencionados se valorará en el intervalo inmediatamente inferior de la gradación que corresponda.

Los seis meses o dos años mencionados computarán desde la fecha de efecto de la resolución del encargo de funciones, comisión de servicios o nombramiento de interinidad, con independencia de que el puesto de trabajo ocupado provisionalmente lo tenga reservado otra persona funcionaria de carrera.

6.1.2 Formación y perfeccionamiento

Se valorarán, hasta un máximo de 15 puntos, las publicaciones y la docencia impartida por las personas aspirantes y la asistencia o aprovechamiento de los cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo convocado o relacionadas con habilidades que este puesto requiere, en función de la utilidad.

6.1.3 Grado personal

El grado personal consolidado, dentro del intervalo del grupo del puesto de trabajo convocado, se valorará hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con la siguiente distribución:

   - Grado consolidado superior al nivel del puesto de trabajo convocado: 5 puntos.

   - Grado consolidado igual al nivel del puesto de trabajo convocado: 4 puntos.

   - Grado consolidado inferior al nivel del puesto de trabajo convocado: 3 puntos.

6.1.4 Antigüedad

La antigüedad en servicios prestados se valorará a razón de 0,72 puntos por año completo de servicios, y a razón de 0,06 puntos por mes de servicios, hasta 10 puntos en total.

Se computarán los servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública, y las disposiciones concordantes, teniendo en cuenta que el tiempo de servicios prestados simultáneamente solo se computará una vez.

6.1.5 Titulaciones académicas

Las titulaciones académicas oficiales, cuando sean relevantes para el puesto de trabajo a proveer, se valorarán, hasta 5 puntos, de acuerdo con los conocimientos requeridos, la competencia y la especialización para ese puesto de trabajo

En ningún caso se evaluarán las titulaciones académicas de nivel inferior que sean necesarias para alcanzar otras de nivel superior que puedan alegarse como requisito o como mérito.

6.1.6 Conocimientos de lengua catalana

Porlos cursos o certificados de lengua catalana de la Secretaría de Política Lingüística o equivalentes acreditativos de conocimientos del nivel superior al requerido y/o por los conocimientos de lenguaje especializado se otorgarán hasta 5 puntos.

6.2 Sistema de acreditación de la primera fase

6.2.1 Con la finalidad de acreditar los méritos y las capacidades a los que se refiere la base 6.1, se tendrá en cuenta la documentación presentada que se menciona en la base 4.2, y que estará formada por: el certificado de los datos del expediente personal contenidos en ATRI en la fecha de presentación de la solicitud de participación relativos a los puestos de trabajo ocupados; el grado personal consolidado; la antigüedad; la formación y el perfeccionamiento; las titulaciones académicas, y los conocimientos de lengua catalana, así como por la documentación acreditativa de los méritos y las capacidades que no constan en ATRI u otros que también quieran alegarse.

Los datos correspondientes a los méritos y las capacidades referentes al trabajo desarrollado se acreditarán mediante certificado emitido a estos efectos por el órgano competente en materia de personal del departamento o de la Administración pública correspondiente, con referencia a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC. No será necesario acreditar las funciones desarrolladas en puestos de trabajosingulares o de mando del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea.

Las personas candidatas serán responsables de comprobar y verificar la exactitud de los datos de su expediente personal contenidos en ATRI antes de presentar la solicitud de participación, y podrán solicitar su enmienda si lo consideran conveniente.

6.2.2 Para pasar a la segunda fase del proceso, las personas aspirantes deberán obtener en esta primera fase una puntuación mínima de 32,5 puntos.

6.3 Fecha de referencia de los méritos y las capacidades de la primera fase

La fecha de referencia para la valoración de estos méritos y capacidades será la de la publicación de esta convocatoria en el DOGC, y solo se tendrán en cuenta los méritos alegados y justificados dentro del plazo de presentación de solicitudes.

6.4 Segunda fase

Los méritos y las capacidades complementarios consistentes en otros conocimientos, habilidades o aptitudes se valorarán hasta 35 puntos en total, con el fin de garantizar la selección de la persona candidata más idónea, de acuerdo con el contenido funcional del puesto de trabajoa proveer.

En ningún caso se valorarán en este apartado los cursos de formación y perfeccionamiento, y tampoco las titulaciones académicas o los conocimientos de lengua catalana, que se valorarán en las bases 6.1.2, 6.1.5 y 6.1.6 de esta convocatoria.

6.5 Sistemas de acreditación de los méritos y las capacidades de la segunda fase

Con respecto al puesto de trabajo 1, con el fin de acreditar dichos méritos, las personas candidatas tendrán que resolver un caso práctico relacionado con el contenido funcional del puesto de trabajo a proveer, de acuerdo con la información que consta en la relación de puestos de trabajo, en la norma funcional y en el manual de organización, teniendo en cuenta, especialmente, lo previsto en el apartado 5 del anexo 2.

La no realización del caso práctico conllevará la exclusión de la participación en esta convocatoria.

Con respecto a los puestos de trabajo 2 y 3, con el fin de acreditar dichos méritos, las personas candidatas tendrán que elaborar una memoria, que deberá versar sobre el contenido funcional del puesto de trabajo a proveer, de acuerdo con la información que consta en la relación de puestos de trabajo y en la descripción del puesto de trabajo del anexo 2.

La memoria deberá constar de dos partes: una consistente en un análisis de las funciones del puesto convocado y, otra, en un estudio o proyecto de mejora organizativa o funcional. Este documento deberá tener una extensión mínima de 15 páginas y máxima de 25 páginas DIN A4 numeradas, en letra Arial 11.

La memoria deberá presentarse por vía telemática, mediante la parte privada del portal del empleado público ATRI, en el apartado Mobilitat > Concursos específics i lliure designació > Participació > Aportació de documentació CE, en el plazo máximo de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en esta convocatoria. No presentar la memoria dentro del plazo establecido conllevará la exclusión de la participación en esta convocatoria.

La Junta de Méritos y Capacidades puede decidir que las personas aspirantes realicen la exposición de la memoria. En este caso, deberá realizarse en un tiempo máximo de 20 minutos y, a continuación, los miembros de la Junta de Méritos y Capacidades podrán hacer las preguntas o pedir las aclaraciones que consideren convenientes.

En ambos casos, para superar esta segunda fase, las personas aspirantes deberán obtener una puntuación mínima de 17,5 puntos.

 

―7 Junta de Méritos y Capacidades

7.1 El órgano colegiado al que corresponde el desarrollo de este proceso de provisión es la Junta de Méritos y Capacidades, que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 29 y siguientes del Decreto 123/1997, estará formada por las siguientes personas:

Titulares:

Maria Rosa Navarrete Cano, que actuará como presidenta.

M. Virtudes Fernández Sesé, que actuará como vocal.

Núria Orriols Gimeno, designada como representante del Órgano Técnico de Provisión de Puestos de Trabajo.

Suplentes:

Anna Puig Miquel, que actuará como presidenta.

Elena Galobardes Imbernon, que actuará como vocal.

Esther Recasens Solé, designada como representante del Órgano Técnico de Provisión de Puestos de Trabajo.

7.2 La Junta de Méritos y Capacidades puede solicitar el nombramiento de personal asesor especialista, que actuará con voz, pero sin voto.

 

―8 Funciones y actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades

8.1 Las funciones y actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades están sujetas a lo que determinan los artículos 38 y siguientes del Decreto 123/1997.

8.2 La Junta de Méritos y Capacidades tiene la facultad de convocar personalmente a las personas candidatas con el fin de aclarar puntos dudosos de los méritos y capacidades u otros aspectos de la documentación aportada por las personas interesadas cuando lo considere conveniente.

8.3 Las actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades que requieran notificación a las personas aspirantes se harán públicas en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.seu.cat) y en la intranet del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea, con carácter complementario. Estas publicaciones sustituyen las notificaciones individuales y tienen los mismos efectos.

 

―9 Procedimiento

9.1 Una vez transcurridos los plazos previstos de presentación de solicitudes y de renuncias, la Junta de Méritos y Capacidades elaborará la propuesta de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de los motivos de exclusión, que se expondrá de acuerdo con lo previsto en la base 8.3.

9.2 En el momento de la exposición mencionada en el apartado anterior, la Junta de Méritos y Capacidades anunciará, si procede, con una antelación mínima de cinco días hábiles, la fecha, la hora y el lugar de realización del sistema de acreditación a que hace referencia la base 6.5 y, si procede, sus condiciones de ejecución.

9.3 Una vez efectuada la valoración de los méritos y las capacidades según los sistemas de acreditación establecidos, la Junta de Méritos y Capacidades elaborará la propuesta provisional de resolución del concurso, la cual se expondrá, de acuerdo con lo previsto en la base 8.3, a fin y efecto de que las personas interesadas puedan formular, en el plazo de 10 días hábiles, las observaciones o reclamaciones que consideren pertinentes.

9.4 La Junta de Méritos y Capacidades elaborará la propuesta definitiva de resolución del concurso, que elevará al órgano convocante con el fin de que, si procede, la apruebe y elabore la resolución definitiva del concurso.

 

―10 Régimen de impugnaciones

Contra los actos definitivos o de trámite de la Junta de Méritos y Capacidades, si estos últimos deciden directa o indirectamente sobre el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento o producen indefensión o un perjuicio irreparable en los derechos e intereses legítimos, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el órgano que ha dictado el acto o ante el competente para resolverlo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su exposición pública, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015.

 

―11 Resolución del concurso

11.1 La resolución definitiva del concurso se dictará dentro del plazo máximo de dos meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se publicará en el DOGC y en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.seu.cat).

11.2 El destino adjudicado es irrenunciable, a menos que se haya obtenido otro destino definitivo mediante una convocatoria pública realizada en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación diferente a la de servicio activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

11.3 Antes de la toma de posesión, la persona interesada deberá acreditar que tiene reconocida la compatibilidad respecto del nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluida en ninguno de los motivos de incompatibilidad previstos en la normativa.

No obstante, si el nuevo puesto de trabajopuede ser declarado compatible, deberá solicitar la autorización de compatibilidad dentro de los 10 días siguientes a contar desde el comienzo del plazo de toma de posesión. Este plazo se entenderá prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.

 

―12 Plazos de formalización del cese y toma de posesión

12.1 La resolución de nombramiento supondrá, si procede, el cese en el puesto de trabajo anterior.

12.2 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de 2 días hábiles si no conlleva cambio de localidad de residencia de la persona funcionaria, o de 15 días si conlleva cambio de localidad de residencia, lo cual deberá acreditarse documentalmente.

12.3 Este plazo se computará a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el DOGC. Cuando la resolución mencionada suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se contará desde la fecha de publicación de la resolución del concurso en el DOGC.

12.4 Excepcionalmente, el plazo para la toma de posesión se podrá prorrogar, si la persona seleccionada cambia de localidad de residencia, por resolución de la persona titular de la Secretaría General del Departamento, como máximo por otros 15 días cuandoconcurran circunstancias debidamente motivadas.

12.5 Asimismo, y según lo establecido en el artículo 76.1 del Decreto 123/1997, se podrá prorrogar el plazo del cese hasta tres meses como máximo, siempre que esta prórroga sea indispensable y esté motivada por las necesidades del servicio.

12.6 A efectos del cómputo de los plazos de toma de posesión, se considerarán la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.

 

 

Anexo 2

 

Descripción del puesto de trabajo 1

 

―1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto de trabajo: responsable de soporte administrativo

Código del puesto de trabajo: 0117649

Departamento: Departamento de Acción Exterior y Unión Europea

Unidad directiva: Dirección de Servicios

Localidad: Barcelona

Nivel: 16

Complemento específico: 6.734,88 €

Jornada: normal

Horario: normal

Tipo de puesto de trabajo: singular

Forma de provisión: concurso específico

 

―2 Requisitos de participación

Grupo: C, subgrupos C1 y C2

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya

Colectivo de cuerpos: cuerpos y escalas de administración general

Especificación de cuerpos: cuerpo administrativo u cuerpo auxiliar de administración de la Generalitat de Catalunya

 

―3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (nivel C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

 

―4 Contenido funcional

Misión:

Dar apoyo administrativo al Área de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), así como coordinar, ejecutar y hacer el seguimiento de las actuaciones administrativas en relación a recursos humanos, archivo, registro y gestión de las agendas del Área TIC.

Finalidades y funciones:

   a) Coordinar las tareas administrativas que se derivan de la relación entre el Área TIC y las distintas unidades del Departamento, así como las tareas administrativas de la propia Área.

   b) Realizar las tareas administrativas relacionadas con los gastos y el presupuesto del Área TIC.

   c) Ejercer las tareas de secretaría del / de la director/a del Área TIC, así como dar apoyo administrativo al resto del Área en lo que se le requiera.

   d) Coordinar las necesidades del personal del Área TIC en relación con los servicios generales.

   e) Controlar y organizar los temas de recursos humanos del personal del Área TIC.

   f) Tramitar las altas y bajas de las personas usuarias del Departamento.

   g) Dar apoyo en la gestión de la telefonía móvil y fija del Departamento.

   h) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

Además, las propias del cuerpo o la escala a la que debe pertenecer la persona funcionaria que lo ocupe (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997).

Actividades básicas:

   1. Centraliza las entradas de documentación administrativa electrónica o en papel dirigida al Área TIC y la distribuye a las personas encargadas de su tramitación.

   2. Canaliza internamente las peticiones de las personas usuarias que llegan al Área TIC mediante el teléfono o el buzón electrónico de la unidad. Contacta con las personas usuarias y los técnicos y técnicas presenciales del Área TIC.

   3. Gestiona las diferentes bases de datos que dan apoyo a las actividades que se llevan a cabo en el Área TIC.

   4. Realiza extracciones de la información de las bases de datos y hace presentaciones para su posterior análisis.

   5. Organiza, controla y se encarga del archivo electrónico y documental del Área TIC.

   6. Redacta y prepara informes, comunicaciones y otros documentos administrativos.

   7. Controla el presupuesto del Área (capítulo II): vela por la correcta gestión de los documentos contables en la aplicación corporativa GECAT.

   8. Controla la facturación mensual, redacta certificados, revisa los informes que acompañan a las facturas y tramita las firmas en el Portasignatures.

   9. Colabora en la redacción de informes de gestión presupuestaria para la Subdirección General de Gestión Económica, Contratación y Patrimonio.

   10. Da apoyo en la gestión de las herramientas de gestión económica y de contratación del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalitat de Catalunya (CTTI).

   11. Hace de enlace entre el Servicio de Gestión Económica del Departamento y el del CTTI.

   12. Atiende las consultas dirigidas al / a la director/a del Área TIC.

   13. Organiza las reuniones, sesiones de trabajo y visitas del/de la director/a del Área TIC.

   14. Gestiona la agenda del / de la director/a del Área TIC, coordina y prepara reuniones con otras áreas, departamentos o proveedores.

   15. Realiza los pedidos de material, gestiona las peticiones de los servicios de mensajería, las incidencias de mantenimiento y otras necesidades derivadas del día a día del Área TIC.

   16. Gestiona y tramita las necesidades del personal del Área TIC en materia de riesgos laborales, formación, etc., derivadas de la prestación de servicios dentro del Departamento.

   17. Confecciona el calendario del personal en cuanto a la organización de las vacaciones del personal del Área.

   18. Realiza el seguimiento tanto de las peticiones de alta y baja de personas usuarias, así como de las de incidencias surgidas, en su caso, en coordinación con el Servicio de Recursos Humanos del Departamento.

   19. Da apoyo en la gestión del inventario de los elementos que proporciona el Área TIC a las personas usuarias con la extracción y depuración de listados.

   20. Da apoyo en la gestión de la telefonía del Departamento: altas, bajas, consultas o gestiones con el SAU.

 

―5 Otras características

5.1 Conocimientos básicos:

   - Conocimientos básicos en procedimiento administrativo.

   - Conocimiento de la organización de la Generalitat de Catalunya.

   - Office 365: Teams, Excel, Word, PowerPoint y Bookings para la gestión de reservas de citas de las personas usuarias.

   - Atención telefónica y gestión de buzones corporativos.

   - GECAT.

   - Gestión de bases de datos.

   - Administración digital.

   - Funcionamiento del servicio de atención a las personas usuarias.

5.2 Otros conocimientos:

   - Conocimientos de administración electrónica: PICA, e-Valisa, EACAT i Portasignatures.

   - Tratamiento de datos.

   - Conocimientos en protección de datos de carácter personal.

5.3 Experiencia:

   - Experiencia en tareas similares a las detalladas.

5.4 Perfil competencial:

5.4.1 Aptitudes:

   - Razonamiento verbal.

   - Razonamiento numérico.

5.4.2 Habilidades:

   - Planificación y organización.

   - Trabajo en equipo.

   - Empatía y escucha activa.

5.4.3 Competencias profesionales:

   - Trabajo en equipo y trabajo en red.

   - Planificación y organización.

   - Orientación a resultados y orientación a la calidad.

 

 

Descripción del puesto de trabajo 2

 

―1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto de trabajo: responsable de difusión

Código del puesto de trabajo: 0099168

Departamento: Departamento de Acción Exterior y Unión Europea

Unidad directiva: Dirección de Servicios

Localidad: Barcelona

Nivel: 24.3

Complemento específico: 22.452,24 €

Jornada: normal

Horario: normal

Tipo de puesto de trabajo: singular

Forma de provisión: concurso específico

 

―2 Requisitos de participación

Grupo: A, subgrupos A1 y A2

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya

Colectivo de cuerpos: cuerpos y escalas de administración general

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración y cuerpo de gestión de administración de la Generalitat de Catalunya

 

―3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (nivel C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

 

―4 Contenido funcional

Misión:

Impulsar, supervisar y coordinar los proyectos y las actuaciones de difusión e información interna y externa del Departamento por diferentes medios, velar por el cumplimiento de la normativa de transparencia (tanto con respecto a datos abiertos como con respecto a la gestión de las solicitudes de acceso a la información pública), garantizar la coherencia de la imagen corporativa, y aplicar criterios de calidad en la gestión de webs y aplicaciones, en cumplimiento de la normativa sobre transparencia, apertura y reutilización de datos, accesibilidad universal e identidad corporativa.

Finalidades y funciones:

   a) Supervisar y coordinar el desarrollo y la gestión de las webs, boletines electrónicos, redes sociales y otras herramientas de comunicación y difusión mediante internet del Departamento.

   b) Supervisar y coordinar la conceptualización, la estructuración y la información publicada en las webs departamentales, en coordinación con las unidades directivas.

   c) Garantizar la publicación de la información sujeta al régimen de publicidad activa y la difusión de los procesos participativos.

   d) Velar por la calidad y la aplicación de los criterios de accesibilidad en las webs y aplicaciones móviles.

   e) Elaborar y conceptualizar nuevos proyectos de webs, aplicaciones y herramientas multimedia y coordinar las actuaciones necesarias para su desarrollo y adaptación a formatos abiertos.

   f) Fomentar entornos multimedia de interrelación virtual con la ciudadanía, soportes audiovisuales y plataformas de colaboración.

   g) Coordinar y hacer el seguimiento de las solicitudes de acceso a la información pública recibidas por el Departamento.

   h) Asesorar al sector público del Departamento en materia de transparencia y acceso a la información pública.

   i) Tratar y publicar los datos abiertos del Departamento, estructurados, automatizados y en formato abierto.

   j) Supervisar y coordinar el desarrollo y la gestión de la intranet del Departamento y coordinar los contenidos con las unidades directivas del Departamento.

   k) Velar por la aplicación de los estilos corporativos y de la identidad visual de la Generalitat en la comunicación interna y externa del Departamento.

   l) Participar en el diseño de las campañas informativas y de difusión de la actividad del Departamento mediante herramientas multimedia.

   m) Coordinar el registro de actividades del código de conducta de los altos cargos y el personal directivo.

   n) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

Además, las propias del cuerpo o la escala a la que debe pertenecer la persona funcionaria que lo ocupe (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997).

Actividades básicas:

   1. Elabora y coordina proyectos de difusión de la información, planifica las actividades a llevar a cabo, asegura que la realización de las tareas de difusión se ajusta a los criterios técnicos y de calidad, de acuerdo con la normativa.

   2. Supervisa el tratamiento de los datos abiertos del Departamento y promueve la utilización de los estándares en materia de reutilización de datos.

   3. Coordina la apertura de datos de ficheros del Departamento.

   4. Vela por la aplicación de los estilos corporativos y de la identidad visual de la Generalitat en la comunicación interna y externa del Departamento.

   5. Conceptualiza visualizaciones de datos de la información del Departamento para su difusión en las webs departamentales y del sector público vinculado, contribuyendo así a la publicidad activa y al establecimiento de un relato comprensible de las políticas públicas que se llevan a cabo.

   6. Participa en el grupo de trabajo de datos abiertos de la Generalitat de Catalunya como responsable de difusión del Departamento y mantiene la interlocución con las unidades directivas del Departamento y con el Área TIC en el despliegue de la estrategia de datos abiertos.

   7. Coordina los nuevos proyectos web y de aplicaciones y realiza la conceptualización y la toma de requerimientos con la participación de la unidad y del Área TIC, y con esta hace el seguimiento del desarrollo del proyecto hasta su puesta en servicio.

   8. Promueve y realiza las propuestas de reorganización de contenidos web y de estructura de la intranet y la web departamental, y participa en las de las otras webs del Departamento.

   9. Vela por el mantenimiento y seguimiento del inventario de webs, aplicaciones, aplicaciones móviles, buzones corporativos, redes sociales, boletines electrónicos y dominios de difusión.

   10. Supervisa la gestión de personas usuarias de las herramientas corporativas (web, redes sociales, boletines electrónicos, analítica web y formularios) y da apoyo a las personas usuarias.

   11. Coordina a los webmasters y a los editores de los webs departamentales y realiza las actuaciones necesarias para garantizar la coherencia y homogeneidad de los contenidos, la usabilidad de la consulta, el cumplimiento de las normativas europea, estatal y catalana en materia de accesibilidad, y, en general, el nivel de calidad exigible en las webs institucionales.

   12. Coordina las altas en el registro de actividades del código de conducta de los altos cargos y el personal directivo, publica en abierto la actualización diaria y da apoyo a sus personas usuarias.

   13. Elabora informes de analítica de webs, redes sociales y boletines electrónicos.

   14. Participa en el diseño de las campañas informativas y de difusión de la actividad del Departamento mediante herramientas multimedia.

   15. Asiste a las reuniones interdepartamentales en materia de accesibilidad, gestor corporativo web, redes sociales, boletines electrónicos, aplicaciones móviles, control de calidad y accesibilidad web, formularios y analítica web como interlocutor funcional.

   16. Vela por la publicación de la información sujeta al régimen de publicidad activa y coordina la elaboración de los informes de autoevaluación del Departamento y su sector público.

   17. Coordina y supervisa la gestión de las solicitudes de acceso a la información pública del Departamento y su sector público.

   18. Coordina la difusión de los procesos participativos del Departamento y su sector público en el portal Participa gencat.

   19. Supervisa la creación de boletines y cuentas de redes sociales de acuerdo con las directrices corporativas.

 

―5 Otras características

5.1 Conocimientos básicos:

   - Conocimientos y experiencia en el gestor corporativo de webs de la Generalitat y de las soluciones Gencat para webs y aplicaciones.

   - Conocimiento y experiencia en edición, diseño y estructuración de webs y productos multimedia.

   - Conocimiento de la normativa de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

   - Conocimiento de la normativa en materia de accesibilidad en webs y aplicaciones.

   - Conocimiento de los criterios de reutilización y de apertura de datos.

   - Conocimiento de inglés nivel alto.

5.2 Otros conocimientos:

   - Conocimientos y experiencia en gestión de proyectos web y aplicaciones.

   - Conocimientos y experiencia en el gestor corporativo de webs.

   - Conocimientos y experiencia en la gestión de boletines electrónicos.

   - Conocimientos y experiencia en la herramienta de control de la calidad y accesibilidad web.

   - Conocimientos y experiencia en optimización de posicionamiento web.

   - Conocimientos de accesibilidad en las webs.

   - Conocimientos de usabilidad y arquitectura de la información web.

   - Conocimientos en la reutilización de datos.

   - Conocimientos en la visualización de datos.

   - Conocimientos y experiencia en el gestor corporativo de intranets.

   - Conocimientos y experiencia en la gestión del espacio de registro de gobierno abierto.

   - Conocimientos en la gestión de solicitudes de acceso a la información pública.

   - Conocimientos de la normativa de identidad corporativa.

5.3 Experiencia:

   - Experiencia en creación, gestión y mantenimiento de productos y servicios web y multimedia.

   - Experiencia en coordinación de proyectos de conceptualización y desarrollo de webs y productos multimedia.

   - Experiencia en tratamiento y estructuración de datos.

   - Experiencia en la aplicación de los criterios de accesibilidad de webs y aplicaciones.

5.4 Perfil competencial:

5.4.1 Aptitudes:

   - Razonamiento analítico.

5.4.2 Habilidades:

   - Planificación y organización.

   - Gestión de la información.

   - Comunicación.

   - Iniciativa, autonomía y proactividad.

   - Flexibilidad y adaptabilidad.

   - Creatividad e innovación.

5.4.3 Competencias profesionales:

   - Trabajo en equipo y en red.

   - Planificación y organización.

   - Orientación a la innovación.

 

 

Descripción del puesto de trabajo 3

 

―1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto de trabajo: Área de Prevención de Riesgos Laborales

Código del puesto de trabajo: 0119122

Departamento: Departamento de Acción Exterior y Unión Europea

Unidad directiva: Dirección de Servicios

Localidad: Barcelona

Nivel: 26

Complemento específico: 27.065,40 €

Jornada: normal

Horario: normal

Observaciones: R. curso de prevención de las tres especialidades.

Tipo de puesto de trabajo: singular

Forma de provisión: concurso específico

 

―2 Requisitos de participación

Grupo: A, subgrupo A1

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya

Colectivo de cuerpos: cuerpos y escalas de administración general

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración de la Generalitat de Catalunya

 

―3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (nivel C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

 

―4 Contenido funcional

Misión:

Dirigir y coordinar la actividad del Área de Prevención de Riesgos Laborales con el fin de garantizar y promover la mejora de las condiciones de trabajo y la protección adecuada de la seguridad y la salud del personal de acuerdo con el marco normativo vigente y su desarrollo reglamentario, así como asesorar a los órganos de dirección y al personal del Departamento y de las entidades mancomunadas en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

Finalidades y funciones:

   a) Coordinar las actuaciones que se tengan que llevar a cabo en el Departamento en materia de prevención de riesgos laborales, y elaborar estudios y propuestas relativos a esta materia.

   b) Coordinar las actuaciones que se realicen con otras entidades adscritas al Departamento y con las instituciones que se relacionan con ellas en materia de prevención de riesgos y de salud laboral.

   c) Supervisar las actividades de vigilancia y control de la salud de los trabajadores y trabajadoras.

   d) Promover la formación y la información en materia de prevención de riesgos laborales e integrar la actividad preventiva en la organización y en los procesos de trabajo del Departamento.

   e) Velar por la seguridad y la salud del personal adscrito al Departamento y, si procede, a las entidades mancomunadas, en el ámbito de la prevención de los riesgos laborales.

   f) Identificar y evaluar los riesgos laborales, proponer la subsiguiente planificación a la ejecución de la actividad preventiva y realizar el seguimiento en los centros de trabajo del Departamento.

   g) Promover y conducir al Comité de Seguridad y Salud del Departamento como órgano paritario de consulta y participación del personal en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

   h) Representar al Departamento ante la Inspección de Trabajo en materia de prevención de riesgos laborales y en todo lo que se refiera a la seguridad y salud laboral dentro del ámbito de sus competencias.

   i) Asesorar sobre la aplicación de los protocolos para la prevención, la detección, la actuación y la resolución de situaciones de acoso psicológico, sexual y otras discriminaciones en el trabajo que puedan afectar al personal del Departamento.

   j) Impulsar y supervisar la implementación de los planes de autoprotección y los planes de emergencia en los centros de trabajo del Departamento, y dar apoyo en la gestión de la prevención de riesgos laborales a todas las unidades directivas.

   k) Ofrecer apoyo formativo a las delegaciones del Gobierno en el exterior en materia de prevención de riesgos laborales con el fin de acompañarlas en la adaptación a la normativa de cada país.

   l) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

Además, las propias del cuerpo o la escala a la que debe pertenecer la persona funcionaria que lo ocupe (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997).

Actividades básicas:

   1. Promueve y supervisa la integración de la prevención de riesgos laborales, supervisa y gestiona la actividad preventiva en el Departamento y en las entidades mancomunadas.

   2. Elabora la planificación de la actividad preventiva del Departamento y realiza el seguimiento de las tareas preventivas a desarrollar por el Área de Prevención de Riesgos Laborales y los servicios de prevención ajenos contratados, y valora su efectividad.

   3. Organiza y coordina las distintas actuaciones preventivas del Departamento (realización de evaluaciones de riesgos, hace el seguimiento de la ejecución de las medidas correctoras propuestas, así como visitas de control y estudios específicos, entre otros).

   4. Elabora, implementa y actualiza los planes de emergencia y autoprotección de los centros de trabajo del Departamento.

   5. Da apoyo en la elaboración del presupuesto del Departamento con respecto a la prevención de riesgos laborales, y hace el seguimiento de su ejecución.

   6. Planifica y promueve las actividades formativas/informativas relativas a la salud y la seguridad, e imparte formación al personal del Departamento y de las entidades mancomunadas.

   7. Supervisa y coordina la investigación de accidentes de trabajo, analizando los factores que determinan los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, y realiza la propuesta de las medidas correctoras.

   8. Planifica la contratación de los servicios de prevención ajenos y otros contratos en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, confecciona el pliego de cláusulas técnicas de la convocatoria de concurso, supervisa las ofertas, elabora una propuesta de contratación y controla su ejecución.

   9. Planifica y elabora propuestas de mejora del Área de Prevención de Riesgos Laborales.

   10. Promueve y conduce las reuniones del Comité de Seguridad y Salud y participa en otras comisiones, en las reuniones de responsables de los servicios de prevención y en los grupos de trabajo que se designen en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

   11. Elabora procedimientos y programas en materia de prevención de riesgos laborales.

   12. Elabora, actualiza y planifica la implantación y evalúa la ejecución del Plan de prevención del Departamento, con el fin de corregir aquellos aspectos del sistema que no se ajusten a los objetivos planteados.

   13. Diseña y ejecuta la política preventiva, los planes y los programas del Departamento en materia de prevención de riesgos.

   14. Asesora y actúa como interlocutor/a permanente en materia de prevención de riesgos y salud laboral los órganos (unidades orgánicas) del Departamento y de los organismos mancomunados, los delegados y delegadas de prevención y el personal adscrito al Departamento.

   15. Controla y supervisa la adecuación a la legislación vigente sobre la prevención de riesgos en la adquisición de: materiales, equipos de trabajo (herramientas, máquinas, mobiliario), equipos de protección individual y en la contratación de servicios con presencia de trabajadores ajenos en los centros de trabajo del Departamento y en el acondicionamiento de nuevos centros de trabajo.

   16. Propone y promueve campañas de promoción de la salud en el Departamento.

   17. Vela por la aplicación de reglas especiales de protección en determinados grupos de personas que son consideradas especialmente sensibles a los riesgos del trabajo, entre ellas, las trabajadoras en situación de embarazo o lactancia.

   18. Establece las relaciones necesarias con órganos correspondientes de otras administraciones, instituciones, organismos públicos y privados, así como empresas contratadas, con el fin de garantizar una acción coordinada en la prevención del riesgo laboral.

   19. Coordina la ejecución de las medidas correctoras/preventivas para la eliminación o reducción y control de los riesgos laborales con las unidades implicadas (personal, formación, sistemas de información, mantenimiento, ejecución de obras, compras y archivo, entre otros).

   20. Dirige, coordina y supervisa las tareas del personal adscrito al Área de Prevención de Riesgos Laborales.

   21. Actúa como persona de referencia en acoso sexual en el Departamento.

   22. Participa en los grupos de trabajo del Departamento: perspectiva de género, LGTBI y prevención de la violencia machista en el trabajo.

   23. Asesora en materia de prevención de riesgos y salud laboral a las delegaciones del Gobierno en el exterior.

   24. Representa al Departamento en todo lo relativo a la seguridad y a la salud laboral dentro del ámbito de sus competencias.

   25. Colabora en la gestión de las pandemias con la autoridad sanitaria.

 

―5 Otras características

5.1 Conocimientos básicos:

   - Formación superior en materia de prevención de riesgos laborales en las tres especialidades (ergonomía y psicosociología aplicada, seguridad en el trabajo e higiene industrial).

   - Conocimientos del marco normativo vigente en materia de prevención de riesgos laborales y su desarrollo reglamentario.

   - Conocimientos de protección de datos de carácter personal y seguridad de la información.

   - Conocimientos de instrumentos de medida relacionados con la prevención de riesgos laborales (termohigrómetro, sonómetro, anemómetro, medidor de CO2, luxómetro, etc.).

   - Formación de auditor/a de sistemas de prevención de riesgos laborales.

   - Formación como persona de referencia en acoso sexual.

   - Formación especializada en prevención y actuación ante el acoso sexual y en razón de sexo.

   - Conocimientos de redacción de informes y propuestas (técnicos y administrativos).

   - Conocimientos de los programas informáticos GEEC, PREVEN CS/32 y E-COORDINA.

   - Conocimientos básicos en materia de contratación pública.

   - Conocimientos de gestión transversal de género.

   - Conocimiento medio de inglés.

   - Conocimiento básico de francés.

5.2 Otros conocimientos:

   - Elaboración e implementación de planes de emergencia.

   - Implementación de planes de autoprotección.

   - Procedimientos de actuación en materia preventiva.

   - Auditorías del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales.

   - Técnicas de negociación, gestión, mediación y resolución de conflictos.

   - Conocimientos de técnicas de organización y trabajo en equipo.

   - Conocimientos de estadística básica.

   - Formación en ciberseguridad y protección de datos en el puesto de trabajo.

   - Conocimientos de las herramientas corporativas e-Valisa y Portasignatures digital.

   - Supervisión del teletrabajo.

5.3 Experiencia:

   - Promoción, coordinación y gestión de los servicios de prevención en el ámbito de la Administración de la Generalitat.

   - Redacción de informes técnicos.

   - Experiencia como persona de referencia en acoso sexual.

   - Experiencia como formador/a en materia de prevención de riesgos y salud laboral.

   - Participación en grupos de trabajo de los departamentos de la Generalitat de Catalunya en materia de igualdad y perspectiva de género, LGTBI y prevención de la violencia machista en el trabajo.

   - Experiencia en unidades de prevención de riesgos y salud laboral.

   - Experiencia en gestión de equipos.

5.4 Perfil competencial:

5.4.1 Aptitudes:

   - Razonamiento analítico.

   - Razonamiento esquemático.

5.4.2 Habilidades:

   - Planificación y organización.

   - Rigor y método.

   - Iniciativa, autonomía y proactividad.

   - Resolución de problemas y toma de decisiones.

   - Comunicación.

   - Empatía y escucha activa.

   - Trabajo en equipo.

5.4.3 Competencias profesionales:

   - Trabajo en equipo y trabajo en red.

   - Planificación y organización.

   - Análisis de problemas y toma de decisiones.

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20934 {"title":"RESOLUCIÓN EXT\/1231\/2024, de 15 de abril, de convocatoria de un concurso específico de méritos y capacidades para proveer tres puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea (convocatoria de provisión núm. EXT\/01\/24).","published_date":"2024-04-18","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya","id":"20934"} catalunya Cargos y personal,Departamento de Acción Exterior y Unión Europea,DOGC,DOGC 2024 nº 9145 https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2024-04-18/20934-resolucion-ext-1231-2024-15-abril-convocatoria-concurso-especifico-meritos-capacidades-proveer-tres-puestos-trabajo-direccion-servicios-departamento-accion-exterior-union-europea-convocatoria-provision-num-ext-01-24 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.