RESOLUCIÓN OAC/DIR/306/2024, por la que se da publicidad a los apartados segundo y tercero de la parte dispositiva de la Resolución OAC/DIR/277/2024, de medidas orgánicas y funcionales provisionales para la protección de personas informantes.

Antecedentes

El apartado Quinto de la parte dispositiva de la Resolución OAC/DIR/277/2024, de medidas orgánicas y funcionales provisionales para la protección de personas informantes, dispone que se dé publicidad, en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, de los apartados Segundo y Tercero de la parte dispositiva mencionada.

 

Fundamentos de derecho

   1. El art. 6, apartados a) y f), de las Normas de Actuación y de Régimen Interior (NARI), atribuye a la persona titular de la Dirección de la Oficina Antifraude de Cataluña, la dirección, coordinación y supervisión superiores de la Oficina, así como, específicamente, el ejercicio de las potestades rectoras y organizativas en el seno de esta.

   2. El art. 6 d) de las NARI incluye, entre las atribuciones de la persona titular de la Dirección, las de dictar resoluciones y acuerdos, emitir comunicaciones y solicitudes y realizar requerimientos y recordatorios.

   3. El art. 7 de las NARI, al regular la delegación de funciones de la persona titular de la Dirección de la Oficina, prevé entre las susceptibles de delegación las referidas en el art. 6 d) de las NARI, y establece que la delegación debe hacerse por escrito, con indicación de la persona o personas en quien se delega y, en su caso, el período de delegación, la obligación de hacer constar esta circunstancia en las actuaciones que se realicen por delegación, y la revocabilidad de toda delegación en cualquier momento. Asimismo, el art. 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y el arte. 8.6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, disponen que las delegaciones sean objeto de publicación en el diario oficial que proceda y en la sede electrónica.

 

Por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades conferidas por el citado art. 6 de las NARI,

 

Resuelvo:

 

Dar publicidad, mediante el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, de los apartados Segundo y Tercero de la parte dispositiva de la Resolución OAC/DIR/277/2024, de medidas orgánicas y funcionales provisionales para la protección de personas informantes, que se transcriben a continuación:

"Segundo. Delegar en el jefe de Área de Análisis particularizado del gasto público, las siguientes funciones dentro del ámbito funcional de protección de personas informantes:

   a) dictar resoluciones de incoación de expedientes PPD;

   b) dictar resoluciones de otorgamiento de la condición de persona protegida, en el marco de los expedientes PPD;

   c) emitir las comunicaciones que procedan en el marco de las actuaciones de protección de personas informantes, tanto a las personas protegidas como a las personas o entidades afectadas, o, en su caso, a cualesquiera terceras personas o entidades;

   d) realizar requerimientos y recordatorios y solicitar cualquier información o documentación que procedan en el marco de las actuaciones de protección de personas informantes, tanto a las personas protegidas como a las personas o entidades afectadas, o, en su caso, a cualesquiera terceras personas o entidades.

Esta delegación quedará sin efecto al finalizar el encargo provisional al jefe del área de Análisis particularizado del gasto público del ejercicio de las funciones de mando de la unidad de protección de personas informantes.

Esta circunstancia se hará constar en las actuaciones que se lleven a cabo en virtud de esta delegación.

Tercero. Validar las resoluciones y acuerdos, comunicaciones, solicitudes, requerimientos y recordatorios realizados en el marco de las actuaciones de protección de personas informantes por la directora adjunta y por el jefe de Área de Análisis particularizado del gasto público de la OAC, y no amparados por la anterior delegación."

 

Barcelona, 12 de marzo de 2024

 

Miguel Ángel Gimeno Jubero

Director de la Oficina Antifraude de Cataluña

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